Common use of Principios generales Clause in Contracts

Principios generales. Las partes acuerdan como criterio y principio básico de interpretación, al que deberán ajustarse las relaciones laborales del personal comprendido dentro del presente convenio colectivo de trabajo, el de alcanzar resultados en un ámbito laboral que permita la evolución y el desarrollo personal del trabajador, bajo justas y adecuadas condiciones de trabajo y digna remuneración. En todos los casos se preservará la dignidad del trabajador, por lo que las funciones y tareas que se mencionan en el presente convenio colectivo de trabajo deberán interpretase en todos los casos según los principios de solidaridad y colaboración, que aseguren continuidad, seguridad, calidad y eficiencia en el servicio público que prestan las Instituciones Universitarias nacionales. La aplicación de estos principios no podrá efectuarse de manera que comporte una disminución salarial o un ejercicio irrazonable de esta facultad, o cause un perjuicio material o moral al trabajador, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente, ni responda a formas ocultas o indirectas de sanción. El empleador deberá capacitar al personal para que haga uso de sus capacidades para desarrollar diversas tareas, oficios o roles, que se requieran para poder cumplir con la misión asignada, ya sea en forma accesoria, complementaria o afín.

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Samples: Convenio Colectivo Para El Sector No Docente De Las Instituciones Universitarias Nacionales, Convenio Colectivo Para El Sector No Docente De Las Instituciones Universitarias Nacionales, Convenio Colectivo Para El Sector No Docente De Las Instituciones Universitarias Nacionales

Principios generales. Las partes acuerdan como criterio y principio básico de interpretación, interpretación al que deberán ajustarse las relaciones laborales del personal comprendido dentro del presente convenio colectivo Convenio Colectivo de trabajoTrabajo, el de alcanzar resultados en un ámbito laboral que permita la evolución y el desarrollo personal del trabajador, bajo justas y adecuadas con dignas condiciones de trabajo y digna justa remuneración. En todos los casos se preservará la dignidad del trabajador, por lo que las funciones y tareas que se mencionan en el presente convenio colectivo Convenio Colectivo de trabajo Trabajo, deberán interpretase interpretarse en todos los casos según los principios de solidaridad y colaboración, que aseguren continuidad, seguridad, calidad y eficiencia en el servicio público que prestan las Instituciones Universitarias nacionales. presta la U.T.N.. La aplicación de estos principios no podrá efectuarse de manera que comporte una disminución salarial o un ejercicio irrazonable de esta facultad, facultad o cause un perjuicio material o moral al trabajador, trabajador de conformidad con lo establecido en la legislación vigente, ni responda a las formas ocultas o indirectas de sanción. El empleador deberá capacitar al personal para que haga uso de sus capacidades para desarrollar diversas tareas, oficios o roles, que se requieran para poder cumplir con la misión asignada, ya sea en una forma accesoria, complementaria o afín.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Principios generales. Las partes acuerdan como criterio y principio básico de interpretación, al que deberán ajustarse las relaciones laborales del personal comprendido dentro del presente convenio colectivo de trabajo, el de alcanzar resultados en un ámbito laboral que permita la evolución y el desarrollo desarro- llo personal del trabajador, bajo justas y adecuadas condiciones de trabajo y digna remuneración. En todos los casos se preservará la dignidad del trabajadortrabaja- dor, por lo que las funciones y tareas que se mencionan en el presente convenio conve- nio colectivo de trabajo deberán interpretase en todos los casos según los principios prin- cipios de solidaridad y colaboración, que aseguren continuidad, seguridad, calidad cali- dad y eficiencia en el servicio público que prestan las Instituciones Universitarias Universita- rias nacionales. La aplicación de estos principios no podrá efectuarse de manera que comporte una disminución salarial o un ejercicio irrazonable de esta facultad, o cause un perjuicio material o moral al trabajador, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente, ni responda a formas ocultas o indirectas de sanción. El empleador deberá capacitar al personal para que haga uso de sus capacidades capacida- des para desarrollar diversas tareas, oficios o roles, que se requieran para poder po- der cumplir con la misión asignada, ya sea en forma accesoria, complementaria complementa- ria o afín.

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Samples: Convenio Colectivo Para El Sector No Docente De Las Institucio Nes Universitarias Nacionales