INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES Cláusulas de Ejemplo

INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES. El presente
INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES. Cuando surjan motivos posteriores al perfeccionamiento del contrato que hicieren necesaria la interpretación, modificación y terminación unilaterales de éste, se dará aplicación a lo dispuesto en el Acuerdo 074 de 2010 y demás normas vigentes y concordantes. CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.
INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES. Cuando surjan motivos
INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES. El presente contrato
INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES. Cuando surjan motivos posteriores al perfeccionamiento del contrato que hicieren necesaria la interpretación, modificación y terminación unilaterales de éste, se dará aplicación a lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.
INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES. Son aplicables al presente contrato las cláusulas previstas en los artículos 14 al 18 de la Ley 80 de 1993.
INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES. Se entienden incorporadas en el presente Contrato, las disposiciones sobre la interpretación, modificación y terminación unilaterales consagradas en los artículos 15, 16 y 17 de la ley 80 de 1993.
INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES. Para los efectos de la interpretación, modificación y terminación unilaterales de los contratos que celebre la Universidad Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxxxx, Seccional Ocaña, en los cuales actúe como contratante, se tendrá en cuenta lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993 y demás normas que la modifiquen, complementen o sustituyan.
INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES. En aras de garantizar la protección del interés general y la función administrativa y en armonía con la resolución N° 323 xx Xxxxxx 25 de 2014, por medio de la cual se adecúa el manual de contratación de la Empresa Social del Estado Hospital Universitario xx Xxxxxxxxx al Estatuto de Contratación de la misma entidad, adoptado mediante acuerdo de Junta Directiva N° 029 de julio 8 de 2014 y el numeral 6º del artículo 195 de la Ley 100 de 1.993, el presente contrato podrá ser interpretado, modificado y terminado unilateralmente por LA ESE HUS de conformidad con los principios requisitos y procedimientos consagrados en los artículos 15 a 17 de la Ley 80 de 1993. CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA. -
INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES. Cuando surjan motivos posteriores al perfeccionamiento del Contrato que hicieren necesaria la interpretación, modificación y terminación unilaterales de éste, se dará aplicación a lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. Igualmente el contrató podrá darse por terminado unilateralmente cuando el contratista ejecute actos que atentan contra los principios institucionales o que afecten los programas y proyectos que desarrolle la administración o cuando defraude la confianza que caracteriza los contratos de prestación de servicios. CLAUSULA DECIMA OCTAVA.