PERSONAL DEL ADJUDICATARIO Cláusulas de Ejemplo

PERSONAL DEL ADJUDICATARIO. El personal afectado por el proveedor para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de este proceso, y/o las relaciones jurídico contractuales generadas con terceros al efecto, carecerán de relación alguna con la CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y/o Jurisdicciones o Entidades de la Provincia de Buenos Aires. Dicho personal no adquiere por esta contratación ningún tipo o forma de relación de dependencia con la Provincia de Buenos Aires. Correrán por cuenta del proveedor todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal que este emplee para el cumplimiento del objeto de este procedimiento. Queda bajo la exclusiva responsabilidad del proveedor el cumplimiento en el pago de impuestos, salarios, cargas sociales, seguros y todas las obligaciones y responsabilidades resultantes de la relación laboral que existan o pudieren surgir durante la vigencia del Convenio Xxxxx como así también todo accidente de trabajo que ocurra a su personal.
PERSONAL DEL ADJUDICATARIO. Las personas del Adjudicatario que intervengan en los diferentes trabajos que le sean encomendados, tendrán cubiertos todos los riesgos, seguridad social, incluso accidentes en la Seguridad Social, siendo por cuenta del Adjudicatario los gastos que esto ocasione. ETS podrá requerir en cualquier momento justificación del pago de las cuotas correspondientes a cada empleado del Adjudicatario, y caso de apreciarse anomalías, dará cuenta a las Autoridades competentes, paralizándose automáticamente las Certifi- caciones y los correspondientes abonos. Todos los vehículos utilizados en obra deberán tener seguro a todo riesgo.
PERSONAL DEL ADJUDICATARIO. El adjudicatario deberá emplear a sus propios trabajadores, bajo su costo y responsabilidad, debiendo proveerles de todos los materiales, utensilios, herramientas y demás elementos que sean menester para la cumplida y total administración del servicio convenido en el presente contrato, prefiriendo para ello la contratación de mano de obra local.
PERSONAL DEL ADJUDICATARIO. En el procedimiento de licitación, la cualificación y experiencia del responsable del contrato son elementos de la calidad (gran calidad). Por tanto, será necesario que el prestador efectivo de los trabajos sea la persona cuyos méritos han sido objeto de valoración y que tiene que prestar los servicios de manera personal. Además, el adjudicatario contratará a los profesionales necesarios para atender sus obligaciones. La Fundación en modo alguno ni bajo ningún título, ostentará la condición de empleador respecto de los trabajadores contratados por cuenta propia o ajena por el adjudicatario, que presten directa o indirectamente servicios para la Fundación. A la extinción de los trabajos no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la Fundación. El adjudicatario es responsable de la disciplina de su personal, haciéndose solidaria de los daños y perjuicios que pueda ocasionar en la ejecución del presente contrato. La Fundación podrá solicitar a la empresa adjudicataria la sustitución de cualquier persona asignada al presente contrato, al margen del responsable del contrato, cuando concurran circunstancias que así lo aconsejen, como una falta de calidad en el servicio prestado, falta de formación o experiencia. La sustitución deberá producirse como máximo en las 48 horas desde la solicitud por parte de la Fundación. El adjudicatario deberá comunicar previamente a la Fundación cualquier cambio en la composición del personal asignado al contrato. Será causa de resolución del contrato, el hecho de que la persona responsable del contrato cuya cualificación y experiencia ha sido objeto de valoración deje de tener relación jurídica con la entidad adjudicataria, salvo que se sustituya por una persona de igual o mayor cualificación y experiencia, que deberá ser aprobado por la Fundación. En cualquier caso, la Fundación podrá rescindir el contrato por esta causa.
PERSONAL DEL ADJUDICATARIO. El personal afectado por el proveedor para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de este proceso, y/o las relaciones jurídico contractuales generadas con terceros al efecto, carecerán de relación alguna con el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y/o Jurisdicciones o Entidades de la Provincia de Buenos Aires. Dicho personal no adquiere por esta contratación PLIEG-2021-00204139-GDEBA-DCYCMGGP ningún tipo o forma de relación de dependencia con la Provincia de Buenos Aires. Correrán por cuenta del proveedor todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal que este emplee para el cumplimiento del objeto de este procedimiento. Queda bajo la exclusiva responsabilidad del proveedor el cumplimiento en el pago de impuestos, salarios, cargas sociales, seguros y todas las obligaciones y responsabilidades resultantes de la relación laboral que existan o pudieren surgir durante la vigencia del Contrato como así también todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la satisfacción del objeto contratado. Ténganse presentes los alcances de la Ley 24.557 y lo establecido en los artículos 33° y 35°.
PERSONAL DEL ADJUDICATARIO. El personal del adjudicatario afectado para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente licitación, y/o las relaciones jurídico contractuales generadas con terceros al efecto, carecerán de relación alguna con la Administración Nacional. Correrá por cuenta del proveedor todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal que éste emplee para el cumplimiento del objeto de este procedimiento. Queda bajo la exclusiva responsabilidad del adjudicatario el cumplimiento de impuestos, salarios, cargas sociales, seguros y todas las obligaciones y responsabilidades resultantes de la relación laboral que existan o pudieren surgir durante la vigencia del Acuerdo como así también todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la satisfacción del objeto contratado.
PERSONAL DEL ADJUDICATARIO. El personal del adjudicatario que intervenga en los diferentes trabajos que le sean encomendados, tendrá cubierto todos los riesgos, incluso accidentes, en la Seguridad Social, siendo por su cuenta los gastos que ello ocasione. AcuaEbro podrá demandar en cualquier momento justificación del pago de las cuotas correspondientes a cada empleado del concursante adjudicatario, y caso de apreciarse anomalías, dar cuenta a las Autoridades competentes, paralizándose automáticamente los abonos correspondientes. Se valorará la relación contractual, pertenencia a la plantilla de la empresa concursante o carácter autónomo de los miembros del equipo que vayan a participar con dedicación importante en los trabajos de asistencia técnica a la Dirección de Obra.
PERSONAL DEL ADJUDICATARIO. El Adjudicatario estará obligado a:  Disponer en todo momento de personal suficiente, debidamente formado y capacitado técnicamente para asegurar la eficacia de los servicios contratados, debiendo mantener dichos recursos al efecto del cumplimiento del contrato.  Garantizar a Renfe la disponibilidad de personal suficiente, con la cualificación profesional requerida, de tal forma que la prestación de los servicios contratados en virtud de este contrato no se vean afectados en ningún momento.
PERSONAL DEL ADJUDICATARIO. El adjudicatario dedicará a la realización de estas tareas un equipo de trabajo de acreditada solvencia técnica, que desarrolle satisfactoriamente la labor comprometida. Para ello es necesario que los trabajos se realicen por personal especializado que acredite suficientemente, a juicio de la DTS, la experiencia y los conocimientos necesarios. El organigrama propuesto por el ofertante deberá ir acompañado de la pertinente documentación (curriculum vitae) que acredite la especial cualificación del personal. La empresa designará al equipo facultativo que estará formado por el Delegado del Contratista y el Jefe de Planta. Serán los responsables de la realización de todas las tareas y trabajos objeto de este Pliego. Estos, al igual que el Jefe de Mantenimiento, sólo podrán ser sustituidos por personas de iguales características y experiencia. Cualquier variación y/o sustitución de personal, deberá ser razonada y puesta en conocimiento de la DTS, antes de proceder a la misma, para su aprobación. El personal deberá atender con toda corrección a los responsables de AcuaMed en cuanto a visitas, inspecciones y trabajos efectúen en las instalaciones, proporcionándoles todos los datos y detalles que le soliciten. Asimismo, deberá atender todas las visitas que debidamente sean autorizadas por la sociedad estatal. No se permitirá la entrada en las instalaciones a ninguna persona que no se encuentre vinculada al adjudicatario, a AcuaMed o provista de la autorización correspondiente expedida por la sociedad estatal. En relación con el personal, será de aplicación lo que corresponda, en su caso, en materia de subrogación, de conformidad con el el artículo 44 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. En el Anexo nº 3 del presente Xxxxxx se incluye una relación del personal y sus características que podría estar en la citada situación.
PERSONAL DEL ADJUDICATARIO. El adjudicatario contratará al personal necesario para atender sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario quien tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - En relación con el personal del adjudicatario, Madrid Cultura y Turismo, X.XX. no contrae ningún vínculo laboral, jurídico, económico o de cualquier otra índole. - El adjudicatario es responsable de la disciplina de su personal, haciéndose solidaria de los daños y perjuicios que pueda ocasionar en la ejecución del presente contrato. - El adjudicatario estará obligado a poner al frente del servicio, profesionales del sector que cuenten con la calificación técnica precisa. - El adjudicatario designará para la prestación del servicio un responsable asignado al contrato, siendo responsable del buen funcionamiento del servicio y de la comunicación para cualquier incidente o problema con Madrid Cultura y Turismo, S.A.U.