Mecanismos de participación Cláusulas de Ejemplo

Mecanismos de participación. La legislación atribuye a los delegados y delegadas de prevención y comités de seguridad y salud, competencias de participación en la prevención de riesgos laborales. Se facilitará copia a los delegados y delegadas de prevención y comités de seguridad y salud, de la documen- tación que necesiten para desarrollar sus competencias y funciones, según se determina en el artículo 39 de la Ley de prevención de riesgos laborales. Éstos serán informados, para que sean conocedores y puedan analizar, valorar y proponer las medidas preventivas que consideren necesarias ante los daños producidos a la salud o a la integridad física de los trabajadores y trabajadoras. Además, los delegados y delegadas de prevención y comités de seguridad y salud laboral participarán en el proceso preventivo, desde su diseño hasta la implantación final.
Mecanismos de participación. 1. Las personas delegadas de prevención son los representantes del personal con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. 2. Las personas delegadas de prevención serán designadas por la representación legal del personal. El nombramiento, el número, las competencias y las facultades de las personas delegadas de prevención serán los definidos en los artículos 35 y 36 de la LPRL.
Mecanismos de participación. CCF garantizará el ejercicio de los derechos políticos de cada uno de los Clientes de manera fraccionada, para lo cual, CCF representará y ejercerá los derechos políticos de los Clientes de acuerdo con las participaciones que cada uno tenga, a través de la cuenta ómnibus, en el respectivo FIC, mediante el siguiente mecanismo: 9.1. Se le notificará al Cliente al correo electrónico registrado por el Cliente en la Solicitud, sobre el objeto de la consulta, los puntos indicados en el orden del día, la fecha y la clase de reunión de acuerdo con la convocatoria a la asamblea y los temas que serán objeto de votación, incluyendo la información necesaria y suficiente para adoptar una decisión consciente e informada. 9.2. El Cliente deberá responder a la consulta mediante comunicación enviada al correo electrónico que CCF establezca en la notificación señalada en el literal 9.1 anterior, al menos dos (2) días hábiles previos a la fecha de realización de la asamblea de inversionistas del FIC respectivo, de acuerdo con la fecha informada por la sociedad administradora del mencionado FIC, en la notificación que en tal sentido envié a CCF. 9.3. Para el conteo de votos, CCF en su calidad de distribuidor especializado del FIC respectivo y administrador de la cuenta ómnibus, deberá documentar el número de comunicaciones recibidas, así como el porcentaje de votos a favor y en contra de la consulta de acuerdo con la participación que cada uno de los Clientes tenga en la cuenta ómnibus. En el evento de no recibir ninguna respuesta por parte del Cliente, CCF se abstendrá de contar el voto a favor o en contra de la Consulta. 9.4. El resultado de la votación que refleja la voluntad de los Clientes que actúan a través de la cuenta ómnibus, será documentado y enviado a la sociedad administradora del FIC respectivo, para que la sociedad administradora pueda contabilizar dichos votos de acuerdo con el quórum deliberatorio y decisorio establecido en el Decreto y en el Reglamento del FIC respectivo y teniendo en cuenta las unidades de participación representadas en los votos emitidos por los Clientes que actúan a través de la cuenta ómnibus. Cada participación otorga un voto. 9.5. La decisión adoptada será informada a los Clientes a través de la página web la sociedad administradora del FIC respectivo.
Mecanismos de participación. Debido a la importancia que desde el Ayuntamiento de Gautegiz Xxxxxxx se da a la participación ciudadana, el licitador/a podrá ofertar, para mejorar los aspectos de difusión y comunicación, complementos como charlas, audiovisuales, folletos, sistemas de atención al público, etc. que mejoren la participación ciudadana sobre los mínimos legales.
Mecanismos de participación. Para fomentar y asegurar la participación de la ciudadanía y de los diferentes sectores interesados en el proceso de gestión integral de residuos, la Municipalidad deberá llevar a cabo una labor de divulgación e información por los mecanismos o medios idóneos, y podrá establecer alianzas con organismos que faciliten la consulta y el acceso a la participación ciudadana. Entre los mecanismos de participación en el tema de la gestión integral de residuos podrán contemplarse, entre otros, los siguientes: a) Consulta pública. b) Buzón de observaciones y opiniones, físico o electrónico. c) Mesas de trabajo. d) Cualquier otro mecanismo que se adapte a las necesidades locales.
Mecanismos de participación. CIUDADANA‌ Se convoca a las organizaciones de la sociedad civil y los ciudadanos cuando ejercen la participación ciudadana en los términos de la Constitución Política y de la ley, y que estén interesadas en realizar control social, para que desarrollen su actividad durante cada una de las etapas, de los diferentes procesos contractuales que adelante la Superintendencia de Industria y Comercio.
Mecanismos de participación. La legislación atribuye a los delegados y delegadas de prevención y comités de seguridad y salud, competencias de participación en la prevención de riesgos laborales.
Mecanismos de participación. 1. La legislación atribuye a los delegados y delegadas de prevención y comités de seguridad y salud, competencias de participación en la prevención de riesgos laborales. 2. Se facilitará copia a los delegados y delegadas de prevención y comités de seguridad y salud, de la documentación que necesiten para desarrollar sus competencias y funciones, según se determina en el artículo 39 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. 3. Éstos serán informados, para que sean conocedores y puedan analizar, valorar y proponer las medidas preventivas que consideren necesarias ante los daños producidos a la salud o a la integridad física de los trabajadores y trabajadoras. 4. Además, los delegados y delegadas de prevención y comités de seguridad y salud laboral participarán en el proceso preventivo, desde su diseño hasta la implantación final. CAPÍTULO XI cve: BOE-A-2021-4475 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
Mecanismos de participación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.4.2.3 del Decreto, el Distribuidor Especializado garantizará el ejercicio de los derechos políticos de cada uno de los Inversionistas de manera fraccionada, para lo cual, el Distribuidor Especializado representará y ejercerá los derechos políticos de los Inversionistas, de acuerdo con las participaciones que cada uno tenga, a través de la Cuenta Ómnibus, en el respectivo FIC, para tales efectos se utilizará el siguiente mecanismo: a. El Distribuidor Especializado notificará a El Inversionista a la dirección de correspondencia, correo electrónico o notificación al teléfono móvil registrado por el Inversionista, sobre el objeto de la consulta, los puntos indicados en el orden del día, la fecha y la clase de reunión de acuerdo con la convocatoria a la asamblea y los temas que serán objeto de votación, con al menos cinco (5) días hábiles para el caso de las asambleas ordinarias, y al menos cuatro (4) días hábiles para el caso de las asambleas extraordinarias El Distribuidor Especializado enviará toda la información necesaria y suficiente para que el Inversionista pueda tomar una decisión informada.

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  • Condiciones de Participación Podrán participar en esta Contratación Directa, individualmente o en forma conjunta (Consorcios), los Oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas o para contratar establecidas en el artículo 40 de la Ley N° 2.051/03.

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • CLASIFICACIÓN DE LOS LICITADORES Para ser adjudicatario del presente contrato no es preciso estar en posesión de clasificación empresarial alguna, sin perjuicio de acreditar la correspondiente solvencia económica, financiera y técnica, por los medios establecidos en la cláusula 4.2 del presente pliego.

  • Capacidad para contratar y criterios de selección de las empresas Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 71 de la LCSP, en la Ley 14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o su clasificación de conformidad con lo establecido en el apartado 7 de la cláusula 1. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, se especifica en el apartado 6 de la cláusula 1. Además, cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones del contrato objeto del presente pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 68 de la LCSP.

  • Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro.

  • Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación Sub Gerencia de Personal

  • PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA 20.1.- El Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Cuadro de Características de este Pliego, apartado 16, establecerá el plazo máximo para la entrega o entregas sucesivas de los productos, una vez recibido el pedido por el contratista. Si el licitador ofertase un plazo inferior, y la Administración lo estimase conveniente, se hará constar éste en el contrato y será el exigido en la ejecución del mismo. 20.2.- La entrega se efectuará en el lugar indicado en el apartado 16 del Cuadro de características. En todo caso, dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega, o en el plazo que se determine en el apartado 20 de Condiciones Específicas del procedimiento, la Administración realizará un acto formal y positivo de recepción o conformidad. 20.3.- El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas. Cualquiera que sea el tipo de suministro, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos, de acuerdo con el art. 268 LCSP. 20.4.- Gastos de entrega y recepción.- Salvo pacto en contrario, los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido serán de cuenta del contratista. Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-4015/2014 FEDERAL ESTATAL

  • LUGAR DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS El CONSULTOR realizará la CONSULTORÍA, objeto del presente contrato en _____________ (señalar el lugar o lugares donde realizará la consultoría).

  • Demostración de Capacidad para Contratar Los Oferentes/Proponentes deben demostrar que: 1) Poseen las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato. 2) No están embargados, en estado de quiebra o en proceso de liquidación; sus negocios no han sido puestos bajo administración judicial, y sus actividades comerciales no han sido suspendidas ni se ha iniciado procedimiento judicial en su contra por cualquiera de los motivos precedentes; 3) Han cumplido con sus obligaciones tributarias y de seguridad social; 4) Han cumplido con las demás condiciones de participación, establecidas de antemano en los avisos y el presente Pliego de Condiciones; 5) Se encuentran legalmente domiciliados y establecidos en el país, cuando se trate de licitaciones públicas nacionales; 6) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual;