NO CONFORMIDADES Cláusulas de Ejemplo

NO CONFORMIDADES. La US se reserva la aplicación de las penalidades que pudieran derivar del incumplimiento estricto de los requisitos contenidos en el presente Pliego o de los compromisos adquiridos en la oferta del Contratista. Las "No Conformidades" que se evidencien serán comunicadas en tiempo y forma al contratista, y la posible penalidad que se aplique (nota de abono en factura) dependerá de la motivación, gravedad, tiempo de respuesta y reiteración.
NO CONFORMIDADES. La ESE Hospital Xxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxx, podrá levantar actas de no conformidad por cualquiera de las siguientes causas:  Retrasos en el cumplimiento de las obligaciones o compromisos a cargo del contratista que puedan ocasionar perjuicio al Hospital.  Trabajos no realizados según las exigencias de calidad expresadas en este pliego.  Comportamientos inadecuados del personal del adjudicatario.  Incumplimiento de cualquiera de los requerimientos del presente pliego o de la propuesta presentada o de las cláusulas contractuales, ya sean explícitos o implícitos en ellos.  Incumplimientos legales por el adjudicatario o provocados por éste a la institución.  Cualquier acontecimiento ocasionado directa o indirectamente por el adjudicatario que provoque perjuicio al hospital y que sea fruto de negligencia, dejación de sus obligaciones, imprudencia o temeridad del mismo, falta de profesionalidad, etc. El levantamiento de actas de no conformidad no eximirá al contratista de su obligación de finalizar el trabajo o de cualquier otra de sus obligaciones y responsabilidades según el contrato, y en ningún caso constituirá una renuncia por parte de la ESE Hospital Xxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxx a sus otros derechos, incluyendo su derecho de resolver el contrato y la exigencia de daños y perjuicios. Cualquier acta de no conformidad que levante el Hospital será debidamente comunicada a la empresa contratista, en tiempo y forma.
NO CONFORMIDADES. El licitador se compromete a entregar los trabajos desarrollados libres de problemas o incidencias, tanto en el código fuente como en la documentación. La PMO determinará en cada momento el número de controles que una versión incumple, quedando bajo decisión de la AECID la puesta en producción de la versión, sin detrimento de las posibles penalizaciones que se puedan aplicar. En su defecto, la AECID también podrá determinar las no conformidades de un producto, considerando como tal las incidencias detectadas en las pruebas de aceptación que el licitador se compromete a entregar, o las pruebas realizadas sobre scripts solicitados al licitador o sobre peticiones de cambio.
NO CONFORMIDADES. En todas las auditorías de FSSC 22000 se requerirá el plan de acciones correctivas, independientemente de la categorización y el tipo de no conformidades detectadas. • Cuando se detecte una No Conformidad Crítica en un emplazamiento certificado, el certificado será inmediatamente suspendido por un período máximo de seis meses. • AENOR deberá realizar una auditoría extraordinaria en el plazo de seis meses para verificar el cierre de la No Conformidad Crítica. • El certificado será retirado cuando la No Conformidad Crítica no sea resuelta eficazmente en el plazo de seis meses. • En caso de que se detecte durante una auditoría de certificación se repetirá la auditoría completa de certificación. La empresa dispondrá de un plazo de: • 14 días naturales para remitir a los servicios técnicos de AENOR un plan de acciones correctivas frente a las no conformidades Mayores o Críticas, así como evidencias de investigación de las causas y los riesgos que supone. • 14 días adicionales para remitir a los servicios técnicos de AENOR las evidencias de haber cerrado las no conformidades Mayores mediante la implantación de medidas correctivas. AENOR podrá determinar la necesidad de realizar una visita extraordinaria para verificar el cierre de las no conformidades. En caso de no estar cerradas en este plazo, se abrirá una No Conformidad Crítica. • 30 días naturales para remitir a los servicios técnicos de AENOR un plan de acciones correctivas frente a las no conformidades Menores detectadas en la auditoría. La implantación de dichas acciones correctivas será revisada en la siguiente auditoría y, en caso de no estar cerradas, se abrirá una No Conformidad Mayor al respecto. Para la concesión del certificado debe existir evidencia de que todas las no conformidades Mayores deben estar resueltas de forma efectiva, y en el caso de no conformidades Menores, debe existir un plan de correcciones y acciones correctivas debidamente aprobado por el auditor. La empresa licenciataria tiene derecho a usar el logotipo de FSSC 22000 en el material impreso de la organización, la página web y otro material promocional sujeto a las especificaciones de diseño descritas en los documentos del esquema FSSC 22000. El logo sólo puede ser utilizado en los certificados emitidos cuando la certificación se haya llevado a cabo de acuerdo con los requisitos del esquema FSSC 22000. La empresa licenciataria no podrá utilizar el logo de la certificación FSSC 22000, ni hacer mención al certificado en sus produ...
NO CONFORMIDADES.  De acuerdo a la verificación que se efectuó del contrato de Arrendamiento de Inmueble Urbano No. 2160653 se evidenció que para su celebración, no se tuvo en cuenta lo determinado en los estudios previos aprobados por la Entidad incumpliéndose con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.1.1.del Decreto 1082 de 2015, de Estudios y documentos previos y el numeral 6.4 del Manual de la Actividad Precontractual, Contractual y Postcontractual de Derecho Privado de FONADE, vigente para la celebración del contrato.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.