OBJETO DE LA ENAJENACIÓN Cláusulas de Ejemplo

OBJETO DE LA ENAJENACIÓN. La enajenación mediante subasta pública de los inmuebles cuya descripción se recoge en las fichas adjuntas, sin perjuicio de la solicitud y comprobación por la licitadora de toda la información urbanística que facilite la Administración Municipal.
OBJETO DE LA ENAJENACIÓN. La Subasta tiene por objeto la venta de los bienes que se describen en el ANEXO 3 del presente pliego, los cuales figuran en el inventario de Bienes Decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, han sido declarados aptos para el cumplimiento de los fines establecidos en el artículo 2, de la Ley 17/2003, de 29 xx xxxx, y su enajenación ha sido autorizada por acuerdo de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones de fecha 15/10/2018, adoptado al amparo de lo recogido en la Resolución de 30 de enero de 2008, (B.O.E. nº 42, de 18 de febrero) por la que se delegan diversas competencias de la Mesa en su Presidente, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 864/1997, de 6 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo procedente de los bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados (en adelante, Reglamento).
OBJETO DE LA ENAJENACIÓN. La subasta tiene por objeto la venta de los bienes que sean encomendados en el encargo referido a la empresa SURUS INVERSA S.L., los cuales figuran en el inventario de Bienes Decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados gestionado por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, y han sido declarados aptos para el cumplimiento de los fines establecidos en el artículo 2, de la Ley 17/2003, de 29 xx xxxx.
OBJETO DE LA ENAJENACIÓN. 2.1 Lote número 1: PARCELA RUAL 4.2 , Barrio de la Xxxxxxxxx (Granada) 3.01 “CASA DEL TABACO”, ya fue abonada por el FEGA al Ayuntamiento de Granada con fecha 28 xx xxxx de 2015.  Referencia Catastral: 2663601VG4126D0000YT  Valor de tasación: 184.941,74 EUR  Garantía: 9.247,087 EUR  Tipo de licitación y subasta: 184.941,74 EUR  Tipo de licitación de la 1ª subasta: 184.941,74 EUR  Tipo de licitación de la 2ª subasta: 175. 694,65 EUR  Tipo de licitación de la 3ª subasta: 166. 909,92 EUR  Tipo de licitación de la 4ª subasta: 158.564,42 EUR 2.2 Lote número 2: PARCELA RUAL 8.1 , Barrio de la Xxxxxxxxx (Granada) 3.01 “CASA DEL TABACO”, ya fue abonada por el FEGA al Ayuntamiento de Granada con fecha 28 xx xxxx de 2015.  Referencia Catastral: 2867111VG4126F0000UM  Valor de tasación: 257.226,48 EUR  Garantía: 12.861,32 €  Tipo de licitación y subasta:  Tipo de licitación de la 1ª subasta: 257.226,48 EUR  Tipo de licitación de la 2ª subasta: 244.365,16 EUR  Tipo de licitación de la 3ª subasta: 232.146,90 EUR  Tipo de licitación de la 4ª subasta: 220.539,55 EUR 2.3 Lote número 3: PARCELA RUAL 9.2 , Barrio de la Xxxxxxxxx (Granada) 3.01 “CASA DEL TABACO”, ya fue abonada por el FEGA al Ayuntamiento de Granada con fecha 28 xx xxxx de 2015.  Referencia Catastral: 2867113VG4126F0000WM  Valor de tasación: 95.073,72 EUR  Garantía: 4.753,69 EUR  Tipo de licitación y subasta  Tipo de licitación de la 1ª subasta: 95.073,72 EUR  Tipo de licitación de la 2ª subasta: 90.320,03 EUR  Tipo de licitación de la 3ª subasta: 85.804,03 EUR  Tipo de licitación de la 4ª subasta: 81.513,83 EUR
OBJETO DE LA ENAJENACIÓN. La subasta tiene por objeto la venta de locales y plazas de garaje procedentes del extinto Patronato xx Xxxxx para Funcionarios, distribuido en 7 lotes. De cada local o plaza de garaje objeto de subasta se facilita, la descripción física y jurídica, los datos que lo identifican como finca registral independiente, según los correspondientes Certificados del Registro de la Propiedad , indicándose de cada uno, el precio de licitación. Será responsabilidad del licitador constatar y verificar la situación física y jurídica de los inmuebles, eximiendo de cualquier reclamación a la propiedad. Será de aplicación la normativa de usos vigentes en la zona donde se ubica cada local y cada plaza de garaje objeto de la subasta. La descripción de los lotes es la siguiente: Superficie construida: 30,65 metros cuadrados. Referencia catrastral: 0985925VK4608F0001RB
OBJETO DE LA ENAJENACIÓN. El objeto de la enajenación es el remolcador «XXXXXXXX XX XXXXXXXX», siendo las características principales de dicha embarcación, de acuerdo con los datos que constan en los archivos de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, las siguientes: • INSCRIPCIÓN REGISTRAL: Distrito Marítimo xx Xxxxxx: Folio 11/1994, Lista 8ª. Distintivo: EAGV. Clasificación SOLAS: III/T. Clase: Remolcador. NIB: 7366. Nº IMO: 5110111. • CARACTERÍSTICAS GENERALES INDICATIVAS: - Año de construcción: 1953. - Eslora total: 31,20 m. - Eslora entre perpendiculares: 25,00 m. - Manga de trazado: 6,10 m. - Puntal de construcción: 3,00 m. - Calado de trazado: 2,50 m. - Toneladas Registro Bruto: 122,00 TRB. - Arqueo Bruto: - Material xxx xxxxx: - Motor propulsor: 98,00 G.T. Acero. Marca Caterpillar, modelo D379, nº de serie 76B318, con reductor inversor modelo 3192, nº de serie 74E999, relación 3.85:1 y 361.76 Kw. de potencia. - Motor auxiliar: Para generación de corriente eléctrica, xxxxx Xxxxxxxxx modelo A60ME de 26.48 Kw de potencia a 1.500 r.p.m. mueve un alternador xxxxx Xxxxxx, modelo SCL 734 de 25 KW de potencia. - Equipado con el material de seguridad y salvamento necesario para su clase III/T. - Dispone del equipo de radio reglamentario para su clase. A efectos meramente informativos, se acompaña como ANEJO Nº 1 del presente Pliego de Condiciones, plano de disposición general de la embarcación. Como cuestión de especial alcance y trascendencia para los licitadores, expresamente se indica que los referidos datos tienen carácter exclusivamente indicativo, no pudiendo en ningún caso los licitadores o el adjudicatario plantear reclamación de ningún tipo en atención a la posible carencia o inexactitud de dichos datos.
OBJETO DE LA ENAJENACIÓN. La subasta tiene por objeto la venta de los bienes que se describen en el ANEXO 3 del presente pliego, los cuales figuran en el inventario de Bienes Decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, han sido declarados aptos para el cumplimiento de los fines establecidos en el artículo 2 de la Ley 17/2003, de 29 xx xxxx, y su enajenación ha sido autorizada por la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y acordada por Resolución de su Presidenta de fecha 30-7-2019 todo ello conforme a lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 864/1997, de 6 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo procedente de los bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados (en adelante, el Reglamento). Las fincas ofrecidas en la presente subasta, se hallan inscritas en los correspondientes Registros del Propiedad a nombre del Estado español. Cualquier carga que tengan las fincas antes indicadas, figure o no en el Registro de la Propiedad, incluidas las afecciones fiscales, serán asumidas por los licitadores y futuros adjudicatarios, que aceptan expresamente la situación jurídica y de hecho de los inmuebles, por lo que los datos de la descripción de las fincas (ANEXO 3) son meramente informativos, siendo responsabilidad del licitador constatar y verificar su situación física, jurídica y urbanística, eximiendo de cualquier reclamación al Estado y a la Delegación. Las fincas se transmiten como cuerpo cierto, manifestando el comprador conocer y aceptar la situación física, jurídica, registral y urbanística del inmueble que adquiere, con expresa renuncia del adquiriente a toda acción de saneamiento por evicción y/o vicios o defectos ocultos, asumiendo expresamente cualesquiera cargas y gravámenes. En cumplimiento de lo establecido en el R.D. 235/2013 de 5 xx Xxxxx, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios se aportará, en su caso, el Certificado de Eficiencia Energética que sea preciso en aplicación de la citada disposición. La Delegación en cualquier momento anterior a la apertura de las ofertas económicas de cada lote y de forma motivada, podrá retirarlo, así como añadir, modificar, puntualizar o aclarar cualquier cláusula del presente pliego, incorporando las modificaciones en su página web, o, si el acto de subasta hubiese empezado, en la sala de celebración de la misma.
OBJETO DE LA ENAJENACIÓN. La presente convocatoria consiste en la enajenación mediante subasta pública de la finca resultante, FR-2 del "PROYECTE DE REPARCEL.LACIÓ DEL PLA ESPECIAL URBANÍSTIC I DE MILLORA URBANA DE DEFINICIÓ I CONCRECIÓ DELS PARÀMETRES EDIFICATORIS DELS SÒLS D´EQUIPAMENT SITUATS A L´ILLA DELIMITADA PELS CARRES XXXXXX X´XXXXX, ZAMORA, ALMOGÁVERS I JOAN D´ÀUSTRIA. DISTRICTE D´´ACTIVITATS 22@BARCELONA", en adelante P.R., inmueble propiedad en proindiviso de Serveis Funeraris de Barcelona (51,85%) ADIF (34,28%) y Ajuntament de Barcelona (13,87%), en adelante LA PROPIEDAD, cuyas circunstancias patrimoniales y urbanísticas figuran detalladas en este mismo Xxxxxx.

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  • Objeto y ámbito de aplicación LAS PRESENTES DISPOSICIONES TIENEN POR OBJETO REGULAR LA FORMA Y TÉRMINOS PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL, DENOMINADO COMPRANET, POR PARTE DE LOS SUJETOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 1 FRACCIONES I A VI DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y 1 FRACCIONES I A VI DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, ASÍ COMO DE LOS INVITADOS, PROVEEDORES Y CONTRATISTAS, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN DICHOS ORDENAMIENTOS LEGALES.

  • OBJETO DEL LLAMADO La UTEC es una institución de educación terciaria universitaria pública de perfil tecnológico, orientado a la investigación y la innovación; comprometida con los lineamientos estratégicos del país, abierta a las necesidades del Uruguay productivo, que tiene entre sus objetivos centrales hacer equitativo el acceso a la oferta educativa especialmente en el interior del país.El objeto de este llamado es la contratación de una empresa que realice el servicio de portería, con el fin de garantizar el registro y control de ingreso al ITR SO de la UTEC, ubicado en Xxxxxxx Xxxxx 000 esquina Ituzaingó, en Mercedes departamento xx Xxxxxxx. Ítem Cód. Artícul o Artículo Variante Cantidad Máx. a contratar 1 37.138 Servicio de Portería Horas Diurnas 6.288 Estos servicios se desglosan de la siguiente manera: La previsión realizada, indica una intención de consumo diaria en función del conocimiento de las necesidades que se tiene al momento de la confección del presente Xxxxxx en tal sentido, se pretende cubrir inicialmente con el servicio de Portería, en turno que se extiende durante las 10 hrs., es decir de 12:00 a 22:00. El servicio deberá cumplirse de lunes a viernes, cubriendo en su totalidad el horario asignado. Durante la vigencia del contrato y en el marco de éste, la Administración se reserva el derecho de agregar dependencias y de aumentar o disminuir las horas asignadas del servicio de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 74 del TOCAF. Asimismo, podrá asignar servicios por única vez en situaciones extraordinarias que puedan surgir durante la vigencia del mismo. 1. El personal afectado en el horario de prestación del servicio, deberá lucir uniforme, manteniendo un alto grado de pulcritud e identificación visible de la empresa y del funcionario que está prestando el servicio. 2. El servicio de portería tiene por objeto: a. la recepción, registro, control de acceso, distribución (poner en contacto a los visitantes con las personas que buscan), vigilar el desplazamiento y egreso de las personas en la institución b. la recepción, registro, notificación y distribución interna de las encomiendas, correspondencias, bienes, etc. recibidos por la institución. c. custodiar y vigilar los bienes de la Sede d. realizar toda tarea afín que le sea requerida. 3. Intervenir dentro de su marco de competencia y denunciar situaciones de alteración del orden en la Sede. 4. También realizará rondas periódicas en el edificio y por cada una se realizará un informe dejando expresa constancia de la situación. Al finalizar las jornadas, se deberán realizar rondas internas constatando que las puertas y ventanas estén cerradas como así el resto de los servicios no estén activos. La empresa suministrará a los funcionarios de los elementos de uso personal que sean necesarios para el buen desempeño del servicio: útiles, equipos, uniformes, elementos de protección pertinentes tales como guantes, botas, campera, equipo de comunicación, suministro de reflector portátil de alta potencia y todo otro elemento que sea necesario para cumplir con el servicio de manera adecuada (deberá disponer la utilización por parte del personal destinado al servicio, de todos los elementos de seguridad exigidos por la normativa vigente y Organismos competentes). Los mismos deberán especificarse por escrito en la propuesta, la UTEC podrá supervisar mensualmente los mismos a los efectos de controlar la veracidad y estado de los mismos. Los mismos deberán estar incluidos en el precio cotizado para el ítem.

  • OBJETO DE LA CONTRATACIÓN El objeto es la contratación de una Sociedad Agente de Bolsa (en adelante, la SAB) que asesore al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y Servicios Públicos Sociales, Minería, Saneamiento, Irrigación y Asuntos Agrarios – PRO DESARROLLO (en adelante, el COMITÉ DE PROINVERSIÓN) e intermedie en el proceso de venta, dirigido a los trabajadores con derecho de adquisición preferente de las acciones de propiedad del Estado en la EMPRESA AGROINDUSTRIAL CAYALTÍ S.A.A. (en adelante, EAA Cayaltí), cuya titularidad corresponde al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE. La cantidad de acciones a ser vendidas se detalla a continuación: El trabajo de la SAB comprende el desarrollo de las actividades señaladas a continuación: Elaboración de la documentación necesaria para realizar la oferta, preparación y estructuración de la oferta pública, en el marco de lo establecido en la Xxx X° 00000, Xxxxxxx Supremo N° 037-2012-EF, Ley N° 30232 y en los “Lineamientos para el ejercicio del derecho de adquisición preferente de los trabajadores” aprobados por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN. Realizar las coordinaciones correspondientes con la Bolsa de Valores de Lima (BVL), Superintendencia xxx Xxxxxxx de Valores (SMV), CAVALI S.A. I.C.L.V., EAA Cayaltí, FONAFE y demás entidades relacionadas, con la finalidad de realizar las publicaciones de los avisos respectivos y el traspaso de los títulos a su cuenta matriz, de ser el caso, y llevar a cabo las demás actividades necesarias a efectos de concretar el proceso de venta de las acciones del Estado en la EAA Cayaltí. Actuar como agente de intermediación y colocador en la venta de las acciones del Estado en la EAA Cayaltí, en caso de existir un remanente de acciones sobre las cuales los trabajadores no hubieren ejercido su derecho de adquisición preferente. Realizar las acciones necesarias a fin de dar a conocer el mecanismo de venta de las acciones del Estado en la EAA Cayaltí entre los trabajadores de la empresa que deseen ejercer su derecho de preferencia. Elaborar los documentos relacionados a la actividad de promoción. Actuar como agente de intermediación en la transferencia de las acciones del Estado en la EAA Cayaltí a los trabajadores que ejerzan su derecho de preferencia. Liderar la operación de transferencia actuando como interlocutor entre PROINVERSIÓN y los trabajadores. Realizar la promoción de la venta de las acciones del Estado en la EAA Cayaltí, a través de reuniones con los trabajadores para determinar el nivel de demanda de dichas acciones. La SAB contratada deberá asumir los gastos de elaboración y distribución de folletería, brochures, instructivos, entre otros materiales de promoción. Las publicaciones que sean necesarias realizar en diarios, radio y televisión, correrán por cuenta de PROINVERSIÓN. Administrar el libro de demanda de la oferta pública y realizar las acciones necesarias para garantizar que el proceso se realice en forma transparente y uniforme. Realizar todas las actividades necesarias relacionadas a la colocación de la totalidad de las acciones y liquidación de la operación. La SAB contratada deberá coordinar todos los aspectos relacionados a las facilidades para el pago (financiamiento), hasta su liquidación, es decir, hasta el cargo y abono de valores y de los fondos respectivos en las cuentas de los titulares. Se deberá realizar un mínimo de tres (03) viajes para realizar reuniones con los trabajadores, con la finalidad de determinar la demanda e informar sobre los mecanismos de venta y demás aspectos contemplados en los Literales a) a la g) precedentes. Queda expresamente establecido que la SAB seleccionada para intermediar en la transferencia de las acciones del Estado en la EAA Cayaltí, sólo podrá participar en la venta de las mismas por cuenta del Estado, no pudiendo en consecuencia intermediar a favor de otros inversionistas, diferentes al Estado o a los trabajadores, en la compra de estas acciones. La SAB contratada, a través de su representante legal, ratificará lo señalado en el párrafo anterior, mediante una declaración jurada según el Formato N° 1 de los Términos de Referencia, que deberá ser presentado a la firma del Contrato de Locación de Servicios (en adelante, el Contrato).

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo diferente. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

  • OBJETO DEL SEGURO El presente contrato tiene como objeto otorgar las coberturas y sumas aseguradas establecidas en las presentes condiciones generales, en las condiciones particulares, cláusulas adicionales y especiales a favor del Beneficiario. El Contratante se obliga al pago de la prima convenida. Los importes de las coberturas de este seguro y el monto de la prima están detallados en las condiciones particulares que forman parte integrante de la presente póliza.

  • OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Luego de la calificación de las ofertas, el comité de selección otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE. El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.

  • Objeto de la Licitación 22 2.2 Procedimiento de Selección 22 2.3 Fuente de Recursos 22 2.4 Condiciones de Pago 22

  • MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual a la inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 95 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.