LLAVES Cláusulas de Ejemplo
LLAVES. EL CLIENTE declara haber recibido de LA CAJA dos (2) llaves para dicha Cajilla de Seguridad, y se obliga
LLAVES. De todas las puertas se entregará un juego de dos llaves por Puerta y un juego de dos llaves Maestras.
LLAVES. Toma Simple Corriente nominal 10 A. Tensión nominal 250 V. Toma universal fosforescente (plano y redondo). Placa frontal en poliestireno u otro material plástico de características mecánicas y eléctricas equivalentes. Instalación embutida en caja de llave de 102 x 58 mm, fijación por tornillos galvanizados..
LLAVES. Starfire proporcionará las llaves correspondientes a la motocicleta y al equipaje, en su caso. No se proporcionará ningún duplicado. El Arrendatario será responsable de la seguridad de las llaves durante el período de alquiler y deberá devolver todas las llaves al final del alquiler. Starfire no se hace responsable de los daños derivados de la pérdida, el robo o el deterioro de las llaves que puedan provocar la interrupción prematura o la finalización del periodo de alquiler contratado. La pérdida de una llave conlleva el pago de una tasa de sustitución de llaves de hasta 100 dólares estadounidenses.
LLAVES. Diseño específico.
LLAVES. EL (LOS) CLIENTE(S) se compromete(n) y obliga(n) a conservar y devolver la(s) llave(s) de la(s) CAJA(S) DE SEGURIDAD que le(s) sea(n) entregada(s) por EL BANCO y, en caso de pérdida o no devolución de la(s) mencionada(s) llave(s), será(n) responsable(s) frente a EL BANCO por los gastos en que éste incurra para la apertura de la(s) CAJA(S) DE SEGURIDAD, sustitución de cerradura(s) y/o reposición de llave(s).
LLAVES. En este acto se hace entrega al ARRENDATARIO, de un juego de llaves completo de la mencionada habitación y del inmueble al que pertenece, obligándose a su devolución a la finalización del presente contrato.
LLAVES. Las cerraduras se suministrarán con tres llaves cada una. Se proveerán dos llaves muestras por cada grupo de cerraduras y con GRAN MAESTRA. Las llaves deben entregarse debidamente ordenadas y clasificadas y deberán estar marcadas con la zona a la que permanecen, o la siglas M, o GM (Maestras o Gran Maestra).
LLAVES. El Arrendatario recibirá (escriba número) de llave(s) para el apartamento, llave (s) para su caja de correo, y otras) llave(s) para . Estas llaves no deberán ser duplicadas. Se aplicará un cargo de $ para volver a hacer llave(s) que no sean devueltas al momento de desocupar la propiedad. ❒
LLAVES a) Cajas de Seguridad Tradicionales: En este acto, el BANCO hace entrega a la PERSONA CLIENTA de un sobre cerrado a elección de esta última, que contiene 2 (dos) llaves gemelas, de las cuales no existen otros ejemplares, las que deberán ser devueltas en buen estado al vencimiento del contrato, en defecto de ello será de aplicación el procedimiento establecido en la cláusula 17. La PERSONA CLIENTA deberá comunicar inmediatamente al BANCO el extravío o robo de una o ambas llaves; y este procederá a sustituir la cerradura de la Caja o cambiar directamente la Caja, siendo por cuenta de la PERSONA CLIENTA, los gastos que originen el cambio o forzamiento de la cerradura. Este procedimiento se realizará el día y hora que el BANCO indique y con la presencia de la PERSONA CLIENTA, de acuerdo con lo establecido en la cláusula APERTURA FORZADA.
b) Cajas de Seguridad Robotizadas: En este acto, el BANCO habilita una tarjeta magnética provista por cada PERSONA CLIENTA, detallada en la solicitud o habilitará la que posteriormente la misma indique en reemplazo de esta mediante formulario previsto al efecto, vinculada a la caja, como medio de ingreso a la caja de seguridad. Adicionalmente, cada persona vinculada a la caja ya sea en carácter de TITULAR; apoderada; o autorizada, al realizar el primer ingreso deberá registrar su huella digital (una sola huella) y un código de seguridad de 4 (cuatro) dígitos que elegirá en ese momento. Este código es personal e intransferible. En el primer acceso a la caja de seguridad, al abrir la misma, dentro tendrán disponibles 2 (dos) llaves gemelas, de las cuales no existen otros ejemplares, las que deberán ser devueltas en buen estado al vencimiento del contrato, en defecto de ello será de aplicación el procedimiento establecido en la cláusula 17. La PERSONA CLIENTA deberá comunicar inmediatamente al BANCO el extravío o robo de una o ambas llaves, como así también de la tarjeta magnética habilitada para su ingreso; el BANCO procederá en el caso de la tarjeta magnética a inhabilitar la misma y reemplazarla por otra provista por la PERSONA CLIENTA. Respecto a la/s llave/s, procederá a sustituir la cerradura de la Caja o cambiar directamente la Caja, siendo por cuenta de la PERSONA CLIENTA, los gastos que originen el cambio o forzamiento de la cerradura. Este procedimiento se realizará el día y hora que el BANCO indique y con la presencia de la PERSONA CLIENTA, de acuerdo con lo establecido en la cláusula APERTURA FORZADA.