Common use of Procedimiento sancionador Clause in Contracts

Procedimiento sancionador. La comisión por parte de la empresa adjudicataria de cualquiera de las infracciones descritas en el apartado anterior, conllevará la imposición de la correspondiente sanción del procedimiento sancionador. El procedimiento se iniciará con la elaboración de un informe por parte del máximo responsable del contrato de Logroño Deporte, S.A. Dicho informe será valorado oportunamente por la empresa y, en virtud de dicha valoración se emitirá una resolución que será comunicada al adjudicatario, quien dispondrá de un plazo de quince días a fin de alegar por escrito lo que se estime oportuno. Una vez presentadas las alegaciones o bien una vez transcurrido el plazo de quince días sin haberlas recibido, el expediente se elevará al órgano sancionador de la empresa, que en función del tipo de infracción podrá ser: • El Consejo de Administración para las infracciones muy graves, • El Presidente del Consejo de Administración para las infracciones graves, La decisión del Órgano sancionador será comunicada al interesado para su cumplimiento. En los casos en los que la sanción sea impuesta por el Presidente o el Gerente, se dará cuenta al Consejo de Administración en la primera sesión que se celebre. Fdo. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Gestor Instalaciones Deportivas Máquina de café 1 Máquina de refrescos 1 Máquina de snacks 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina y pequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Mesas cafetería nuevaadquisición 8 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Sillas cafetería nuevaadquisición 32 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina de café 1 Máquina de refrescos 2 Máquina de snacks y refrescos 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina ypequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina, guantes para la pista de hielo y pequeñas toallas para el usoen los gimnasios.

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Procedimiento sancionador. La comisión por parte sanción sea cual sea su gradación, requerirá comunica- ción escrita y motivada de la empresa adjudicataria Dirección al trabajador. En el caso de cualquiera sanciones por faltas graves o muy graves, la tramitación del expediente disciplinario se hará conforme al siguiente procedimiento: propuesto por el Director Gerente. En el plazo de 10 días naturales desde la finalización de la fase de diligencias previas, si ésta hubiese existido, la Dirección Gerencia decidirá el inicio del expediente disciplinario o el archivo de las infracciones descritas en el apartado anterior, conllevará la imposición mismas. En los supuestos de la correspondiente sanción presunta comisión de una falta muy grave, podrá suspenderse cautelarmente la relación laboral del procedimiento sancionadortrabajador expedientado, con mantenimiento xxx xxxxxxx base durante el tiempo que dure la suspensión cautelar, sin perjuicio de las acciones penales o de otra índole que puedan deducirse. El procedimiento En caso de que finalizada la instrucción no fuese sancionado el tra- bajador, se iniciará le abonará el cien por cien xxx xxxxxxx a que hubiese tenido derecho durante la suspensión cautelar. Nombrado el instructor, este contará con un plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la elaboración notifica- ción de su nombramiento, para formular el pliego de cargos. Este pliego de cargos deberá ser notificado por el Instructor al intere- sado, al Comité de Empresa y a la Sección Sindical, si dicho tra- bajador estuviese afiliado y le constase a la Fundación su afilia- ción, en los dos días hábiles siguientes a la finalización de la formulación xxx xxxxxx de cargos. Recibido el pliego de cargos por el interesado, el Comité de Empresa y el Sindicato, si dicho trabajador estuviese afiliado y le constase a la Fundación su afiliación, dispondrán de un informe por parte del máximo responsable del contrato plazo común de Logroño Deporte7 días naturales para presentar el pliego de descargos con las alegaciones que estimen convenientes, S.A. Dicho informe será valorado oportunamente por pudiendo propo- ner la empresa ypráctica de prueba que consideren necesaria, en virtud orden al esclarecimiento de dicha valoración los supuestos, motivando la prueba que se emitirá una resolución que será comunicada al adjudicatario, quien propone. La Dirección Xxxxxxxx desde la fecha de recepción de los escritos de xxxxxxxxx y proposición de prueba dispondrá de un plazo de quince 7 días a fin naturales para la práctica de alegar aquella prueba que estime pertinente. Dicho plazo podrá prorrogarse por escrito lo que se estime oportunola Dirección Gerencia previo acuerdo con la Comisión Paritaria por un plazo de 5 días, previa motivación de las razones de la prórroga. Una vez presentadas las alegaciones o bien una vez transcurrido el realizada la prueba y vistos los escritos de descar- gos, la Dirección Gerencia tendrá un plazo de quince 7 días sin haberlas recibidonaturales desde la finalización del expediente para adoptar las medidas sancionadoras que estime pertinentes a propuesta del instructor. De dichas medidas se informará al trabajador, al Comité de Empresa y a la Sección Sindical a la que pertenezca el expediente se elevará al órgano sancionador de trabajador, si le consta su afiliación a la empresa, que en función del tipo de infracción podrá ser: • El Consejo de Administración para las infracciones muy graves, • El Presidente del Consejo de Administración para las infracciones graves, La decisión del Órgano sancionador será comunicada al interesado para su cumplimiento. En los casos en los que la sanción sea impuesta por el Presidente o el Gerente, se dará cuenta al Consejo de Administración en la primera sesión que se celebre. Fdo. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Gestor Instalaciones Deportivas Máquina de café 1 Máquina de refrescos 1 Máquina de snacks 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina y pequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Mesas cafetería nuevaadquisición 8 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Sillas cafetería nuevaadquisición 32 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina de café 1 Máquina de refrescos 2 Máquina de snacks y refrescos 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina ypequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina, guantes para la pista de hielo y pequeñas toallas para el usoen los gimnasiosFundación.

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Samples: Convenio Colectivo Fundación Hospital Alcorcón

Procedimiento sancionador. La comisión por parte de la empresa adjudicataria de cualquiera En el caso de las infracciones descritas en el apartado anteriorfaltas leves, conllevará la imposición sanción se comunicará por escrito al interesado, con traslado de una copia al Comité de Empresa o a la correspondiente sanción del procedimiento sancionador. El procedimiento se iniciará con la elaboración de un informe por parte del máximo responsable del contrato de Logroño Deporte, S.A. Dicho informe será valorado oportunamente por la empresa yRepresentación Sindical, en virtud caso de dicha valoración no existir Comité o Delegado. Para los casos xx xxxxxx graves, previamente a su imposición, se emitirá una resolución le dará audiencia al interesado mediante comunicación escrita de los hechos que será comunicada al adjudicatariose le imputan, quien dispondrá para que, si lo estima conveniente, presente escrito de alegaciones en un plazo de quince tres días hábiles desde el siguiente a fin la comunicación. De dicho escrito de alegar por escrito lo que imputaciones, se estime oportunotrasladará copia al Comité de Empresa o a la Representación Sindical, en caso de no existir Comité o Delegado. Una vez presentadas las alegaciones o bien una vez transcurrido Cumplido el plazo de quince alegaciones, la empresa evaluará los hechos imputados y lo alegado por el empleado, comunicando al afectado su decisión por escrito y remitiendo asimismo referencia de la misma al Comité de Empresa o a la Representación Sindical, en caso de no existir Comité o Delegado. Cuando se trate xx xxxxxx que Xxxxx estime constituyan motivo de sanción por Falta Muy Grave, se instruirá el oportuno expediente disciplinario. Se considerará iniciado el mismo en el momento de remisión al expedientado xxx Xxxxxx de Cargos, en el que deberán figurar con claridad los hechos y circunstancias que lo motivan. El empleado afectado tendrá un plazo xx xxxx días sin haberlas recibidohábiles para alegar cuanto estime oportuno en su defensa y para proponer las pruebas y descargos que considere convenientes. Desde la apertura del expediente y hasta la finalización de su tramitación, la empresa podrá aplicar al expedientado la medida preventiva de suspensión de empleo. Al Comité de Empresa o a la Representación Sindical, en caso de no existir Comité o Delegado, se le notificará la apertura del expediente para que, si lo desea, emita informe en el plazo xx xxxx días hábiles. El expediente incoado quedará concluso en el plazo de veinticinco días hábiles desde su inicio, con la propuesta de sanción que el Instructor designado remitirá al órgano competente para que éste adopte decisión sancionadora, en su caso. En todo caso, el tiempo de tramitación de un expediente se elevará al órgano sancionador interrumpirá los plazos de la empresa, que en función del tipo prescripción de infracción podrá ser: • El Consejo de Administración para las infracciones muy graves, • El Presidente del Consejo de Administración para las infracciones graves, La decisión del Órgano sancionador será comunicada al interesado para su cumplimientofaltas. En los casos plazos reseñados, los sábados se considerarán inhábiles a todos los efectos. Las sanciones de suspensión de empleo y sueldo no se comenzarán a cumplir en los que la sanción sea impuesta por el Presidente o el Gerente, se dará cuenta al Consejo de Administración en la primera sesión que se celebre. Fdo. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Gestor Instalaciones Deportivas Máquina de café 1 Máquina de refrescos 1 Máquina de snacks 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina y pequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Mesas cafetería nuevaadquisición 8 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Sillas cafetería nuevaadquisición 32 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina de café 1 Máquina de refrescos 2 Máquina de snacks y refrescos 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina ypequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina, guantes para la pista de hielo y pequeñas toallas para el usoen los gimnasiostanto no haya adquirido firmeza dicha sanción.

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Procedimiento sancionador. La comisión potestad disciplinaria para la evaluación e imposición de sanciones por parte incumplimientos contractuales de los trabajadores vinculados a las empresas estibadoras por relación laboral común corresponde exclusivamente a éstas. CIE: BOPT-I-2013-03362 La potestad disciplinaria para la evaluación e imposición de sanciones por incumplimientos contractuales de los trabajadores vinculados por relación laboral especial con la sociedad de estiba corresponde exclusivamente a ésta, si bien, cuando una empresa estibadora considere que un trabajador portuario de la plantilla de la sociedad de estiba, puesto a su disposición, haya incurrido en un incumplimiento contractual lo comunicará inmediatamente por escrito a la sociedad de estiba para que ésta adopte las medidas cautelares y disciplinarias que estime conveniente en el ámbito de su competencia, sin perjuicio de que la sociedad de estiba pueda acordar dichas medidas por propia iniciativa, de tener conocimiento de la infracción. La propuesta de la empresa adjudicataria a la sociedad de estiba tendrá, en todo caso, carácter vinculante. Las sanciones que se impongan a los trabajadores portuarios, bien sean relación laboral especial o de relación laboral común, se efectuarán siempre por escrito, cualquiera que sea el grado de infracción, debiéndose indicar los hechos que la motivan, la evaluación de la falta según su gravedad, la sanción que se impone y la fecha en que se hará efectiva la sanción. Todas las sanciones podrán ser recurribles directamente ante la jurisdicción laboral, en los términos de la Ley de procedimiento laboral. Ello no obstante, los trabajadores sancionados podrán, facultativamente, presentar un escrito de descargos contra la sanción en el que no podrán exigir a la empresa la práctica de pruebas, pero al que podrán acompañar aquellas de que dispongan o que estimen conveniente aportar. El escrito de descargos deberá presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación de la sanción, y deberá ser resuelto por la empresa que haya sancionado, dentro de los tres días siguientes a la recepción del escrito de descargos. De no contestarse expresamente por la empresa en el plazo de tres días se entenderá tácitamente confirmada la sanción. De contestarse el escrito de descargos en el sentido de modificar el acuerdo sancionador, quedará sin efecto la primera calificación de la falta y la sanción y, contra la segunda, quedará abierta la vía del recurso jurisdiccional. La presentación del escrito de descargos implicará la suspensión de la sanción y, consecuentemente, interrumpirá los plazos de prescripción de la falta y de las infracciones descritas acciones para recurrirla, desde el momento de la presentación del escrito de xxxxxxxxx y hasta la fecha de la resolución -expresa o tácita- de la empresa. En el supuesto de no presentarse escrito de descargos quedará impuesta la sanción. De las sanciones que se impongan por faltas graves y muy graves se dará cuenta a los representantes legales y sindicales de los trabajadores. Asimismo, cuando el trabajador sea representante legal de los trabajadores o delegado sindical, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anteriorestatuto de los trabajadores, conllevará se establecerá con carácter previo a la imposición de la correspondiente sanción del procedimiento sancionador. El procedimiento se iniciará con la elaboración de un informe por parte del máximo responsable del contrato de Logroño Deportefaltas graves y muy graves, S.A. Dicho informe será valorado oportunamente por la empresa y, en virtud de dicha valoración se emitirá una resolución que será comunicada al adjudicatario, quien dispondrá de un plazo de quince tres días hábiles a fin de alegar por escrito lo que se estime oportuno. Una vez presentadas las alegaciones o bien una vez transcurrido el plazo de quince días sin haberlas recibido, el expediente se elevará dar audiencia al órgano sancionador mismo y a los restantes miembros de la representación a que el trabajador perteneciera, así como a los delegados sindicales en el supuesto de que el trabajador sancionado estuviera afiliado a un sindicato y así constara a la empresa. Se entenderá que el procedimiento arriba indicado servirá, que en función del tipo a todos los efectos, de infracción podrá ser: • El Consejo de Administración expediente contradictorio para las infracciones muy graveslos representantes legales y sindicales. A los anteriores efectos, • El Presidente del Consejo de Administración para las infracciones gravesno se computarán como días hábiles los sábados, La decisión del Órgano sancionador será comunicada al interesado para su cumplimiento. En los casos en los que la sanción sea impuesta por el Presidente o el Gerente, se dará cuenta al Consejo de Administración en la primera sesión que se celebre. Fdo. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Gestor Instalaciones Deportivas Máquina de café 1 Máquina de refrescos 1 Máquina de snacks 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina domingos y pequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Mesas cafetería nuevaadquisición 8 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Sillas cafetería nuevaadquisición 32 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina de café 1 Máquina de refrescos 2 Máquina de snacks y refrescos 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina ypequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina, guantes para la pista de hielo y pequeñas toallas para el usoen los gimnasiosfestivos.

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Procedimiento sancionador. Corresponde a la Empresa la facultad de imponer sanciones en los términos de lo estipulado en el presente Convenio. La comisión sanción xx xxxxxx graves y muy graves requerirá comunicación por parte escrito al trabajador/a haciendo constar la fecha y los hechos que la motivaron. La Empresa dará cuenta a los representantes legales de los/as trabajadores/as de toda sanción por falta grave y/o muy grave que se imponga. Impuesta la sanción, el cumplimiento de la empresa adjudicataria misma se podrá dilatar hasta tres meses después de cualquiera la fecha de las infracciones descritas en el apartado anterior, conllevará imposición. Para la imposición de sanciones por falta muy grave será preceptiva la correspondiente sanción del procedimiento sancionadorinstrucción de expediente disciplinario informativo. El procedimiento Este expediente se iniciará incoará previo conocimiento de la infracción, remitiendo al interesado pliego de cargos con la elaboración exposición sucinta de un informe por parte del máximo responsable del contrato los hechos constitutivos de Logroño Deportefalta. De este expediente se dará traslado al comité de empresa, S.A. Dicho informe será valorado oportunamente por para que, ambas partes y en el plazo de siete días, puedan manifestar a la empresa ylo que consideren conveniente para el esclarecimiento de los hechos. En el caso xx xxxxxx muy graves la empresa podrá imponer la suspensión de empleo de modo cautelar, y se suspende el plazo de prescripción de la infracción mientras dure el expediente siempre que la duración de éste, en virtud de dicha valoración se emitirá una resolución que será comunicada al adjudicatariosu conjunto, quien dispondrá de un no supere el plazo de quince tres meses, a partir de la incoación xxx xxxxxx de cargos, sin mediar culpa del trabajador expedientado o trabajadora expedientada. Transcurrido el plazo de siete días y aunque el comité o el trabajador no hayan hecho uso del derecho que se les concede a fin de alegar por escrito lo formular alegaciones, se procederá a imponer al trabajador o trabajadora la sanción, en su caso, que se estime oportuno. Una vez presentadas las alegaciones o bien una vez transcurrido el plazo oportuna, de quince días sin haberlas recibido, el expediente se elevará al órgano sancionador acuerdo a la gravedad de la empresa, que en función del tipo de infracción podrá ser: • El Consejo de Administración para las infracciones muy graves, • El Presidente del Consejo de Administración para las infracciones graves, La decisión del Órgano sancionador será comunicada al interesado para su cumplimiento. En los casos en los que la sanción sea impuesta falta y lo estipulado por el Presidente o el Gerente, se dará cuenta al Consejo de Administración en la primera sesión que se celebre. Fdo. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Gestor Instalaciones Deportivas Máquina de café 1 Máquina de refrescos 1 Máquina de snacks 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina y pequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Mesas cafetería nuevaadquisición 8 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Sillas cafetería nuevaadquisición 32 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina de café 1 Máquina de refrescos 2 Máquina de snacks y refrescos 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina ypequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina, guantes para la pista de hielo y pequeñas toallas para el usoen los gimnasiospresente convenio.

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Procedimiento sancionador. La comisión Los incumplimientos del contrato darán lugar al levantamiento de un acta de infracción por parte los servicios técnicos encargados de la empresa adjudicataria supervisión de cualquiera la prestación del servicio y a la tramitación del correspondiente procedimiento, conforme a la Ley de Contratos. Se considerarán faltas leves: - La imperfección no reiterada durante el periodo de garantía en el funcionamiento de los equipos, siempre que no se repita más de 3 veces a lo largo del año. - La deficiencia y falta de comunicación de incidencias de forma inmediata a los servicios del Ayuntamiento de Okondo. - Las faltas que, sin estar comprendidas en los apartados anteriores, merezcan la calificación porque conculquen de algún modo las condiciones establecidas en este pliego, en perjuicio leve del servicio. Se considerarán faltas graves: · La imperfección no reiterada durante el periodo de garantía en el funcionamiento de los equipos, siempre que no se repita más de 5 veces a lo largo del año. · La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves. · El incumplimiento de acuerdos o decisiones municipales sobre variaciones de detalle del suministro que no impliquen gastos para el contratista. Se considerarán faltas muy graves: · La imperfección no reiterada durante el periodo de garantía en el funcionamiento de los equipos, más de 5 veces a lo largo del año. - El retraso en la entrega del suministro. - La deficiencia o falta de cumplimiento de los objetivos de iluminación y ahorro en el consumo de energía. - La prestación manifiestamente defectuosa o irregular del suministro con incumplimiento de las infracciones descritas condiciones establecidas en el apartado anteriorcontrato. - La desobediencia reiterada sobre las órdenes escritas por el Ayuntamiento de Okondo, conllevará relativas a la imposición reposición de averías, incumplimiento xxx xxxxxx. - La cesación en la correspondiente sanción prestación del procedimiento sancionador. El procedimiento se iniciará con la elaboración servicio de un informe reposición en el periodo de garantía por parte del máximo responsable del contrato suministrado sin la concurrencia de Logroño Deporte, S.A. Dicho informe será valorado oportunamente las circunstancias legales que la hagan legítima. - La comisión de dos faltas graves. Las penas por la empresa y, en virtud incumplimiento que podrá interponer el Ayuntamiento de dicha valoración se emitirá una resolución que será comunicada Okondo al adjudicatario, quien dispondrá serán las siguientes: - Por la comisión de un plazo de quince días a fin de alegar por escrito lo que se estime oportuno. Una vez presentadas las alegaciones o bien una vez transcurrido el plazo de quince días sin haberlas recibido, el expediente se elevará al órgano sancionador de la empresa, que en función del tipo de infracción podrá ser: • El Consejo de Administración para las infracciones calificadas como muy graves, • El Presidente multas de 1.001 a 2.000 euros. La comisión de tres infracciones muy graves podrá ser sancionada con la rescisión del Consejo contrato, incautación de Administración para las la fianza e indemnización de daños y perjuicios. - Las infracciones gravesgraves se sancionarán con multa de 751 a 1.000 euros. La comisión de seis infracciones graves podrá ser sancionada con la rescisión del contrato, La decisión incautación de la fianza e indemnización de daños y perjuicios. - Las faltas leves se sancionarán con apercibimiento y multa de hasta 750 euros. Las sanciones se impondrán previa instrucción del Órgano sancionador será comunicada al interesado para su cumplimiento. En los casos en los correspondiente expediente del que la sanción sea impuesta por el Presidente o el Gerente, se dará cuenta audiencia al Consejo de Administración en la primera sesión que se celebre. Fdo. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Gestor Instalaciones Deportivas Máquina de café 1 Máquina de refrescos 1 Máquina de snacks 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina y pequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Mesas cafetería nuevaadquisición 8 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Sillas cafetería nuevaadquisición 32 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina de café 1 Máquina de refrescos 2 Máquina de snacks y refrescos 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina ypequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina, guantes para la pista de hielo y pequeñas toallas para el usoen los gimnasios.interesado

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion Por Procedimiento Abierto Y Tramitacion Urgente De La Renovación Y Adecuacion De La Red De Alumbrado Publico De Okondo

Procedimiento sancionador. Corresponde a la Empresa la facultad de imponer sanciones en los términos de lo estipulado en el presente Convenio. La comisión sanción xx xxxxxx graves y muy graves requerirá comunicación por parte escrito al trabajador/a haciendo constar la fecha y los hechos que la motivaron. La Empresa dará cuenta a los representantes legales de los/as trabajadores/as de toda sanción por falta grave y/o muy grave que se imponga. Impuesta la sanción, el cumplimiento de la empresa adjudicataria misma se podrá dilatar hasta tres meses después de cualquiera la fecha de las infracciones descritas en el apartado anterior, conllevará imposición. Para la imposición de sanciones por falta muy grave será preceptiva la correspondiente sanción del procedimiento sancionadorinstrucción de expediente disciplinario informativo. El procedimiento Este expediente se iniciará incoará previo conocimiento de la infracción, remitiendo al interesado pliego de cargos con la elaboración exposición sucinta de un informe por parte del máximo responsable del contrato los hechos constitutivos de Logroño Deportefalta. De este expediente se dará traslado al comité de empresa, S.A. Dicho informe será valorado oportunamente por para que, ambas partes y en el plazo de siete días, puedan manifestar a la empresa ylo que consideren conveniente para el esclarecimiento de los hechos. En el caso xx xxxxxx muy graves la empresa podrá imponer la suspensión de empleo de modo cautelar, y se suspende el plazo de prescripción de la infracción mientras dure el expediente siempre que la duración de éste, en virtud de dicha valoración se emitirá una resolución que será comunicada al adjudicatariosu conjunto, quien dispondrá de un no supere el plazo de quince tres meses, a partir de la incoación xxx xxxxxx de cargos, sin mediar culpa del trabajador expedientado o trabajadora expedientada. Transcurrido el plazo de siete días y aunque el comité o el trabajador no hayan hecho uso del derecho que se les concede a fin de alegar por escrito lo formular alegaciones, se procederá a imponer al trabajador o trabajadora la sanción, en su caso, que se estime oportuno. Una vez presentadas las alegaciones o bien una vez transcurrido el plazo oportuna, de quince días sin haberlas recibido, el expediente se elevará al órgano sancionador acuerdo a la grave- dad de la empresa, que en función del tipo de infracción podrá ser: • El Consejo de Administración para las infracciones muy graves, • El Presidente del Consejo de Administración para las infracciones graves, La decisión del Órgano sancionador será comunicada al interesado para su cumplimiento. En los casos en los que la sanción sea impuesta falta y lo estipulado por el Presidente o el Gerente, se dará cuenta al Consejo de Administración en la primera sesión que se celebre. Fdo. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Gestor Instalaciones Deportivas Máquina de café 1 Máquina de refrescos 1 Máquina de snacks 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina y pequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Mesas cafetería nuevaadquisición 8 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Sillas cafetería nuevaadquisición 32 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina de café 1 Máquina de refrescos 2 Máquina de snacks y refrescos 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina ypequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina, guantes para la pista de hielo y pequeñas toallas para el usoen los gimnasiospresente convenio.

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Samples: Convenio Colectivo Cruz Roja Española en Castellón

Procedimiento sancionador. La comisión por parte Corresponde a la Dirección de la empresa adjudicataria Empresa o a la persona en quien ésta delegue libremente, la facultad de cualquiera imponer sanciones por faltas cometidas. La valoración de las infracciones descritas faltas y las correspondientes sanciones, que corresponderá siempre a la dirección de la empresa, serán, sin perjuicio de las competencias de la Comisión Mixta de Interpretación, revisables ante los Juzgados de lo Social. Ante dicha posibilidad, la Dirección de la Empresa, en la comunicación por escrito de la falta cometida y de la sanción impuesta, podrá suspender su eficacia y ejecutividad hasta que se dicte sentencia por el apartado anteriorJuzgado o hasta que se cumpla el plazo de caducidad de la acción sin que se interponga la correspondiente demanda. Si la resolución judicial fuera estimatoria de sanción, conllevará ésta se cumplirá y llevará a cabo una vez comunicada la sentencia a la dirección de la empresa. La decisión de la Dirección de sancionar, será comunicada al trabajador mediante escrito que contendrá una relación de los hechos que la motivan, la calificación de los mismos como faltas leve, grave o muy grave entre las señaladas con el Convenio Colectivo y la sanción impuesta. Si la Dirección decidiera la inmediata ejecutividad de la sanción, el escrito especificará la fecha de efectos. En los casos xx xxxxxx graves y muy graves, la Dirección, con anterioridad a la imposición de la correspondiente sanción, informará al Comité de cada empresa y al Delegado del Sindicato al que el trabajador esté afiliado, siempre que tal condición haya sido previamente comunicada a la empresa, al objeto de valorar los hechos imputados y la sanción propuesta. Asimismo, les entregará copia del procedimiento escrito sancionador. El procedimiento se iniciará con Comité o el Delegado del Sindicato, podrá informar de todo ello al interesado y éste podrá expresar bien directamente ante la elaboración empresa, bien a través de un informe las representaciones legales de los trabajadores las alegaciones que estime conveniente hacer. La empresa anotará en el expediente individual de cada trabajador las sanciones impuestas. Las notas desfavorables por parte del máximo responsable del contrato faltas cometidas quedarán canceladas, en caso de Logroño Deporteno reincidir, S.A. Dicho informe será valorado oportunamente por a los seis meses las leves, y las graves y muy graves a los uno y dos años respectivamente. Los plazos serán computados desde la empresa fecha que hubiesen sido impuestas en firme. Las faltas leves prescribirán a los diez días; las graves a los veinte días, y las muy graves a los sesenta días a partir de la fecha en que la Dirección tuvo conocimiento de su comisión y, en virtud todo caso, a los seis meses de dicha valoración se emitirá una resolución que será comunicada al adjudicatario, quien dispondrá de un plazo de quince días a fin de alegar por escrito lo que se estime oportuno. Una vez presentadas las alegaciones o bien una vez transcurrido el plazo de quince días sin haberlas recibido, el expediente se elevará al órgano sancionador de la empresa, que en función del tipo de infracción podrá ser: • El Consejo de Administración para las infracciones muy graves, • El Presidente del Consejo de Administración para las infracciones graves, La decisión del Órgano sancionador será comunicada al interesado para su cumplimiento. En los casos en los que la sanción sea impuesta por el Presidente o el Gerente, se dará cuenta al Consejo de Administración en la primera sesión que se celebre. Fdo. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Gestor Instalaciones Deportivas Máquina de café 1 Máquina de refrescos 1 Máquina de snacks 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina y pequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Mesas cafetería nuevaadquisición 8 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Sillas cafetería nuevaadquisición 32 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina de café 1 Máquina de refrescos 2 Máquina de snacks y refrescos 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina ypequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina, guantes para la pista de hielo y pequeñas toallas para el usoen los gimnasioshaberse cometido.

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Procedimiento sancionador. La comisión Las sanciones por parte faltas graves o muy graves re- querirán la tramitación previa de expediente disciplina- rio, con remisión xxx xxxxxx de cargos al trabajador para que, en un plazo de cinco días hábiles, emita escrito de xxxxxxxx. Simultáneamente se dará comunicación al Comité de Empresa y a la Sección Sindical si procede, a los efectos de que emitan el correspondiente informe en el plazo de 5 días. Transcurrido el plazo mencionado anteriormente, se haya o no producido escrito de xxxxxxxx, la Autori- dad Portuaria xx Xxxxxxxxx resolverá lo procedente en el ejercicio de su facultad disciplinaria. Las faltas leves serán notificadas a los represen- tantes de los trabajadores. Las faltas leves prescribirán a los diez días, las gra- ves a los veinte y las muy graves a los sesenta días, a partir de la empresa adjudicataria fecha en que la Autoridad Portuaria de cualquiera Carta- gena tuvo conocimiento de las infracciones descritas su comisión y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido. Dichos plazos quedarán interrumpidos por cualquier acto propio del ex- pediente instruido en su caso, siempre que la duración de éste, en su conjunto, no supere el apartado anteriorplazo de seis me- ses sin mediar culpa del trabajador expedientado. Este plazo no será de aplicación mientras exista una litispendencia penal por los mismos hechos, conllevará quedando en suspenso el expediente disciplinario. Todo trabajador podrá dar cuenta por escrito, por sí o a través de sus representantes, de los actos que supongan faltas de respeto a su intimidad o a la consi- deración debida a su dignidad. Recibida dicha comuni- cación, se procederá a la apertura por la Autoridad Por- tuaria xx Xxxxxxxxx de la información adecuada, instruyéndose, en su caso, el expediente disciplinario correspondiente. Asimismo, cuando el trabajador sea representante legal de los trabajadores o delegado sindical, se esta- blecerá, con carácter previo a la imposición de la correspondiente sanción del procedimiento sancionador. El procedimiento se iniciará con la elaboración de un informe por parte del máximo responsable del contrato de Logroño Deportefaltas graves y muy graves, S.A. Dicho informe será valorado oportunamente por la empresa y, en virtud de dicha valoración se emitirá una resolución que será comunicada al adjudicatario, quien dispondrá de un plazo de quince tres días há- biles a fin de alegar por escrito lo que se estime oportuno. Una vez presentadas las alegaciones o bien una vez transcurrido el plazo de quince días sin haberlas recibido, el expediente se elevará dar audiencia al órgano sancionador mismo y a los restantes miembros de la representación a que el trabajador per- teneciera, así como a los delegados sindicales en el su- puesto de que el trabajador sancionado estuviera afilia- do a un sindicato y así constara a la empresa. Se entenderá que el procedimiento arriba indica- do servirá, que en función del tipo a todos los efectos, de infracción podrá ser: • El Consejo de Administración expediente contradic- xxxxx para las infracciones muy graves, • El Presidente del Consejo de Administración para las infracciones graves, La decisión del Órgano sancionador será comunicada al interesado para su cumplimiento. En los casos en los que la sanción sea impuesta por el Presidente o el Gerente, se dará cuenta al Consejo de Administración en la primera sesión que se celebre. Fdo. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Gestor Instalaciones Deportivas Máquina de café 1 Máquina de refrescos 1 Máquina de snacks 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina representantes legales y pequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Mesas cafetería nuevaadquisición 8 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Sillas cafetería nuevaadquisición 32 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina de café 1 Máquina de refrescos 2 Máquina de snacks y refrescos 1 Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina ypequeñas toallas para el uso en los gimnasios. Armario contenedor máquinas 1 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Papeleras 2 SIN COSTE PARA LOGROÑO DEPORTE Máquina productos varios 1 La máquina de productos varios incluirá obligatoriamente como mínimo lo siguiente: Geles de baño, gorros de baño, gafas de piscina, guantes para la pista de hielo y pequeñas toallas para el usoen los gimnasiossindicales.

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