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REUNIONES DE COORDINACIÓN Cláusulas de Ejemplo

REUNIONES DE COORDINACIÓN. La Adjudicataria deberá considerar entre sus obligaciones la de asistir con la participación de su Representante Técnico y la eventual de los Técnicos en otras especialidades responsables de la Obra, a reuniones promovidas y presididas por la Inspección de Obra, a los efectos de obtener la necesaria coordinación de la Obra, suministrar aclaraciones a las prescripciones del pliego, evacuar cuestionarios, facilitar y acelerar todo lo de interés común en beneficio de la obra y del normal desarrollo del plan de trabajos. Para asegurar el cumplimiento de esta obligación, la Adjudicataria comunicará y transferirá a sus Sub-Contratistas el contenido de esta disposición.
REUNIONES DE COORDINACIÓN. Mensualmente o cuando lo solicite el supervisor del contrato designado por PLAZA MAYOR, se efectuará en las oficinas de la Entidad una reunión para discutir las novedades en la ejecución del contrato. De tal reunión se levantará un acta que firmará cada uno de los participantes. El contratista dispondrá de una (1) semana para implementar las medidas tendientes a corregir las desviaciones o incumplimientos contractuales consignados en dicha acta, previa aprobación de PLAZA MAYOR. Si el contratista considera que no puede dar cumplimiento en el plazo antes mencionado, deberá solicitar un plazo adicional, previa justificación y posterior aprobación por parte del supervisor designado por PLAZA MAYOR. PLAZA MAYOR se reserva el derecho de pedir información sobre el personal propuesto por el contratista, especialmente por temas relacionados con la seguridad de PLAZA MAYOR. Podrá solicitar cambios justificados, si hay lugar a ellos. Para tal efecto, el contratista deberá presentar a PLAZA MAYOR para su aprobación, las respectivas hojas de vida de su personal, incluyendo el certificado de antecedentes judiciales. Antes de iniciar el contrato, el contratista aprobará con certificados y exámenes médicos el estado de salud del personal que vinculará al contrato.
REUNIONES DE COORDINACIÓN. El/a Coordinador/a de los Equipos técnicos mantendrá reuniones de coordinación con el Área de Violencia Basada en Género de la División Asesoría para la Igualdad de Género, de la forma que ésta establezca.
REUNIONES DE COORDINACIÓNEl Contratista deberá considerar entre sus obligaciones, la de asistir con participación de su representante técnico, y la eventual de los técnicos responsables de la obra, por las distintas empresas a cargo de subcontratos especializados, a reuniones periódicas promovidas y presididas por la Inspección de Obra a los efectos de obtener la necesaria coordinación entre las empresas participantes, suministrar aclaraciones de las prescripciones de pliegos, evacuar cuestiones de interés común, facilitar y acelerar todo tipo de intercomunicación en beneficio de la obra, y del normal desarrollo del plan de trabajos. La periodicidad de estas reuniones la establecerá la Inspección de Obra de acuerdo a las necesidades. Para asegurar el cumplimiento de esta obligación, el Contratista deberá comunicar y transferir el contenido de esta disposición a conocimiento de los subcontratistas que fuesen expresamente autorizados por el organismo a cargo de la Inspección de Obra que el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte indique. En particular, y sin que la enumeración que a continuación se realiza sea taxativa, la Inspección de Obra podrá requerir la fijación de reuniones para: 1) Evaluar los avances de los trabajos correspondientes a la obra, en lo que hace a la velocidad de respuesta, la calidad y el cumplimiento de lo pautado 2) Coordinar trabajos futuros. 3) Proponer las mejoras que considere necesario realizar. 4) Transmitir directivas de carácter técnico, administrativo o de cualquier índole. 5) Analizar las distintas situaciones referidas a minimizar o eliminar interferencias en la ejecución de las tareas desarrolladas o a desarrollarse. 6) Coordinar las operaciones que puedan causarle molestias a los visitantes de la obra.
REUNIONES DE COORDINACIÓNEl Contratista deberá considerar entre sus obligaciones la de asistir, con la participación de sus técnicos responsables, a reuniones promovidas y presididas por la Inspección de Obra, a los efectos de la necesaria coordinación de las tareas de la obra.
REUNIONES DE COORDINACIÓN. El concesionario deberá considerar entre sus obligaciones, la de asistir con participación de su Coordinador Técnico y eventualmente con la participación de los técnicos responsables de la obra, por las distintas empresas a cargo de subcontratos especializados, a reuniones periódicas promovidas y presididas por la Inspección de Obra, y con la participación del EPI, a los efectos de obtener la necesaria coordinación entre las empresas participantes, suministrar aclaraciones de las prescripciones de pliegos, evacuar cuestiones de interés común, facilitar y acelerar todo tipo de intercomunicación en beneficio de la puesta en valor, y del normal desarrollo del Plan de Trabajos. La periodicidad de estas reuniones la establecerá la Inspección de Obra de acuerdo a las necesidades. Para asegurar el cumplimiento de esta obligación, el Concesionario deberá comunicar y transferir el contenido de esta disposición a conocimiento de los Subcontratistas que fuesen expresamente autorizados por el organismo a cargo de la Inspección de Obra que el EPI indique.
REUNIONES DE COORDINACIÓN. La CONSULTORA realizará las siguientes actividades relacionadas con reuniones de coordinación: Organizará reuniones de coordinación con el Contratista de Obra y el Fiscal de Obra, para evaluar el avance del cumplimiento del cronograma de actividades programado. Llevará un registro de lo tratado y decidido en las reuniones y emitirá un acta con las medidas a adoptar y remitirá el acta correspondiente. Deberá asistir a reuniones periódicas convocadas por los involucrados en el proyecto, cada vez que se estime conveniente, con el fin de analizar los diferentes aspectos técnicos y administrativos relacionados con la Supervisión y ejecución de las obras. Coordinará permanentemente con el Fiscal de Obra y el Director o Residente de Obra del Contratista de Obra.
REUNIONES DE COORDINACIÓN. Será obligatoria la asistencia de un representante de EL CONTRATISTA, de acuerdo a lo estipulado en el punto 11.4 de este artículo, a las reuniones de coordinación que fije el COORDINADOR o PROJECT MANAGER en función de las indicaciones que le de el Director de Obra, con la frecuencia que la obra requiera. Inicialmente, y con frecuencia semanal, se realizará una reunión en obra con presencia de el/los CONTRATISTA/S que en cada etapa se encuentren desarrollando trabajos en obra, el Director de Obra, y el PROPIETARIO o sus respectivos representantes, luego de la cual se confeccionará un acta que reflejará las medidas a implementar y las instrucciones necesarias para el cumplimiento de los trabajos y del cronograma. Dicha acta deberá ser firmada por los participantes. La ausencia del CONTRATISTA o de sus representantes a una visita o a una reunión, o su reemplazo por un representante no autorizado según este contrato, acarrea la responsabilidad de EL CONTRATISTA, y produce la aceptación por parte de EL CONTRATISTA de todos los cambios en la secuencia de avance que allí se determinen, sin derecho a reclamo alguno.
REUNIONES DE COORDINACIÓN. Existirá una reunión semanal de coordinación a la que deberá asistir el contratista representado por el supervisor a cargo del servicio.
REUNIONES DE COORDINACIÓN. Será obligación del Contratista asistir a reuniones periódicas semanales promovidas por la Dirección de Obra, con la participación del Representante Técnico, el Jefe de Obra, la eventual asistencia de los técnicos de las distintas especialidades y Subcontratistas. Dichas reuniones periódicas se realizarán a los efectos de gestionar la necesaria coordinación, tratar aspectos técnicos, suministrar aclaraciones a las prescripciones xxx Xxxxxx, tratar cuestionarios de interés común y facilitar todo tipo de intercomunicación en beneficio de la obra y de su normal desarrollo con ajuste al Plan de Trabajos aprobado.