Gobierno Corporativo. El Emisor es un fideicomiso y el mismo no se dedica a realizar actividades comerciales o de negocios. Un fideicomiso no tiene junta directiva o de accionistas. Por estas razones, el Emisor no ha establecido normas de gobierno corporativo.
Gobierno Corporativo. 1. Los cargos de Directores y Dignatarios del Emisor son por tiempo indefinido. El nombramiento y remoción de los directores del Emisor está a cargo de los accionistas. Los ejecutivos y administradores prestan sus servicios con base a contratos de trabajo, regidos por el Código de Trabajo. La duración de los contratos es por tiempo indefinido. No existe contrato de prestación de servicios entre el Emisor y los miembros de la Junta Directiva, rigiéndose por lo establecido por la Junta de Accionistas. Salvo por las dietas pagadas a los Directores por la asistencia a las reuniones de Junta directiva, no se les reconocen beneficios adicionales.
2. El Emisor ha adoptado, a lo interno de la organización, reglas y procedimientos de buen gobierno corporativo. Estas reglas y procedimientos internos no se fundamentan en reglamentación específica alguna, tales como las guías y principios recomendados por la Superintendencia xxx Xxxxxxx de Valores contenidas en el Acuerdo No. 12 del 11 de noviembre de 2003 para la adopción de recomendaciones y procedimientos relativos al buen gobierno corporativo de las sociedades registradas. Las reglas internas de buen gobierno corporativo del Emisor se han adoptado principalmente en base a la experiencia profesional y comercial de los directores.
3. Las reglas internas de Gobierno Corporativo del Emisor contemplan lo siguiente
a. Asignación directa y expresa de supervisión de todas las actividades de la organización en la Junta Directiva con las responsabilidades inherentes.
b. Establecimiento de criterios precisos de independencia aplicable al perfil de los directores basados en desvinculación del equipo de alta gerencia y los accionistas con posiciones controlantes.
c. Celebración de reuniones de trabajo de Junta Directiva y levantamiento de actas que reflejen la toma de decisiones.
d. Derecho de todo director y dignatario a recabar y obtener información
e. Adopción de un Código de Ética, dirigido a todos los colaboradores de la empresa.
f. Políticas de información y comunicación de la empresa para con sus accionistas y terceros.
g. Conflicto de intereses entre Directores y Ejecutivos clave, así como la toma de decisiones.
h. Sistemas de evaluación de desempeño de los ejecutivos claves
i. Mecanismos de control interno del manejo de la sociedad y su supervisión periódica.
j. Control Razonable de riesgos
k. Registros de contabilidad apropiados que reflejen razonablemente la posición financiera de la empresa
Gobierno Corporativo. Además de su consejo de administración, TIP México cuenta con un comité de auditoría integrado por Xxxx Xxxxxxx xxx Xxx, Xxxxxxx Xxxx, Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxx. Los objetivos del comité de auditoría consisten en asistir al consejo de administración en la función de auditoría, y de acuerdo a los asuntos a tratar en la sesión del comité, se invitará a aquellas personas tanto internas como externas que aporten información relevante que permita una mejor toma de decisiones asegurando lo siguiente: • tanto la auditoría interna como la externa se realicen con la mayor objetividad posible. • se valide permanentemente el riesgo operativo, el control interno y el proceso de emisión de la información financiera. • se analicen y evalúen las operaciones con partes relacionadas. • la información financiera que llegue al consejo de administración, a las autoridades y los demás interesados, sea emitida y revelada con responsabilidad y transparencia; a la vez que sea suficiente, oportuna y refleje razonablemente la posición financiera de TIP. El Comité sesionará de forma ordinaria una vez cada tres meses, aprobando en la primera sesión del año, el calendario de sesiones ordinarias del año correspondiente. El Presidente del Comité y el Secretario, son los facultados para convocar a sesión extraordinaria, lo cual se tendrá que comunicar por lo menos 48 horas antes al inicio de la misma. Adicionalmente, con 2 días de anticipación a la fecha de sesión del Comité, el Secretario deberá entregar a los miembros del Comité una carpeta que contenga el orden del día de la sesión, así como toda aquella información que se considere pertinente y necesaria para la toma de decisiones en la sesión correspondiente. Para poder instalar una sesión del comité técnico, se tiene que verificar la asistencia del 50% de los miembros, formalizado mediante la firma de la lista de asistencia. En caso de empate en alguna decisión del comité de auditoría, el presidente tendrá el voto de calidad. Las funciones generales y responsabilidades del comité de auditoría son las siguientes: • dar su opinión al consejo de administración respecto de la calidad de la información financiera; • aprobar las políticas y criterios contables utilizados para la elaboración de la información financiera de TIP, así como los cambios propuestos a este respecto; • contribuir en la definición de los lineamientos generales de la identificación y gestión de riesgos, evaluando su ...
Gobierno Corporativo. Con el objetivo de dar cabal cumplimiento a lo que señalan las normas establecidas por la SBP referentes a las prácticas de buen gobierno corporativo promulgadas mediante el Acuerdo 4-2001 del 0 xx xxxxxxxxxx xxx 0000, xx Xxxxxxx CNV-12-2003 de la antigua Comisión Nacional de Valores, hoy SMV y la adopción por parte de la Bolsa de principios de revelación de prácticas de buen gobierno corporativo para los emisores inscritos, procedemos a divulgar las estructuras creadas dentro de la organización para la debida implementación de prácticas de un buen gobierno corporativo dentro del Emisor, que permiten ejecutar las directrices y planes estratégicos aprobados por la Junta Directiva, dentro de un marco conceptual con existencia de adecuados controles internos, transparencia en la administración, responsabilidad en la divulgación de información, protección a los accionistas minoritarios y a derechos de terceros.
Gobierno Corporativo. SM SAAM es administrada por un Directorio formado por 7 miembros, que a septiembre de 2016 está compuesto de la siguiente forma: Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Vergara Presidente 6.558.360-7 Sr. Xxxx-Xxxx Xxxxxx Fontbona Vicepresidente 6.372.368-1 Sr. Xxxxx Da-Xxxx Xxxxxxx Director Titular 4.175.284-K Xx. Xxxxxxxxx Xxxxx Mackenna Director Titular 6.525.286-4 Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Philippi Director Titular 7.031.728-1 Xx. Xxxxx Xxxxxx Martínez Director Titular 11.632.255‐2 Xx. Xxxxx Xxxxxxxxx Pubill Director Titular 5.907.040‐1 El Directorio fue elegido en la Junta Ordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada con fecha 8 xx xxxxx de 2016 y sus miembros duran 3 años en el ejercicio de sus funciones. Las sesiones deben celebrarse, a lo menos, una vez al mes, donde se analiza la evolución financiera, comercial y operacional de la Sociedad, se aprueban los estados financieros, presupuesto y plan de negocios, se analizan los factores de riesgo del negocio, se aprueban los planes estratégicos y se administran los negocios de la Sociedad con amplias facultades para ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y operaciones que tiendan a la consecución de los fines sociales. Para el cumplimiento del objeto social y dentro de las limitaciones legales, reglamentarias y estatutarias pertinentes, en conformidad con los estatutos de la Sociedad, el Directorio cuenta con las siguientes atribuciones y obligaciones:
Gobierno Corporativo. El Directorio de Compañía Cervecerías Unidas S.A., de acuerdo con sus estatutos, está compuesto de nueve miembros, elegidos por la Junta Ordinaria de Accionistas, quienes durarán tres años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.
2.6.1 Directorio (al 31 de diciembre de 2021)
Gobierno Corporativo. MMGGAF, en su condición de persona registrada ante la SMV de Panamá, estará sujeta al cumplimiento de obligaciones legales de carácter general y especial establecidas en el Texto Único del Decreto Ley 1 de 1999 y sus Leyes reformatorias y en los Acuerdos adoptados por la SMV, que son aplicables a todas las personas registradas y a sociedades de inversión, respectivamente. Algunas de está obligaciones impuestas por la ley y los Acuerdos representan reglas y principios de “Buen Gobierno Corporativo”, tal como se desarrollan en el Acuerdo 12-2003 de 11 de noviembre de 2003 “por el cual se recomiendan guías y principios de buen gobierno corporativo por parte de sociedades registradas en la SMV y se modifican los Acuerdos 6-2000 de 19 xx xxxx de 2000 y 18-2000 de 11 de octubre de 2000”. Entre las obligaciones legales a que está sometida MMGGAF y que guardan relación con los principios de Buen Gobierno Corporativo están las que procuran la pronta y completa divulgación de información y transparencia de información de importancia para todos los grupos accionistas. En este sentido, MMGGAF tiene incorporado por mandato legal, con el principio de divulgación y transparencia de información, exigido en las normas de Buen Gobierno Corporativo. Por su parte, tanto el Administrador de Inversiones como el Custodio, también son personas registradas en la SMV. El Administrador de Inversiones cuenta con licencias de Administrador de Inversiones. MMGGAF se rige bajo los principios que establece la OECD y que se detallan a continuación:
Gobierno Corporativo. (a) Las Partes contratarán a una empresa de gestión internacionalmente reconocida con posterioridad a la fecha del presente contrato para evaluar la actual gestión de cada una de las Partes Bancarias y recomendar una lista de los candidatos más calificados o idóneos para integrar el Senior Management inicial (que incluye a los jefes de país) de CorpBanca y sus Filiales con posterioridad a la Fecha de Vigencia Chilena. Esa recomendación se hará sobre la base de las normas internacionales basadas en el mérito, trayectoria profesional y experiencia en la industria y jurisdicción específica pertinentes. Después de haber recibido la recomendación, que no será vinculante, la Matriz de Itaú y la Matriz de Corp Group deberán en forma conjunta (pero en caso de que la Matriz de Itaú y la Matriz de Corp Group no lleguen a un acuerdo, la Matriz de Itaú deberá) determinar de buena fe las Personas naturales que se encuentran más calificadas e idónea para integrar la Alta Administración. A fin de evitar dudas, la designación dla Alta Administración no estará limitada a los integrantes de la lista recomendada. Para evitar cualquier duda, el nombramiento de los directivos no se limitarán a la lista de recomendados
Gobierno Corporativo. A. Directorio
B. Administración y Estructura Corporativa
C. Estructura de gobierno corporativo
Gobierno Corporativo. El Emisor cumple con las obligaciones impuestas por la Xxxxxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx sobre buen gobierno corporativo. En este contexto el Emisor ha trabajado intensamente en establecer estructuras que permitan a la Junta Directiva y al resto de la organización una gestión transparente y con controles empresariales orientados a la creación de valor a largo plazo. La estructura creada para la implementación de principios de buen gobierno corporativo se basa en la cooperación, la comunicación y la transparencia, y la misma está conformada por los siguientes comités: Lo conforman todos los Vicepresidentes Ejecutivos y Vicepresidentes de la organización y tiene como prioridad el velar por la solidez financiera de toda la organización, participar en conjunto con la Junta Directiva en la definición de los objetivos estratégicos de la organización y de darle seguimiento mensual al cumplimiento del Plan de Negocios aprobado por la Junta Directiva para el año corriente.