CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD Cláusulas de Ejemplo

CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD. Usted acepta cumplir todas las leyes y reglamentos aplicables que puedan regir el uso de este Software Licenciado y acepta indemnizar y eximir de responsabilidades a la Empresa de y contra cualesquier reclamaciones, daños, pérdidas u obligaciones que pueda sufrir o en que pueda incurrir la empresa como consecuencia del incumplimiento del usuario.
CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD. 6.2. Respeto por los derechos humanos
CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD. Cumplimos las leyes vigentes en los países donde desarrollamos nuestra actividad y observamos un comportamiento ético en todas nuestras actuaciones. Asimismo, cumplimos con la normativa interna de Prosegur y sus reglamentos de conducta. En caso de ser necesario, solicitamos la información que precisamos a través de nuestro superior jerárquico o de las instancias señaladas para tal fin. No colaboramos con terceros en la violación de ninguna ley, ni participamos en ninguna actuación que comprometa el respeto al principio de legalidad. Desarrollamos nuestras actividades de acuerdo con la legislación aplicable en materia de defensa de la competencia y competencia desleal, desarrollando exclusivamente prácticas estrictamente legales y éticas. Cumplimos las normas previstas en materia de prevención de blanqueo de capitales y las instrucciones dictadas en aplicación de las mismas. Asumimos el compromiso de manejar la información personal de una manera responsable y cumpliendo con la legislación de protección de datos y confidencialidad aplicable en cada país. Elaboramos la información financiera de una forma íntegra, clara y exacta, utilizando para ello los registros contables apropiados y para su difusión canales de comunicación transparentes que permitan al mercado, y en especial a nuestros accionistas e inversores, tenerla permanentemente a su disposición. Promovemos el respeto por los derechos humanos como elemento imprescindible en el desarrollo de nuestras actividades. Como empresa de referencia del sector de la seguridad privada, nos preocupamos por respetar en nuestras prácticas y procedimientos la aplicación de los derechos enunciados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. El capital humano es el activo fundamental de Prosegur. Por ello, impulsamos el principio de igualdad de trato y el respeto entre empleados. Velamos para que nadie sea discriminado en materia de empleo y ocupación. Además, no empleamos a nadie que esté por debajo de la edad legal. Tenemos la obligación de tratar de forma justa y respetuosa a nuestros compañeros, a nuestros superiores y a nuestros subordinados. No permitimos ninguna forma de acoso o abuso físico, sexual, psicológico o verbal. Apoyamos la eliminación de trabajos forzosos o bajo coacción. Respetamos las horas de trabajo y los horarios, facilitando el necesario equilibrio entre la vida profesional y la vida personal. De la misma forma, las relaciones co...
CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD. El Ayuntamiento de Torrelaguna será riguroso con el adjudicatario en la exigencia de los deberes legales en su relación con el servicio contratado. A tal efecto comprobará el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la legislación laboral o cualquier otra norma vinculada a este contrato. El Ayuntamiento de Torrelaguna, se reserva el derecho de exigir la sustitución de cualquier persona adscrita al servicio por motivos de mal comportamiento, incapacidad para desarrollar su trabajo de forma normal, alteración del orden, desobediencia u otras causas justificadas.
CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD. El Ayuntamiento de Cercedilla será riguroso con el adjudicatario en la exigencia de los deberes legales en su relación con el servicio contratado. A tal efecto comprobará el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la legislación laboral o cualquier otra norma vinculada a este contrato. El Ayuntamiento de Cercedilla, se reserva el derecho de exigir la sustitución de cualquier persona adscrita al servicio por motivos de mal comportamiento, incapacidad para desarrollar su trabajo de forma normal, alteración del orden, desobediencia u otras causas justificadas.
CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD. El SEPE será riguroso en la exigencia de los deberes legales que el adjudicatario tenga en su relación con el servicio contratado. A tal efecto comprobará el cumplimiento de las obligaciones derivadas, de la legislación laboral o cualquier otra norma vinculada a este contrato.
CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD. El Servicio Regional de Empleo queda facultado para comprobar el cumplimiento por la adjudicataria de sus deberes legales en cuanto se refiere al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la legislación laboral o cualquier otra normativa que sea de aplicación.
CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD. El SPEE, será riguroso en la exigencia de los deberes legales que el adjudicatario tenga en su relación con el servicio contratado. A tal efecto comprobará el cumplimiento de las obligaciones derivadas, de la legislación laboral o cualquier otra norma vinculada a este contrato. Trimestralmente la empresa adjudicataria entregará al SPEE (Servicio de Prevención) copia de los documentos TC-1 y TC-2, acreditativos de haber cumplido sus obligaciones de cotización, respecto a los trabajadores del servicio contratado. Por otra parte tendrá a disposición de los usuarios las preceptivas "hojas de reclamaciones" cuya existencia se anunciará en lugar visible. De las reclamaciones que se reciban, se remitirá un ejemplar debidamente informado a la Subdirección General de Recursos y Organización, área de Asuntos Generales.
CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD. El Servicio Público de Empleo Estatal, será riguroso con el adjudicatario en la exigencia de los deberes legales en su relación con el servicio contratado. A tal efecto, comprobará el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la legislación laboral o cualquier otra norma vinculada a este contrato.

Related to CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.