Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento negociado sin publicidad, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos, de acuerdo con el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un solo criterio de adjudicación, que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, deberá ser necesariamente el del precio más bajo. -El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este Xxxxxx.
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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Adjudicación Del Contrato De Ejecución De La Obra De Pre Climatización De Espacio Expositivo De La Plaza De Toros De Baeza, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Adjudicación Del Contrato De Ejecución De La Obra De Instalación De Electricidad en Espacio Expositivo De La Plaza De Toros De Baeza
Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento negociado sin publicidad, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos, de acuerdo con el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un solo criterio de adjudicación, que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, deberá ser necesariamente el del precio más bajo. -El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este Xxxxxxpliego.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Adjudicación Del Contrato De Servicios De Mantenimiento Y Reparación De Los Ascensores Y Aparatos Elevadores Instalados en Edificios Del Ayuntamiento De Baeza, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Adjudicación Del Contrato De Servicios De Mantenimiento Y Reparación De Los Ascensores Y Aparatos Elevadores Instalados en Edificios Del Ayuntamiento De Baeza
Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento negociado sin publicidadabierto, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de contratación, tras efectuar consultas los términos del contrato con diversos candidatoslos licitadores, de acuerdo con el artículo 169.1 157 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector PúblicoTRLCSP. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá deberá atenderse a un solo criterio de adjudicaciónvarios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido TRLCSP y con la cláusula undécima de este Pliego. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la Ley oferta económicamente más ventajosa deberá atenderse a varios aspectos vinculados al objeto del contrato de Contratos conformidad con el art. 150 del Sector Público aprobado TRLCSP. De este modo, los aspectos a negociar son los que se detallan a continuación: el precio mejoras del contrato El órgano de contratación es el Alcalde. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por el Real Decreto Legislativo 3/2011razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de 14 de noviembreésta, deberá ser necesariamente el con sujeción a la Normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del precio más bajoderecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente. -El El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este Xxxxxxpliego. La tramitación el expediente será urgente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del TRLCSP, por finalizar el actual contrato el día 30 xx xxxxx de 2017.
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Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La La forma de adjudicación del contrato de obras de Construcción de Escuela Infantil será el procedimiento negociado sin publicidadcon publicidad y tramitación urgente, en el que la adjudicación recaerá en el candidato licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos, candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos de acuerdo con el artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Cuando concurran las circunstancias previstas en las letras a) y b) del artículo 170 del Texto Refundido anterior o en la letra a) del artículo 171, por el que se aprueba el texto refundido órgano de la Ley de Contratos del Sector Público. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará contratación deberá publicar un anuncio de licitación en la forma prevista en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; artículo 142 y cuando, siendo su cuantía inferior a la indicada en los artículos 171.d), el valor estimado sea superior a 200.000 euros, si se trata de conformidad con lo dispuesto en contratos de obras. Para la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para la valoración negociación de las proposiciones ofertas y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá deberá de atenderse a un solo criterio de adjudicaciónvarios aspectos directamente vinculados al objeto del contrato, que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 00 xx xxxxxxxxx x xxx xx xxxxxxxx xxxxxxxxx xx xxxx Pliego. A la vista del importe del contrato que asciende a 244.059,53 euros y 43.930,72 euros de IVA, el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, deberá ser necesariamente será el del precio más bajo. -El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este XxxxxxPleno Municipal.
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Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La La forma de adjudicación del contrato de Obras de acondicionamiento del tramo urbano de la antigua A-1504, en Cariñena será el procedimiento negociado sin publicidadabierto y con declaración de urgencia, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de contratación, tras efectuar consultas los términos del contrato con diversos candidatoslos licitadores, de acuerdo con el artículo 169.1 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, . Cód. Validación: AE4AS9L5MXNDTC94CEY3KLDC3 | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 24 La declaración de urgencia viene motivada por razones de interés público de una pronta ejecución de las obras objeto del contrato a fin de garantizar la seguridad en el tránsito de peatones que se aprueba el texto refundido produce entre dos importantes zonas xxx xxxxx urbano se estima la procedencia de la Ley declaración de Contratos del Sector Públicourgencia de las mismas. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un solo criterio de adjudicación, que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, deberá ser necesariamente el del precio más bajo. -El El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este Xxxxxxpliego.
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Samples: web.dpz.es
Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La La forma de adjudicación del contrato de la explotación del bar en el edificio de Estación de Autobuses de Peñarroya-Pueblonuevo será el procedimiento negociado sin publicidad, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatoscandidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos, de acuerdo con el artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. -No No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto 8A47CF3736A96A2D1FC1 Este documento es una copia en papel de facilitar la participación un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx (Validación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en documentos) Registro: Firmado por El Alcalde XXXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXX el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en 3/11/2017 Documento registrado Página1 pie_firma_corto_dipu_01 pie_registro_dipu_02 Según la disposición adicional séptima 7ª de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para la valoración "Transparencia en los procedimientos negociados sin publicidad”, en procedimientos negociados sin publicidad, se debe publicar en su perfil del contratante y simultáneamente al envío de las proposiciones y la determinación solicitudes de la oferta económicamente más ventajosa ofertas a las que se atenderá a un solo criterio de adjudicación, que de conformidad con refiere el artículo 150.1 178.1 del Texto Refundido TRLCSP, un anuncio, al objeto de facilitar la Ley participación de Contratos del Sector Público aprobado otros posibles licitadores, no pudiendo rechazarse las ofertas que presenten los licitadores que no hayan sido invitados exclusivamente por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, deberá ser necesariamente el del precio más bajo. -El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este Xxxxxxdicha circunstancia.
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Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La La forma de adjudicación del contrato de servicios de organización y explotación de los espectáculos taurinos a celebrar en Moraleja durante las Fiestas de San Buenaventura de 2017, con base al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares será el procedimiento negociado sin publicidadabierto, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatoslos términos del contrato, de acuerdo con el artículo 169.1 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un solo criterio de adjudicaciónvarios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y con lo establecido en la cláusula novena del presente Pliego. A la vista del importe del contrato que asciende a 80.000,00€ euros y 16.800,00 euros de IVA, el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, deberá ser necesariamente será el Alcalde, puesto que su importe no supera el 10% de los recursos ordinarios del precio más bajo. -El órgano presupuesto y en virtud de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible la Delegación efectuada por Resolución de acuerdo con los criterios que figuran en este XxxxxxAlcaldía de fecha 17 xx xxxxx de 2015 la Junta de Gobierno Local.
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Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La La forma de adjudicación del contrato de servicios de “FORMACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DE LOS CERTIFICADOS PROFESIONALES ASOCIADOS A LA CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN A ESTE AYUNTAMIENTO EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL PARA APRENDICES DEL PLAN DE EMPLEO JOVEN DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA JARDINERÍA Y LIMPIEZA”, será el procedimiento negociado sin publicidadabierto, por xxxxx, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatoslos términos del contrato, de acuerdo con el artículo 169.1 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un solo criterio de adjudicaciónvarios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, deberá ser necesariamente noviembre y con lo establecido en el del precio más bajoAnexo I de los pliegos de condiciones. -El El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este Xxxxxxpliego.
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Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La Cód. Validación: 9MZX9HSL32T34YF3DF2PMD7DE | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 27 La forma de adjudicación del contrato de obras de PROCEDIMIENTO NECOCIADO CON PUBLICIDAD será el procedimiento negociado sin con publicidad, en el que la adjudicación recaerá en el candidato licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos, candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos de acuerdo con el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un solo criterio de adjudicación, que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Cuando concurran las circunstancias previstas en las letras a) y b) del artículo 170 del Texto Refundido anterior o en la letra a) del artículo 171, el órgano de contratación deberá ser necesariamente publicar un anuncio de licitación en la forma prevista en el del precio más bajoartículo 142 y cuando, siendo su cuantía inferior a la indicada en los artículos 171.d), el valor estimado sea superior a 200.000 euros, si se trata de contratos de obras. -El El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este Xxxxxxpliego. A la vista del importe del contrato que asciende a , el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, será e1 AYUNTAMIENTO PLENO puesto que los recursos ordinarios que ascienden a 2.231.729,57 € del presupuesto de este Ayuntamiento y superan el 10 % de los mismos pero no la cuantía de seis millones de euros.
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Samples: www.puntagorda.es
Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La La forma de adjudicación del contrato por arrendamiento del servicio de Kiosko Bar del Parque municipal de Alcuéscar, será el procedimiento negociado sin publicidadabierto, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatoslos términos del contrato, de acuerdo con el artículo 169.1 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. El Ayuntamiento es titular del servicio que presta de forma indirecta, por mediante el arrendamiento de las instalaciones, ostentando este servicio en todo momento, la calificación del servicio público del Ayuntamiento, cuya competencia tiene atribuida, lo que justifica el control de su gestión y la inspección del servicio en todo momento, conservando los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha del servicio de que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Públicotrata, que puede ser modificado y suprimido. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un solo criterio de adjudicaciónvarios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembrenoviembre y con lo establecido en la cláusula décima del presente Pliego, deberá ser necesariamente el del precio más bajoTRAMITACION URGENTE. -El [El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este Xxxxxxpliego].
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Samples: bop.dip-caceres.es
Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La La forma de adjudicación del contrato de obras de Pavimentación y mejora de redes en Torre del Bierzo: Calle las Llamas y c/ El Olivo en la localidad de Albares de la Xxxxxx, será el procedimiento negociado sin publicidadabierto, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de contratación, tras efectuar consultas los términos del contrato con diversos candidatoslos licitadores, de acuerdo con el artículo 169.1 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un solo criterio de adjudicaciónal precio como único criterio, que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, deberá ser necesariamente el del precio más bajo. -El órgano Se aplicará el trámite de urgencia regulado en los artículo 112 y 144 del TRLCSP, al ser preciso acelerar la adjudicación del contrato por razones de interés público, por el siguiente motivo: - El contrato se financia con aportación de la Diputación Provincial xx Xxxx al amparo del Plan Provincial de Cooperación Local 2017 que impone al Ayuntamiento la obligación de ejecutar y justificar la obra antes del 15 de noviembre de 2017, por lo que dado el plazo de ejecución de las obras resulta imprescindible acelerar al máximo los trámites de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con las obras para poder dar cumplimiento a los criterios que figuran en este Xxxxxxplazos impuesto de ejecución y justificación.
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Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La La forma de adjudicación del contrato de suministro de CARRETILLA ELEVADORA DE MOTOR GLP PARA EL SERVICIO MUNICIPAL, MATRICULADO Y LISTO PARA CIRCULAR POR LAS VÍAS PÚBLICAS en la modalidad de leasing será el procedimiento negociado sin publicidadabierto, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatoslos términos del contrato, de acuerdo con el artículo 169.1 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá deberá de atenderse a un solo criterio de adjudicaciónvarios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 00 xx xxxxxxxxx x xxx xx xxxxxxxx xxxxxx xx xxxx Pliego. Con el fin de noviembreasegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, deberá ser necesariamente y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el del precio más bajo. -El órgano Perfil de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición Contratante al que sea admisible de acuerdo con los criterios se tendrá acceso según las especificaciones que figuran se regulan en este Xxxxxxlas páginas web siguientes: xxx.xxxxxxx.xxx y xxx.xxxxxxx-xxxxxxxx.xxx.
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Samples: alegria-dulantzi.eus
Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La La forma de adjudicación del contrato de gestión del servicio público de “Explotación de la Piscina Municipal y Bar para los años 2016 a 2019”, ambos inclusive xx Xxxxxxxx será el procedimiento negociado sin publicidadabierto, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatoslos términos del contrato, de acuerdo con el artículo 169.1 157 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011,de 14 de noviembre. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá deberá de atenderse a un solo criterio de adjudicaciónvarios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público DILIGENCIA…/ La pongo yo, el Secretario Accidental, para hacer constar que el presente Xxxxxx que antecede, ha sido aprobado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento en sesión ordinaria de 1 xx xxxxx de 2.016. Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, deberá ser necesariamente el del precio más bajoy con la cláusula décima de este Pliego. -El El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este Xxxxxx.pliego.-
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Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La La forma de adjudicación del contrato del servicio de MANTENIMIENTO XX XXXXXXXX PASEO DE LA CULTURA será el procedimiento negociado sin publicidad, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatoscandidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos, de acuerdo con el artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. De acuerdo con la Disposición Adicional Xxxxxxx xx xx Xxx 0/0000 xx 00 xx xxxxx xx Transparencia de Andalucía, por a partir del 30 xx xxxxx del 2015, será obligatorio publicar los Procedimientos Negociados sin Publicidad en el que se aprueba el texto refundido Perfil del Contratante. Al objeto de la Ley de Contratos del Sector Público. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose asegurar la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, No obstante se publicará el anuncio de licitación en el Perfil perfil del Contratante del contratante de este Ayuntamiento; , al objeto de conformidad cumplir con lo dispuesto en la disposición adicional séptima las exigencias de publicidad activa derivadas de la Ley 1/2014normativa vigente en materia de transparencia. Habiendo vencido con fecha 18 xx xxxxx de 2016, el plazo de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para transposición a la valoración de las proposiciones y la determinación normativa estatal de la oferta económicamente más ventajosa Directiva 2014/24/UE, sin que ésta se atenderá a un solo criterio de adjudicaciónhaya efectuado, que de conformidad con se sigue aplicando el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, deberá ser necesariamente el del precio más bajo. -El órgano en la regulación de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este Xxxxxxprocedimientos negociados sin publicidad.
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Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La La forma de adjudicación del contrato de servicios será el procedimiento negociado sin publicidadabierto, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano toda empresa interesada podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatoslos términos del contrato, de acuerdo con el artículo 169.1 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa ventajosa, se atenderá a un solo criterio de adjudicaciónvarios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, deberá ser necesariamente el del precio más bajonoviembre (en lo sucesivo TRLCSP). -El El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este Xxxxxxpliego. El órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, será la Junta de Gobierno Local dada la condición de municipio de gran población de Dos Hermanas de acuerdo con el título X de la ley 7/85 de 2 xx xxxxx Reguladora de Bases de Régimen Local.
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Samples: sede.doshermanas.es
Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La La forma de adjudicación del contrato de seguros de daños de bienes públicos del Ayuntamiento xx Xxxxx y sus organismos autónomos será el procedimiento negociado sin publicidadabierto, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatoslos términos del contrato, de acuerdo con el artículo 169.1 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un solo criterio de adjudicaciónvarios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembrenoviembre y con lo establecido en la cláusula novena del presente Pliego. pie_firma_corto_dipu_01 2ED20D091E3C992C81D2 Este documento constituye el resguardo del original del registro del Ayuntamiento xx Xxxxx. Podrá verificarse en xxx.xxxxx.xx Firmado por SR. ALCALDE XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX el 8/2/2017 Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, deberá ser necesariamente y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el del precio más bajo. -El órgano Perfil de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición Contratante al que sea admisible de acuerdo con los criterios se tendrá acceso según las especificaciones que figuran se regulan en este Xxxxxxla página web siguiente: xxx.xxxxx.xx.
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Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La La forma de adjudicación del contrato de la explotación del bar en el edificio de Estación de Autobuses de Peñarroya-Pueblonuevo será el procedimiento negociado sin publicidadabierto, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatoslos términos del contrato, de acuerdo con el artículo 169.1 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un solo criterio de adjudicación, que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, deberá ser necesariamente el del precio más bajoalto. -El Se eligirá al licitador que oferte un precio más alto. En caso de empate el adjudicatario se decidirá por sorteo. Página1 pie_firma_corto_dipu_01 El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este Xxxxxx.pliego. (241)6C154615F6329B407 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx (Validación de documentos) Firmado por El Alcalde XXXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXX el 23/12/2016
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Samples: www.penarroyapueblonuevo.es
Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La La forma de adjudicación del contrato descrito será el procedimiento negociado sin con publicidad, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatoscandidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos, de acuerdo con el artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por . Cuando el que se aprueba importe del contrato sea superior a 60.000 euros el texto refundido órgano de contratación deberá publicar un anuncio de licitación en la forma prevista en el artículo 142 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en aprobado por el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014Real Decreto Legislativo 3/2011, de 24 xx xxxxx, 14 de Transparencia Pública de Andalucíanoviembre. -Para Para la valoración negociación de las proposiciones ofertas y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá deberá de atenderse a un solo criterio de adjudicaciónvarios aspectos directamente vinculados al objeto del contrato, que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 00 xx xxxxxxxxx x xxx xx xxxxxxxx xxxxxxxx xx xxxx Pliego. A la vista del importe del contrato que asciende a 89.256,20 euros y 18.743,80 euros de IVA, el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, deberá ser necesariamente será el del precio más bajo. -El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este XxxxxxAlcalde-Presidente.
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Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento negociado sin publicidad, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos, de acuerdo con el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un solo criterio de adjudicaciónvarios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, deberá ser necesariamente el y con lo establecido en la cláusula VII del precio más bajopresente Xxxxxx. -El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este Xxxxxxpliego.
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Procedimiento de Selección y Adjudicación. -La La forma de adjudicación del contrato administrativo especial de EXPLOTACION DE BAR.MANTENIMIENTO,LIMPIEZA Y VIGILANCIA DE LAS PISCINAS MUNICIPALES DE AZAILA (XXXXXX).TEMPORADA 2014 , será el procedimiento negociado sin publicidadabierto, en el que todo interesado podrá presentar una proposición ,quedando excluida toda la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano negociación de contratación, tras efectuar consultas los términos del contrato con diversos candidatos, los licitadores de acuerdo con el artículo 169.1 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. -No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. -No obstante, al objeto de facilitar la participación de otros posibles licitadores, se publicará anuncio de licitación en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento; de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía. -Para Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un solo criterio de adjudicación, adjudicación que de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, 3/2011 de 14 de noviembre, noviembre deberá ser necesariamente el del mejor precio más bajoofertado. -El El órgano de contratación licitación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o ó proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este Xxxxxxpliego. El órgano de contratación asegura la transparencia y el acceso público a la información relativa a sus actividad contractual y por lo tanto la concurrencia mediante publicación de bandos ó anuncios en el Tablón de anuncios de la Casa Consistorial y lugares de costumbre .
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