JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN Cláusulas de Ejemplo

JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. Teniendo en cuenta la responsabilidad que implica para el cumplimiento misional de la empresa el garantizar la prestación de un servicio de vigilancia y la condición especial de la seguridad y vigilancia privada, se consideraran para establecer los factores de selección: la experiencia que oferten los proponentes, la calidad del servicio y capacitación en manejo xx xxxxx, municiones y explosivos, atención al cliente y relaciones interpersonales del personal, por las diversas Escuelas de vigilancia debidamente avaladas por la Superintendencia de vigilancia y seguridad privada en vigilancia; lo cual se verificara de acuerdo con las certificaciones expedidas en cada Institución Pública o privada en la que ha prestado el servicio, certificados de capacitación expedidos por las escuelas o instituciones avaladas o acreditadas por la Superintendencia de vigilancia y seguridad privada, lo que es importante para acreditar la idoneidad y responsabilidad oferente. Además de lo anterior; los proponentes no podrían haber sido sancionados en virtud de incumplimiento de normas impartidas por la Superintendencia de vigilancia y seguridad privada como organismo rector de la materia, que se deben acatar para la prestación del servicio. Para la E.S.E IMSALUD cobra relevancia, no solo lo importante que es contratar con personas que no hayan sido cuestionadas en desarrollo de sus actividades y por el tipo de servicios que se requiere, el cual debe ser prestado en optimas condiciones y con garantía de todas las normas de seguridad para la entidad; si no que además por la imperiosa necesidad del trato permanente con los usuarios que demandan servicios de salud en la red de IPS y Unidades Básicas como sede administrativa, la buena relación interpersonal del personal que preste dicho servicio.
JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. La selección de la oferta más favorable se ciñe a los criterios de evaluación contemplados en el Decreto 2474 de 2008, así como a los siguientes:  El cumplimiento mínimo de los requerimientos definidos en el numeral 2.2  El valor de la propuesta.
JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. Se realizó visita a las instalaciones del PARQUEADERO LAR, con el cual se pretende contratar, con el propósito de verificar el pleno cumplimiento de las especificaciones técnicas, y se pudo evidenciar, que cumple con las expectativas y necesidades que el Centro tiene con respecto a los vehículos.
JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. Para la selección del contratista se verificarán los aspectos que se relacionan en el siguiente cuadro: A continuación se presentan los requisitos habilitantes que deberán cumplir los proponentes. El contenido de cada uno de los requisitos habilitantes se desarrollaran en los pliegos de condiciones así:
JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. Fonade, durante la ejecución de los estudios previos, y en atención al tipo de actividades que se desarrollarán durante la ejecución del contrato, su tipo, alcance y complejidad, y en aras de propender por la selección de un contratista idóneo que ejecute el contrato con las mejores calidades, ha determinado que el oferente deberá cumplir con los siguientes requerimientos mínimos: ✓ Experiencia específica en PRESTACION DE SERVICIOS DE VIGILANCIA ARMADA CON MEDIO HUMANO YA SEA EN EMPRESAS PÚBLICAS Y/O PRIVADAS ✓ La experiencia podrá ser acreditada con la ejecución de máximo UN (01) contrato terminado en los últimos CINCO (5) años, contados a partir de la fecha establecida para el cierre del término para presentar oferta, y cuya sumatoria expresada en SMMLV sea igual o superior al 100% del VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO indicado en el numeral 1.4 de este documento, expresado en SMMLV a la fecha de su terminación.
JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. Fonade, durante la ejecución de los estudios previos, y en atención al tipo de actividades que se desarrollarán durante la ejecución del contrato, su tipo, alcance y complejidad, y en aras de propender por la selección de un contratista idóneo que ejecute el contrato con las mejores calidades, ha determinado que el oferente deberá cumplir con los siguientes requerimientos mínimos: ✓ Experiencia específica en El proponente deberá tener experiencia en fabricación (producción) y/o suministro y/o venta de bicicletas expresada en SMMLV sea igual o superior al 100% del VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO indicado en el numeral 1.4 de este documento, expresado en SMMLV a la fecha de su terminación.
JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. Los parámetros para establecer la idoneidad del contratista a seleccionar se harán con base en: TITULO OBTENIDO: XXXXXXXXXXXXXXXXXX EXPERIENCIA GENERAL Y/O ESPECIFICA: XXXXXXXXXXXXX ANÁLISIS DE RIESGOS DE LA CONTRATACIÓN: De acuerdo a lo establecido en el Art. 4 de la Ley 1150 de 2007, el Municipio xx Xxxxxxxxxxxxx, ha estimado establecer como riesgos previsibles involucrados en la contratación para este proceso los siguientes: TIPO DE RIESGO RIESGO REGULATORIO (Derivados de cambios regulatorios o reglamentarios que afecten la ecuación económica del contrato) DESCRIPCION (QUE PUEDE PASAR Y COMO PUEDE OCURRIR) Riesgo generado por el aumento de la carga impositiva en materia tributaria relativo a la retención en la fuente CONSECUENCIA DE LA OCURRENCIA DEL EVENTO NO OBSTANTE TENER INCIDENCIA DIRECTA EN EL PRECIO DE LA OFERTA SE CONSIDERA QUE SU IMPACTO ES MENOR YA QUE NO ALTERA LA ECUACION ECONOMICA DEL CONTRATO PERSONA RESPONSABLE POR IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO EL MUNICIPIO AFECTA LA EJECUCION DEL CONTRATO EN LA PROPORCION ACTUAL EN QUE SE HAN PRESENTADO LAS VARIACIONES DE LA RETENCION EN LA FUENTE NO AFECTA LA EJECUCION IMPACTO DESPUES DEL TRATAMIENTO CATEGORIA RIESGO MEDIO
JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. Con el fin de identificar la oferta más favorable, los proponentes se evaluarán teniendo en cuenta los criterios de selección contenidos en el Decreto Nº 1082 del 26 xx Xxxx de 2015, que para este proceso de SELECCIÓN ABREVIADA – evento MENOR CUANTÍA, esta Entidad ha resuelto escoger el artículo 2.2.1.1.2.2.2, inciso a), el cual permite a las entidades estatales escoger la oferta que resulte más ventajosa, luego de aplicar la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o formulas, para lo cual el Pliego de Condiciones establecerá, las condiciones técnicas y económicas mínimas de la oferta.

Related to JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN

  • Propiedad de los trabajos Todos los estudios y documentos elaborados, en su caso, en ejecución del contrato serán propiedad del Ayuntamiento de Granada quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor de los trabajos. El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos elaborados con motivo de la ejecución de este contrato, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa del órgano de contratación. Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial, llevarán aparejada la cesión de éste al Ayuntamiento de Granada. En todo caso, y aún cuando se excluya la cesión de los derechos de propiedad intelectual, se podrá autorizar el uso del correspondiente producto a los entes, organismos y entidades pertenecientes al sector público a que se refiere el artículo 3.1 del TRLCSP.

  • MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO “No aplica este Método”

  • CALIDAD DE LOS SERVICIOS De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” queda obligado ante “BANSEFI” a responder de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en el presente contrato y en la legislación aplicable. De conformidad con lo establecido por el artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no se tendrán por recibidos los servicios, si no existe la aceptación de conformidad de los servicios prestados, por parte del personal autorizado de “BANSEFI”.

  • PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS Quedarán en propiedad de la Administración tanto el servicio recibido como los derechos inherentes a los trabajos realizados, su propiedad industrial y comercial, reservándose la Administración su utilización, no pudiendo ser objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado expresamente por la Administración, y ésta, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de los documentos o materiales que la integren, con todos sus antecedentes, datos o procedimientos. Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevarán aparejada la cesión de éste a la Administración contratante. El contratista tendrá la obligación de proporcionar en soporte informático a la Administración todos los datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante la elaboración de los trabajos. Los trabajos que constituyan objeto de propiedad intelectual, se entenderán expresamente cedidos en exclusiva a la Administración contratante, salvo en el caso de derechos preexistentes, en los que la cesión puede no ser con carácter de exclusividad.

  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • Examen de los Términos y Condiciones; Evaluación Técnica 33.1 El Comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todas las estipulaciones y condiciones de las CGC y de las CEC han sido aceptadas por el Oferente sin desviaciones o reservas mayores. 33.2 El Comprador evaluará los aspectos técnicos de la oferta presentada en virtud de la Cláusula 18 de las IAO, para confirmar que todos los requisitos estipulados en la Sección VI, Lista de Bienes y Servicios y Plan de Entrega de los Documentos de Licitación, han sido cumplidos sin ninguna desviación importante o reserva. 33.3 Si después de haber examinado los términos y condiciones y de haber efectuado la evaluación técnica, el Comprador establece que la oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO, la oferta será rechazada.

  • Contrato de obra o servicio determinado Es aquel que se celebra entre la empresa y trabajador a fin de atender las necesidades de cobertura de un servicio de limpieza concertado por la empresa con terceros. Su duración vendrá determinada por la vigencia del contrato de arrendamiento de servicios que constituye su objeto, renovándose automáticamente, a través de la subrogación prevista en el presente convenio, respecto a cuantas empresas se sucedan en el servicio de limpieza contratado. Su duración máxima será de cuatro años. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de fijos de la empresa, según la modalidad contractual prevista en el artículo 20.

  • FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al 10% del monto total del contrato.-

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.