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REUNIONES DE COORDINACIÓN Cláusulas de Ejemplo

REUNIONES DE COORDINACIÓN. La Adjudicataria deberá considerar entre sus obligaciones la de asistir con la participación de su Representante Técnico y la eventual de los Técnicos en otras especialidades responsables de la Obra, a reuniones promovidas y presididas por la Inspección de Obra, a los efectos de obtener la necesaria coordinación de la Obra, suministrar aclaraciones a las prescripciones del pliego, evacuar cuestionarios, facilitar y acelerar todo lo de interés común en beneficio de la obra y del normal desarrollo del plan de trabajos. Para asegurar el cumplimiento de esta obligación, la Adjudicataria comunicará y transferirá a sus Sub-Contratistas el contenido de esta disposición.
REUNIONES DE COORDINACIÓN. El/a Coordinador/a de los Equipos técnicos mantendrá reuniones de coordinación con el Área de Violencia Basada en Género de la División Asesoría para la Igualdad de Género, de la forma que ésta establezca.
REUNIONES DE COORDINACIÓN. Mensualmente o cuando lo solicite el supervisor del contrato designado por PLAZA MAYOR, se efectuará en las oficinas de la Entidad una reunión para discutir las novedades en la ejecución del contrato. De tal reunión se levantará un acta que firmará cada uno de los participantes. El contratista dispondrá de una (1) semana para implementar las medidas tendientes a corregir las desviaciones o incumplimientos contractuales consignados en dicha acta, previa aprobación de PLAZA MAYOR. Si el contratista considera que no puede dar cumplimiento en el plazo antes mencionado, deberá solicitar un plazo adicional, previa justificación y posterior aprobación por parte del supervisor designado por PLAZA MAYOR. PLAZA MAYOR se reserva el derecho de pedir información sobre el personal propuesto por el contratista, especialmente por temas relacionados con la seguridad de PLAZA MAYOR. Podrá solicitar cambios justificados, si hay lugar a ellos. Para tal efecto, el contratista deberá presentar a PLAZA MAYOR para su aprobación, las respectivas hojas de vida de su personal, incluyendo el certificado de antecedentes judiciales. Antes de iniciar el contrato, el contratista aprobará con certificados y exámenes médicos el estado de salud del personal que vinculará al contrato.
REUNIONES DE COORDINACIÓNEl Contratista deberá considerar entre sus obligaciones, la de asistir con participación de su representante técnico, y la eventual de los técnicos responsables de la obra, por las distintas empresas a cargo de subcontratos PLIEG-2018-22938014- -DGOIYA especializados, a reuniones periódicas promovidas y presididas por la Inspección de Obra, y con la participación proyectista de la Obra de la DGIURB dependiente de la Subsecretaría de Proyectos del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, a los efectos de obtener la necesaria coordinación entre las empresas participantes, suministrar aclaraciones de las prescripciones de pliegos, evacuar cuestiones de interés común, facilitar y acelerar todo tipo de intercomunicación en beneficio de la obra, y del normal desarrollo del plan de trabajos. La periodicidad de estas reuniones la establecerá la Inspección de Obra de acuerdo a las necesidades. Para asegurar el cumplimiento de esta obligación, el Contratista deberá comunicar y transferir el contenido de esta disposición a conocimiento de los subcontratistas que fuesen expresamente autorizados por el organismo a cargo de la Inspección de Obra que el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte indique. En particular, y sin que la enumeración que a continuación se realiza sea taxativa, la Inspección de Obra podrá requerir la fijación de reuniones para: 1) Evaluar los avances de los trabajos correspondientes a la obra, en lo que hace a la velocidad de respuesta, la calidad y el cumplimiento de lo pautado 2) Coordinar trabajos futuros. 3) Proponer las mejoras que considere necesario realizar. 4) Transmitir directivas de carácter técnico, administrativo o de cualquier índole. 5) Analizar las distintas situaciones referidas a minimizar o eliminar interferencias en la ejecución de las tareas desarrolladas o a desarrollarse. 6) Coordinar las operaciones que puedan causarle molestias a los visitantes de la obra.
REUNIONES DE COORDINACIÓNEl Contratista deberá considerar entre sus obligaciones la de asistir, con la participación de sus técnicos responsables, a reuniones promovidas y presididas por la Inspección de Obra, a los efectos de la necesaria coordinación de las tareas de la obra. También tendrá la obligación de asistir a toda otra reunión que la Inspección de Obra considere necesario realizar para el esclarecimiento de cualquier aspecto de los trabajos a ejecutar.
REUNIONES DE COORDINACIÓN. A requerimiento de la DGAMANT se realizarán reuniones periódicas con el Contratista particularmente para:  Evaluar los avances del servicio de mantenimiento, en velocidad de respuesta, calidad y cumplimiento de lo programado. Coordinar trabajos futuros. Proponer mejoras para el funcionamiento del sistema de mantenimiento. Transmitir directivas de carácter técnico y / o administrativo.  Analizar situaciones referidas a minimizar o eliminar interferencias en la ejecución de las tareas.  Coordinación de las operaciones que puedan causarle molestias a los ocupantes del edificio.
REUNIONES DE COORDINACIÓN. Será obligación del Contratista asistir a reuniones periódicas semanales promovidas por la Dirección de Obra, con la participación del Representante Técnico, el Jefe de Obra, la eventual asistencia de los técnicos de las distintas especialidades y Subcontratistas. Dichas reuniones periódicas se realizarán a los efectos de gestionar la necesaria coordinación, tratar aspectos técnicos, suministrar aclaraciones a las prescripciones xxx Xxxxxx, tratar cuestionarios de interés común y facilitar todo tipo de intercomunicación en beneficio de la obra y de su normal desarrollo con ajuste al Plan de Trabajos aprobado.
REUNIONES DE COORDINACIÓN. La Auditoría de Obra y la DO del Contratista, estando presentes el Auditor de Obra y el Director de Obra de la Contratista realizarán reuniones de coordinación de los trabajos a realizar. La frecuencia de las mismas será definida por la Auditoría de Obra. La Auditoria de Obra, labrará una minuta de la reunión, cual deberá ser fechada y contener los nombres de todos los asistentes. Dichas reuniones deberán estar previamente programadas. Asimismo, en caso de tratarse temas de su interés, podrán participar representantes de la Fiduciaria quienes podrán realizar los comentarios y sugerencias que entiendan pertinentes, quedando registradas en la minuta. Esto sin perjuicio de las potestades de la Fiduciaria como contratante, establecidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares. Cualquiera de las partes podrá convocar y coordinar alguna reunión. La primera reunión de Coordinación se coordinará dentro de los 5 (cinco) días hábiles a partir de la firma del Acta de Inicio de obra. En la misma se indicarán los siguientes hitos, los cuales tendrán carácter de Orden de Servicio por lo que el Fiduciario podrá ejecutar las multas correspondientes:
REUNIONES DE COORDINACIÓN. La CONSULTORA realizará las siguientes actividades relacionadas con reuniones de coordinación: Organizará reuniones de coordinación con el Contratista de Obra y el Fiscal de Obra, para evaluar el avance del cumplimiento del cronograma de actividades programado. Llevará un registro de lo tratado y decidido en las reuniones y emitirá un acta con las medidas a adoptar y remitirá el acta correspondiente. Deberá asistir a reuniones periódicas convocadas por los involucrados en el proyecto, cada vez que se estime conveniente, con el fin de analizar los diferentes aspectos técnicos y administrativos relacionados con la Supervisión y ejecución de las obras. Coordinará permanentemente con el Fiscal de Obra y el Director o Residente de Obra del Contratista de Obra.
REUNIONES DE COORDINACIÓN. El BCE y la COSEDE, tendrán reuniones ordinarias de coordinación con periodicidad al menos trimestral, y extraordinarias cuando las circunstancias lo ameriten, en las que se intercambiará información, se tratará los aspectos relacionados con posibles alertas del sistema, base sobre la cual ambas instituciones podrán tomar, en el marco de sus funciones, acciones preventivas.