Representante de los Tenedores de Bonos. El Representante de los Tenedores de Bonos es el Banco BICE, cuyo domicilio es xxxxx Xxxxxxxx X° 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx. No existe relación de propiedad o parentesco entre el Representante y los principales accionistas o socios y administradores de la entidad Emisora, debiendo señalarse en todo caso que el Representante es uno de los tantos bancos comerciales que realiza operaciones propias de su giro con el Emisor. Además de las facultades que le corresponden como mandatario y de las que se le otorguen por la Junta de Tenedores de Bonos, el Representante tendrá todas las atribuciones que en tal carácter le confiere la ley y el Contrato de Emisión, pudiendo aprobar la reducción del monto de la Línea conforme lo estipulado en el Numeral Tres de la cláusula Décimo Novena del Contrato de Emisión y concurrir al otorgamiento de la escritura pública en que conste esta reducción en conjunto con el Emisor. Asimismo, estará facultado para iniciar, con las atribuciones ordinarias del mandato judicial, todas las acciones judiciales que procedan en defensa del interés común de sus representados o para el cobro de los cupones de bonos vencidos, estando investido para ello de todas las facultades ordinarias que señala el artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil y de las especiales que le otorgue la Junta de Tenedores de Bonos o la ley, en su caso. Los bonos y cupones vencidos tendrán mérito ejecutivo en contra del Emisor. Tratándose de una emisión desmaterializada, el certificado de posición que emite el DCV, tendrá mérito ejecutivo y será el instrumento válido para ejercer acción ejecutiva contra el Emisor, conforme a lo establecido en la Ley del DCV. En las demandas y demás gestiones judiciales que entable el Representante en interés de todos o algunos de los Tenedores de Bonos, no será necesario expresar el nombre de cada uno de éstos, ni individualizarlos. El Representante de los Tenedores de Xxxxx estará facultado también para solicitar y examinar los libros y documentos del Emisor, pudiendo requerir al Emisor o a sus auditores externos los informes que sean necesarios para una adecuada protección de los intereses de sus representados, teniendo derecho a ser informado plena y documentadamente y en cualquier tiempo, por el gerente o el que haga sus veces, de todo lo relacionado con la marcha del Emisor. Asimismo, el Representante de los Tenedores de Xxxxx tendrá derecho a asistir, sin derecho a voto, a las Juntas de Accionistas del Emisor si corr...
Representante de los Tenedores de Bonos. 7.1 Nombre o Razón Social
Representante de los Tenedores de Bonos. 7.1.1 Nombre o razón social
Representante de los Tenedores de Bonos. 8.1.1 Nombre
8.1.2 Dirección
8.1.3 Relaciones
Representante de los Tenedores de Bonos. Banco Bice, con domicilio en Teatinos 220, Santiago de Chile.
Representante de los Tenedores de Bonos. Renuncia, Reemplazo y Remoción. Causales de Cesación en el Cargo.
Representante de los Tenedores de Bonos. Xxxxx.Xxx. Renuncia, Reemplazo y Remoción. Causales de Cesación en el Cargo. /a/ El Representante de los Tenedores de Xxxxx cesará en sus funciones por renuncia ante la junta de Tenedores de Xxxxx, por inhabilidad o por remoción por parte de la junta de Tenedores de Xxxxx. Los Tenedores de Bonos y el Emisor no tendrán derecho alguno a pronunciarse o calificar la suficiencia de las razones que sirvan de fundamento a la renuncia del Representante de Tenedores de Bonos. /b/ La junta de Tenedores de Bonos podrá siempre remover al Representante de Tenedores de Xxxxx, revocando su mandato, sin necesidad de expresión de causa. /c/ Producida la renuncia o aprobada la remoción del Representante de Tenedores de Xxxxx, la junta de Tenedores de Xxxxx deberá proceder de inmediato a la designación de un reemplazante. /d/ La renuncia o remoción del Representante de Tenedores de Bonos se hará efectiva sólo una vez que el reemplazante designado haya aceptado el cargo. /e/ El reemplazante del Representante de Tenedores de Xxxxx que fuere designado en la forma contemplada en esta Cláusula, deberá aceptar el cargo en la misma junta de Tenedores de Xxxxx donde se le designa o mediante una declaración escrita, que entregará al Emisor y al Representante de Tenedores de Xxxxx renunciado o removido, en la cual así lo manifieste. La renuncia o remoción y la nueva designación producirán sus efectos desde la fecha de la junta de Tenedores de Xxxxx donde el reemplazante manifieste su aceptación al cargo o desde la fecha de la declaración antes mencionada, quedando el reemplazante provisto de todos los derechos, poderes, deberes y obligaciones que la ley y el Contrato de Emisión le confieren al Representante de Tenedores de Xxxxx. Sin perjuicio de lo anterior, el Emisor y el reemplazante del Representante de Tenedores de Xxxxx renunciado o removido, podrán exigir a este último la entrega de todos los documentos y antecedentes correspondientes a la Emisión que se encuentren en su poder. /f/ Ocurrido el reemplazo del Representante de Tenedores de Bonos, el nombramiento del reemplazante y la aceptación de éste al cargo deberán ser informados por el reemplazante dentro de los quince Días Hábiles Bancarios siguientes de ocurrida tal aceptación, mediante un aviso publicado en el Diario en un Día Hábil Bancario. /g/ Sin perjuicio de lo anterior, el Representante de Tenedores de Xxxxx reemplazante deberá informar del acaecimiento de todas estas circunstancias, al Registro de Valores y al Emiso...