PLAZO PARA PRONUNCIARSE SOBRE EL DERECHO DEL ASEGURADO. El Asegurador debe pronunciarse acerca del derecho del Asegurado dentro de los (30) treinta días de recibida la información complementaria prevista para la denuncia del siniestro. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funde (Art. 1597 C. Civil).
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Samples: Insurance Policy, Póliza De Seguro De Responsabilidad Civil, Seguros Patrimoniales
PLAZO PARA PRONUNCIARSE SOBRE EL DERECHO DEL ASEGURADO. El Asegurador debe pronunciarse acerca del derecho del Asegurado dentro de los (30) treinta días de recibida la información complementaria prevista para la denuncia del siniestro. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funde (Art. 1597 C. Civil).. ANTICIPO
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Samples: Seguro De Robo De Valores en Caja Fuerte, Seguros Patrimoniales, Seguro De Viviendas
PLAZO PARA PRONUNCIARSE SOBRE EL DERECHO DEL ASEGURADO. El Asegurador debe pronunciarse acerca del derecho del Asegurado dentro de los (30) treinta días de recibida la información complementaria prevista para la denuncia del siniestro. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funde (Art. 1597 C. CivilC.Civil).
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Samples: Insurance Policy, Seguro De Responsabilidad Civil, Seguro De Riesgos Varios Combinado Familiar
PLAZO PARA PRONUNCIARSE SOBRE EL DERECHO DEL ASEGURADO. El Asegurador debe pronunciarse acerca del derecho del Asegurado dentro de los (303O) treinta días de recibida la información complementaria prevista para la denuncia del siniestro. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funde (Art. 1597 C. Civil).
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Samples: Robo Y Asalto, Seguro De Automóviles, Seguro Colectivo De Vida
PLAZO PARA PRONUNCIARSE SOBRE EL DERECHO DEL ASEGURADO. El Asegurador debe pronunciarse acerca del derecho del Asegurado dentro de los (30) treinta días de recibida la información complementaria prevista para la denuncia del siniestro. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funde aceptación (Art. 1597 C. Civil).
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Samples: Seguro De Transporte De Mercaderías, Seguro De Caución
PLAZO PARA PRONUNCIARSE SOBRE EL DERECHO DEL ASEGURADO. El Asegurador debe pronunciarse acerca del derecho del Asegurado dentro de los (30) treinta días de recibida la información complementaria prevista para la denuncia del siniestro. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funde (Art. 1597 C. Civil).. ANTICIPO
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Samples: Robo, Fidelidad De Empleados
PLAZO PARA PRONUNCIARSE SOBRE EL DERECHO DEL ASEGURADO. El Asegurador debe pronunciarse acerca del derecho del Asegurado Asegurado, dentro de los (30) treinta días de recibida la información complementaria prevista para la denuncia del siniestro. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funde (Art. 1597 C. CivilC.Civil).
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Samples: Insurance Policy, Seguro De Robo Y Riesgos Similares
PLAZO PARA PRONUNCIARSE SOBRE EL DERECHO DEL ASEGURADO. El Asegurador debe pronunciarse acerca del derecho del Asegurado dentro de los (30) treinta días de recibida la información complementaria prevista para la denuncia del siniestro. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funde funde. (Art. 1597 C. Civil).. ANTICIPO
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Samples: Insurance Policy, Cobranza De Premios Para Seguros Elementales O Patrimoniales
PLAZO PARA PRONUNCIARSE SOBRE EL DERECHO DEL ASEGURADO. El Asegurador debe pronunciarse acerca del derecho del el Asegurado dentro de los (30) treinta días de recibida la información complementaria prevista para la denuncia del siniestro. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funde aceptación (Art. 1597 1.597 C. Civil).
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Samples: Insurance Policy
PLAZO PARA PRONUNCIARSE SOBRE EL DERECHO DEL ASEGURADO. El Asegurador debe pronunciarse acerca del derecho del Asegurado dentro de los treinta (30) treinta días de recibida la información complementaria prevista para a que se refiere la denuncia del siniestroCláusula precedente. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funde aceptación (Art. 1597 C. Civil56 de la L. de S.).
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PLAZO PARA PRONUNCIARSE SOBRE EL DERECHO DEL ASEGURADO. El Asegurador debe pronunciarse acerca del derecho del Asegurado dentro de los (30) treinta días de recibida la información complementaria prevista para la denuncia del siniestroa que se refiere el Artículo precedente. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funde (Art. 1597 C. Civil).
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PLAZO PARA PRONUNCIARSE SOBRE EL DERECHO DEL ASEGURADO. El Asegurador debe pronunciarse acerca del derecho del Asegurado dentro de los (30) treinta días de recibida la información complementaria prevista para la denuncia del siniestro. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funde aceptación (Art. 1597 C. Civil).. ANTICIPO
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Samples: Contract for Supply and/or Public or Private Services
PLAZO PARA PRONUNCIARSE SOBRE EL DERECHO DEL ASEGURADO. El Asegurador debe pronunciarse acerca del derecho del el Asegurado dentro de los (30) treinta días de recibida la información complementaria prevista para la denuncia del siniestro. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funde aceptación (Art. 1597 1.597 C. Civil).. ANTICIPO
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Samples: Insurance Contract
PLAZO PARA PRONUNCIARSE SOBRE EL DERECHO DEL ASEGURADO. El Asegurador debe pronunciarse acerca del derecho del Asegurado dentro de los (30) treinta días de recibida la información complementaria prevista para la denuncia del siniestro. La omisión de pronunciarse importa aceptación. En caso de negativa, deberá enunciar todos los hechos en que se funde aceptación (Art. 1597 C. Civil).
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Samples: Seguro De Caución