Prestaciones especiales. Las prestaciones especiales cubiertas por esta Póliza son las siguientes:
Prestaciones especiales. Art. 31°.- Formación.- El personal que, con motivo de cambios de tecnología, métodos o trabajos, tenga la necesidad de nuevos conocimientos o de reciclar los ya adquiridos, a juicio de la Dirección, deberá asistir a los cursos o seminarios que la Empresa organice. En caso de que estos se realicen fuera del horario de trabajo, se le abonarán las horas de asistencia con los importes correspondientes a la Retribución horaria de su grado de valoración. Estas horas no tendrán, en ningún caso, la consideración de extraordinarias.
Prestaciones especiales. El fondo total máximo para cubrir las necesidades apremiantes se establece a partir del año 2021 en 15.000€. Esta prestación consiste en la concesión de un anticipo de 600€ a devolver en 12 mensualidades. Mensualmente la Empresa informará al Comité de la misma de la situación económica de este fondo.
Prestaciones especiales. (Adaptado al IV Convenio Laborales)
Prestaciones especiales. Art. 32 Ayuda a los trabajadores con familiares hasta 1º grado, disminuidos físi- cos ó psíquicos a su cargo
Prestaciones especiales. Artículo 27.—Licencias y permisos Para todos los apartados recogidos en este artículo el término cónyuge se hace ex- tensivo a compañero/a, siempre que se presente el certificado de convivencia. El personal previo aviso de por lo menos 48 horas y justificación previa o posterior, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración y contado como tiempo efec- tivamente trabajado, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
Prestaciones especiales. CVE-2017-11656
Prestaciones especiales. Con motivo de la celebración de actos oficiales, feriales, culturales, sociales, cívicos y similares en edificios y dependencias municipales previstos o no en el presente pliego, o cuando circunstancias de especial relevancia lo aconsejen, el servicio habrá de realizar las limpiezas especiales que se señalen por el Ayuntamiento.
Prestaciones especiales. Las prestaciones especiales cubiertas por esta Póliza son las siguientes: PCG-SALUDPROFESIONAL-FAMILIA/EMPRESA-V1 JUNIO 2020
Prestaciones especiales. Tratamientos pulpares (endodoncias) de las piezas dentarias permanentes con lesiones pulpares irreversibles que puedan ser reparadas. En caso de no poder ser reparadas se realizará su exodoncia. • Endodoncia unirradicular. • Endodoncia birradicular. • Endodoncia multirradicular. • Apicoformación unirradicular. • Apicoformación birradicular. • Apicoformación multirradicular. • Muñón metálico colado en dientes unirradiculares. • Muñón metálico colado en dientes multirradiculares. • Las ortopantomografías que fueran necesarias, serán tramitadas a través del Servicio Canario de la Salud a través del aplicativo SICH, siendo sus indicaciones y exclusiones especificadas en los protocolos aprobados por la Dirección General de Programas Asistenciales, con el visto bueno de los Colegios. • También se tramitaran a través del aplicativo SICH las derivaciones a cirugía- maxilofacial de aquellos pacientes que lo requiriesen. • Las urgencias serán atendidas por el colegiado que voluntariamente participe en la ejecución del Programa realizando el tratamiento oportuno, recabándose la autorización posterior del Servicio Canario de la Salud. • El menor podrá ser derivado a la Unidad de Salud Oral (USO) que le corresponda si el dentista lo considera oportuno en los siguientes supuestos: • Los menores que por problemas de discapacidad deban ser atendidos bajo anestesia general,serán derivados a través del aplicativo SICH por la propia clínica una vez dado de alta el paciente (ya sea una USO o una consulta privada). Dicha derivación tendrá que tener la autorización de la Dirección de Área de Salud correspondiente, siendo esta la encargada de tramitarla al Servicio de Admisión hospitalario que corresponda.