OBLIGACIONES DEL PATROCINADOR Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DEL PATROCINADOR. (PATROCINADOR) se compromete a: Financiar el programa (indicar PROGRAMA o ACTIVIDAD) mediante la aportación de la cantidad total de aportación en LETRA ______EUROS (aportación en CIFRA €) para el cumplimiento del objeto del presente contrato de patrocinio. A esta cantidad hay que sumarle el IVA correspondiente que resulte de aplicación según la legislación vigente. Designar a un responsable dentro de la empresa /entidad /institución que actúe como persona de contacto entre patrocinador y patrocinado.
OBLIGACIONES DEL PATROCINADOR. Los derechos y obligaciones del Patrocinador son los establecidos en los Pliegos y en el “Contrato de Patrocinio”. Sin perjuicio de lo anterior, son también obligaciones del Patrocinador: a) Deber de confidencialidad: durante la ejecución del presente contrato, eI Patrocinador y sus dependientes podrían tener acceso y conocer información relacionada con el COI, la organización de los Juegos, o sobre acuerdos con Top Sponsors celebrados por el COI y otros socios de marketing Olímpico, que no resulta accesible o conocida por el público en general (“Información Confidencial”). El adjudicatario reconoce que la Información Confidencial es un activo valioso, especial y exclusivo del COI y no utilizará, directa ni indirectamente, dicha Información confidencial para un propósito distinto al objeto de la presente contratación, no divulgará, directa ni indirectamente, la Información Confidencial, salvo en los términos que se establecen en el documento adjunto al presente como Contrato de Patrocinio. Cualquier violación de los términos y condiciones del presente artículo podría causar al COI, al GCBA y/o al COA un daño irreparable. Las disposiciones de este artículo se mantendrán vigentes aún después del vencimiento o terminación anticipada de la contratación del adjudicatario. b) Cumplir con la Carta Olímpica y toda la normativa emitida por el COI, como asimismo con su manuales, instrucciones y directivas relativas a los JOJ.
OBLIGACIONES DEL PATROCINADOR. De acuerdo con el presente contrato, el Patrocinador quedará obligado a: a) El pago de la remuneración pactada al Patrocinado, en los términos descritos en la cláusula 6ª. b) La entrega de la imagen corporativa del Patrocinador en formato digital, o cualquier otro soporte al que se hubiere incorporado dicha imagen objeto de patrocinio en condiciones tales que permitan su serigrafiado posterior sin requerir más operación que las necesarias para fijar los signos distintivos en los objetos o elementos del Patrocinado. c) La gestión y contratación de los seguros propios de su actividad y a los que estuviera obligado. d) Recabar cuantas autorizaciones, administrativas o particulares, sean precisas para la ejecución de lo acordado en el presente contrato. e) Responder de las consecuencias que se puedan derivar para el Patrocinado de la realización del presente patrocinio en condiciones de ilegalidad o de incumplimiento de la legislación en materia de publicidad.
OBLIGACIONES DEL PATROCINADOR. En consideración de los beneficios que otorga la Asociación, según cada categoría de patrocinio, el Patrocinador se compromete a lo siguiente: A) Realizar los pagos de su participación en el CONGRESO, en una de las cuentas o conjunto de cuentas bancarias por un monto de US$____________ de la Asociación e informarlo como se detalló en la cláusula 3 de este acuerdo. B) Cooperar con la Asociación en la realización de los fines del presente Acuerdo. C) Autorizar a la Asociación para el uso de sus logotipos y nombre empresarial en la promoción del CONGRESO, tanto en forma impresa como electrónica, así como en los portales electrónicos de la Asociación. D) El PATROCINADOR deberá indicar las personas de su empresa que serían las responsables para la entrega de información y coordinar los pagos según corresponda: En caso de que no se logren coordinar el envío de información y pagos, la ASOCIACION podrá activar la Cláusula 7. E) El PATROCINADOR deberá suministrar: i) el logo oficial de su empresa o representada, ii) 1 o 2 videos entre 30 segundos a 2 minutos promocionando la participación al CONGRESO, la ASOCIACION tendrá la libertad de utilizarlos para utilizarlos en sus sitios web así como redes sociales.
OBLIGACIONES DEL PATROCINADOR. 20 ARTÍCULO 30: RESERVA 21
OBLIGACIONES DEL PATROCINADOR. Seran obligaciones a cargo de li c}- a) Pagar la contraprestación pactada. en la fecha establecida para tal efecto en 1a CLAUSU TERCERA en el presente instrumento. • ,/ b) Fabncar los materiales pubhc1larios y promoc1onales, cur••pllendo con el formato y 1 parámetros generales Que EL PATRONATO 1e solicite por xxxxxx, �/ c) Supervisar permanentemente todos y cada uno de los montajes que realice para la colocación de la pub1icidad, especialmente de las estructuras y lonas a efecto de evitar cualquier tipo de accidentes 1· d) Respetar los espacios designados por EL PATRONATO para la colocación de toda su publicidad. y que se encuentran especificados en el Anexo UNO def presente Contrato, e) Retirar a su xxxxx, una vez concluido el evento denominado FERIA LEON 2019. toda la publicidad colocada en los espacios designados f) En caso de que El PATROCLNAOOR cambie su dom,c11,o o se suscite alguna varrac16n ey su nomenclatura. queda obligado a not1F1car10 por escrito a EL PATRONATO dentro de 16s 3 (tres) días habites siguientes a que esto suceda En caso contrano. se tendrá c'Ómo legalmente hecha cualquier notificación realizada en el domic1lio se!ialado en ef presente Contrato. g) No ceder los derechos y obligaciones oer vadas del presente Contrato. en forma parcial o·
OBLIGACIONES DEL PATROCINADOR. El Patrocinador realizará las siguientes aportaciones económicas: Todos los pagos expuestos anteriormente son cantidades brutas y estarán sujetas al IVA que deba aplicarse y que constarán especificados en la factura que emita la FEP. Salvo indicación por escrito de lo contrario, todos los pagos que deban hacerse a la FEP conforme a este acuerdo se harán mediante transferencia bancaria a la cuenta establecida por la FEP. Los pagos se realizarán en las siguientes fechas tras presentación de factura por parte de la FEP: -16.500€ a 1 xx xxxxx de 2022 -16.500€ a 1 xx xxxxx de 2022 -17.500€ a 1 de febrero de 2023 -17.500€ a 1 xx xxxxx de 2023 Babolat se compromete a entregar a la FEP anualmente material valorado en 12.000 euros. En prueba de aceptación por cada parte de las declaraciones, derechos y obligaciones que respectivamente les corresponden con arreglo a los pactos anteriores, firman el presente acuerdo vinculante por duplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha al principio indicados, quedando extendido cada ejemplar en cinco (5) hojas escritas por una sola cara. Y para que así conste, firman el presente documento por duplicado, aunque a un sólo efecto, en el lugar y la fecha arriba indicados.
OBLIGACIONES DEL PATROCINADOR. El Patrocinador realizará las siguientes aportaciones económicas en concepto de fee: Todos los pagos expuestos anteriormente son cantidades brutas y estarán sujetas al IVA que deba aplicarse y que constarán especificados en la factura que emita la FEP. Salvo indicación por escrito de lo contrario, todos los pagos que deban hacerse a la FEP conforme a este acuerdo se harán mediante transferencia bancaria a la cuenta establecida por la FEP. Los pagos del fee se realizarán en las siguientes fechas tras presentación de la factura por parte de la FEP: -3.000€ a la firma del presente documento. -3.000€ a 1 de julio de 2023
OBLIGACIONES DEL PATROCINADOR. El Patrocinador realizará la siguiente aportación económica: El pago expuesto es cantidad bruta y está sujeta al IVA que deba aplicarse y que constarán especificados en la factura que emita la FEP. Salvo indicación por escrito de lo contrario, todos los pagos que deban hacerse a la FEP conforme a este acuerdo se harán mediante transferencia bancaria a la cuenta establecida por la FEP. El pago se realizará mediante transferencia de la siguiente manera: -el 70% de la cantidad acordada a la firma del presente contrato. -el 30% de la cantidad acordada entre el 1 y el 10 de enero de 2023. Los gastos de la serigrafía de las equipaciones correrá a cargo del patrocinador. Los costes de gestión y consultoría del Intermediario quedarán soportados por la FEP.
OBLIGACIONES DEL PATROCINADOR. (Indicar el nombre de la entidad/institución/empresa) se compromete a: Financiar la actividad (indicar la actividad) mediante la aportación de la cantidad total de (indicar la aportación económica en letra) euros (indicar la aportación económica en cifra €) para el cumplimiento del objeto del presente contrato de patrocinio. A esta cantidad hay que sumarle el IVA correspondiente que resulte de aplicación según la legislación vigente. TOTAL IVA incluido: (indicar la aportación con IVA incluido en cifra) €. Designar a un responsable dentro de (indicar la entidad/institución/empresa) que actúe como persona de contacto entre patrocinador y patrocinado.