Listas de espera Cláusulas de Ejemplo

Listas de espera. RCI podrá establecer listas de espera para Alojamiento específico. Únicamente los Socios que cuenten con Créditos en sus cuentas y se encuentren al corriente en el pago de las Cuotas de Membresía Anuales, Gastos del Periodo Vacacional y todos los demás importes adeudados respecto al Programa Collection podrán tener derecho a un lugar en la lista de espera. Los Socios que se encuentren en la lista de espera deberán dar cumplimiento a lo señalado en los Documentos Collection esto con el fin de poder realizar una Confirmación. RCI podrá limitar el tiempo que se encuentre disponible la lista de espera así como el número de Socios que pueden estar en cualquier lista de espera.
Listas de espera. 1. Los candidatos idóneos que figuren en el orden de prelación de la propuesta de la Comisión de Selección pasarán a formar parte de una lista de espera, por plaza, para suplir la posible eventualidad ante una renuncia del candidato propuesto o baja definitiva por cualquier otra causa. Esta lista de espera tendrá validez, como máximo, durante un año a contar desde la fecha de inicio del contrato correspondiente. 2. Si se precisa cubrir una plaza, por las causas mencionadas en el párrafo anterior, los aspirantes que figuren en la correspondiente propuesta de contratación y en el orden de prelación, serán llamados para firmar el contrato por los servicios administrativos de la Universidad, mediante comunicación telefónica, telemática o telegráfica, y deberán contestar al llamamiento en el plazo máximo de 48 horas, contadas desde el momento en el que se efectuó el llamamiento. En caso contrario, se procederá a llamar al siguiente candidato en la lista de espera correspondiente. Igual criterio se seguirá con quienes, contestando afirmativamente a la oferta de contratación, no suscriban el contrato en el término de 24 horas. La comunicación se realizará al teléfono, dirección electrónica o dirección postal que el aspirante haya hecho constar en la solicitud. La comunicación telegráfica se realizará en el caso de que el aspirante hubiera rechazado expresamente en su solicitud la comunicación telemática a estos efectos, y no pudiera establecerse comunicación telefónica.
Listas de espera. 5.1. Listas de Espera. Las listas de espera podrán ser abiertas por GOL en los aeropuertos en el momento en que el total de reservas confirmadas para el vuelo alcance el límite de asientos disponibles en la aeronave. Los Pasajeros con nombre en listas de espera serán llamados por orden de inscripción en la respectiva lista, respetadas las prioridades establecidas por la legislación vigente, de acuerdo con el número de asientos que fueren liberados por la no presentación en el horario previsto para el embarque de Pasajeros con reservas confirmadas. 5.2. GOL no firma ningún compromiso ni tampoco presta ninguna garantía de que los inscritos en lista de espera podrán embarcar en los respectivos vuelos.
Listas de espera. 11.1.- Con el resto de aspirantes la Comisión de Selección podrá establecer una lista de espera para futuras contrataciones, si durante el curso académico 2016/2017 y 2017/2018 fuera necesario para la docencia nuevas plazas con las mismas características que las definidas en la presente convocatoria. Previa consulta de los Departamentos, se podrá contratar a la persona que ocupe el siguiente lugar en el orden de prelación establecido por la Comisión.
Listas de espera. La inclusión en la listas de espera, no supone ningún derecho, ni expectativa del mismo a la firma del contrato de cesión de uso de la plaza de aparcamiento. En el caso de que quede vacante una plaza de aparcamiento se le comunicará al interesado esta circunstancia para que en el plazo máximo de 10 días comunique si acepta o no la plaza de aparcamiento. Si el solicitante no contesta al requerimiento, renunciase a la plaza o hubiese dejado de cumplir los requisitos exigidos, se procederá a realizar llamamiento al siguiente de la lista de espera. No obstante lo anterior, el Ayuntamiento se reserva la facultad de dejar sin efecto esta lista de espera, efectuar un nuevo proceso o destinar, por razones de interés público las plazas de aparcamiento a cualquier objetivo de competencia municipal.
Listas de espera. Finalizadas las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las Categorías Profesionales del Convenio Colectivo en vigor, se constituirá, por cada una de las Categorías y Especialidades, respectivamente, una Lista de Espera con los aspirantes que sin haber superado las correspondientes pruebas selectivas, hayan aprobado al menos el primer ejercicio. El orden de prelación de los aspirantes en las Listas de Espera se establecerá aplicando sucesivamente los siguientes criterios:
Listas de espera. A partir del concurso convocado se elaborarán listas de espera con posibles candidatos para aquellas contrataciones de urgencia que puedan surgir en cada área de conocimiento. La Comisión Juzgadora, con el fin de confeccionar la citada lista de espera, realizará, además de la valoración realizada para la adjudicación de la plaza, otra valoración de méritos de los candidatos aplicando el baremo correspondiente y teniendo en cuenta exclusivamente el área de conocimiento de la plaza objeto de concurso. La lista de espera, en cada modalidad contractual, estará conformada, por todos los candidatos, en orden de prelación, que hayan sido valorados en alguna de las plazas convocadas. No obstante, la Comisión Juzgadora podrá optar por excluir de las listas a los candidatos que no alcancen el porcentaje de la puntuación del baremo que determine, en su caso, la Comisión Juzgadora. Dicho porcentaje no podrá superar en ningún caso el 20 % de la puntuación del baremo. Este acto de la Comisión Juzgadora deberá motivarse, reflejándose en el acta de la sesión, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 30/92. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja. _______________ No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta Resolución un recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Logroño, 26 de septiembre de 2007, EL RECTOR, Xxxx Xx. Xxxxxxxx xx Xxxxx Xxxxxx ANEXO I RELACIÓN DE PLAZAS CONVOCADAS. CURSO 2007- 2008 CÓD.PLAZA Nº PLAZA FIGURA CONTRACTUAL DEDICACIÓN AREA DE CONOCIMIENTO PERFIL DE LA PLAZA DPTO. DURACIÓN CONTRATO D07AYU12 45 AYUDANTE TC Filología Inglesa Filología Inglesa FILOLOGÍAS MODERNAS 2 años D10AYUDR1 9 46 AYUDANTE DOCTOR TC Proyectos de Ingeniería Proyectos de Ingeniería INGENIERÍA MECÁNICA 2 años D11AYU15 47 AYUDANTE TC Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial Perfil do...
Listas de espera. 20 Artículo 43. Nombramientos 20
Listas de espera. La normativa sobre listas de espera es la que se encuentre vigente en cada momento. La modificación de la normativa sobre listas de espera se realizará mediante negociación entre la Gerencia y la Junta de Personal.

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  • Monedas de la Oferta y pago 15.1 Los precios unitarios12 deberán ser cotizadas por el Oferente enteramente en la moneda del país del Contratante según se especifica en los DDL. Los requisitos de pagos en moneda extranjera se deberán indicar como porcentajes del precio de la Oferta (excluyendo las sumas provisionales13) y serán pagaderos hasta en tres monedas extranjeras a elección del Oferente.

  • Parejas de hecho Ante la evolución de la realidad social cambiante en materia familiar, se reconocen los mismos derechos que el convenio contempla a las parejas en matrimonio, a las personas que no habiéndose casado, conviven en unión afectiva y estable, previa justificación de estos extremos mediante certificación de inscripción en el correspondiente registro oficial de parejas de hecho, donde exista, o acreditación similar que justifique esta circunstancia. En el supuesto de conflicto de intereses con terceros, el reconocimiento del derecho que corresponda se realizará de conformidad con la procedencia jurídica que, de manera firme, se determine por la autoridad administrativa o judicial competente de conformidad con el ordenamiento positivo vigente.

  • CAUSAS DE DESECHAMIENTO Se descalificará a los licitantes que incurran en uno o varios de los siguientes supuestos: a) Que no cumplan con los requisitos establecidos en esta convocatoria o sus anexos y, que con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la proposición, conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 36, de la Ley. b) Cuando se compruebe que tienen acuerdos con otros licitantes para elevar el costo de los servicios solicitados o bien, cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. c) Cuando proporcionen información o documentación falsa y/o alterada. d) Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 50 de la Ley. e) Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones de la Ley, al Reglamento o a cualquier otro ordenamiento legal o normativo vinculado con este procedimiento. f) Cuando no cotice la totalidad de los servicios requeridos por partida, o en su totalidad, según sea el caso. g) Cuando presente más de una proposición en la licitación. h) Cuando no presente uno o más de los documentos o manifiestos solicitados en la presente convocatoria, o bien, los presentados no reúnan los requisitos mínimos solicitados por la convocante. i) Al presentar un precio no aceptable: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley, será aquel que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un 10% al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la licitación pública. j) Al presentar precios no convenientes: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley, se obtendrá el promedio de los precios preponderantes de las proposiciones técnicas aceptadas y a éste se le restará el 40%; los precios que se encuentren por debajo de ese parámetro se considerarán no convenientes y se desecharán de la licitación pública.

  • Manuales de Operación y de Mantenimiento 58.1 Si se solicitan planos finales actualizados y/o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC. 58.2 Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados y/o los manuales de operación y mantenimiento a más tardar en las fechas estipuladas en las CEC, o no son aprobados por el Gerente de Obras, éste retendrá la suma estipulada en las CEC de los pagos que se le adeuden al Contratista.

  • OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA 1) Realizar seguimiento al desarrollo de las obligaciones del contrato objeto de la interventoría, generando las recomendaciones pertinentes. 2) Presentar al Fondo Colombia en Paz informes mensuales de interventoría técnica, administrativa y financiera. 3) Resolver las inquietudes generadas por el Fondo Colombia en Paz, sobre aspectos técnicos, administrativos y financieros de la ejecución del Contrato. 4) Tener conocimiento completo y detallado del Contrato y sus anexos, en especial el anexo técnico presentado por la FEDERACION. 5) Validar el avance en el cumplimiento de los entregables del Contrato. 6) Verificar las cantidades y calidades de los bienes y servicios, de conformidad con las especificaciones técnicas descritas en el contrato, e informar oportunamente al Fondo Colombia en Paz, sobre los aspectos relevantes que repercutan en la debida ejecución del contrato. 7) Constatar los orígenes, carácter del producto o distribuidor, y aplicación específica de los bienes o servicios entregados, de manera que estos cumplan con la totalidad de las condiciones contratadas, para lo cual podrá pedir la información que considere pertinente. 8) Verificar que los procesos técnicos a cargo del contratista, se adelanten de conformidad con las especificaciones del contrato, sus anexos y todos los documentos que hacen parte del mismo. En caso de identificación de cambios en las especificaciones, el interventor deberá informar al Fondo Colombia en Paz, para su evaluación y aprobación de ser el caso. 9) Dentro de los cinco (5) primeros días hábiles de la suscripción del contrato de interventoría, coordinar una reunión con la FEDERACION, para establecer el estado de ejecución actual del contrato e iniciar sus actividades de interventoría. 10) La interventoría deberá adelantar la tarea de verificación de línea base, para establecer el estado de avance en el que se recibe el contrato y su avance en ejecución en lo técnico, financiero, administrativo y gestión de recursos. Al respecto rendirá el correspondiente informe. 11) Dentro de los diez (10) primeros días de hábiles la suscripción del contrato de interventoría, presentará el plan de interventoría, el cual deberá ser aprobado por el Comité Operativo del Contrato. 12) Verificar las ejecuciones en campo reportadas por la FEDERACION de acuerdo al plan de visitas que se programen. 13) Emitir concepto sobre los cambios propuestos por la FEDERACION al anexo técnico del Contrato, Plan Operativo y Presupuesto. 14) Acompañar el proceso de seguimiento a través de las reuniones que se realicen en el Comité Operativo y en el Comité de seguimiento técnico local. 15) Disponer del personal técnico idóneo, y la logística para la realización de labores de interventoría. 16) Realizar visitas mensuales con su equipo técnico para verificar el cumplimiento de metas del proyecto. 17) Exigir a la FEDERACION la presentación de los informes y soportes necesarios para la realización de las labores de interventoría. 18) Realizar seguimiento al Plan Operativo del Contrato. En el evento en que sean detectados atrasos e incumplimientos, deberá informar oportunamente al Fondo Colombia en Paz, y dejar evidencia escrita de tal situación. 19) Emitir concepto en los casos en que se soliciten o ejecuten: adicciones, prórrogas, reprogramaciones o cambios en las cantidades de productos, diseños y especificaciones iniciales. 20) Estudiar las sugerencias, reclamaciones o consultas realizadas por terceros, sobre el objeto del Contrato pactado con el Fondo Colombia en Paz, teniendo en cuenta la naturaleza de sus atribuciones. Adicionalmente, se debe emitir concepto soportado. 21) Realizar inventario y recibir lo que la FEDERACION entregue al final del Contrato, incluyendo material vegetal en saldo y otros insumos; garantizando que la FEDERACION entregue las especificaciones y características para su uso adecuado. 22) Elaborar y suscribir actas de recibo parcial y definitivo de los entregables del Contrato sujeto de interventoría. 23) Cumplir con todas las instrucciones y demás obligaciones establecidas por el Fondo Colombia en Paz. 24) Exigir a la FEDERACION la correcta inversión de los recursos en concordancia con el presupuesto aprobado y el Plan Operativo del Contrato garantizando que sean revisadas las actualizaciones del flujo de los fondos del Contrato, y las aprobaciones de los informes generados por la FEDERACION. 25) Exigir a la FEDERACION realizar las inversiones de los recursos a tiempo, según los cronogramas, en concordancia con el presupuesto aprobado y el Plan Operativo del Contrato 26) Llevar y mantener actualizado el archivo de la interventoría con los respectivos soportes fotografías, videos, informes técnicos, resultados de laboratorio, entre otros. Este archivo deberá ser entregado al Fondo Colombia en Paz al momento de la terminación del contrato de interventoría. 27) Xxxxxxxxx informe final de interventoría.

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.

  • Condiciones Específicas Del Contrato 37 5.2.1 Vigencia del Contrato 37 5.2.2 Inicio de Ejecución 37

  • características Del contrato El contrato se realizará: • Por escrito, en modelo oficial. • Duración entre doce meses y tres años. • Prórrogas no inferiores a doce meses. El contrato se podrá celebrar a jornada completa o parcial.

  • Pólizas de fianza Por regla general "El Proveedor", otorgará las garantías mencionadas en los incisos B) y C) de la cláusula que antecede, mediante Póliza de Fianza, salvo que se actualicen causas justificadas o de excepción, que se mencionen en la carátula, en el apartado de Garantías. Las fianzas deberán cumplir las formas y términos previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en cumplimiento a la ley de adquisiciones que rige esta operación, su reglamento y demás disposiciones aplicables. 2. Que las fianzas se otorguen atendiendo a las obligaciones establecidas en este contrato. 3. Que garanticen la correcta y oportuna entrega de los bienes conforme a las estipulaciones establecidas en este instrumento contractual y a las condiciones previamente pactadas. 4. Que en caso de existir inconformidad por parte de "El Estado", respecto del (los) bien(es) adquiridos, "El Proveedor" se obligue a responder tanto de las deficiencias en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, como de la responsabilidad civil determinada por las leyes de la materia, obligándose a que las fianzas permanezcan vigentes hasta que se subsanen las causas que motivaron la inconformidad. 5. Que la institución afianzadora acepte expresa e indubitablemente, lo establecido en los artículos 95 y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas en vigor, con relación al procedimiento de ejecución de fianzas.

  • EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO El presente Acuerdo causa estado en la vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra el mismo, las partes y, en su caso, los interesados pueden interponer, en única instancia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Dicho recurso deberá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este Acuerdo. Pamplona, 13 de enero de 2012