PUBLICACIÓN DE RESULTADOS Cláusulas de Ejemplo

PUBLICACIÓN DE RESULTADOS. Para los resultados finales del proceso de selección, serán considerados los/las candidatos/as que han sido calificados como APTOS/AS en cada una de las evaluaciones establecidas durante el proceso. El puntaje final es la sumatoria de los ponderados de los puntajes mínimos aprobatorio de cada una de evaluaciones establecidas en el proceso, adicionalmente se tomará en cuenta las bonificaciones especiales de corresponder, siendo elegido como ganador de la convocatoria, el/la candidato/a que tenga el mayor puntaje. Para los casos de puntajes ponderados en cualquiera de las etapas se considera el redondeo a dos decimales. La publicación de resultados de cada una de las etapas del proceso se realiza de la siguiente manera: 10.1. Resultados Preliminares Evaluación Curricular Nº APELLIDOS Y NOMBRES (Orden Mérito) PUNTAJE CALIFICACIÓN FECHA Y HORA DE EVAL. CONOCIMIENTOS 10.2. Resultados Preliminares Evaluación de Conocimientos Nº APELLIDOS Y NOMBRES (Orden Mérito) PUNTAJE PUNTAJE PONDERADO CALIFICACIÓN FECHA Y HORA DE ENTREVISTA 10.3. Resultados Preliminares Entrevistas Personales Nº APELLIDOS Y NOMBRES (Orden Mérito) PUNTAJE PUNTAJE PONDERADO CALIFICACIÓN 10.4. Resultados Finales Nº APELLIDOS Y NOMBRES (Orden Mérito) PUNTAJE PONDERADO PUNTAJE TOTAL BONIFICACIÓN FF.AA. Y/O DISCAPACIDAD Y/O DEPORTISTAS PUNTAJE FINAL RESULTADO EV. CURRICULAR EV. TÉCNICA ENTREVISTA PERSONAL
PUBLICACIÓN DE RESULTADOS. El promotor se compromete a la publicación de los resultados del presente estudio. Dicha publicación será remitida obligatoriamente a los CEIms implicados en la realización del estudio y los Investigadores Principales para su conocimiento. El INVESTIGADOR PRINCIPAL podrá presentar los resultados en una reunión científica apropiada y/o publicarlos en una revista de reconocido prestigio, comprometiéndose a suministrar al PROMOTOR una copia del manuscrito u original, con la suficiente antelación, a efectos de que éste tenga oportunidad de conocer dicha información o material informativo para la realización de sus comentarios sobre el contenido de tales comunicaciones/publicaciones en un plazo de 30 días a contar desde la recepción de los mismos. El INVESTIGADOR se compromete a respetar los acuerdos establecidos en el Protocolo del estudio que hacen especial referencia a la publicación de los datos, evitando realizar comunicaciones de los datos de un centro y presentando siempre los datos del estudio en su conjunto. Si el PROMOTOR así lo solicita, con el fin de asegurar apropiadamente la protección de invenciones o desarrollos derivados del estudio, el INVESTIGADOR acepta retrasar la presentación de la publicación propuesta, durante un plazo no superior a 6 meses. El PROMOTOR se compromete a no impedir y/o dificultar la difusión de aquellos resultados conjuntos que, siendo científicamente sólidos e incuestionables, pongan de manifiesto la ausencia de eficacia o efectos adversos del tratamiento. Si transcurridos 9 meses desde la comunicación del informe final del Estudio a las autoridades pertinentes, el PROMOTOR no acredita el inicio de tramitación de la publicación, se podrán hacer públicos los resultados en la Red de Investigación con Medicamentos y Productos Sanitarios de la Comunitat Valenciana (REDIMEPS) de la página Web de la Conselleria de Sanitat.
PUBLICACIÓN DE RESULTADOS. Para los resultados finales del proceso de selección, serán considerados los candidatos calificados como APTOS en cada una de las evaluaciones establecidas durante el proceso. El puntaje final es la sumatoria de los puntajes aprobatorios de cada una de evaluaciones establecidas en el proceso. El puntaje total se obtiene por la sumatoria del puntaje final y las bonificaciones especiales de corresponder, siendo elegido como GANADOR de la convocatoria, el candidato que obtenga el mayor puntaje. Para los casos de puntajes en cualquiera de las etapas se considera el redondeo a dos decimales.
PUBLICACIÓN DE RESULTADOS. Al concluir el Proyecto o Protocolo de Investigación, “EL PATROCINADOR” proporcionará a “EL INSTITUTO” y a “EL INVESTIGADOR” la autorización para publicar los resultados de “EL PROTOCOLO” reconociendo el derecho de ambos. TWENTY-ONE. PUBLICATION OF RESULTS: Upon conclusion of the Research Project or Protocol, “THE SPONSOR” will give “THE INSTITUTE” and “THE INVESTIGATOR” the authorization to publish the results of “THE PROTOCOL” acknowledging the right of both of them. Ni “EL INSTITUTO” ni “EL INVESTIGADOR” publicarán o presentarán los resultados del Estudio a terceros hasta que se cumpla el primero de los siguientes supuestos: (a) “EL PATROCINADOR” publicará los resultados de todos los sitios que participan en el Estudio, (b) “EL INSTITUTO” recibirá notificación de “EL PATROCINADOR” de que la publicación de los resultados de múltiples sitios ya no está planeada, o (c) dieciocho (18) meses después de la finalización del estudio multi-sitio en todos los sitios. Neither "THE INSTITUTE" nor "THE INVESTIGATOR" will publish or submit the Study results to third parties until the earlier of the following is fulfilled: (a) "THE SPONSOR" will publish the results from all the sites participating in the Study, (b) "THE INSTITUTE" will receive notice from "THE SPONSOR" that the publication of results from multiple sites is no longer scheduled, or (c) eighteen (18) months after completion of the multi-site study at all sites. Antes de publicar o presentar cualquier resultado del estudio, ya sea de un sólo sitio o de varios sitios, “EL INSTITUTO” y “EL INVESTIGADOR” deben proporcionar primero a “EL PATROCINADOR” una copia de cualquier propuesta de publicación o presentación (en cualquier caso "Publicación") por lo menos treinta (30) días antes de la entrega o presentación de dicha publicación. “EL PATROCINADOR” podrá solicitar y “EL INSTITUTO” e “EL INVESTIGADOR” deberán cumplir con dicha solicitud, (a) que cualquier Información Confidencial sea suprimida o modificada o (b) que la publicación o presentación se demore hasta por sesenta (60) días adicionales para permitir que “EL PATROCINADOR” presente solicitudes de patente. Before publishing or submitting any study results, whether single-site or multi-site, "THE INSTITUTE" and "THE INVESTIGATOR" shall first provide "THE SPONSOR" with a copy of any proposed publication or submission (in any case, "Publication") at least thirty (30) days before the delivery or submission of said publication. "THE SPONSOR" may request and...
PUBLICACIÓN DE RESULTADOS. Los resultados definitivos serán dados a conocer a más tardar quince (15) días calendario después de la fecha de cierre. RENOVATIO informará a cada uno de los oferentes el resultado vía correo electrónico, y notificará por escrito al o a los proponentes favorecidos. Una vez adjudicada la oferta, el oferente ampliará la póliza de seriedad de la oferta por el término que se requiera para la firma y perfeccionamiento del contrato. La ampliación de esta póliza se realizará por una sola vez y por un período igual al propuesto originalmente.
PUBLICACIÓN DE RESULTADOS. La publicación de resultados de cada una de las etapas del proceso se realiza de la siguiente manera: 9.1 Resultados Preliminares Evaluación Curricular Nº APELLIDOS Y NOMBRES (Orden Mérito) CALIFICACIÓN PUNTAJE PUNTAJE PONDERADO FECHA Y HORA DE EVAL. CONOCIMIENTOS 9.2 Resultados Preliminares Evaluación de Conocimientos Nº APELLIDOS Y NOMBRES (Orden Mérito) CALIFICACIÓN PUNTAJE PUNTAJE PONDERADO FECHA Y HORA DE ENTREVISTA 9.3 Resultados Preliminares Entrevistas Personales Nº APELLIDOS Y NOMBRES (Orden Mérito) PUNTAJE PUNTAJE PONDERADO CALIFICACIÓN
PUBLICACIÓN DE RESULTADOS. Al término de cada una de las fases, ambos Organismos - MINCYT y CDTI - realizarán una comunicación del resultado de las mismas, de acuerdo con su práctica habitual.
PUBLICACIÓN DE RESULTADOS. Al concluir el Proyecto o Protocolo de Investigación, “EL PATROCINADOR” proporcionará a “EL INSTITUTO” y a “EL INVESTIGADOR” la autorización para publicar los resultados de “EL PROTOCOLO” reconociendo el derecho de ambos.
PUBLICACIÓN DE RESULTADOS. Los resultados serán publicados por FONADE en la página Web del Fondo Emprender
PUBLICACIÓN DE RESULTADOS. Al concluir el Proyecto o Protocolo de Investigación, “EL PATROCINADOR” proporcionará a “EL INSTITUTO” y a “EL INVESTIGADOR” la autorización para publicar los resultados de “EL PROTOCOLO” reconociendo el derecho de ambos. Ni “EL INSTITUTO” ni “EL INVESTIGADOR” publicarán o presentarán los resultados del Estudio a terceros hasta que se cumpla alguno de los siguientes supuestos: (a) “EL PATROCINADOR” publicará los resultados de todos los sitios que participan en el Estudio, (b) “EL INSTITUTO” recibirá notificación de "EL PATROCINADOR" de que la publicación de los resultados de múltiples sitios ya no está planeada, o (c) dieciocho (18) meses después de la finalización del estudio multi-sitio en todos los sitios. Antes de publicar o presentar cualquier resultado del estudio, ya sea de un sólo sitio o de varios sitios, “EL INSTITUTO” y “EL INVESTIGADOR” deben proporcionar primero a “EL PATROCINADOR” una copia de cualquier propuesta de publicación o presentación (en cualquier caso "Publicación") por lo menos treinta (30) días antes de la entrega o presentación de dicha publicación. “EL PATROCINADOR” podrá solicitar y “EL INSTITUTO” e “EL INVESTIGADOR” deberán cumplir con dicha solicitud, (a) que cualquier Información Confidencial sea suprimida o modificada o (b) que la publicación o presentación se demore hasta por (30) treinta días adicionales para permitir que “EL PATROCINADOR” presente solicitudes de patente. Por lo que hace a los derechos xxxxxxx de “EL INVESTIGADOR, en todo momento se hará el reconocimiento a quienes hayan intervenido en la publicación, en los términos de lo establecido en los artículos 19, 20 y 21 de la Ley Federal del Derecho de Autor, aplicable en México. “LAS PARTES” no podrán utilizar el nombre o nombres registrados de cada una de ellas, así como sus logotipos ni propiedad intelectual, bajo ninguna circunstancia o propósito.