Objeto del acuerdo marco Cláusulas de Ejemplo

Objeto del acuerdo marco. El acuerdo marco tiene por objeto la determinación de las condiciones de suministro de los tipos de bienes que se relacionan en el anexo 1.1 de este pliego y establecer el procedimiento para su adquisición por las unidades y centros comprendidos en el ámbito subjetivo señalado en la cláusula 1, mediante contratos basados en este acuerdo. La adjudicación determinará los bienes y proveedores a adquirir por las unidades y centros de la Comunidad de Madrid comprendidos en este acuerdo marco, que adquirirán los productos en la forma establecida en la cláusula 39 de este pliego. La Comunidad de Madrid no se compromete a adquirir una cantidad determinada de bienes, por estar subordinada a las necesidades de la Administración durante la vigencia del acuerdo, sin que los contratistas puedan exigir peticiones de cantidades determinadas o de importes mínimos como condición de suministro.
Objeto del acuerdo marco. Constituye el objeto del acuerdo marco, a concluir por procedimiento abierto, la adopción de los tipos contratables, conforme establece al artículo 206.3 b) del Real decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, publicado en el BOE número 276, de 16 de noviembre de 2011, para el suministro de sillones de plástico monoblock de uso externo para colectividades a los organismos adheridos a la Central de Compras, de conformidad con lo que establece el artículo 204 del referido texto refundido, y, en su caso, a la propia Diputación y sus empresas o entidades adheridas. El presente pliego se constituye en un solo lote de un solo elemento. De conformidad con el “Vocabulario común de Contratos Públicos (CPV)”, aprobado por la Comisión Europea mediante Reglamento núm. 213/2008, de 28 de noviembre de 2007, el objeto del presente contrato puede clasificarse de acuerdo con la siguiente codificación: 39113100 Sillones
Objeto del acuerdo marco. El acuerdo marco tiene por objeto la determinación de las condiciones de suministro de los tipos de bienes que se relacionan en el anexo 1 de este pliego y establecer el procedimiento para su adquisición por las unidades y centros comprendidos en el ámbito subjetivo de centralización señalado en la cláusula anterior, mediante contratos basados en este acuerdo. Estos bienes han sido declarados de gestión centralizada por Orden de 00 xx xxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxx de Hacienda. La adjudicación determinará los bienes y proveedores a incluir en el correspondiente catálogo de compras centralizadas, a través del cual las unidades y centros de la Comunidad de Madrid y de otras Administraciones y Entes adheridos adquirirán los productos, en la forma establecida en la cláusula 38 de este pliego. La Comunidad de Madrid no se compromete a adquirir una cantidad determinada de bienes, por estar subordinada a las necesidades de la Administración durante la vigencia del acuerdo, sin que los contratistas puedan exigir peticiones de cantidades determinadas o de importes mínimos como condición de suministro.
Objeto del acuerdo marco. El acuerdo xxxxx tiene por objeto la ejecución de los trabajos descritos en el apartado 1 de la cláusula 1 de este pliego y definidos en el pliego de prescripciones técnicas particulares, en el que se especifican las necesidades administrativas a satisfacer mediante el acuerdo marco y los factores de todo orden a tener en cuenta, así como establecer el procedimiento para su prestación, mediante contratos basados en este acuerdo. Tanto el pliego de prescripciones técnicas particulares como el pliego de cláusulas administrativas particulares revisten carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del Acuerdo Marco. La adjudicación del acuerdo marco determinará las plazas disponibles en cada centro, en función de las cuáles, la Consejería de Familia, Juventud y Política Social adjudicará, a través de los contratos derivados del acuerdo marco, las plazas a concertar en cada centro en la forma establecida en las cláusulas 43 y 44 de este pliego. La Comunidad de Madrid no se compromete a concertar una cantidad determinada de plazas, por estar subordinada a las necesidades de la Administración durante la vigencia del acuerdo, sin que los contratistas puedan exigir peticiones de cantidades determinadas o de importes mínimos como condición de prestación del servicio. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0982664120404392263969 Si el contrato está dividido en lotes, los licitadores podrán optar a un lote, a varios o a todos ellos, salvo que se establezca un número máximo de lotes por licitador, para lo que se estará a lo estipulado en el apartado 1 de la cláusula 1. En este apartado se indican, asimismo en su caso, el número máximo de lotes a adjudicar a cada licitador y las normas a aplicar en el supuesto de que el licitador pueda resultar adjudicatario de un número de lotes que exceda el indicado.
Objeto del acuerdo marco. El objeto del Acuerdo Marco es establecer: (i) Las condiciones para la prestación de Servicios de Nube Pública por parte de los Proveedores. (ii) Las condiciones en las cuales las Entidades Compradoras se vinculan al Acuerdo Marco y adquieren los Servicios de Nube Pública (iii) Las condiciones para el pago de los Servicios de Nube Pública por parte de las Entidades Compradoras.
Objeto del acuerdo marco. El Acuerdo Xxxxx tiene por objeto fijar las condiciones a que habrán de ajustarse las empresas seleccionadas para la prestación del servicio de agencia de viajes de AUDITORIO DE TENERIFE. Al amparo del Acuerdo Xxxxx se celebrarán contratos específicos conforme a la planificación y necesidades de AUDITORIO DE TENERIFE durante el periodo de vigencia del mismo. A tal efecto cada servicio solicitado por AUDITORIO DE TENERIFE será un contrato específico que en el caso de que por su importe tenga la consideración de contrato menor, se tramitará conforme a lo previsto en la LCSP para este tipo de contratos. El Acuerdo Xxxxx se adjudicará a los 5 licitadores de mejor puntuación siempre y cuando cumplan con los requisitos de capacidad y solvencia y hayan obtenido la puntuación mínima de 50 puntos en la valoración de sus propuestas. 1.2.-Dicho objeto corresponde Código 63510000-7 Servicios de agencias de viajes y servicios similares de la nomenclatura Vocabulario de la nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) de la Comisión Europea. En este sentido, no procede la división en lotes del objeto contractual por cuanto que, atendiendo al objeto del contrato, se debe ejecutar de forma homogénea por la misma empresa en aras de conseguir una mayor eficacia y coordinación en la prestación de los servicios. Igualmente, por la naturaleza de dicho objeto, se hace necesaria la coordinación de las diferentes prestaciones que lo integran, que podría verse imposibilitada por su división en lotes y ejecución por una pluralidad de contratistas diferentes. El presente contrato se realizará siguiendo las especialidades previstas para los procedimientos sujetos a regulación armonizada (XXXX).
Objeto del acuerdo marco. A los efectos de las presentes cláusulas técnico-administrativas particulares, se entenderá por contrato de servicio, aquél cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro, incluyendo aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario. Y ello de 3 de 34 conformidad con lo que establece el articulo 17 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre.
Objeto del acuerdo marco. Las presentes Condiciones Generales tienen por objeto la contratación del servicio que se describe en el Anexo II. El servicio deberá ser prestado de acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo Xxxxx que se suscriba con las empresas adjudicatarias, que se ajustarán a lo previsto en el presente pliego de condiciones generales, en el pliego de prescripciones técnicas y en la oferta adjudicada (y en su caso mejora de oferta), documentos que se citan en orden de prelación, así como de acuerdo con los contratos derivados que para la prestación de dicho servicio se formalicen con los adjudicatarios, así como con las instrucciones que se dicten por RTVE, que se manifestarán por escrito, si así lo solicitara el prestatario del servicio, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP). La presentación de la oferta supone la aceptación incondicionada del presente pliego y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. Cualquier condición contractual que el licitador incluya en su oferta y se aparte de los mismos se tendrá por no puesta. Cuando así se especifique en el Anexo II, no existirá compromiso por parte de CRTVE de emitir peticiones ni por todos los conceptos, ni por cantidades determinadas, estableciéndose como límite máximo el importe estimado del acuerdo marco indicado en el apartado siguiente.
Objeto del acuerdo marco. Este acuerdo xxxxx tiene por objeto fijar las condiciones a que habrán de ajustarse las adquisiciones de los bienes que se relacionan en el apartado 1 y en el anexo A de la carátula de este pliego, que se pretendan adjudicar durante un período determinado, en particular por lo que respecta a los precios, y en su caso, a las cantidades previstas. Como instrumento de racionalización técnica comprenderá la determinación de las empresas adjudicatarias para cada uno de los lotes, así como las condiciones generales de los suministros y términos básicos a los que habrán de ajustarse los contratos basados en el acuerdo marco. La Fundación no se compromete a adquirir una cantidad determinada de bienes, por estar subordinada a sus necesidades durante la vigencia del acuerdo, sin que los contratistas puedan exigir peticiones de cantidades determinadas o de importes mínimos como condición de suministro.
Objeto del acuerdo marco. 4.1 El Acuerdo marco tiene por objeto la contratación centralizada de los siguientes carburantes: