PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS Cláusulas de Ejemplo

PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS. Presupuestos a solicitar para la adjudicación contratos basados • Pedidos inferiores o por importes igual a 5.000,00 € (IVA excluido) al menos un presupuesto • Pedidos por importes superiores a 5.000,00 € (IVA excluido) al menos tres presupuestos • Pedidos por importes superiores a 15.000,00 € (IVA excluido) habrá de solicitarse presupuesto a todos los adjudicatarios del AM o Lote en su caso Criterios para seleccionar ofertas: • Cuando se estime que no es preciso ningún otro para la adjudicación, el criterio exclusivo del precio. • En casos que requieran o se considere conveniente considerar otros aspectos, se utilizarán, además del precio, todos o algunos de los criterios que se establecieron en el Anexo III del propio Acuerdo Marco.
PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS. El contrato no supone exclusividad por parte de la US con las empresas adjudicatarias en relación con los productos en él incluidos, ni determina la imposibilidad de convocar nuevos procedimientos de contratación al margen del acuerdo en supuestos específicos. Podrán formalizar contratos basados en el presente Acuerdo Marco cualesquiera de los centros, departamentos, servicios y demás Centros de Coste de la Universidad xx Xxxxxxx, debiendo el adjudicatario proceder a la entrega, montaje e instalación, en su caso, de todos aquellos modelos ofertados que le sean solicitados, en el lugar que se le indique y dentro del plazo comprometido en su proposición. Se establecerá un plazo de 3 días naturales para presentar las ofertas. No obstante, se dará un plazo mayor si concurren factores de complejidad. El contrato se adjudicará al licitador que haya presentado la mejor oferta, valorada según los criterios que se detallan a continuación y en los documentos de la licitación y ajustados a cada actuación concreta. Presupuestos a solicitar para la adjudicación contratos basados - Pedidos inferiores o por importes igual a 5.000,00 € (IVA excluido) al menos un presupuesto - Pedidos por importes superiores a 5.000,00 € (IVA excluido) al menos tres presupuestos - Pedidos por importes superiores a 15.000,00 € (IVA excluido) habrá de solicitarse presupuesto a todos los adjudicatarios del AM o Lote en su caso Criterios para seleccionar ofertas: Cuando se estime que no es preciso ningún otro para la adjudicación, el criterio exclusivo del precio. En casos que requieran o se consideren conveniente otros aspectos: Precio Garantía Plazo entrega Criterios valorados mediante juicio de valor: Tales como: Diseño, estética y funcionalidad/valor técnico de la propuesta asignando mayor puntuación a aquellas características que superen las descritas en el Pliego de Prescripciones Técnicas redactado al efecto para cada contrato basado. En la licitación de cada contrato basado se establecerá la puntuación a otorgar a cada uno de los criterios establecidos. En cualquier caso, los criterios de juicio de valor no superarán los 50 puntos. Las empresas adjudicatarias tendrán la obligación de preparar los presupuestos que se le soliciten.
PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS. 1) El (Ayuntamiento, Diputación Provincial, Cabildo Insular…) de realizará todas las contrataciones del/de los suministro/s y servicio/s comprendidos en el objeto del Acuerdo Marco (o acuerdos marco), a través del mismo. Cuando el (Ayuntamiento, Diputación Provincial, Cabildo Insular…) de
PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS. 1) El órgano de contratación para la adjudicación de los contratos basados en acuerdos marco del sistema estatal de contratación centralizada será el previsto en las normas generales aplicables a la entidad adherida, conforme establece el artículo 229.6 de la realización de todas las actuaciones relativas al proceso de licitación de aquéllos conforme a los pliegos que rigen el acuerdo marco, las instrucciones que la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación dicte al respecto y lo establecido en el documento de licitación. Cuando en las normas e instrucciones que rigen el Acuerdo Xxxxx, se efectúe alguna referencia a los umbrales de los contratos de suministro o de servicios sujetos a regulación armonizada, se entenderá que son los establecidos para el Estado, en la Ley de Contratos del Sector Público.
PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS. Presupuestos a solicitar para la adjudicación contratos basados • Pedidos inferiores o por importes igual a 5.000,00 € (IVA excluido) al menos un presupuesto • Pedidos por importes superiores a 5.000,00 € (IVA excluido) al menos tres presupuestos • Pedidos por importes superiores a 15.000,00 € (IVA excluido) habrá de solicitarse presupuesto a todos los adjudicatarios del AM o Lote en su caso Criterios para seleccionar ofertas: • Cuando se estime que no es preciso ningún otro para la adjudicación, el criterio exclusivo del precio. En casos que requieran o se considere conveniente considerar otros aspectos, se utilizarán, además del precio, todos o algunos de los criterios que se establecieron en el Anexo III del propio Acuerdo Marco. Las ofertas serán presentadas a la Universidad xx Xxxxxxx en un plazo no superior a 5 días hábiles, en el formato que se haya solicitado e incluyendo toda la documentación necesaria para su adecuada valoración. La entrega final del suministro se realizará en un máximo de 90 días desde la recepción de aceptación formal de su oferta conforme al contrato basado. Estos plazos se verán reducidos en función de las condiciones ofrecidas a las que se hubiera comprometido cada proveedor en la fase de adjudicación del acuerdo marco y en función del tipo de equipo suministrado.
PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS. Presupuestos a solicitar para la adjudicación contratos basados • Pedidos inferiores o por importe igual a 5.000,00 € (IVA excluido): al menos un presupuesto. • Pedidos por importes superiores a 5.000,00 € e inferiores e iguales a 15.000,00 € (IVA excluido): al menos tres presupuestos. Se concederá un plazo de 5 días naturales para su presentación. No obstante, el plazo será mayor si concurren factores de complejidad. • Pedidos por importes superiores a 15.000,00 € (IVA excluido): habrá que solicitarse presupuesto a todos los adjudicatarios del AM o lote, en su caso. Se concederá un plazo de 7 días naturales para su presentación. No obstante, el plazo será mayor si concurren factores de complejidad. Criterios para seleccionar ofertas: Se utilizarán los criterios que se establecen en el Anexo III del PCAP.
PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS. Presupuestos a solicitar para la adjudicación contratos basados • Pedidos inferiores o por importes igual a 5.000,00 € (IVA excluido) al menos un presupuesto • Pedidos por importes superiores a 5.000,00 € (IVA excluido) al menos tres presupuestos • Pedidos por importes superiores a 15.000,00 € (IVA excluido) habrá de solicitarse presupuesto a todos los adjudicatarios del AM o Lote en su caso Criterios para seleccionar ofertas: • Cuando se estime que no es preciso ningún otro para la adjudicación, el criterio exclusivo del precio. • En casos que requieran o se considere conveniente considerar otros aspectos, se utilizarán, además del precio, todos o algunos de los criterios que se establecieron en el Anexo III del propio Acuerdo Marco. Lote 1: Dado que es imposible, a priori, establecer las características de los servicios a realizar en cada momento (una petición puede incluir un solo servicio o varios combinados: desmontaje de mobiliario+traslado+punto limpio…), se solicitará, en cada caso, oferta al adjudicatario. Lote 2: Dado que este lote se concluirá con 3 empresas, siempre que sea posible conforme a los criterios contemplados en los Anexos del PCAP, la adjudicación de los contratos basados en el presente Acuerdo Xxxxx se realizará con nueva licitación, invitando a las empresas que formen parte del acuerdo.
PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS. Si el importe del contrato basado es inferior a 15.000,00 € (IVA excluido) se podrá adjudicar directamente a una de las empresas adjudicatarias, previa petición de presupuesto y condiciones. Si el importe del contrato basado es igual o superior a 15.000,00 € (IVA excluido): •Se solicitará presupuesto, al menos, a 3 empresas adjudicatarias o, si éstas fueran inferior a 3, a todas las empresas adjudicatarias del lote correspondiente en el Acuerdo Marco. •Se adjudicará a la empresa que hubiera presentado la oferta más ventajosa conforme a los criterios que se establezcan en la petición de oferta.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,34 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS La entidad contratante podrá solicitar los documentos que estime pertinentes conforme al objeto de contratación misma que serán considerados como requisitos mínimos.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO El concesionario tendrá los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.