LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Este Acuerdo estará sujeto a las leyes aplicables indicadas en la siguiente tabla, como se establece en ella, sin referencia a ninguna norma de conflicto xx xxxxx. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no se aplicará a este Acuerdo. Cualquier disputa que derive de este Acuerdo o se relacione con él se resolverá tal como se establece en la siguiente tabla. un país en América del Norte o del Sur, a excepción de Brasil, las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos. estará sujeta a la jurisdicción de los tribunales del Estado de Delaware, EE. UU. Cada una de las partes se somete irrevocablemente a la jurisdicción personal del tribunal pertinente del Estado de Delaware para tales disputas. Brasil, las leyes de Brasil. estará sujeta a la jurisdicción y sede del Tribunal de Sao Xxxxxxx do Sul- SP, Brasil. un país en Asia o Australia/Oceanía, a excepción de Japón, las leyes de Singapur. se resolverá finalmente mediante arbitraje vinculante de conformidad con las Reglas de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional («Reglas de la CCI»). La sede del arbitraje será Singapur. Japón, las leyes de Japón. se resolverá finalmente mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Tokio, Japón. un país no incluido en ninguno de los anteriores, las leyes de Suiza. se resolverá finalmente mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Zúrich, Suiza. En caso de que una disputa esté sujeta a arbitraje, tal como se describe en la tabla anterior, los árbitros se nombrarán de acuerdo con las Reglas de la CCI, el idioma utilizado para el proceso será el inglés y los pedidos para la elaboración de documentos se limitarán a los documentos en los que cada parte se basa específicamente en su presentación. Nada en esta Sección restringirá el derecho de las partes a buscar medidas provisionales destinadas a preservar el statu quo o medidas provisionales en cualquier tribunal de jurisdicción competente. No obstante lo anterior, en la medida permitida por las leyes aplicables y en la medida en que no resulte en la invalidez o inaplicabilidad de esta Sección, las partes acuerdan que SISW, a su exclusiva discreción, puede emprender una acción en los tribunales de las jurisdicciones donde se están utilizando los Productos o Servicios o el Cliente tiene su sede comercial (i) para hacer cumplir sus derechos de propiedad intelectual o (ii) para el pago de importes adeudados por Productos o Servicios.
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Samples: Licensing Agreement, Licensing Agreement, Licensing Agreement
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Este Acuerdo estará sujeto La Ley de Obligaciones Negociables resultará aplicable con relación a los requisitos formales necesarios para que las Obligaciones Negociables califiquen como tales. Por su parte, la Ley General de Sociedades, la Ley de Mercado de Capitales y las Normas de la CNV resultarán de aplicación con relación a la capacidad del Emisor para emitir y colocar las Obligaciones Negociables, a ciertas cuestiones relativas a la celebración de las asambleas de tenedores y a la autorización para la oferta pública de las Obligaciones Negociables otorgada por la CNV. Todos los restantes términos y condiciones de una Clase y/o Serie de Obligaciones Negociables podrán regirse por las leyes aplicables indicadas en la siguiente tablade Argentina, como se establece en elladel Estado de Nueva York, sin referencia a ninguna norma Estados Unidos de conflicto xx xxxxx. La Convención Norteamérica, del Reino Unido de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no se aplicará a este Acuerdo. Cualquier disputa que derive de este Acuerdo o se relacione con él se resolverá tal como se establece en la siguiente tabla. un país en América Gran Bretaña e Irlanda del Norte o por la ley de cualquier otra jurisdicción, según lo determine el Emisor y se especifique en el Suplemento de Prospecto correspondiente y en cada contrato de fideicomiso (Indenture) que se celebre, en caso de corresponder. Toda controversia que se suscite entre la Compañía y los tenedores en relación se podrá someter a la jurisdicción del SurTribunal Arbitral de la BCBA, en virtud del ejercicio de la facultad delegada por ByMA a la BCBA, en materia de constitución de tribunales arbitrales, conforme lo dispuesto por la Resolución N° 18.629 de la CNV. Sin perjuicio de ello, de conformidad con el Artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales, los tenedores podrán someter sus controversias en relación con la Obligaciones Negociables a la jurisdicción no exclusiva del Tribunal Arbitral de la BCBA o el que se cree en el futuro de conformidad con el artículo 29 de la Ley de Mercado de Capitales o bien a la de los tribunales judiciales en lo comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a excepción opción exclusiva del tenedor en cuestión. A su vez, en los casos en que las normas vigentes establezcan la acumulación de Brasilacciones entabladas con idéntica finalidad ante un solo tribunal, las leyes del Estado la acumulación se efectuará ante el tribunal judicial. Asimismo, en el caso de Delawarecolocaciones internacionales, Estados Unidos. estará sujeta la Sociedad podrá someterse a la jurisdicción de los tribunales del Estado de Delaware, EE. UU. Cada una de las partes se somete irrevocablemente a la jurisdicción personal del tribunal pertinente del Estado de Delaware para tales disputas. Brasil, las leyes de Brasil. estará sujeta a la jurisdicción y extranjeros con sede del Tribunal de Sao Xxxxxxx do Sul- SP, Brasil. un país en Asia o Australia/Oceanía, a excepción de Japón, las leyes de Singapur. se resolverá finalmente mediante arbitraje vinculante de conformidad con las Reglas de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional («Reglas de la CCI»). La sede del arbitraje será Singapur. Japón, las leyes de Japón. se resolverá finalmente mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Tokio, Japón. un país no incluido en ninguno de los anteriores, las leyes de Suiza. se resolverá finalmente mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Zúrich, Suiza. En caso de que una disputa esté sujeta a arbitraje, tal como se describe en la tabla anteriorCiudad de Nueva York, los árbitros se nombrarán de acuerdo con las Reglas de la CCI, el idioma utilizado para el proceso será el inglés y los pedidos para la elaboración de documentos se limitarán a los documentos en los que cada parte se basa específicamente en su presentación. Nada en esta Sección restringirá el derecho de las partes a buscar medidas provisionales destinadas a preservar el statu quo Londres o medidas provisionales en cualquier tribunal de jurisdicción competente. No obstante lo anterior, en la medida permitida por las leyes aplicables y en la medida en que no resulte en la invalidez o inaplicabilidad de esta Sección, las partes acuerdan que SISW, a su exclusiva discreción, puede emprender una acción en los tribunales de las jurisdicciones otra plaza internacional donde se están utilizando los Productos o Servicios o el Cliente tiene su sede comercial (i) para hacer cumplir sus derechos de propiedad intelectual o (ii) para el pago de importes adeudados por Productos o Serviciosdestine la colocación.
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Samples: Programa Global De Emisión De Obligaciones Negociables, Programa Global De Emisión De Obligaciones Negociables
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Este Acuerdo estará sujeto a las leyes aplicables indicadas en la siguiente tabla, como se establece en ella, sin referencia a ninguna norma de conflicto xx xxxxx. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no se aplicará a este Acuerdo. Cualquier disputa que derive de este Acuerdo o se relacione con él se resolverá tal como se establece en la siguiente tabla. un país en América del Norte o del Sur, a excepción de Brasil, . las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos. estará sujeta con sujeción a la jurisdicción de los tribunales del Estado de Delaware, EE. UU. Cada una de las partes se somete irrevocablemente a la jurisdicción personal del tribunal pertinente del Estado de Delaware para tales disputas. Brasil, . las leyes de Brasil. estará sujeta con sujeción a la jurisdicción y sede del Tribunal de Sao Xxxxxxx do Sul- SP, Brasil. un país en Asia o Australia/Oceanía, a excepción de Japón, . las leyes de Singapurxxxxx xx Xxxx Kong. se resolverá finalmente resuelto mediante arbitraje vinculante de conformidad con las Reglas de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional («“Reglas de la CCI»”). La sede del arbitraje será SingapurHong Kong. Japón, . las leyes de Japón. se resolverá finalmente resuelto mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Tokio, JapónHong Kong. un país no incluido en ninguno de los anteriores, . las leyes de Suiza. se resolverá finalmente resuelto mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Zúrich, Suiza. En caso de que una disputa esté sujeta a arbitraje, tal como se describe en la tabla anterior, los árbitros Árbitros se nombrarán de acuerdo con las Reglas de la CCI, el idioma utilizado para el proceso será el inglés y los pedidos toda orden para la elaboración de documentos se limitarán limitará a los documentos en los que cada parte se basa específicamente en su presentación. Nada en esta Sección restringirá el derecho de las partes a buscar medidas provisionales destinadas a preservar el statu quo o medidas provisionales en cualquier tribunal de jurisdicción competente. No obstante lo anterior, en la medida permitida por las leyes aplicables y en la medida en que no resulte en la invalidez o inaplicabilidad de esta Sección, las partes acuerdan que SISW, a su exclusiva discreción, puede emprender una acción en los tribunales de las jurisdicciones la(s) jurisdicción(es) donde se están utilizando los Productos o Servicios o el Cliente tiene su sede comercial (i) para hacer cumplir sus derechos de propiedad intelectual o (ii) para el pago de importes adeudados por tarifas relacionadas con los Productos o Servicios.
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Samples: Licensing Agreement
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Este Acuerdo estará sujeto a las leyes aplicables indicadas en la siguiente tablaLas Obligaciones Negociables Serie XIV se regirán por, como se establece en ella, sin referencia a ninguna norma y serán interpretadas de conflicto xx xxxxx. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no se aplicará a este Acuerdo. Cualquier disputa que derive de este Acuerdo o se relacione con él se resolverá tal como se establece en la siguiente tabla. un país en América del Norte o del Sur, a excepción de Brasil, las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos. estará sujeta a la jurisdicción de los tribunales del Estado de Delaware, EE. UU. Cada una de las partes se somete irrevocablemente a la jurisdicción personal del tribunal pertinente del Estado de Delaware para tales disputas. Brasilconformidad con, las leyes de Brasilla República Argentina. estará sujeta La Sociedad someterá sus controversias con relación a las Obligaciones Negociables Serie XIV a la jurisdicción y sede del Tribunal de Sao Xxxxxxx do Sul- SP, Brasil. un país Arbitraje General de la BCBA (en Asia virtud del ejercicio de la facultad delegada por BYMA a la BCBA) (o Australia/Oceanía, a excepción de Japón, las leyes de Singapur. el que se resolverá finalmente mediante arbitraje vinculante cree en el futuro de conformidad con las Reglas de Arbitraje el artículo 46 de la Cámara Xxx xx Xxxxxxx de Comercio Internacional («Reglas de la CCI»). La sede Capitales) o del arbitraje será Singapur. JapónTribunal Arbitral del MAE, las leyes de Japón. se resolverá finalmente mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Tokio, Japón. un país no incluido en ninguno de los anteriores, las leyes de Suiza. se resolverá finalmente mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Zúrich, Suiza. En caso de que una disputa esté sujeta a arbitraje, tal como se describe en la tabla anterior, los árbitros se nombrarán de acuerdo con las Reglas reglas del arbitraje de derecho, sin perjuicio del derecho de los inversores a acudir a los tribunales judiciales competentes contemplado en el artículo 46 de la CCIXxx xx Xxxxxxx de Capitales. La acción ejecutiva de cobro tramitará ante los tribunales comerciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, en los casos en que las normas vigentes establezcan la acumulación de acciones entabladas con idéntica finalidad ante un solo tribunal, la acumulación será ante el idioma utilizado tribunal judicial aplicable. Para mayor información, ver “Términos y Condiciones Generales del Programa – Cláusula Arbitral” del Prospecto. En virtud de que las Obligaciones Negociables Serie XIV serán documentadas en certificados globales, Caja de Valores podrá expedir comprobantes de los valores representados en certificados globales a favor de las personas que tengan una participación en los mismos, a efectos de legitimar al titular para el proceso reclamar judicialmente, o ante jurisdicción arbitral en su caso, incluso mediante acción ejecutiva si correspondiere, presentar solicitudes de verificación de crédito o participar en procesos universales para lo que será el inglés y los pedidos para suficiente título dicho comprobante, sin necesidad de autenticación u otro requisito, conforme lo establecido en la elaboración Xxx xx Xxxxxxx de documentos se limitarán Capitales. El bloqueo de la cuenta sólo afectará a los documentos en valores a los que cada parte se basa específicamente refiera el comprobante. Cuando entidades administradoras de sistemas de depósito colectivo tengan participaciones en su presentación. Nada certificados globales inscriptos en esta Sección restringirá el derecho sistemas de las partes a buscar medidas provisionales destinadas a preservar el statu quo o medidas provisionales en cualquier tribunal de jurisdicción competente. No obstante lo anteriordepósito colectivo administrados por otra entidad, en la medida permitida los comprobantes podrán ser emitidos directamente por las leyes aplicables y en la medida en que no resulte en la invalidez o inaplicabilidad de esta Sección, las partes acuerdan que SISW, a su exclusiva discreción, puede emprender una acción en los tribunales de las jurisdicciones donde se están utilizando los Productos o Servicios o el Cliente tiene su sede comercial (i) para hacer cumplir sus derechos de propiedad intelectual o (ii) para el pago de importes adeudados por Productos o Serviciosprimeras.
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Samples: Obligaciones Negociables Simples
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Este Acuerdo estará sujeto a se regirá por el derecho sustantivo, quedan excluidas las leyes aplicables indicadas en la siguiente tablanormas de elección de ordenamiento jurídico, como se establece en ella, sin referencia a ninguna norma de conflicto xx xxxxx. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no se aplicará a este Acuerdo. Cualquier disputa que derive de este Acuerdo o se relacione con él se resolverá tal como se establece en la siguiente tabla. un país en América del Norte o del Sur, a excepción de Brasil, las leyes (i) del Estado de Delaware, Estados Unidos. estará sujeta Unidos para todos los Pedidos registrados por una filial de SISW en Norteamérica o Sudamérica, siempre que la legislación brasileña se aplique a la jurisdicción todos los Pedidos registrados entre una filial de SISW en Brasil y una entidad brasileña, (ii) Hong Kong para todos los tribunales del Estado Pedidos registrados por una filial de Delaware, EE. UU. Cada una de las partes se somete irrevocablemente a la jurisdicción personal del tribunal pertinente del Estado de Delaware para tales disputas. Brasil, las leyes de Brasil. estará sujeta a la jurisdicción y sede del Tribunal de Sao Xxxxxxx do Sul- SP, Brasil. un país SISW en Asia o Australia/Oceanía, siempre que la legislación japonesa se aplique a excepción todos los Pedidos registrados entre una filial de JapónSISW en Japón y una entidad japonesa, y (iii) Suiza para todos los demás Pedidos. Todas las leyes disputas que surjan de Singapur. este Acuerdo o que se resolverá finalmente mediante relacionen con este (a) estarán sujetas a la jurisdicción exclusiva de los tribunales federales de Delaware para todos los Pedidos que se rigen por la xxx xx Xxxxxxxx, siempre que todos los Pedidos regidos por la legislación brasileña estén sujetos a la jurisdicción exclusiva del Tribunal de São Xxxxxxx do Sul-SP, (b) se resolverán de manera definitiva según las reglas de arbitraje vinculante de conformidad con las Reglas de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional («Reglas CCI), con Hong Kong como sede de arbitraje para todos los Pedidos regidos por la legislación xx Xxxx Kong o Japón, o (c) se resolverán de manera definitiva según las reglas de arbitraje de la CCI»). La , con Zúrich, Suiza, como la sede del arbitraje será Singapurpara todos los Pedidos que se rigen por la legislación suiza. JapónEn cualquier arbitraje, las leyes de Japón. se resolverá finalmente mediante arbitraje los árbitros serán nombrados de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Tokio, Japón. un país no incluido en ninguno de los anteriores, las leyes de Suiza. se resolverá finalmente mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Zúrich, Suiza. En caso de que una disputa esté sujeta a arbitraje, tal como se describe en la tabla anterior, los árbitros se nombrarán de acuerdo con las Reglas normas de la CCI, el idioma utilizado para el proceso será el inglés y los pedidos para la las solicitudes de elaboración de documentos se limitarán a los documentos en los que cada parte se basa específicamente en su presentación. Nada en esta Sección restringirá el derecho Sin perjuicio de las partes a buscar medidas provisionales destinadas a preservar el statu quo o medidas provisionales en cualquier tribunal de jurisdicción competente. No obstante lo anterior, en la medida permitida por las leyes aplicables y en la medida en que no resulte en la invalidez o inaplicabilidad de esta Sección, las partes acuerdan que SISW, a su exclusiva discreción, XXXX puede emprender iniciar una acción en los tribunales de las jurisdicciones donde se están utilizando los Productos o Servicios o el Cliente tiene su sede comercial (i) para hacer cumplir o preservar sus derechos de propiedad intelectual o (ii) para el pago en la jurisdicción donde se utilizan los Productos. La Convención de importes adeudados por Productos o Servicioslas Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no se aplica a este Acuerdo.
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Samples: Licensing Agreement
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Este Acuerdo estará sujeto a las leyes aplicables indicadas que figuran en la siguiente tabla, como tabla tal cual se establece indica en ella, sin referencia a ninguna independientemente de cualquier norma de conflicto xx xxxxxsobre conflictos legislativos. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no se aplicará a este Acuerdo. Cualquier disputa que derive de este Acuerdo o se relacione con él se resolverá tal como se establece en la siguiente tabla. un país en América del Norte o del Sur, a excepción de Brasil, las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos. estará sujeta a de acuerdo con la jurisdicción de los tribunales del Estado de Delaware, EE. UU. Cada una de las partes se somete irrevocablemente a la jurisdicción personal del tribunal pertinente del Estado de Delaware para tales disputas. Brasil, las leyes de Brasil. estará sujeta a de acuerdo con la jurisdicción y sede del Tribunal de Sao Xxxxxxx do Sul- SP, Brasil. un país en de Asia o Australia/Oceanía, a excepción de Japón, las leyes Israel y Turquía, la legislación de Singapur. se resolverá finalmente mediante arbitraje vinculante de conformidad con las Reglas de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional («“Reglas de la CCI»”). La sede del arbitraje será Singapur. Japón, las leyes de Japón. se resolverá finalmente mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Tokio, Japón. un país no incluido en ninguno de los anteriores, las leyes de Suiza. se resolverá finalmente mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Zúrich, Suiza. En caso de que una disputa esté sujeta a arbitraje, tal como se describe en la tabla anterior, los árbitros se nombrarán de acuerdo con las Reglas de la CCI, el idioma utilizado para el proceso será el inglés y los pedidos para la elaboración de documentos se limitarán a los documentos en los que cada parte se basa específicamente en su presentación. Nada en esta Sección restringirá el derecho de las partes a buscar medidas provisionales destinadas a preservar el statu quo o medidas provisionales en cualquier tribunal de jurisdicción competente. No obstante lo anterior, en la medida permitida por las leyes aplicables y en la medida en que no resulte en la invalidez o inaplicabilidad de esta Sección, las partes acuerdan que SISW, a su exclusiva discreción, puede emprender una acción en los tribunales de las jurisdicciones donde se están utilizando los Productos o Servicios o el Cliente tiene su sede comercial (i) para hacer cumplir sus derechos de propiedad intelectual o (ii) para el pago de importes adeudados por Productos o Servicios.
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Samples: Licensing Agreement
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Este Acuerdo estará sujeto a El presente Contrato se regirá e interpretará de conformidad con las leyes aplicables indicadas de (a) Suiza, cuando el Licenciatario haya adquirido los Materiales de Hypertherm en algún país de Europa, Xxxxxx x Xxxxxxx Medio; (b) Singapur, cuando el Licenciatario haya adquirido los Materiales de Hypertherm en algún país de Asia, Oceanía o la Región de Asia-Pacífico o (c) el Estado de New Hampshire (y, en la siguiente tablamedida en que su aplicación sea obligatoria, como se establece por las leyes federales de EE. UU.), cuando el Licenciatario haya adquirido los Materiales de Hypertherm en ella, algún país del continente americano (incluyendo la región del Caribe) o en cualquier otro país no especificado en la presente Cláusula 9.2. Las leyes de los países indicados serán de aplicación sin referencia remisión a ninguna norma de sus normas sobre conflicto xx xxxxx. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías y la Ley estadounidense sobre Contratación relativa a Datos Informatizados (Uniform Computer Information Transaction Act) no se aplicará a este Acuerdoserán de aplicación al presente Contrato (quedando excluidas de las normas de aplicación). Cualquier disputa que derive de este Acuerdo o se relacione con él se resolverá tal como se establece en la siguiente tabla. un país en América del Norte o del SurAdicionalmente, a excepción de Brasil, las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos. estará sujeta a la jurisdicción de los tribunales del Estado de Delaware, EE. UU. Cada cada una de las partes se somete irrevocablemente acepta someter cualquier reclamación, acción judicial o litigio en relación con el presente Contrato exclusivamente en (quedando las partes sujetas a la jurisdicción personal del tribunal pertinente del Estado de Delaware para tales disputas. Brasilexclusiva de) New Hampshire, las leyes de Brasil. estará sujeta a la jurisdicción y sede del Tribunal de Sao Xxxxxxx do Sul- SP, Brasil. un país si bien en Asia o Australia/Oceanía, a excepción de Japón, las leyes de Singapur. se resolverá finalmente mediante arbitraje vinculante de conformidad con las Reglas de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional («Reglas de la CCI»). La sede del arbitraje será Singapur. Japón, las leyes de Japón. se resolverá finalmente mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Tokio, Japón. un país no incluido en ninguno de los anteriores, las leyes de Suiza. se resolverá finalmente mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Zúrich, Suiza. En el caso de que una disputa esté sujeta a arbitrajeel Licenciatario haya adquirido los Materiales de Hypertherm en (a) algún país de Europa, tal como se describe en la tabla anterior, los árbitros se nombrarán de acuerdo con las Reglas de la CCI, el idioma utilizado para el proceso será el inglés y los pedidos para la elaboración de documentos se limitarán a los documentos en los que cada parte se basa específicamente en su presentación. Nada en esta Sección restringirá el derecho de las partes a buscar medidas provisionales destinadas a preservar el statu quo o medidas provisionales en cualquier tribunal de jurisdicción competente. No obstante lo anterior, en la medida permitida por las leyes aplicables y en la medida en que no resulte en la invalidez o inaplicabilidad de esta SecciónXxxxxx x Xxxxxxx Medio, las partes acuerdan que SISW, a su exclusiva discreción, puede emprender una acción en reclamaciones o litigios únicamente podrán someterse ante los tribunales de Suiza (quedando las jurisdicciones donde se están utilizando partes sujetas a su jurisdicción exclusiva) o (b) algún país de Asia, Oceanía o la Región de Asia-Pacífico, las reclamaciones o litigios únicamente podrán someterse ante los Productos o Servicios o el Cliente tiene tribunales de Singapur (quedando las partes sujetas a su sede comercial (i) para hacer cumplir sus jurisdicción exclusiva). Nada de lo anteriormente estipulado prohibirá a Hypertherm interponer una acción judicial por infracción de los derechos de propiedad intelectual o (ii) para el pago de importes adeudados por Productos o Serviciosen cualquier país donde presuntamente se haya producido tal infracción.
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Samples: Licensing Agreement
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Este Acuerdo estará sujeto a El presente Contrato se regirá e interpretará de conformidad con las leyes aplicables indicadas de
(a) Suiza, cuando el Licenciatario haya adquirido los Materiales de Autodesk en algún país de Europa, Xxxxxx x Xxxxxxx Medio; (b) Singapur, cuando el Licenciatario haya adquirido los Materiales de Autodesk en algún país de Asia, Oceanía o la Región de Asia-Pacífico o (c) el Estado de California (y, en la siguiente tablamedida en que su aplicación sea obligatoria, como se establece por las leyes federales de EE.UU.), cuando el Licenciatario haya adquirido los Materiales de Autodesk en ella, algún país del continente americano (incluyendo la región del Caribe) o en cualquier otro país no especificado en la presente Cláusula 9.2. Las leyes de los países indicados serán de aplicación sin referencia remisión a ninguna norma de sus normas sobre conflicto xx xxxxx. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías y la Ley estadounidense sobre Contratación relativa a Datos Informatizados (Uniform Computer Information Transaction Act) no se aplicará a este Acuerdoserán de aplicación al presente Contrato (quedando excluidas de las normas de aplicación). Cualquier disputa que derive de este Acuerdo o se relacione con él se resolverá tal como se establece en la siguiente tabla. un país en América del Norte o del Sur, a excepción de BrasilAdicionalmente, las leyes partes aceptan someter cualquier reclamación, acción judicial o litigio en relación con el presente Contrato exclusivamente al Tribunal Superior del Estado de DelawareCalifornia, Estados Unidos. estará sujeta a la jurisdicción Xxxxxxx xx Xxxxx o al Tribunal del Distrito Norte de los tribunales del Estado de DelawareCalifornia, EE. UU. Cada una de San Xxxxxxxxx, (quedando las partes se somete irrevocablemente sujetas a la su jurisdicción personal del tribunal pertinente del Estado de Delaware para tales disputas. Brasilexclusiva), las leyes de Brasil. estará sujeta a la jurisdicción y sede del Tribunal de Sao Xxxxxxx do Sul- SP, Brasil. un país si bien en Asia o Australia/Oceanía, a excepción de Japón, las leyes de Singapur. se resolverá finalmente mediante arbitraje vinculante de conformidad con las Reglas de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional («Reglas de la CCI»). La sede del arbitraje será Singapur. Japón, las leyes de Japón. se resolverá finalmente mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Tokio, Japón. un país no incluido en ninguno de los anteriores, las leyes de Suiza. se resolverá finalmente mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Zúrich, Suiza. En el caso de que una disputa esté sujeta a arbitrajeel Licenciatario haya adquirido los Materiales de Autodesk (a) en algún país de Europa, tal como se describe en la tabla anterior, los árbitros se nombrarán de acuerdo con las Reglas de la CCI, el idioma utilizado para el proceso será el inglés y los pedidos para la elaboración de documentos se limitarán a los documentos en los que cada parte se basa específicamente en su presentación. Nada en esta Sección restringirá el derecho de las partes a buscar medidas provisionales destinadas a preservar el statu quo o medidas provisionales en cualquier tribunal de jurisdicción competente. No obstante lo anterior, en la medida permitida por las leyes aplicables y en la medida en que no resulte en la invalidez o inaplicabilidad de esta SecciónXxxxxx x Xxxxxxx Medio, las partes acuerdan que SISW, a su exclusiva discreción, puede emprender una acción en reclamaciones o litigios únicamente podrán someterse ante los tribunales de Suiza (quedando las jurisdicciones donde se están utilizando partes sujetas a su jurisdicción exclusiva) o (b) en algún país de Asia, Oceanía o la Región de Asia-Pacífico, las reclamaciones o litigios únicamente podrán someterse ante los Productos o Servicios o el Cliente tiene tribunales de Singapur (quedando las partes sujetas a su sede comercial (i) para hacer cumplir sus jurisdicción exclusiva). Nada de lo anteriormente estipulado prohibirá a Autodesk interponer una acción judicial por infracción de los derechos de propiedad intelectual o (ii) para el pago de importes adeudados por Productos o Serviciosen cualquier país donde presuntamente se haya producido tal infracción.
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Samples: Licensing Agreement
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN. Este Acuerdo estará sujeto Las Obligaciones Negociables se emitirán conforme a la Ley de Obligaciones Negociables y a las demás leyes aplicables indicadas y reglamentaciones vigentes en la siguiente tablaRepública Argentina a la Fecha de Emisión y Liquidación de estas. Todas las cuestiones relacionadas con las Obligaciones Negociables se regirán, como se establece en ellay deberán ser interpretadas de conformidad con, sin referencia a ninguna norma las leyes de conflicto xx xxxxx. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no se aplicará a este Acuerdo. Cualquier disputa que derive de este Acuerdo o se relacione con él se resolverá tal como se establece en la siguiente tabla. un país en América del Norte o del SurRepública Argentina, a excepción de Brasil(i) la obligación de efectivo pago en la moneda de denominación de las Obligaciones Negociables – en dólares estadounidenses– y en el lugar de pago previsto bajo las Obligaciones Negociables; y (ii) la Garantía, que se regirán y deberán ser interpretadas de conformidad con las leyes del Estado de DelawareNueva York, Estados UnidosUnidos de América, sin que sean aplicables las normas de reenvío y de derecho internacional privado. estará sujeta Toda controversia que se suscite entre la Compañía por un lado, y los Tenedores, por otro lado, en relación a las Obligaciones Negociables (incluyendo, sin limitación, sobre la existencia, validez, calificación, interpretación, alcance o cumplimiento de las Obligaciones Negociables), será resuelta por el Tribunal de Arbitraje General de la BCBA en virtud de la delegación de facultades otorgadas por el ByMA a la jurisdicción BCBA en materia de los tribunales del Estado constitución de DelawareTribunales Arbitrales, EE. UU. Cada una de las partes se somete irrevocablemente a la jurisdicción personal del o el tribunal pertinente del Estado de Delaware para tales disputas. Brasilarbitral que en el futuro lo reemplace, las leyes de Brasil. estará sujeta a la jurisdicción y sede del Tribunal de Sao Xxxxxxx do Sul- SP, Brasil. un país en Asia o Australia/Oceanía, a excepción de Japón, las leyes de Singapur. se resolverá finalmente mediante arbitraje vinculante de conformidad con las Reglas de Arbitraje el Artículo 46 de la Cámara Xxx xx Xxxxxxx de Comercio Internacional («Reglas de la CCI»). La sede del arbitraje será Singapur. Japón, las leyes de Japón. se resolverá finalmente mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Tokio, Japón. un país no incluido en ninguno de los anteriores, las leyes de Suiza. se resolverá finalmente mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de la CCI. La sede del arbitraje será Zúrich, Suiza. En caso de que una disputa esté sujeta a arbitraje, tal como se describe en la tabla anterior, los árbitros se nombrarán de acuerdo con las Reglas de la CCI, el idioma utilizado para el proceso será el inglés y los pedidos para la elaboración de documentos se limitarán a los documentos en los que cada parte se basa específicamente en su presentación. Nada en esta Sección restringirá el derecho de las partes a buscar medidas provisionales destinadas a preservar el statu quo o medidas provisionales en cualquier tribunal de jurisdicción competenteCapitales. No obstante lo anterior, en la medida permitida los inversores tendrán el derecho de optar por las leyes aplicables y en la medida en que no resulte en la invalidez o inaplicabilidad de esta Sección, las partes acuerdan que SISW, acudir a su exclusiva discreción, puede emprender una acción en los tribunales de las jurisdicciones donde judiciales competentes a los que también podrá acudir la Compañía en caso que dicho tribunal arbitral cese en sus funciones y no sea reemplazado por un tribunal arbitral permanente perteneciente a otro mercado. La sentencia que dicte el tribunal arbitral correspondiente se están utilizando encontrará sujeta a los Productos o Servicios o el Cliente tiene su sede comercial recursos que se encuentren disponibles. Toda controversia que se suscite entre la Compañía por un lado, y los Tenedores, por otro lado, en relación a (i) para hacer cumplir sus derechos la obligación de propiedad intelectual o efectivo pago en la moneda de denominación de las Obligaciones Negociables –en dólares estadounidenses– y en el lugar de pago previsto bajo las Obligaciones Negociables y (ii) para la Garantía, será resuelta por los tribunales del Estado de Nueva York. No obstante lo anterior, los Tenedores tendrán el pago derecho de importes adeudados optar por Productos o Serviciosacudir a los tribunales judiciales competentes de la República Argentina.
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Samples: Obligaciones Negociables