GARANTÍAS EXIGIBLES Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍAS EXIGIBLES. La persona prestadora podrá exigir garantías mediante títulos valores para el pago de la factura a cargo del suscriptor y/o usuario de inmuebles no residenciales.
GARANTÍAS EXIGIBLES. Definitiva: El licitador que resulte adjudicatario provisional del contrato deberá prestar una garantía del 5% del importe de la adjudicación del contrato, sin incluir el IVA.
GARANTÍAS EXIGIBLES. 13.1.- Provisional: Dado que no es preceptiva la constitución de una garantía provisional y para permitir una mayor concurrencia en esta licitación, no se requiere la constitución de dicha garantía para participar en este procedimiento de contratación. 13.2.- Definitiva: El licitador que resulte adjudicatario provisional del contrato deberá prestar una garantía del 5% del importe de la adjudicación del contrato, sin incluir el IVA.
GARANTÍAS EXIGIBLES. 13.1.- Provisional: Dado que no es preceptiva la constitución de una garantía provisional y para permitir una mayor concurrencia en esta licitación, no se requiere la constitución de dicha garantía para participar en este procedimiento de contratación. 13.2.- Definitiva: El licitador que resulte clasificado en primer lugar y, tras el requerimiento, deberá prestar una garantía del 5% del importe de la adjudicación del contrato, sin incluir el IVA. 13.3.- Si la garantía definitiva se constituye en metálico, la acreditación de su constitución podrá hacerse a través del resguardo del pago efectuado en la cuenta habilitada al efecto: IBAN XX00 0000 0000 0000 0000 0000, y si se constituye a través de otros medios permitidos por la legislación vigente (aval, seguro de caución, etc.), se habrá de depositar en la Tesorería Municipal y adjuntar copia del resguardo en el momento del requerimiento ante el Servicio de Contratación y Compras.
GARANTÍAS EXIGIBLES. Provisional: Los licitadores deberán presentar una garantía provisional por importe del 3% del presupuesto base de licitación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. Definitiva: El licitador que resulte adjudicatario provisional del contrato deberá prestar una garantía del 5% del importe de la adjudicación del contrato, sin incluir el IVA.
GARANTÍAS EXIGIBLES. Provisional: (Sólo cuando se decida exigirla) Los licitadores deberán presentar una garantía provisional por importe de: (el importe no será superior al 3 por 100 del presupuesto base de licitación, excluido el Impuesto sobre el Valor Xxx- dido). - Definitiva: El licitador que resulte adjudicatario provisional del contrato deberá prestar una garantía del 5% del importe de la adjudicación del contrato, sin incluir el IVA. - Complementaria: (Sólo en los casos en que se decida exigirla). Además de la ga- rantía definitiva indicada en el párrafo anterior deberá constituirse una garantía complementaria del % (máximo, sumada la definitiva, de un 10%), del importe de adjudicación del contrato, sin incluir el IVA.
GARANTÍAS EXIGIBLES. 12.1.- Provisional: Dado que no es preceptiva la constitución de una garantía provisional y para permitir una mayor concurrencia en esta licitación, no se requiere la constitución de dicha garantía para participar en este procedimiento de contratación.
GARANTÍAS EXIGIBLES. Garantía provisional: No se exige.
GARANTÍAS EXIGIBLES. Provisional: No se exige.