NECESIDADES DE PERSONAL Cláusulas de Ejemplo

NECESIDADES DE PERSONAL. Siempre que sea posible, en función del perfil profesional del puesto a cubrir, la dirección procurará agotar las posibilidades internas para la cobertura de vacantes. Para ello, se comunicará previamente a la representación de las personas trabajadoras correspondiente las nuevas necesidades de personal para cubrir vacantes, donde constarán los siguientes datos: Perfil del puesto a cubrir. Número de puestos a cubrir. Criterios de selección. Nivel retributivo. Seguidamente se comunicará a la plantilla.
NECESIDADES DE PERSONAL. El adjudicatario destinará el personal que estime adecuado para la realización del suministro de materia prima y productos elaborados y semielaborados y asesoramiento, elaboración de menús y colaboración en la gestión de la elaboración manipulación y distribución de comidas y cumplimiento del sistema de autocontrol, que colaborará con el personal de ZORROAGA adscrito al servicio de cocineros, así como con el responsable de calidad del mismo. En aplicación de la LPRL, se presentarán las evaluaciones de riesgo de cada puesto de trabajo, se indicará si la misma se realiza por servicio de prevención ajeno o internamente por la propia empresa. Igualmente se informará de con quién tiene contratada la vigilancia de la salud. Por su parte, el servicio de cocineros se realizará en los siguientes días, horas y categorías profesionales: CATEGORÍA DIAS HORAS DÍA TOTAL HORAS AYUDANTE COCINA anual FINES SEMANA Y FESTIVOS
NECESIDADES DE PERSONAL. Se solicita valorar el precio por unidad de montaje, almacenaje y posterior montaje a su estado original de una cantidad aproximada de 1.700 asientos de graderío y pupitres de prensa.
NECESIDADES DE PERSONAL. El adjudicatario asegurará que se dispone del personal necesario para cumplir los servicios que se exigen en este pliego. El número de este personal no podrá ser menor de lo especificado en el plan de seguridad aprobado por GISPASA. Además, el Adjudicatario deberá asignar el personal necesario para la realización de inspecciones de servicio, que como mínimo serán:  Una inspección semanal, en turno de mañana o tarde, de lunes a viernes.  Una inspección semanal, en turno nocturno, de lunes a viernes.  Una inspección quincenal en turno de mañana/tarde en fines de semana y festivos.  Una inspección quincenal en turno nocturno en fines de semana y festivos. El horario de las inspecciones se deberá acordar con el representante designado por el HVAB para evitar interferencias en el normal desarrollo del servicio. La frecuencia y el horario de las inspecciones podrá ser modificado por GISPASA en función de las necesidades. Se entregará un informe mensual al representante designado por el HVAB del resultado de las inspecciones realizadas, con descripción de las incidencias observadas durante las inspecciones y las acciones correctoras puestas en marcha para la subsanación de las mismas.
NECESIDADES DE PERSONAL. En principio, como orientación y sin que comprometa a SCPSA, en el último año la empresa ha puesto a disposición de este trabajo una persona en funciones de coordinación general y control de calidad y evaluación, una persona para realizar las tareas de atención y gestión de solicitudes, y el personal especialista en Educación Ambiental que se indica a continuación: Serán gastos por cuenta de la empresa adjudicataria, entre otros, los siguientes:

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.