PERIODO DE INDEMNIZACIÓN. Es el periodo que se inicia en la fecha del siniestro y dentro de la vigencia de la cobertura, y que termina al transcurrir el número de meses estipulados en ella, dentro de cuyo periodo puedan quedar afectadas las operaciones del negocio asegurado como consecuencia del referido siniestro y sin quedar limitado por la fecha de expiración de la vigencia de esta cobertura.
PERIODO DE INDEMNIZACIÓN. Es el periodo que empieza con la ocurrencia del "daño" y termina a más tardar el número de meses después del mismo que se estipule en las condiciones particulares y durante el cual los resultados del negocio están afectados a causa del "daño".
PERIODO DE INDEMNIZACIÓN. El periodo de indemnización para esta póliza es el indicado en la carátula y LA ASEGURADORA pagará como máximo, los cánones de arrendamiento por el número de meses indicado, a partir del primer incumplimiento y con independencia del momento de la vigencia en el que el incumplimiento ocurra. El periodo de indemnización terminará de manera automática cuando quede en firme la sentencia que ordena la restitución del inmueble o cuando la restitución del inmueble se haga efectiva de manera extrajudicial.
PERIODO DE INDEMNIZACIÓN. Es aquel tiempo que comienza cuando los ingresos o los gastos del negocio se ven afectados por la ocurrencia de un siniestro cubierto por la póliza y se mantiene mientras los resultados del negocio estén afectados a causa del mismo, sin exceder del límite del periodo de indemnización que se establece en las Condiciones Particulares o Condiciones Especiales de la Póliza.
PERIODO DE INDEMNIZACIÓN. Es el periodo que se inicia en la fecha del siniestro y dentro de la vigencia de la cobertura y que termina al transcurrir el numero de meses estipulados en ella, dentro de cuyo periodo pueden quedar afectados el local o los locales asegurados como consecuencia del referido siniestro y sin quedar limitado por la fecha de expiración de la vigencia de la Póliza
PERIODO DE INDEMNIZACIÓN. Para efectos de la cobertura otorgada por la Sección III – Incremento en el Costo de Operación, es el periodo que se inicia en el momento en que se ponga en uso el o los equipos de procesamiento electrónico de datos que suplan al o a los equipos de procesamiento electrónico de datos dañados o perdidos, y termina cuando el o los equipos de procesamiento electrónico de datos dañados o perdidos sean reparados o repuestos, pero nunca más tarde que a los seis (6) meses de iniciado dicho Periodo de Indemnización.
PERIODO DE INDEMNIZACIÓN. Se entiende como aquel periodo en que se interrumpen los negocios derivados de un evento cubierto en la maquinaria asegurada, iniciando al momento en que ocurre el evento y manteniéndose mientras los resultados del negocio estén afectados directamente a causa del mismo.
PERIODO DE INDEMNIZACIÓN. Sin perjuicio de cualquier disposición en sentido contrario contenida en el Contrato, las indemnizaciones establecidas en esta Cláusula 27 sobrevivirán a la Fecha de Culminación Final o la fecha de terminación del Contrato, quedando vigentes hasta el vencimiento del plazo de prescripción más largo establecido por las Leyes aplicables contado a partir de la Fecha de Culminación Final o la fecha de terminación del Contrato, lo que ocurra primero.
PERIODO DE INDEMNIZACIÓN. Un período que no puede exceder el límite de Período de Indemnización fijado en el Cuadro de Póliza, que empieza al ocurrir el evento que ocasiona el daño directo a los bienes asegurados bajo la subsección “F” y durante el cual los resultados del negocio serán afectados consecuencialmente; sin embargo, LA COMPAÑÍA ASEGURADORA no será responsable por la cantidad de pérdida sufrida durante el. 3.2.3.
PERIODO DE INDEMNIZACIÓN. Para pérdidas con- secuenciales, es el periodo que se inicia en la fecha del siniestro y dentro de la vigencia de la cobertura,