Obligaciones y Limitaciones Cláusulas de Ejemplo

Obligaciones y Limitaciones. 1. Contabilidad y Auditoría. Establecer y mantener adecuados sistemas de contabilidad sobre la base de IFRS, o las normas de contabilidad que resulten aplicables en su defecto, y las instrucciones de la CMF, como asimismo contratar y mantener a una empresa de auditoría externa independiente de entre aquellas que se encuentren inscritas en el Registro que al efecto lleva la CMF para el examen y análisis de sus Estados Financieros, respecto de los cuales tal empresa deberá emitir una opinión al treinta y uno de diciembre de cada año, en cumplimiento de la normativa vigente y mientras ésta rija.
Obligaciones y Limitaciones. La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, determinará las obligaciones específicas para garantizar la calidad y expansión de los servicios de telecomunicaciones así como su prestación en condiciones preferenciales para garantizar el acceso igualitario o establecer las limitaciones requeridas para la satisfacción del interés público, todo lo cual será de obligatorio cumplimiento.
Obligaciones y Limitaciones. Durante la vigencia del Acuerdo y de la Emisión, el Emisor se sujetará a las siguientes obligaciones y limitaciones, sin perjuicio de las demás emanadas del presente Contrato, del Acuerdo y de aquellas que le sean aplicables conforme a la legislación pertinente: Xxxx.Xxx. Obligaciones de Hacer. Durante la vigencia del Acuerdo y del Contrato de Emisión, el Emisor deberá dar permanente cumplimiento a las siguientes obligaciones de hacer: /a/ Haber suscrito los convenios de subordinación respecto de los créditos que el Emisor tenga con sus Empresas Relacionadas o entidades relacionadas; /b/ Deberá contar con un sistema, de la más alta tecnología, que tenga como objetivo hacer seguimiento de los ingresos y gastos del Emisor; /c/ Cumplir permanentemente con la entrega de información financiera y económica del Emisor, que requieran la Comisión de Acreedores o el Interventor Concursal, mediante correo electrónico u otro medio escrito, dirigido al gerente general del Emisor; /d/ Mantener la contratación de ACFIN, o una empresa similar, con el objetivo que cumpla con las funciones que se establecen en el Acuerdo, entre las que se incluye el seguimiento de toda la cobranza de los Créditos Sociales otorgados por el Emisor; /e/ Focalizar su actividad en el otorgamiento de créditos sociales y demás actividades propias del giro que se establezcan en la normativa que regula el funcionamiento de las cajas de compensación de asignación familiar, optimizando otras actividades que se consideren necesarias y complementarias, circunscritas a las áreas de salud, recreación y apoyo a la educación, con exclusión de la explotación de establecimientos educaciones de todo nivel. En este sentido: /i/ Las inversiones en actividades que se consideren necesarias y complementarias, distintas del crédito, deberán ser fundadas, estar contempladas en el presupuesto y ser informadas por el directorio o por el Interventor Concursal a la Comisión de Acreedores; /ii/ No se realizarán inversiones en actividades correspondientes a actividades innecesarias o no complementarias. /f/ mantener la estructura de gobierno corporativo aprobada por la SUSESO y demás organismos públicos competentes; /g/ mantener el sistema específico de cuentas que permita administrar las recaudaciones provenientes de la venta de Créditos Sociales, de los Activos Prescindibles y de los Activos Prescindibles Adicionales, cuyas características se detallan en el anexo número tres del Acuerdo; /h/ Dar cumplimiento al plan de v...

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.