ORDEN DE PREVALENCIA Cláusulas de Ejemplo

ORDEN DE PREVALENCIA. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.1.e) del TRLCSP el orden de prevalencia de los documentos que integran el contrato son los siguientes: 1) El pliego de cláusulas administrativas particulares 2) El pliego de prescripciones técnicas 3) El contrato 4) La oferta económica 5) La oferta técnica
ORDEN DE PREVALENCIA. En caso de conflicto entre los documentos, a continuación se indica el orden descendiente de prevalencia: (a) la Sales Order; (b) el Contrato de Encargado de Tratamiento; (c) el Contrato de Prestación de Servicios de Software de SmartFocus; (d) la Política de Uso Aceptable; y (e) el Acuerdo de Nivel de Servicio.
ORDEN DE PREVALENCIA. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1 e) del TRLCSP, los documentos que integran el expediente de contratación, que revisten carácter contractual, son los que a continuación se enumeran por su orden de prevalencia, sin perjuicio de las obligaciones adicionales que el contratista haya incluido en su proposición: 1. El pliego de cláusulas administrativas particulares. 2. El pliego de prescripciones técnicas particulares 3. El documento en el que se formalice el contrato. EXAMINADO el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación mediante procedimiento negociado del suministro de “DOS SERVIDORES DE BASES DE DATOS PARA LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX ”, esta Asesoría Jurídica lo informa favorablemente. Xxxxxx, 00 xx xxxxx 2013. POR LA ASESORÍA JURÍDICA De conformidad con lo establecido en el artículo 115 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, D. …………………………………………………, con Documento Nacional de Identidad nº ………………….., en nombre propio o como Apoderado legal de la empresa ………………………………………………………………………………. con domicilio en ………………………………………………………………………, calle nº ………., teléfono ………………, Código o Número de Identificación Fiscal , enterado de las condiciones técnicas y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de suministros del expediente nº 13042 SM/PN “ADQUISICIÓN DE DOS SERVIDORES DE BASES DE DATOS PARA LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX”, se compromete y obliga a tomar a su cargo la ejecución de dicho contrato con estricta sujeción a los mencionados requisitos y condiciones, aceptando de manera incondicional el contenido xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y declarando responsablemente que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Universidad xx Xxxxxx. A efectos de lo expresado anteriormente se compromete a ejecutar el mencionado contrato de suministros por el importe de: OFERTA ECONÓMICA En letra En cifra Base EUROS I.V.A.:%. EUROS. euros euros En esta oferta están incluidos todos los gastos necesarios para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficios, seguros, transporte, personal a cargo, de comprobación y ensayo, de derechos y las tasas e impuestos, sin que por tanto puedan ser repercutidos como partida independiente a la Universidad xx Xxxxxx.
ORDEN DE PREVALENCIA. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1 e) del TRLCSP, los documentos que integran el expediente de contratación, que revisten carácter contractual, son los que a continuación se enumeran por su orden de prevalencia, sin perjuicio de las obligaciones adicionales que el contratista haya incluido en su proposición: 1. El pliego de cláusulas administrativas particulares. 2. El pliego de prescripciones técnicas particulares 3. El documento en el que se formalice el contrato.
ORDEN DE PREVALENCIA. Cualquier inconsistencia entre el presente Contrato de Licencia, el Plan de Suscripción, las EPH o cualquier otro acuerdo entre las Partes en relación con el Software se resolverá conforme al siguiente orden de prioridad: a) Las EPH y/o cualquier otro acuerdo por escrito, o donde se indique expresamente en el Contrato en Forma Calificada, en relación con el Software entre las Partes; b) El Plan de Suscripción; c) El presente Contrato de Licencia; d) La Política de Privacidad; e) La Documentación.

Related to ORDEN DE PREVALENCIA

  • COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN 1. La Mesa de Contratación es un órgano profesional especializado de asistencia al órgano de contratación que se compondrá de un Presidente y un mínimo de 4 vocales designados entre el personal al servicio del poder adjudicador, correspondiendo dos puestos a técnicos especializados en la materia objeto del contrato, otro a un Interventor y el último a un Licenciado en Derecho que ocupe plaza para la que se exija dicha titulación, que actuará como Secretario. En los contratos de valor estimado superior a 10.000.000 euros, IVA excluido, formará parte de la Mesa de Contratación, además, un representante de la Junta Contratación Pública xx Xxxxxxx designado por ésta, a solicitud del órgano de contratación. 2. Con carácter extraordinario, y previa justificación en el expediente, podrán ser designados como vocales técnicos personas ajenas a la Administración que tengan experiencia en el sector de actividad al que se refiera el contrato. Igualmente se podrá nombrar como asesores a dichos técnicos, que podrán intervenir con voz pero sin voto. 3. La designación de los miembros de la Mesa deberá publicarse en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx. Podrá hacerse con carácter permanente o de manera específica para la adjudicación de uno o más contratos. Los Miembros de la Mesa de contratación estarán sujetos a las causas de abstención o recusación establecidas en la legislación reguladora del procedimiento administrativo. 4. La composición de la Mesa de Contratación en el Parlamento xx Xxxxxxx, en el Defensor del Pueblo, en la Cámara de Comptos, en las entidades pertenecientes a la Administración Local xx Xxxxxxx y de la Universidad Pública xx Xxxxxxx se ajustará a su normativa específica, teniendo carácter supletorio de aquéllas lo dispuesto en este artículo.

  • Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación Sub Gerencia de Personal

  • REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES  Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo Competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absolu- ta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapaci- dad permanente para el servicio o inutilidad.  Proceder de un enclave laboral y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo.  Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos (según se establece en el artículo 6 del R. D. 290/2004, de 20 de febrero):

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EL INDICADO EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA LA INDICADA EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Los TRABAJOS objeto de este contrato se consideran , los cuales deberán reunir las características y especificaciones de la propuesta técnica y económica del CONTRATISTA; y su realización se ajustará a las normas mencionadas en la declaraciones II.6 y II.7 del CONTRATISTA, y a las disposiciones legales y administrativas sobre equilibrio ecológico y protección del ambiente y a las determinaciones de las autoridades competentes.

  • LUGAR DE TRABAJO El TRABAJADOR desempeñará las funciones para las cuales ha sido contratado en las instalaciones ubicadas en __________________ (Escriba la dirección de la compañía), en la ciudad de _______ (Ingresar la ciudad), provincia de _________ (Ingresar Provincia y barrio) para el cumplimiento cabal de las funciones a él encomendadas.

  • CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.

  • MODALIDAD DE CONTRATACIÓN No aplica la oferta subsecuente de descuento como modalidad de contratación.

  • Contrato de trabajo Habrá contrato de trabajo, cualquiera sea su forma o denominación, siempre que una persona física se obligue a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios en favor de la otra y bajo la dependencia de ésta, durante un período determinado o indeterminado de tiempo, mediante el pago de una remuneración. Sus cláusulas, en cuanto a la forma y condiciones de la prestación, quedan sometidas a las disposiciones de orden público, los estatutos, las convenciones colectivas o los laudos con fuerza de tales y los usos y costumbres.

  • Dirección de los trabajos La dirección de los trabajos corresponde al responsable del contrato o, en su defecto, a los servicios dependientes del órgano de contratación. Son funciones del responsable del contrato: a) Interpretar el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás condiciones técnicas establecidas en el contrato o en disposiciones oficiales.