Common use of RECOMENDACIONES Clause in Contracts

RECOMENDACIONES. 1. Las entidades locales deberían establecer los mecanismos de planificación y gestión de su actividad contractual que permitan concluir la tramitación y adjudicación de sus contratos con la debida antelación, evitando situaciones de contratación irregular como las descritas en el presente Informe. 2. Las entidades locales deberían dotarse de los procedimientos adecuados para cuantificar el presupuesto de licitación y el valor estimado de los contratos y su adecuación al precio general xx xxxxxxx a partir de una correcta estimación de los costes directos e indirectos. 3. Las entidades locales deberían definir indicadores adecuados para la valoración de los criterios de adjudicación dependientes de un juicio de valor que salvaguarden los principios de publicidad, transparencia y objetividad, informadores de la contratación pública. 4. En la valoración del criterio precio, las entidades locales deberían considerar la utilización de fórmulas que guarden una adecuada proporcionalidad en cuanto a las diferencias existentes entre las ofertas y las puntuaciones otorgadas, evitando otorgar puntuación a aquellas que no representan una baja respecto del presupuesto base de licitación. 5. Dentro de sus disponibilidades presupuestarias, las entidades locales deberían reforzar sus medios técnicos y personales, a fin de estar en condiciones de atender a las exigencias crecientes que el derecho de la contratación administrativa impone a los poderes adjudicadores. Desde este punto de vista, resulta prioritario proporcionar al personal encargado de la contratación las herramientas de formación necesarias que refuercen la profesionalización de la gestión contractual. cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO I. Contratos fiscalizados cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO II. Expedientes no remitidos o remitidos fuera de plazo 12/12/2018 Ley 9/2017 Abierto con 3.383.511,36 Ordinaria pluralidad de criterios 18/7/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad 55.000,00 26/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Abierto criterio precio único 962.530,80 16/4/2018 RDL 3/2011 Abierto con Ordinaria pluralidad de criterios 419.144,80 Limpieza de edificios públicos Ayuntamiento xx Xxxxxxx Albacete Castilla-La Mancha Fundación Cultura Ciudad xx Xxxxxx Cuenca Castilla-La Mancha Guadalajara Castilla-La Mancha Toledo Castilla-La Mancha Limpieza del Colegio de Educación Infantil y Primaria Xxxxxxx Xxxxxxx Toledo Castilla-La Mancha 11/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad

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RECOMENDACIONES. 1. Las entidades locales deberían establecer 2.1 Inclusión en los mecanismos pliegos de planificación y gestión de su actividad contractual las orientaciones que permitan concluir la tramitación y adjudicación de sus contratos con la debida antelación, evitando situaciones se establecen en esta Recomendación: Dado que esta Recomendación tiene como destinatarios directos a los órganos de contratación irregular como y no a las descritas empresas, la misma solo podrá cumplir su objetivo de orientar a las empresas en el presente Informela cumplimentación del formulario normalizado del DEUC (apartado 1.5 anterior) si los órganos de contratación incluyen estas orientaciones en los pliegos de contratación. Por ello esta Junta Consultiva recomienda con carácter general a los órganos de contratación que recojan en los pliegos aquellas orientaciones que se hacen en esta Recomendación y que pueden ser de ayuda a las empresas que deban cumplimentar un formulario normalizado DEUC. 2. Las entidades locales deberían dotarse de los procedimientos adecuados para cuantificar el presupuesto de licitación 2.2 Alcance y el valor estimado de los contratos y su adecuación al precio general xx xxxxxxx a partir de una correcta estimación de los costes directos e indirectos. 3. Las entidades locales deberían definir indicadores adecuados para la valoración de los criterios de adjudicación dependientes de un juicio de valor que salvaguarden los principios de publicidad, transparencia y objetividad, informadores de la contratación pública. 4. En la valoración ámbito del criterio precio, las entidades locales deberían considerar la utilización de fórmulas que guarden una adecuada proporcionalidad en cuanto a las diferencias existentes entre las ofertas y las puntuaciones otorgadas, evitando otorgar puntuación a aquellas que no representan una baja respecto del presupuesto base de licitación. 5. Dentro de sus disponibilidades presupuestarias, las entidades locales deberían reforzar sus medios técnicos y personales, a fin de estar en condiciones de atender a las exigencias crecientes que el derecho de la contratación administrativa impone a los poderes adjudicadores. Desde este punto de vista, resulta prioritario proporcionar al personal encargado de la contratación las herramientas de formación necesarias que refuercen la profesionalización de la gestión contractualDEUC. cve: BOE-A-2021A-2016-15642 3392 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO I. Contratos fiscalizados cvexxxx://xxx.xxx.xx 2.2.1 El DEUC como declaración responsable: BOE-A-2021-15642 Verificable La utilización de una declaración responsable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO IIsustitución de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos para que una empresa acceda a una licitación no es extraña a nuestra legislación. Expedientes no remitidos El artículo 146.4 del TRLCSP establece esta posibilidad desde el año 2013, aunque con otro ámbito y alcance que el que tiene el DEUC. En cualquier caso el DEUC es conceptualmente la declaración responsable del artículo 146.4 del TRLCSP, estableciéndose ahora un nuevo contenido para la misma. 2.2.2 Régimen jurídico del DEUC: Como se avanzó en el apartado 1.1 anterior, a partir del 00 xx xxxxx xx 2016 los órganos de contratación deberán aceptar como prueba preliminar del cumplimiento de los requisitos previos de acceso a la licitación una declaración responsable que la DN denomina «documento europeo único de contratación» o remitidos fuera DEUC. Pues bien el régimen jurídico aplicable al DEUC a partir de plazo 12/12/2018 Ley 9/2017 Abierto con 3.383.511,36 Ordinaria pluralidad la fecha indicada vendrá dado por el artículo 59, apartados 1, 2, 4 y 5 DN, y por el Reglamento (UE) n.º 2016/7. 2.2.3 Ámbito de criterios 18/7/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad 55.000,00 26/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Abierto criterio precio único 962.530,80 16/4/2018 RDL 3/2011 Abierto con Ordinaria pluralidad aplicación del DEUC: Concretamente el ámbito de criterios 419.144,80 Limpieza aplicación del régimen jurídico del DEUC viene determinado por la concurrencia de edificios públicos Ayuntamiento xx Xxxxxxx Albacete Castilla-La Mancha Fundación Cultura Ciudad xx Xxxxxx Cuenca Castilla-La Mancha Guadalajara Castilla-La Mancha Toledo Castilla-La Mancha Limpieza del Colegio de Educación Infantil y Primaria Xxxxxxx Xxxxxxx Toledo Castilla-La Mancha 11/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidadestas dos circunstancias cumulativas:

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RECOMENDACIONES. 1. Las entidades locales deberían establecer los mecanismos de planificación Que, el Ministerio del Trabajo y gestión Relaciones Laborales haga uso de su actividad contractual potestad fiscalizadora e interpretadora para que permitan concluir pondere las situaciones de hecho que subyacen en la tramitación contratación, en especial cuando se trata de contratos como la locación de servicios profesionales porque son sin horario fijo. Que, los Tribunales de Justicia también han invocado el Principio de Primacía de la Realidad para dilucidar las controversias que resultan entre empleador y adjudicación trabajador locador de servicios durante la prestación de servicios personales sujetas al Derecho Laboral. Que, los contratos de trabajo dentro del Estado, sin importar su naturaleza tenga la continuidad y estabilidad laboral, que son propios de cada contrato de trabajo, debido a que los administradores del Estado buscan cada vez más que lleguen a perder su naturaleza para la que fueron creados. Que, es necesario que en el Código de Trabajo, se implemente en la normativa, disposiciones relacionadas con el contrato de locación de servicios Técnicos, Profesionales y Varios, con la finalidad que este garantizados como dispone la normas Constitucional. Que, la Asamblea Nacional, haciendo uso de sus contratos atribuciones introduzca reformas al Código de Trabajo, en los asuntos relacionados con el contrato de locación de servicios profesionales, con la debida antelaciónfinalidad que nuestra legislación laboral este a la altura de las vecinas. Que, evitando situaciones Los Colegios de contratación irregular como Abogados, realicen foros para analizar la problemática que se presenta en la Legislación Laboral, en lo que tiene relación al contrato de locación de servicios extracontractuales, nueva modalidad establecida en los últimos tiempos. Que, La Universidad Nacional xx Xxxx, a través de la Modalidad de Estudios a Distancia, programe conferencias relacionadas con los inconvenientes jurídicos sobre el contrato de locación de servicios, para que los estudiantes tengan los conocimientos necesarios de las descritas falencias que el Código de Trabajo adolece, al no existir esta nueva modalidad laboral. Que, los medios de comunicación, divulguen el conocimiento jurídico relacionado al contrato de locación de servicios profesionales, con la finalidad que toda los trabajadores se sientan garantizados jurídicamente en el presente Informesus labores diarias. 29.1. Las entidades locales deberían dotarse Propuesta de los procedimientos adecuados para cuantificar el presupuesto Reforma Jurídica Art. 1… Luego del Art. 346 (352), del Código de licitación y el valor estimado de los contratos y su adecuación al precio general xx xxxxxxx a partir de una correcta estimación de los costes directos e indirectos. 3. Las entidades locales deberían definir indicadores adecuados para la valoración de los criterios de adjudicación dependientes de Trabajo Ecuatoriano, agréguese un juicio de valor artículo innumerado que salvaguarden los principios de publicidad, transparencia y objetividad, informadores de la contratación pública. 4. En la valoración del criterio precio, las entidades locales deberían considerar la utilización de fórmulas que guarden una adecuada proporcionalidad en cuanto a las diferencias existentes entre las ofertas y las puntuaciones otorgadas, evitando otorgar puntuación a aquellas que no representan una baja respecto del presupuesto base de licitación. 5. Dentro de sus disponibilidades presupuestarias, las entidades locales deberían reforzar sus medios técnicos y personales, a fin de estar en condiciones de atender a las exigencias crecientes que el derecho de la contratación administrativa impone a los poderes adjudicadores. Desde este punto de vista, resulta prioritario proporcionar al personal encargado de la contratación las herramientas de formación necesarias que refuercen la profesionalización de la gestión contractual. cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO I. Contratos fiscalizados cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO II. Expedientes no remitidos o remitidos fuera de plazo 12/12/2018 Ley 9/2017 Abierto con 3.383.511,36 Ordinaria pluralidad de criterios 18/7/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad 55.000,00 26/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Abierto criterio precio único 962.530,80 16/4/2018 RDL 3/2011 Abierto con Ordinaria pluralidad de criterios 419.144,80 Limpieza de edificios públicos Ayuntamiento xx Xxxxxxx Albacete Castilla-La Mancha Fundación Cultura Ciudad xx Xxxxxx Cuenca Castilla-La Mancha Guadalajara Castilla-La Mancha Toledo Castilla-La Mancha Limpieza del Colegio de Educación Infantil y Primaria Xxxxxxx Xxxxxxx Toledo Castilla-La Mancha 11/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidaddiga:

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RECOMENDACIONES. 16.1. Las entidades locales deberían establecer Al Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxx Xxxxxx, inicie el proceso para sincerar la situación laboral de los mecanismos obreros municipales, mediante la actualización de planificación las herramientas de gestión como CAP, PAP, ROF y gestión MOF de su actividad contractual tal manera que permitan concluir existan plazas en el Régimen de la tramitación Actividades Privada que sean cubiertas por estos trabajadores, siendo así, se cumplirá con la normativa vigente y adjudicación se les reconocerá la totalidad de sus contratos derechos laborales. Lo antecedido, también forma parte de una política de estado, que prioriza respetar los derechos humanos. 6.2. A la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, como órgano encargado de la supervisión y fiscalización de que se cumpla con la debida antelaciónnormativa socio laboral, evitando situaciones cumpla con su función de supervisar el respeto de los derechos laborales de los obreros de la Municipalidad Provincial de San Xxxxxx, labor que no se agota con la sola imposición de cuantiosas multas por la evidente vulneración de derechos, sino también debería brindar asesoría técnica a la Municipalidad para poder revertir la situación advertida. 6.3. Al Sindicato de Trabajadores Municipales de la Municipalidad Provincial de San Xxxxxx, interceda a través de sus representantes sindicales por el respeto de los derechos laborales de los obreros, de esta manera, se incluya en el pliego de peticiones de la negociación colectiva del 2020, la contratación total de los obreros en el Régimen de la actividad privada, por ser el régimen que les corresponde de acuerdo x xxx, pues las pretensiones no deben ser sólo remunerativas sino también sobre condiciones 6.4. A la Dirección Regional de Trabajo, efectúe la promoción de derechos laborales, especialmente de los obreros, de manera que estos tengan conocimiento pleno de sus derechos y puedan exigir su cumplimiento, pues muchas veces el problema radica en el desconocimiento. 6.5. Al Colegio de Abogados de San Xxxxxx, a través de sus agremiados brinde asesoría gratuita a favor de los obreros municipales cuyos derechos están siendo vulnerados. Xxxx,X. (2008). Derecho lndividual del Trabajo en el Perú: desafíos y deficiencias. Lima. Xxxxxx, X. (1991). La Carrera Administrativa de los Funcionarios Públicos. Jurista Editores. Lima. Xxxxxxx, X. (2010). El Contrato Administrativo de Servicios y la Jurisprudencia de la Justicia Ordinaria Post Sentencia STC N° 002-2010-TC/PI. Derecho y Cambio Social. Xxxxxxx, X. (2013). Problemática de la existencia de distintos regímenes de contratación irregular como las descritas de personal en el presente Informe. 2estado. Las entidades locales deberían dotarse (Tesis de Maestría). Pontificia Universidad Católica del Perú, Perú. Xxxx, X. (2014). Surgimiento, evolución y consolidación del derecho al trabajo. Revista de Derecho THEMIS. Xxxxxxxx, X., Xxxx, X., Xxxx, X. x Xxxxxxx, S. (2001). Compendio de Derecho Individual del Trabajo. Estudio Caballero Xxxxxxxxxx, Osbac, Lima. Xxxxxxxx J. G.& otros (2011) Compendio de derecho Laboral Peruano. Ediciones Caballero Xxxxxxxxxx. Lima Perú. Xxxxxxxxxx, X. (2012). Gestión xxx xxxxxxx humano. Mac Xxxx Xxxx. Xxxxxxx, X. (2013). Vulneración de los procedimientos adecuados para cuantificar derechos laborales en el presupuesto de licitación y el valor estimado de los contratos y su adecuación al precio general xx xxxxxxx a partir de una correcta estimación de los costes directos e indirectos. 3. Las entidades locales deberían definir indicadores adecuados para la valoración de los criterios de adjudicación dependientes de un juicio de valor que salvaguarden los principios de publicidad, transparencia y objetividad, informadores de la contratación pública. 4. En la valoración del criterio precio, las entidades locales deberían considerar la utilización de fórmulas que guarden una adecuada proporcionalidad en cuanto a las diferencias existentes entre las ofertas y las puntuaciones otorgadas, evitando otorgar puntuación a aquellas que no representan una baja respecto del presupuesto base de licitación. 5. Dentro de sus disponibilidades presupuestarias, las entidades locales deberían reforzar sus medios técnicos y personales, a fin de estar en condiciones de atender a las exigencias crecientes que el derecho régimen de la contratación administrativa impone a los poderes adjudicadoresde servicios. Desde este punto (Tesis de vistamaestría). Universidad Privada Xxxxxxx Xxxxxx, resulta prioritario proporcionar al personal encargado Perú. Xxxxx, X. (2002). Regulación Jurídica de la contratación las herramientas de formación necesarias que refuercen la profesionalización Función Pública en el Perú. En La Profesionalización de la gestión contractualFunción Pública en Iberoamérica, Instituto Nacional de Administración Pública, Madrid. cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO I. Contratos fiscalizados cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO IIXXXXXXX XXXXXX, Xxxxx. Expedientes no remitidos o remitidos fuera (2008) La Protección de plazo 12/12/2018 Ley 9/2017 Abierto con 3.383.511,36 Ordinaria pluralidad la Dignidad Humana. Edit. Adrus S.R.L. 1 ra. Edición. Arequipa- Perú. XXXXXXXXX, Xxxxx (2001). Los Fundamentos de criterios 18/7/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad 55.000,00 26/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Abierto criterio precio único 962.530,80 16/4/2018 RDL 3/2011 Abierto con Ordinaria pluralidad de criterios 419.144,80 Limpieza de edificios públicos Ayuntamiento xx Xxxxxxx Albacete Castilla-La Mancha Fundación Cultura Ciudad xx Xxxxxx Cuenca Castilla-La Mancha Guadalajara Castilla-La Mancha Toledo Castilla-La Mancha Limpieza del Colegio de Educación Infantil y Primaria Xxxxxxx Xxxxxxx Toledo Castilla-La Mancha 11/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidadXxx Derechos Fundamentales. Edit. Xxxxxx.

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RECOMENDACIONES. 1. Las entidades locales deberían establecer Con base a los mecanismos fundamentos expuestos, esta Procuraduría Metropolitana respecto al requerimiento que motiva el presente informe, recomienda lo siguiente: Se recomienda a usted, señor Alcalde Metropolitano, atendiendo los criterios técnicos de planificación y gestión la Secretaría de Movilidad, traslade la petición a la Empresa Pública Metropolitana Metro de Quito, en su calidad de delegatario de la competencia para que, luego de su actividad contractual que permitan concluir la tramitación análisis de viabilidad técnica y adjudicación de sus contratos con la debida antelaciónjurídica, evitando situaciones de contratación irregular como las descritas en el presente Informe. 2. Las entidades locales deberían dotarse marco de los procedimientos adecuados contractuales a su cargo, pueda atender el requerimiento. (…)”. 1.27 Conforme se desprende de oficio No. GADDMQ-AM-2022-0135-OF de 22 de enero de 2022, el Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito dispuso al Gerente General de la EPMMQ, en su parte pertinente: “Mediante oficio No. EPMTPQ- GG-2022-0036-O, de 18 de enero de 2022, suscrito por el Mgs. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Gerente General Subrogante de la Empresa Pública Metropolitana de Transporte de Pasajeros de Quito (en adelante EPMTPQ), a través del cual, manifiesta lo siguiente: “... solicito cordialmente, a usted en calidad xx Xxxxxxx del Distrito Metropolitano de Quito, se disponga a quien corresponda la adquisición de los Bienes y Equipamiento necesarios para cuantificar la implementación del Sistema Integrado de Recaudo, a través de actas de variación al contrato FIDIC, cuya delegación la ejerce la Empresa Pública Metropolitana Metro de Quito, debiendo realizarse los trámites pertinentes para su ejecución y financiamiento”. 1. Informe Técnico del 17 de enero de 2022, constante en el presupuesto Memorando Nro. EPMTPQ-GTI-2022-0025-M, suscrito por el Ing. Xxxxxxx Xxxxx, Gerente de licitación Tecnologías de la EPMTPQ, en el que se indica que: “Una vez realizado el análisis de la problemática actual, es indispensable que la EPMTPQ, se integre en una adquisición general del Sistema Integrado de Recaudo que permita contar con información confiable, oportuna, que evite la evasión y fraude, además de optimizar la eficiencia de la operación. (énfasis añadido) Al contar con un solo Sistema Integrado de Recaudo, se obtienen beneficios operacionales como: (...) c) A nivel técnico es viable realizar una compra unificada entre la EPMTPQ y EPMMQ, puesto que permitirá la reducción de los riesgos de interoperabilidad, garantizará que la ciudadanía cuente con un sistema único, que le asegure movilidad a través de los subsistemas Sistema de Transporte Público Metropolitano de Quito y además permitirá el uso eficiente de los recursos públicos”. (énfasis añadido) 1.28 Con fecha 14 de febrero de 2022, la CONTRATANTE y el valor estimado CONTRATISTA, suscribieron un Acta de Variaciones, Ajustes, Decisiones y Acuerdos al convenio de ejecución de la Primera Línea del Metro de Quito, Fase 2: Construcción de las Obras Civiles y Provisión y Montaje del Sistema de Equipamiento e Instalaciones, cuya cláusula segunda, en su parte relevante, estipula: “ACUERDOS DE LAS PARTES: / En relación con el Contrato para la Construcción de las Obras Civiles y Provisión y Montaje del Sistema de Equipamiento e Instalaciones – Primera Línea del Metro de Quito, Fase 2, y con base en la motivación anunciada en el apartado 1.3, las Partes acuerdan lo siguiente: 2.1. Actualizar la Tabla de Rubros Únicos, Cantidades y Precios del Contrato, incrementando el rubro Z0.039 en 3.896.247,31 USD, de modo que el Monto Contractual Aceptado se incrementa hasta 1.574.688.798,13 USD. Este monto adicional permitirá incluir en el Contrato el aseguramiento y/o mantenimiento de bienes recibidos y por recibir, de conformidad con lo establecido en el punto 1.42, sin que estas inclusiones superen el monto adicional disponible. En caso de existir montos remanentes de la actualización de la Tabla de Rubros Únicos, Cantidades y Precios del Contrato, en el rubro Z0.039, el Ingeniero tendrá la facultad de destinarlos a la ejecución de otros rubros necesarios para el mantenimiento y/o conclusión del Proyecto. (…)”. 1.29 Mediante Oficio No. SM-2022-0437-O de 04 xx xxxxx de 2022, el Secretario de Movilidad del GADDMQ solicitó al Subsecretario de Gobierno Electrónico y Registro Civil xxx XXXXXX: “Mediante el Acuerdo Ministerial No. 031-2020 de 21 de octubre de 2020, el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, emite la Norma Técnica que regula el proceso para la evaluación de viabilidad técnica de proyectos de gobierno electrónico y autorización de criticidad de software y servicios relacionados a las entidades del sector público. 1.30 Mediante oficio Nro. EPMMQ-GG-2022-0327-O de 24 xx xxxxx de 2022, el Gerente General de la EPMMQ, elevó a consulta de los contratos representantes del Banco Interamericano de Desarrollo, Banco de Desarrollo de América Latina - CAF, Banco Mundial y Banco Europeo de Inversiones, el siguiente texto: “En el marco del Proyecto denominado Primera Línea del Metro de Quito - PLMQ, financiado con recursos otorgados por el Banco Mundial, Banco Interamericano de Desarrollo, Banco de Desarrollo de América Latina y Banco Europeo de Inversiones, a través de las líneas de Crédito BM 82850, BM 88890, CT ATN/FG 16585BID, CFA8949, BID 2882/0C-EC, 2882/0C-EC-1 y 2882/OC-EC-2; por medio del presente, y con base en lo dispuesto en las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349- 9 apartado “Modificaciones” de su adecuación al precio general xx xxxxxxx a partir Apéndice 1, solicito gentilmente la emisión de una correcta estimación de los costes directos e indirectosla correspondiente NO OBJECIÓN para la suscripción del Acta denominada: “ACTA DE VARIACIONES, AJUSTES, DECISIONES Y ACUERDOS AL CONVENIO DE EJECUCIÓN DE LA PRIMERA LÍNEA DEL METRO DE QUITO, FASE 2: CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS CIVILES Y PROVISIÓN Y MONTAJE DEL SISTEMA DE EQUIPAMIENTO E INSTALACIONES”, que incrementa el monto total en (USD. 31.31 A través de comunicación vía correo electrónico No. Las entidades locales deberían definir indicadores adecuados CAN/CEC-349/2022 2882/OC-EC-2 de 29 xx xxxxx de 2022, Xxxxxx Xxxxxx, Especialista Senior de Transporte Urbano del Banco Interamericano de Desarrollo, comunicó al Gerente General de la EPMMQ: “Nos referimos al oficio EPMMQ-GG-2022-0327- O mediante el cual solicita al Banco la no objeción a la suscripción del Acta de variaciones, ajustes, decisiones y acuerdos al Convenio de Ejecución de la Primera Línea del Metro de Quito, Fase 2 con el Consorcio CL1. 1.32 A través de comunicación vía correo electrónico de 30 xx xxxxx de 2022, Xxxxxxxx Xxxxxxx, Ingeniero Superior de Transportes de la Dirección de Proyectos del Banco Europeo de Inversiones, comunicó al Gerente General de la EPMMQ: “(…) Acusamos recibo del Oficio No. EPMMQ-GG-2022-0327 solicitando la NO OBJECIÓN para suscripción Acta de Variaciones, Ajustes, Decisiones y Acuerdos al Convenio FIDIC (CL1). 1.33 A través de Oficio No. MINTEL-SGERC-2022-0336-O de 30 xx xxxxx de 2022, el Subsecretario de Gobierno Electrónico y Registro Civil MINTEL, en respuesta a Oficio Nro. SM-2022-0437-O, comunicó al Secretario de Xxxxxxxxx XXXXXX, lo siguiente: 1.34 Por medio de comunicación vía correo electrónico de 01 xx xxxxx de 2022, Xxxx Xxxx Xxxx, Ejecutivo Principal de la valoración Dirección de Proyectos Región Norte del Banco de Desarrollo de América Latina, comunicó a la EPMMQ: “(…) Acusamos recibo de su Oficio Nro. EPMMQ-GG-2022-0327-O del 24 xx xxxxx de 2022, y en el entendido que CAF no es parte del Contrato de Obra, así como partiendo de la premisa de que el Contrato xx Xxxxxxxx CFA 10588/10579 suscrito el 28 de noviembre de 2018, entre la Corporación Andina de Fomento CAF y el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito (el “Prestatario”), por la suma de USD 152 MM, destinado al financiamiento parcial de la construcción de la Primera Línea del Metro de Quito (el “Contrato xx Xxxxxxxx CAF”), no se vería alterado, modificado, variado, ni ajustado, como consecuencia del ajuste en los criterios montos ni el cronograma de adjudicación dependientes ejecución de un juicio la obra, CAF no considera necesaria su aprobación o No-Objeción respecto de valor que salvaguarden la referida ampliación de plazo del cronograma de la ejecución de la Obra. 1.35 A través de comunicación vía correo electrónico de 28 xx xxxxx de 2022, Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Especialista Senior de Transporte del Banco Mundial, comunicó al Gerente General de la EPMMQ: “(…) De acuerdo a los principios de publicidadcolaboración entre los bancos, transparencia a este contrato aplica la política de adquisiciones del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Así las cosas, es esta institución la que, en su caso, debe pronunciarse sobre esta solicitud. (…)”. 1.36 Con fecha 03 xx xxxxx de 2022, la CONTRATANTE y objetividadel CONTRATISTA, informadores suscribieron una nueva Acta de Variaciones, Ajustes, Decisiones y Acuerdos al convenio de ejecución de la contratación públicaPrimera Línea del Metro de Quito, Fase 2: Construcción de las Obras Civiles y Provisión y Montaje del Sistema de Equipamiento e Instalaciones, cuya cláusula segunda, señala: “ACUERDOS DE LAS PARTES: / En relación con el Convenio para la Ejecución de la Primera Línea del Metro de Quito, Fase 2: Construcción de las Obras Civiles y Provisión y Montaje del Sistema de Equipamiento e Instalaciones (FIDIC), y con base en la motivación enunciada en la cláusula precedente, apartado 1.31, las Partes acuerdan lo siguiente: 2.1. Actualizar la Tabla de Rubros Únicos, Cantidades y Precios del Convenio, según lo constante en la presente Acta (Anexo 1), incrementando el Monto Contractual Aceptado hasta UN MIL QUINIENTOS OCHENTA MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 28/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE ÁMERICA (USD $ 1.580´605.959,28). Esta actualización de la Tabla de Rubros Únicos, Cantidades y Precios, y, por ende, del Monto Contractual Aceptado, son consecuencia de la inclusión de los rubros nuevos necesarios para completar el Sistema de Recaudo Metro; es importante mencionar que, en estos valores no se incluye el IVA ni revisión de precios. 42.2. En Las Partes, con base a la valoración propuesta presentada por CL1 mediante Oficio No. CL1-MT2-GEN-05015-2022, acuerdan incorporar al Alcance del criterio precioContrato el suministro y montaje del equipamiento que corresponde a los ítems 1 al 9 y 16 al 20 del listado incluido en el Oficio No. C20220207-GMQ-CL1-002 de 07 de febrero de 2022, las entidades locales deberían considerar la utilización por un importe de fórmulas que guarden una adecuada proporcionalidad en cuanto a las diferencias existentes entre las ofertas Cinco millones novecientos diecisiete mil ciento sesenta y las puntuaciones otorgadasuno con 15/100 dólares de los Estados Unidos de América (Usd. $ 5´917.161,15); y, evitando otorgar puntuación a aquellas que no representan una baja respecto del presupuesto base un plazo de licitaciónejecución de doscientos cincuenta y cuatro (254) días. 52.3. Dentro Para todos los efectos del Contrato, y al amparo de sus disponibilidades presupuestariasla Subcláusulas 8.2 Plazo de Terminación, 8.4 Prórroga del Plazo de Terminación, 10.1 Recepción de las entidades locales deberían reforzar sus medios técnicos Obras y personalesSecciones, a y 20.1 Reclamaciones del Contratista, la Fecha de Terminación del Proyecto del Contrato se establece para el 02 de febrero de 2023. Esta Fecha de Terminación del Contrato será revisada y actualizada una vez se completen las funcionalidades pendientes de 2.4. Con el fin de estar cumplir con el Plazo de Terminación establecido en condiciones de atender a las exigencias crecientes que el derecho de la contratación administrativa impone a los poderes adjudicadores. Desde este punto de vista, resulta prioritario proporcionar al personal encargado de la contratación las herramientas de formación necesarias que refuercen la profesionalización de la gestión contractual. cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO I. Contratos fiscalizados cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO II. Expedientes no remitidos o remitidos fuera de plazo 12/12/2018 Ley 9/2017 Abierto con 3.383.511,36 Ordinaria pluralidad de criterios 18/7/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad 55.000,00 26/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Abierto criterio precio único 962.530,80 16/4/2018 RDL 3/2011 Abierto con Ordinaria pluralidad de criterios 419.144,80 Limpieza de edificios públicos Ayuntamiento xx Xxxxxxx Albacete Castilla-La Mancha Fundación Cultura Ciudad xx Xxxxxx Cuenca Castilla-La Mancha Guadalajara Castilla-La Mancha Toledo Castilla-La Mancha Limpieza del Colegio de Educación Infantil y Primaria Xxxxxxx Xxxxxxx Toledo Castilla-La Mancha 11/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidadnumeral

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Samples: Convenio De Ejecución

RECOMENDACIONES. 1Verifique: Que el vendedor sea el propietario del vehículo o cuente con poder legalmente conferido para vender. Las entidades locales deberían establecer los mecanismos Solicite ante la autoridad de planificación tránsito donde está matriculado el carro un certificado de tradición reciente (o consulte directamente la información en la web del RUNT) para verificar quién es el propietario y gestión si el vehículo está embargado o pignorado, además de su actividad contractual que permitan concluir la tramitación y adjudicación legalidad de sus contratos con SOAT, revisión tecnomecánica, etc. Exija el original de la debida antelacióntarjeta de propiedad, evitando situaciones de contratación irregular como las descritas no acepte fotocopias. Que el vehículo se encuentra al día en el presente Informe. 2. Las entidades locales deberían dotarse pago de impuestos de los procedimientos adecuados para cuantificar cinco últimos años. Verifique los originales o certificación expedida por la autoridad competente en el presupuesto municipio. Que no aparezcan multas (comparendos) a cargo del vendedor. Consulte en la web xxx.xxxxx.xxx.xx. Que el vehículo no cuente con antecedentes por comisión de licitación y delitos (Haga revisar el valor estimado carro en la División de los contratos y su adecuación al precio general xx xxxxxxx a partir de una correcta estimación de los costes directos e indirectos. 3. Las entidades locales deberían definir indicadores adecuados para la valoración de los criterios de adjudicación dependientes de un juicio de valor que salvaguarden los principios de publicidad, transparencia y objetividad, informadores Automotores de la contratación pública. 4. En la valoración del criterio precioDirección de Policía Judicial e Investigaciones -Dijin, las entidades locales deberían considerar la utilización de fórmulas que guarden una adecuada proporcionalidad en cuanto a las diferencias existentes entre las ofertas y las puntuaciones otorgadas, evitando otorgar puntuación a aquellas que no representan una baja respecto del presupuesto base de licitación. 5. Dentro de sus disponibilidades presupuestarias, las entidades locales deberían reforzar sus medios técnicos y personales, a fin de estar en condiciones de atender a las exigencias crecientes para constatar que el derecho carro no haya sido usado en la comisión de delitos). Haga examinar el vehículo por en un taller o mecánico experto. Recuerde que la suscripción de contrato es indispensable para el registro del traspaso. No suscriba el contrato ni el traspaso abierto. Es importante que se precise el nombre del comprador. Si no se registra la venta, el vendedor sigue siendo responsable del pago de impuestos, además de ser eventualmente responsable por accidentes o acciones penales. Se recomienda que No prescinda del parágrafo de la contratación administrativa impone a Cláusula Quinta de esta minuta, pues el registro del traspaso le puede evitar riesgos de responsabilidad tributaria, además de responsabilidad civil extracontractual en eventos de accidentes o actos delictivos futuros, en los poderes adjudicadoresque se involucre el vehículo. Desde este punto de vistaConsulta abogados en, resulta prioritario proporcionar al personal encargado de la contratación las herramientas de formación necesarias que refuercen la profesionalización de la gestión contractual. cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO I. Contratos fiscalizados cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO II. Expedientes no remitidos o remitidos fuera de plazo 12/12/2018 Ley 9/2017 Abierto con 3.383.511,36 Ordinaria pluralidad de criterios 18/7/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad 55.000,00 26/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Abierto criterio precio único 962.530,80 16/4/2018 RDL 3/2011 Abierto con Ordinaria pluralidad de criterios 419.144,80 Limpieza de edificios públicos Ayuntamiento xx Xxxxxxx Albacete Castilla-La Mancha Fundación Cultura Ciudad xx Xxxxxx Cuenca Castilla-La Mancha Guadalajara Castilla-La Mancha Toledo Castilla-La Mancha Limpieza del Colegio de Educación Infantil y Primaria Xxxxxxx Xxxxxxx Toledo Castilla-La Mancha 11/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidadxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx

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Samples: Compraventa De Vehículo

RECOMENDACIONES. 1. Las entidades locales deberían establecer Se sugiere al personal encargado de ejecutar el control interno dentro de la organización cual es la Municipalidad Distrital de Cayma, realizar constantes capacitaciones a los mecanismos trabajadores sobre los diferentes componentes de planificación y gestión de su actividad contractual que permitan concluir la tramitación y adjudicación de sus contratos Control interno con la debida antelación, evitando situaciones visión de contratación irregular como las descritas mejorar en el presente Informenivel de contrataciones inferiores a los 8UIT. 2. Las entidades locales deberían dotarse Se sugiere al representante de los procedimientos adecuados alcaldía y funcionarios de la Municipalidad Distrital de Cayma, propiciar una buena estructura organizacional, con profesionales íntegros con valores éticos, teniendo en consideración la independencia para cuantificar realizar las instrucciones de control de interno. De tal forma que el presupuesto proceso de licitación y el valor estimado contrataciones inferiores a 8 UIT se lleve a cabo de los contratos y su adecuación al precio general xx xxxxxxx a partir de una correcta estimación de los costes directos e indirectosmodo transparente. 3. Las entidades locales deberían definir indicadores adecuados para Se sugiere realizar charlas motivadoras de concientización sobre las contrataciones y posibles riesgos de fraude que pudiera incurrir los servidores públicos en especial sobre la valoración de los criterios de adjudicación dependientes de un juicio de valor que salvaguarden los principios de publicidad, transparencia y objetividad, informadores unidad de la contratación públicalogística en la Municipalidad Distrital de Cayma, de tal forma advertir que en el futuro se vean envueltos en problemas administrativos y/o legales, todo ello perturbando en el resultado de objetivos y metas trazadas de la organización. 4. En Se sugiere que los lineamientos de la valoración del criterio precioorganización de la actividad de control se realicen de manera secuencial, lógica que permitan cumplir las entidades locales deberían considerar la utilización políticas y/o procedimientos de fórmulas que guarden control, para garantizar una adecuada proporcionalidad transparencia en cuanto los procedimientos de contratación de menores a las diferencias existentes entre las ofertas y las puntuaciones otorgadas, evitando otorgar puntuación a aquellas que no representan una baja respecto del presupuesto base de licitación8UIT. 5. Dentro de sus disponibilidades presupuestarias, las entidades locales deberían reforzar sus medios técnicos y personales, a fin de estar en condiciones de atender a las exigencias crecientes que el derecho de la contratación administrativa impone a los poderes adjudicadores. Desde este punto de vista, resulta prioritario proporcionar Se recomienda al personal encargado de elaborar los diferentes procedimientos y/o directivas, informar en el debido tiempo al personal que trabaja en la Municipalidad (áreas usuarias) y a todo el público en general, para que exista mayor transparencia en los procedimientos de contratación menores a 8UIT. Así mismo brindar una información necesaria y de calidad para garantizar la confiablidad en los usuarios. 6. Finalmente es recomendable que el encargado y funcionarios de la Municipalidad Distrital de Cayma, evalúen constantemente las operaciones en la supervisión de control interno a fin de detectar las deficiencias y fortalezas en los procedimientos de contratación menores a 8 UIT. Xxxxxx, X. (2020). Control interno y la gestión sobre las compras inferiores a 8 UIT en Ingemmet, Xxx Xxxxx, Lima 2019. (Tesis de Maestría en Gestión Pública). Universidad Xxxxx Xxxxxxx. Xxxxx, X. (2019). El control interno y los procedimientos de contratación pública en la Municipalidad Distrital xx Xxxxxx – Huamalíes, 2018. (Trabajo de investigación de Licenciatura en Administración). Universidad Nacional Agraria de la Selva. Disponible en: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxx/XXXX/0000/XX_XXXX_000 9.pdf?sequence=1&isAllowed=y. Xxxxxxxxx, M. Z. (2019). Análisis de contrataciones con el Estado del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento de los años 2017 y 2018: una revisión de la literatura científica (Trabajo de investigación de Licenciatura en Administración). Repositorio de la Universidad Privada del Norte. Disponible en: xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/00000/00000. Xxxxxxx, X. (2019) Caracterización del Control Interno de las micro y pequeñas empresas del sector comercio del Perú: Caso empresa Negociaciones Xxxxxx S.A.C. - Chimbote, 2016. (Tesis de Contaduría Pública). ULADECH. Disponible en: xxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx/000000000/00000. Fernandhytia, F. (2020).The effect of internal manage, character morality and ethical cost on accounting fraud tendency. Revista Media Ekonomi Dan Manajemen. 35 (1). Disponible en: xxxx://xxxxxx.xxxxxxxx.xx.xx/xxxxx.xxx/xx/xxxxxxx/xxxx/0000. Xxxxxx, X. (2020). Control interno y compras públicas menores a 8 UIT en la Municipalidad Distrital de Pariahuanca, Ancash, 2019. (Tesis de Maestría en Gestión Pública). Universidad Xxxxx Xxxxxxx. Xxxxxxx, X. (2020). Contrataciones iguales o inferiores a 8 UIT y el control interno en la Municipalidad Distrital Colquepata, periodo 2019. (Trabajo de Investigación xx Xxxxxxxxx en Contabilidad). Escuela Académico Profesional de Contabilidad, Universidad Continental, Cusco, Perú. Xxxxxx, X. (2018). El control interno en los procesos de contrataciones de bienes y servicios en la Municipalidad de provincial de Huaraz, 2017. (Tesis de Contaduría Pública). Universidad Xxxxx Xxxxxxxx. Perú. Disponible en: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/xxxxxx/00.000.00000/00000. Xxxxxx, X (2020).Control jurisdiccional y contrataciones inferiores a los 8 UIT en una Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxx Xxxxx, 0000. (Tesis de Administración Pública). Universidad Xxxxx Xxxxxxxx. Perú. Disponible en: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/xxxxxx/00.000.00000/00000 Xxxxxx, X. (2018). Evaluación del proceso para la gestión del control interno dentro del sector público. (Tesis de Contaduría Pública). Universidad Nacional Del Altiplano – Puno. Xxxxxxx-Xxxxxx, X. Xxxxxx-Xxxxx, T., Xxxxxxx-Xxxxxx, M., Xxxxxxxx, M. (2018). El control interno y su influencia en la gestión administrativa del sector público. Dom. Cien. 4 (4). Disponible en: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxx/xxxxx.xxx/xx/xxxxx. Xxxxx, X. (2018). Contribución del dispositivo de Auditoría interna a la opinión de Xxxx de decisiones dentro del gobierno regional Bío Bío de la Universidad Xxxxxxxxx, X. (2018) Instrumento de entrenamiento jurisdiccional que complementan y fortalecen la contratación pública española de la Universidad xx Xxxxxxxx – España”. (Tesis Doctoral de Derecho). Universidad xx Xxxxxxxx. España. Disponible en: xxxxx://xxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxx/00000/xxxxx/XXXXX-0000-000.xxx. Xxxxx, X. (2017). Evaluación en el cumplimiento de normas en el Control Interno para las herramientas instituciones públicas de formación necesarias la Provincia de el Oro. (Tesis de Ingeniera en Contabilidad Y Auditoría Cpa). Unidad Académica De Ciencias Empresariales. Xxxxxx, P. (2020). Propuesta de sistema de control interno para la mejora del proceso de facturación en la EPS Xxxxxxx S.R.L. Jaén. (Tesis de Licenciatura en Administración). Universidad Xx. Xxx Xxxxx. Xxxxxxx, X. (2018). Evaluación del adiestramiento de control por medio del método COSO 2013 al condado crediticio del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Centro de Especialidades LETAMENDI dentro de la división 2016- 2017. (Tesis de Maestría en Administración de Empresas). Universidad Católica De Santiago De Guayaquil. Portal, J. (2016). Control interno e integridad: elementos necesarios para la gobernanza pública. El Cotidiano, (198), 7-13. [Fecha de Consulta 3 xx Xxxxx de 2021]. ISSN: 0186-1840. Disponible en: xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxx.xx?xx=00000000000 Xxxx Xxxxxx, X., Xxxxxxx Xxxxxxxx, J. M., Xxxx Xxxxxx, J., Xxxxxx Xxxxxxx, X., & Xxxxxxxx Xxxxxxxx, R. A. (2020). Control interno para mejorar las contrataciones del área de logística, Unidad de Gestión Educativa Local San Xxxxxx 2020. Ciencia Latina Revista Científica Multidisciplinar, 4(2), 936-954. xxxxx://xxx.xxx/00.00000/xx_xxx.x0x0.000. Xxxxxxx, M. y Xxxxxxxx, J. (2017). El sistema de control interno dentro del gobierno de Colombia como área que refuercen integra los sistemas para gestionar y controlar la profesionalización mejorara en la eficacia y efectividad de la gestión contractualpública hacia 2030. cve(Tesis de Administración). Universidad Externado De Colombia. Disponible en: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO xxxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxx/000/000/XXX-Xxx- 577D69AB1D6A?sequence=1. Xxxxxxxx, A. A.; Kashirskaya, L. V.; Xxxxxxxxxxxxx, Y. A.; Xxxxxxxxx, O. A.; Xxxxxxxxxx, I. Contratos fiscalizados cveV.; Xxxxxxxx, A. V. (2020). Assessment of the financial security of insurance companies in the organization of internal control, Entrepreneurship and Sustainability Issues 7(3): 2243- 2254. xxxxx://xxx.xxx/00.0000/xxxx.0000.0.0(00). Xxxxxxx, X. (2017). Los manuales de los procedimientos como instrumentos de Control Interno de una determinada entidad. Revista Universidad y Sociedad. 9 (3). Disponible en: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO IIxxxx://xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx.xxx?xxxxxx=xxx_xxxxxxx&xxx=X0000- 36202017000300038. Expedientes no remitidos o remitidos fuera Xxxx, X. (2019). Research Internal Control Construction System of Energybased Enterprises Based on COSO and Financial Quality. Serie de plazo 12/12/2018 Ley 9/2017 Abierto con 3.383.511,36 Ordinaria pluralidad conferencias IOP: Ciencias de criterios 18/7/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad 55.000,00 26/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Abierto criterio precio único 962.530,80 16/4/2018 RDL 3/2011 Abierto con Ordinaria pluralidad la tierra y el medio ambiente. 252, (3). Disponible en: xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xxx/xxxxxxx/00.0000/0000-0000/000/0/000000. Anexo 1. Matriz de criterios 419.144,80 Limpieza Operacionalización de edificios públicos Ayuntamiento xx Xxxxxxx Albacete Castilla-La Mancha Fundación Cultura Ciudad xx Xxxxxx Cuenca Castilla-La Mancha Guadalajara Castilla-La Mancha Toledo Castilla-La Mancha Limpieza del Colegio de Educación Infantil y Primaria Xxxxxxx Xxxxxxx Toledo Castilla-La Mancha 11/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidadvariables

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Samples: Tesis

RECOMENDACIONES. 1. Las entidades locales deberían establecer los mecanismos obras deberán construirse en período de planificación y gestión de su actividad contractual que permitan concluir la tramitación y adjudicación de sus contratos con la debida antelación, evitando situaciones de contratación irregular como las descritas en el presente Informeaguas bajas. 2. Las entidades locales deberían dotarse Deberán implementarse obras adecuadas (ataguías o diques de los procedimientos adecuados material aluvial) para cuantificar el presupuesto desviación de licitación y el valor estimado la corriente durante la fase de los contratos y su adecuación al precio general xx xxxxxxx a partir de una correcta estimación de los costes directos e indirectosimplementación del proyecto. 3. Las entidades locales deberían definir indicadores adecuados ataguías deberán ir protegidas o forradas para evitar el lavado del material fino, la valoración de los criterios de adjudicación dependientes de un juicio de valor que salvaguarden los principios de publicidad, transparencia y objetividad, informadores de la contratación públicaprotección puede ser con bolsas big bags o similares. 4. En la valoración La obra de desviación no deberá comprimir el ancho del criterio precio, las entidades locales deberían considerar la utilización de fórmulas que guarden una adecuada proporcionalidad cauce en cuanto a las diferencias existentes entre las ofertas y las puntuaciones otorgadas, evitando otorgar puntuación a aquellas que no representan una baja respecto más del presupuesto base de licitación30%. 5. Dentro Para la construcción de sus disponibilidades presupuestarias, las entidades locales deberían reforzar sus medios técnicos y personales, a fin de estar en condiciones de atender los enrocados se deberá excavar el fondo actual a las exigencias crecientes que cotas indicadas en el derecho plano. 6. La corona del vertedero deberá sobresalir 0.5 m por encima del nivel del enrocado terminado. 7. La traviesa o azud de confinamiento xxx xxxx enrocado deberá hacerse en concreto ciclópeo de 31 MPa. 8. El pozo disipador con enrocado debe ir confinado lateralmente con muros de gaviones. 9. La parte inferior de los enrocados se hará con colchagaviones de 0.3 m de espesor. 10. El tamaño medio de la contratación administrativa impone roca para los enrocados será de 0.4 m de diámetro. 11. El concreto ciclópeo se hará en una proporción de 60% roca y 40% concreto. 12. Los enrocados de los pozos de disipación deberán protegerse aguas arriba hasta la cara vertical de las presas de retención de sedimentos. 13. Las paredes verticales de los muros de confinamiento en gaviones xxx xxxx de disipación deberán ir recubiertas con un concreto de 31 MPa y un espesor e=15 cm. 14. Detrás de los muros de confinamiento en gaviones xxx xxxx, deberá realizarse un lleno con material granular, con una inclinación o caída del 3% hacia el centro del canal para reconformar el talud adyacente al muro. 15. El contradique de la Presa 3 (aguas abajo) deberá protegerse con estructuras similares a las usadas para las Presas 1 y 2, como se muestra en el Esquema - Presa 3. Esta protección consiste en dos muros laterales que se llevarán desde la cara vertical o caída del contradique de la Presa 3, uno a cada lado del vertedero de manera que se respete la longitud del mismo y se prolongarán hasta los 00 x xxxxx xxxxx donde deberá construirse un contradique similar a los poderes adjudicadorespropuestos para los demás pozos; es decir, en concreto ciclópeo de 31 MPa y con corona de 1.5 m y altura de 1.5 m, un ancho de base de 2.4 m y sobresaliendo 0.5 m por encima del nivel de acabado o enrase de los enrocados. 16. Desde este punto Todos los enrocados se construirán reemplazando, mediante excavación, una capa de vista, resulta prioritario proporcionar al personal encargado 1.0 m de espesor del suelo actual por una capa xx xxxx superior y una inferior de colchagavión. El tamaño de la contratación las herramientas roca para la capa superior deberá tener en promedio 0.4 m de formación necesarias que refuercen diámetro medio y un espesor de 0.7 m, la profesionalización piedra para los gaviones y colchagaviones será canto rodado de la gestión contractual. cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO I. Contratos fiscalizados cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO II. Expedientes un tamaño no remitidos o remitidos fuera de plazo 12/12/2018 Ley 9/2017 Abierto con 3.383.511,36 Ordinaria pluralidad de criterios 18/7/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad 55.000,00 26/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Abierto criterio precio único 962.530,80 16/4/2018 RDL 3/2011 Abierto con Ordinaria pluralidad de criterios 419.144,80 Limpieza de edificios públicos Ayuntamiento xx Xxxxxxx Albacete Castilla-La Mancha Fundación Cultura Ciudad xx Xxxxxx Cuenca Castilla-La Mancha Guadalajara Castilla-La Mancha Toledo Castilla-La Mancha Limpieza del Colegio de Educación Infantil y Primaria Xxxxxxx Xxxxxxx Toledo Castilla-La Mancha 11/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidadinferior a 12 cm.

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Samples: Convenio No. 1506 87 De 2015

RECOMENDACIONES. 1A la Corte Plena: 5.1-Reafirmar la distribución de la competencia territorial de la fase de apelación de la sentencia penal vigente entre los cuatro tribunales existentes, dados los resultados positivos logrados en la distribución equitativa de la carga de trabajo de nuevo ingreso, entre el personal jurisdiccional decisor destacado en esta etapa impugnaticia del proceso penal costarricense. Éste fue el propósito de las modificaciones introducidas a la competencia territorial, y los traslados de personal de un tribunal a otro, acordados por la Corte Plena en las sesiones números 10-2016 celebrada el 04 de abril de 2016, artículo XLIV, y 54-2014 celebrada el 17 de noviembre de 2014, artículo XXX. 5.2- Adscribir las siguientes tres plazas de jueza 5 o juez 5, códigos de puesto 369810, 369811 y 352662, así como una de las dos plazas de técnica o técnico judicial 3, códigos de puesto 369812 o 369813, a la estructura del Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal del Segundo Circuito Judicial de San José. Las entidades locales deberían establecer cinco plazas ordinarias antes mencionadas pertenecen a la estructura del Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal de Guanacaste, con asiento en Santa Cruz, y se encuentran funcionando en el Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal del Segundo Circuito Judicial de San José desde el 1° de enero de 2015, por acuerdo de la Corte Plena tomado en la sesión número 10-2016 celebrada el 04 de abril de 2016, artículo XLIV, y reafirmado en la sesión número 54-2014 celebrada el 17 de noviembre de 2014, artículo XXX. Esta recomendación encuentra su fundamento en la necesidad de mantener equitativa la distribución de las cargas de trabajo entre las juezas 5 y los mecanismos jueces 5 de planificación la fase de apelación de la sentencia penal, y gestión lograr mayor aprovechamiento de este personal en el tribunal propuesto. 5.3-Devolver una de las dos plazas ordinarias de técnica o técnico judicial 3, código de puesto 369812 o 369813, al Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal de Guanacaste, con asiento en Santa Cruz. Estas dos plazas son propias del tribunal en mención, y se encuentran funcionando en el Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal del Segundo Circuito Judicial de San José desde el 1° de enero de 2015, por acuerdo de la Corte Plena tomado en la sesión número 10-2016 celebrada el 04 de abril de 2016, artículo XLIV, y reafirmado en la sesión número 54-2014 celebrada el 17 de noviembre de 2014, artículo XXX. Esta recomendación, al igual que la precedente, encuentran su actividad contractual que permitan concluir fundamento en la tramitación necesidad de mantener equitativa la distribución de las cargas de trabajo, entre el personal técnico judicial de la fase de apelación de la sentencia penal, y adjudicación solucionar la sobrecarga de sus contratos trabajo existente a nivel de personal técnico en el tribunal propuesto. Al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional: 5.4- Gestionar a través de las coordinaciones de los tribunales de apelación de la sentencia penal del país, la constante aplicación de la buena práctica de resolver una cantidad de casos superior a la de los entrados, con la debida antelaciónel propósito de mantener controlado el tamaño del circulante. El valor de referencia fijado es de entre ocho y diez casos por mes y jueza o juez; sin embargo, evitando situaciones de contratación irregular como las descritas los resultados obtenidos e incluidos en el presente Informe. 2informe de seguimiento evidencian que ese rango de datos es superable. Las entidades locales deberían dotarse El licenciado Gerardo Rubén Alfaro Vargas, Juez Coordinador del Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal de Guanacaste, sede Santa Cruz, en oficio N° 219-TAPSC-17 del 19 de junio del presente año, manifestó: “… con acentuado respeto, hago de conocimiento de la honorable Corte Plena, la posición de nuestro colegio de jueces(zas), respecto del oficio 977-PLA-2017, mediante el cual se les somete a conocimiento el informe 887-PLA-201-22EV-2017-B "Resultados del seguimiento realizado a las cargas de trabajo de los procedimientos adecuados para cuantificar tribunales de apelación de la sentencia penal del país". Revisado el presupuesto escenario que refleja el informe, este recomienda trasladar de licitación manera definitiva tres plazas de jueces(as) decisores(as), del tribunal de apelación de sentencia penal de Guanacaste, al de San José. De estas tres plazas, una fue trasladada desde el mes de julio de 2014 al tribunal de apelación de sentencia de San Ramón, y el valor estimado de los contratos y su adecuación al precio general xx xxxxxxx a partir de enero de 2015, las tres plazas se ubicaron de forma temporal en Goicoechea, en el tribunal de apelación de sentencia de San José, lo cual se ha venido prorrogando hasta la fecha. El informe referido, señalada datos importantes que solicitamos sean analizados de previo a tomar la decisión del traslado definitivo, de la totalidad de la sección, en tanto consideramos se refleja la necesidad de devolverle al tribunal que coordino una correcta estimación de las plazas de juez(a) decisor(a); así en el punto 3.4, propiamente en el cuadro n.° 3 en el promedio de casos entrados entre los meses de mayo a diciembre de 2016, se nota el incremento de asuntos ingresados al despacho: 248, es decir 10.3 por juez, mientras el promedio de los costes directos e indirectos. 3otros tribunales de apelación de sentencia penal, en el mismo período se ubicó entre 7.3 y 7.9. Las entidades locales deberían definir indicadores adecuados Sin duda este incremento ha incidido en el crecimiento del circulante del tribunal, lo cual se indica en el informe en el punto 3.4 y en el cuadro n. °4. Si bien el promedio de asuntos terminados es menor, se tiene que está por encima de 7 asuntos, que es lo que la misma dirección de planificación estableció como el promedio de resolución por juez para los tribunales de apelación de sentencia penal (así se determina del cuadro anexo n.° 2-A. La tendencia a la valoración alza en el ingreso de asuntos al tribunal de apelación de sentencia de Guanacaste, que es claro en el período mayo-diciembre de 2016, viene determinada como resultado del aumento del número de jueces (zas) en las sedes de los criterios tribunales de adjudicación dependientes de un juicio de valor Santa Cruz y Liberia, lo cual augura aún una mayor producción de sentencias que salvaguarden podrían ser objeto de recurso de apelación y que serán de conocimiento de este tribunal de apelación de sentencia. Aunque no es objeto del análisis, es importante acotar, que el promedio de ingreso de asuntos por juez en los principios meses de publicidadmarzo, transparencia abril y objetividadmayo de 2017, informadores se mantiene en 10 asuntos. La dirección de planificación está recomendando trasladar una de las dos plazas de técnico judicial que se ubicaron en el tribunal de apelación de sentencia penal de San José y que pertenecen al tribunal de apelación de sentencia penal de Guanacaste; sin duda es necesario y apoyamos esa recomendación, sin embargo es tanto igual o más gravosa la situación de los jueces (zas) decisores(as), lo cual no fue considerado en el informe y nos obliga a hacerlo saber a ustedes, por este medio. Si se devuelve una plaza de juez(a) a Guanacaste y se trasladan dos de forma definitiva a San José, se equilibran las cargas de trabajo entre los jueces (zas) de todos los tribunales del país; en tanto San José tendría un promedio de ingreso de 7.5 por juez(a), mientras Santa Cruz quedaría con un ingreso de 7.9 por juez(a). Adjunto acta de colegio de jueces…” La Secretaría General de la contratación pública. 4. En Corte en oficio N° 7027-17 del 21 de junio último, solicitó a la valoración del criterio precio, las entidades locales deberían considerar la utilización Dirección de fórmulas que guarden una adecuada proporcionalidad en cuanto a las diferencias existentes entre las ofertas y las puntuaciones otorgadas, evitando otorgar puntuación a aquellas que no representan una baja Planificación informe con respecto del presupuesto base de licitación. 5. Dentro de sus disponibilidades presupuestarias, las entidades locales deberían reforzar sus medios técnicos y personalesal anterior oficio N° 219-TAPSC-17 suscrito por el licenciado Alfaro Vargas, a fin cuyos efectos, la licenciada Nacira Valverde Bermúdez, Directora interina de estar Planificación, mediante oficio N° 1135-PLA-2017 del 3 de julio del año en condiciones curso, remite el informe Nº 49-EV-2017-B de atender a las exigencias crecientes misma fecha, suscrito por el licenciado Erick Monge Sandí, Jefe interino del Subproceso de Evaluación, que el derecho de la contratación administrativa impone a los poderes adjudicadores. Desde este punto de vista, resulta prioritario proporcionar al personal encargado de la contratación las herramientas de formación necesarias que refuercen la profesionalización de la gestión contractual. cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO I. Contratos fiscalizados cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO II. Expedientes no remitidos o remitidos fuera de plazo 12/12/2018 Ley 9/2017 Abierto con 3.383.511,36 Ordinaria pluralidad de criterios 18/7/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad 55.000,00 26/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Abierto criterio precio único 962.530,80 16/4/2018 RDL 3/2011 Abierto con Ordinaria pluralidad de criterios 419.144,80 Limpieza de edificios públicos Ayuntamiento xx Xxxxxxx Albacete Castilla-La Mancha Fundación Cultura Ciudad xx Xxxxxx Cuenca Castilla-La Mancha Guadalajara Castilla-La Mancha Toledo Castilla-La Mancha Limpieza del Colegio de Educación Infantil y Primaria Xxxxxxx Xxxxxxx Toledo Castilla-La Mancha 11/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidadliteralmente dice:

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Samples: Acta De Sesión

RECOMENDACIONES. 1. Las entidades locales deberían Para realizar el seguimiento y análisis del impacto de los convenios, se recomienda establecer los mecanismos indicadores de planificación y gestión de su actividad contractual acuerdo a las variables que abarca cada proyecto, que permitan concluir obtener información clara sobre las condiciones en la tramitación y adjudicación que se encuentra la población objetivo antes de sus contratos desarrollar los convenios, para que de esta manera sea posible la comparación con los resultados obtenidos después de que éstos finalizan. En cuanto al proceso de post-incubación, es necesario aplicar la descripción de proceso con la debida antelaciónque cuenta INCUBAR BOYACÁ, evitando situaciones donde se propone un plan de contratación irregular como seguimiento y un plan de fortalecimiento, de manera que los convenios tengan continuidad y se obtengan resultados positivos. Se recomienda ser cuidadoso a la hora del reclutamiento y selección de personal para desarrollar los convenios, de manera que la relación entre los beneficiarios y el personal encargado sea un gana-gana y no se torne de incomodidad, tensión y desinterés. Adicional a lo anterior, aunque se asignen otras personas para desarrollar los convenios, se recomienda acompañamiento por parte del personal de Incubar en los procesos realizados, de manera que se verifique el cumplimiento de las descritas actividades durante el convenio, para lo cual se proponen visitas a los beneficiarios, verificación de resultados y encuestas de satisfacción Xxxxxxx, X. &. (2009). Documento de Investigación. Asociatividad Empresarial, Crecimiento Productivo e Innovación. El caso de las PYMES del sector textiles y confecciones en el presente Informe. 2Bogotá. Las entidades locales deberían dotarse Bogotá, Colombia: Universidad de la Salle. Xxxxx, X. X. (2000). Evaluación del impacto de los procedimientos adecuados proyectos de desarrollo en la pobreza: manual para cuantificar profesionales. Recuperado el presupuesto 16 xx Xxxxxx de licitación 2014, xx Xxxxxxxxxx: Banco Mundial: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxx/0000.xxx Xxxxx, X. (Noviembre de 2009). Evaluación de Impacto. Recuperado el 00 xx Xxxxxx xx 2014, de ILPES CEPAL: xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/0/00000/xxxxxxx_xxxxxxxx.xxx Xxxxxxx, X. X. (Marzo de 2011). Documento de Investigación. La competitividad empresarial: un marco conceptual para su estudio. Bogotá, Colombia: Fundación Universidad Central. Xxxxxxxxxx, X. (2004). Introducción a la Teoría General de la Administración. McGraw-Xxxx Interamericana. Xxxxx, X., & Xxxxxxxxx, X. (2004). CEPAL. Recuperado el 2 de Diciembre de 2015, de xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/0/00000/Xxxxxx_xxx_000000.xxx Comisión Técnica, P. S. (2001). Fase de rendición de cuentas. 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México: Xxxxxxx Educación de los criterios México S.A de adjudicación dependientes de un juicio de valor que salvaguarden los principios de publicidadC.V. Xxxxxxx, transparencia y objetividad, informadores X. (1974). la teoría económica de la contratación públicainnovación industrial. Madrid: Alianza Universidad. Xxxxxx, X. X. (2009). Documento de investigación. Procesos de Asociaitividad Empresarial: Aproximaciones conceptuales, e impacto económico, social y organizacional, 5-6. Bogotá, Colombia: Universidad xxx Xxxxxxx. Xxxxxx, X. (Enero de 2012). Revista Cientìfica. Opciones estratégicas de desarrollo organizacional hacia la sostenibilidad. Posadas, Argentina: Universidad Nacional de Misiones. Lic. Xxxxxxxxxxx, M. M. (2004). El concepto de emprendimiento y su relación con la educación, el empleo y el desarrollo local. Buenos Aires: XXXX. 4. En la valoración del criterio precio, las entidades locales deberían considerar la utilización de fórmulas que guarden una adecuada proporcionalidad en cuanto a las diferencias existentes entre las ofertas y las puntuaciones otorgadas, evitando otorgar puntuación a aquellas que no representan una baja respecto del presupuesto base de licitación. 5. Dentro de sus disponibilidades presupuestarias, las entidades locales deberían reforzar sus medios técnicos y personales, a fin de estar en condiciones de atender a las exigencias crecientes que el derecho de la contratación administrativa impone a los poderes adjudicadores. Desde este punto de vista, resulta prioritario proporcionar al personal encargado de la contratación las herramientas de formación necesarias que refuercen la profesionalización de la gestión contractual. cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO I. Contratos fiscalizados cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO II. Expedientes no remitidos o remitidos fuera de plazo 12/12/2018 Ley 9/2017 Abierto con 3.383.511,36 Ordinaria pluralidad de criterios 18/7/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad 55.000,00 26/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Abierto criterio precio único 962.530,80 16/4/2018 RDL 3/2011 Abierto con Ordinaria pluralidad de criterios 419.144,80 Limpieza de edificios públicos Ayuntamiento xx Xxxxxxx Albacete Castilla-La Mancha Fundación Cultura Ciudad xx Xxxxxx Cuenca Castilla-La Mancha Guadalajara Castilla-La Mancha Toledo Castilla-La Mancha Limpieza del Colegio de Educación Infantil y Primaria Xxxxxxx Xxxxxxx Toledo Castilla-La Mancha 11/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad

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Samples: Convenio

RECOMENDACIONES. 1. Las entidades locales deberían establecer Por lo antes expuesto y por convenir a los mecanismos de planificación y gestión de su actividad contractual que permitan concluir intereses institucionales, es necesario proceder a la tramitación y adjudicación de sus contratos brevedad posible con la debida antelacióncontratación del “Servicio de outsourcing de impresión, evitando situaciones escaneo y fotocopiado para el Registro de la Propiedad de Quito”, mediante el procedimiento de contratación irregular como las descritas de subasta inversa electrónica. 1.3 En los Términos de Referencia para la contratación del “SERVICIO DE OUTSOURCING DE IMPRESIÓN, FOTOCOPIADO Y ESCANEO PARA EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO”, elaborado por el ingeniero Xxxxxxx Xxxx, y revisado y aprobado por el ingeniero Xxxxxx Xxxxxx el 24 de enero de 2023, se estableció los parámetros y requerimientos para la contratación. 1.4 En el Estudio xx Xxxxxxx, elaborado por el ingeniero Xxxxxxx Xxxx, revisado y aprobado por el ingeniero Xxxxxx Xxxxxx el 14 de febrero de 2023, se determinó el presupuesto referencial considerando “la cotización más baja recibida por el Registro de la Propiedad para el SERVICIO DE OUTSOURCING DE IMPRESIÓN, FOTOCOPIADO Y ESCANEO PARA EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO”. 1.5 En el memorando GADDMQ-RPDMQ-PLAN-2023-0059-ME de 15 xx xxxxx de 2023 el Responsable de Planificación del RPDMQ verificó que la actividad “Servicio de outsourcing de impresión, fotocopiado y escaneo para el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito” se encuentra en el presente InformePlan Operativo Anual 2023. Adjunto al referido memorando remitió la certificación POA No. RPDMQ- CERT-PLAN-036. 2. Las entidades locales deberían dotarse 1.6 Mediante la "CERTIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - PLAN ANUAL DE CONTRATACIÓN 2023” de los procedimientos adecuados para cuantificar 22 xx xxxxx de 2023, identificada con el presupuesto código RPDMQ-CP-PAC-2023-002, la Responsable de licitación y Contratación Pública del RPDMQ corroboró que la actividad “SERVICIO DE OUTSOURCING DE IMPRESIÓN, FOTOCOPIADO Y ESCANEO PARA EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO”, se encuentra en el valor estimado Plan Anual de los contratos y su adecuación al precio general xx xxxxxxx a partir Contratación 2023 del Registro de una correcta estimación la Propiedad del Distrito Metropolitano de los costes directos e indirectosQuito. 31.7 Mediante el memorando GADDMQ-RPDMQ-DAF-PRES-2023-0063-ME de 27 xx xxxxx de 2023 la Responsable de Presupuesto del RPDMQ remitió la validación presupuestaria PRESU-RPDMQ-2023-011 y la certificación presupuestaria Nº 1000067337. Las entidades locales deberían definir indicadores adecuados La Certificación Presupuestaria No. 1000067337, emitida el 27 xx xxxxx de 2023 por la Dirección Administrativa Financiera del RPDMQ, refrenda la "DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA PARA LA ADQUISICION DEL SERVICIO DE OUTSORSING”. 1.8 Mediante la Resolución GADDMQ-RPDMQ-DESPACHO-2023-0001-RE de 05 xx xxxxx 2023 el Registrador de la Propiedad (e) del Distrito Metropolitano de Quito aprobó los pliegos del procedimiento de contratación pública, autorizó el inicio del procedimiento de Subasta Inversa Electrónica SIE-RPDMQ-001- 2023 y designó los miembros de la comisión técnica. 1.9 El 06 xx xxxxx de 2023 se realizó la convocatoria a través del portal de Compras Públicas a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios o compromisos de asociación, que se encuentren habilitadas en el Registro Único de Proveedores (RUP), y que tengan su domicilio fiscal en el Ecuador, para que presenten sus ofertas para brindar el “SERVICIO DE OUTSOURCING DE IMPRESIÓN, FOTOCOPIADO Y ESCANEO PARA EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO”. 1.10 En el memorando GADDMQ-RPDMQ-DAF-CP-2023-0070-ME de 06 xx xxxxx de 2023 la valoración Responsable de la Unidad de Contratación Pública del RPDMQ notificó a los criterios miembros de adjudicación dependientes la Comisión Técnica su designación a fin de un juicio que se lleve a cabo la etapa precontractual del proceso signado con el código SIE- RPDMQ-001-2023. La Comisión Técnica fue conformada por Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Coordinador Técnico de valor que salvaguarden los principios Despacho de publicidadla entidad, transparencia como profesional designado por la máxima autoridad, quién la presidió, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Coordinador de Tecnologías de la Información y objetividadComunicaciones (responsable de área), informadores como Titular del Área Requirente y Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Ambi, Analista de TICS, como profesional afín al objeto de la contratación públicadesignado por la máxima autoridad. 41.11 En el “Acta No. 001.- ACTA DE PREGUNTAS, RESPUESTAS Y/O ACLARACIONES” de 13 xx xxxxx de 2023 se evidencia que los miembros de la Comisión Técnica dieron respuesta a una pregunta efectuada a través del portal de compras públicas y efectuaron dos aclaraciones a los pliegos del procedimiento SIE-RPDMQ-001-2023. 1.12 En el “ACTA No. 002.- ACTA DE APERTUTA DE OFERTAS”, suscrita el 00 xx xxxxx xx 2023, se evidencia que la valoración Comisión Técnica efectuó la apertura de seis ofertas electrónicas presentadas a través del criterio precioportal institucional del Servicio Nacional del Servicio Nacional de Contratación Pública. 1.13 En el “ACTA No. 003”, suscrita el 00 xx xxxxx xx 2023, se evidencia que la Comisión Técnica determinó que en las entidades locales deberían considerar propuestas de los oferentes 3, 4 y 6 existieron errores de naturaleza convalidable, por lo que emitió un oficio para cada oferente con la utilización solicitud de fórmulas que guarden una adecuada proporcionalidad en cuanto a las diferencias existentes entre convalidación de errores. 1.14 En el “Acta No. 004.- ACTA DE CALIFICACIÓN DE OFERTAS”, suscrita el 28 xx xxxxx de 2023, los miembros de la Comisión Técnica efectuaron la calificación de las ofertas presentadas dentro del procedimiento de contratación SIE-RPDMQ-001-2023 y las puntuaciones otorgadas, evitando otorgar puntuación concluyeron y recomendaron lo transcrito a aquellas que no representan una baja respecto del presupuesto base de licitación. 5. Dentro de sus disponibilidades presupuestarias, las entidades locales deberían reforzar sus medios técnicos y personales, a fin de estar en condiciones de atender a las exigencias crecientes que el derecho de la contratación administrativa impone a los poderes adjudicadores. Desde este punto de vista, resulta prioritario proporcionar al personal encargado de la contratación las herramientas de formación necesarias que refuercen la profesionalización de la gestión contractual. cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO I. Contratos fiscalizados cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO II. Expedientes no remitidos o remitidos fuera de plazo 12/12/2018 Ley 9/2017 Abierto con 3.383.511,36 Ordinaria pluralidad de criterios 18/7/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad 55.000,00 26/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Abierto criterio precio único 962.530,80 16/4/2018 RDL 3/2011 Abierto con Ordinaria pluralidad de criterios 419.144,80 Limpieza de edificios públicos Ayuntamiento xx Xxxxxxx Albacete Castilla-La Mancha Fundación Cultura Ciudad xx Xxxxxx Cuenca Castilla-La Mancha Guadalajara Castilla-La Mancha Toledo Castilla-La Mancha Limpieza del Colegio de Educación Infantil y Primaria Xxxxxxx Xxxxxxx Toledo Castilla-La Mancha 11/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidadcontinuación:

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Samples: Outsourcing Agreement

RECOMENDACIONES. 1Promover y desarrollar el cambio de una cultura del agua en la cuenca del río Tumbes, no es un trabajo sencillo, se requiere elaborar un Plan de Trabajo Interinstitucional xx xxxxxxx y largo plazo, promovido por la ALA, el Gobierno Regional y el Consejo de Recursos Hídricos, apoyado en aliados estratégicos (actores regionales) comprometidosen desarrollar un trabajo colectivo y debe contar con presupuesto. Las entidades Impulsar un programa regional de concientización y manejo del tema Cultura del Agua, para funcionarios, autoridades y profesores de la región Tumbes, con el propósito de conseguir cambios de actitud respecto a los recursos hídricos, priorizando proyectos ambientales, de conservación y buen manejo de las aguas servidas; proyectos con mayores recursos para la capacitación y sensibilización en Cultura del Agua, los mismos que deben venir de los recursos ordinarios de los gobiernos. El Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca Tumbes y las autoridades deben considerar la Cultura del Agua como un proceso social y no técnico, por ello debenproponer su incorporación en el currículo educativo de todos los niveles, con profesores concientizado y sensibilizados en el tema. Identificar y difundir experiencias locales deberían establecer los mecanismos y regional en buena Cultura del Agua, caso la Irrigación Puerto El Cura, las JAAS autogestionarias, y las experiencias xx xxxxx tecnificado en asociaciones de planificación pequeños productores de banano, tal que nuevos usuarios hagan un uso eficiente del agua y gestión lo revaloren. Pedir al estado y sus autoridades una mayor presencia y liderazgo en el tema, y se priorice recuperar la autoridad a todo nivel, valorar y promover el pago de su actividad contractual que permitan concluir la tramitación tarifa y adjudicación de sus contratos retribución económica. Asimismo negociar con la debida antelaciónempresa Agua de Tumbes S.A, evitando situaciones el iniciodel tratamiento de contratación irregular como las descritas aguas residuales antes de evacuarse al río. Con este cambio de prácticas se fomenta una nueva valoración del recurso. Promover agentes (grupos técnicos, brigadas o promotores ambientales), que trabajen con la sociedad civil, capacitando y sensibilizando en el presente Informetema Cultura del Agua,barrio por barrio, apoyados con materiales de difusión (afiches, trípticos, videos, etc. 2) que contienen experiencias locales. Las entidades locales deberían dotarse Asimismo debe combinarse el trabajo de difusión a través de los procedimientos adecuados para cuantificar el presupuesto medios masivos de licitación comunicación (radio RPP, Tv), fijando los horarios sugeridos en la zona. El objetivo final de la Nueva Cultura del Agua en Tumbes, es que la población proteja y defienda sus recursos hídricos, convirtiéndose en parte de la defensa nacional y del estado, como recurso primordial, y el valor estimado acceso de los contratos las personas como un derecho humano. Para que las nuevas generaciones desarrollen una conciencia sobre el agua y su adecuación al precio general xx xxxxxxx a partir de una correcta estimación de los costes directos e indirectos. 3. Las entidades locales deberían definir indicadores adecuados importancia para la valoración sociedad, se debe tener un programa de Sensibilización y Capacitación en Cultura del Agua, cuyas estrategias comunicacionales deben tener varios frentes de trabajo: ✓ Priorizar los criterios niños de adjudicación dependientes inicial hasta los estudiantes de institutos superiores y universidades, donde deben intervenir los profesores y padres de familia, promoviendo un juicio trabajo de tipo “escuela – hogar”. Se deben usar materiales adecuados a la zona. ✓ Principales temas a difundir: Cultura del Agua. Mal manejo del agua y los daños que generan en la economía y recursos del usuario. El buen uso del agua en el hogar. El valor económico del agua. Difusión de experiencias de buen uso y manejo del agua. ✓ Una comunicación masiva, con prácticas y experiencias que salvaguarden permita promocionar y difundir en los principios alumnos, usuarios y la población, una nueva Cultura del Agua (cuidar, proteger, valorar, no contaminar), de publicidadmanera activa y permanente en la temática, transparencia y objetividad, informadores apoyadopor los medios más importantes e influyentes de la contratación pública. 4. En la valoración del criterio precio, las entidades locales deberían considerar la utilización de fórmulas que guarden una adecuada proporcionalidad en cuanto a las diferencias existentes entre las ofertas y las puntuaciones otorgadas, evitando otorgar puntuación a aquellas que no representan una baja respecto del presupuesto base de licitación. 5. Dentro de sus disponibilidades presupuestarias, las entidades locales deberían reforzar sus medios técnicos y personales, a fin de estar en condiciones de atender a las exigencias crecientes que el derecho de la contratación administrativa impone región; asimismo se debe aprovechar fechas claves referidas a los poderes adjudicadoresrecursos hídricos. Desde este punto ✓ Crear e implementar grupos técnicos, brigadas o promotores ambientales, que sean agentes que trabajen con la sociedad civil capacitando y sensibilizando. Los materiales de vistadifusión (afiches, resulta prioritario proporcionar al personal encargado trípticos, videos etc.) deben recoger experiencias y fotos de la contratación las herramientas de formación necesarias que refuercen la profesionalización de la gestión contractual. cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO I. Contratos fiscalizados cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO II. Expedientes no remitidos o remitidos fuera de plazo 12/12/2018 Ley 9/2017 Abierto con 3.383.511,36 Ordinaria pluralidad de criterios 18/7/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad 55.000,00 26/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Abierto criterio precio único 962.530,80 16/4/2018 RDL 3/2011 Abierto con Ordinaria pluralidad de criterios 419.144,80 Limpieza de edificios públicos Ayuntamiento xx Xxxxxxx Albacete Castilla-La Mancha Fundación Cultura Ciudad xx Xxxxxx Cuenca Castilla-La Mancha Guadalajara Castilla-La Mancha Toledo Castilla-La Mancha Limpieza del Colegio de Educación Infantil y Primaria Xxxxxxx Xxxxxxx Toledo Castilla-La Mancha 11/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidadcasos locales para lograr una mejor identificación.

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Samples: Consulting Agreement

RECOMENDACIONES. 17.1. Las entidades locales deberían establecer Al gobernador regional, se recomienda destinar mayor personal para el monitoreo desde los mecanismos de planificación y gestión de su actividad contractual que permitan concluir la tramitación y adjudicación de sus contratos con la debida antelación, evitando situaciones métodos de contratación irregular como hasta la ejecución de cada obra de modo que se pueda verificar con eficiencia a las descritas en el presente Informeempresas que realmente puedan ejecutar las obras. Así también identificar las verdaderas deficiencias y sustente de manera más verificada los adicionales de obra. 27.2. Las entidades locales deberían dotarse Al gobernador regional, designar dentro de los procedimientos adecuados para cuantificar la Gerencia Regional de Infraestructura un abogado especialista en contrataciones públicas que sea el presupuesto primer filtro de licitación y el valor estimado legalidad de los contratos y su adecuación al precio general xx xxxxxxx a partir las solicitudes de una correcta estimación ampliación de los costes directos e indirectosplazo. 37.3. Las entidades locales deberían definir indicadores adecuados para la valoración La Oficina Regional de los criterios de adjudicación dependientes Asesoría Legal del Gobierno Regional San Xxxxxx – Sede Central, debe realizar un chek list sobre el contenido de un juicio adicional de valor que salvaguarden los principios de publicidad, transparencia y objetividad, informadores de la contratación pública. 4. En la valoración del criterio precio, las entidades locales deberían considerar la utilización de fórmulas que guarden una adecuada proporcionalidad en cuanto a las diferencias existentes entre las ofertas y las puntuaciones otorgadas, evitando otorgar puntuación a aquellas que no representan una baja respecto del presupuesto base de licitación. 5. Dentro de sus disponibilidades presupuestarias, las entidades locales deberían reforzar sus medios técnicos y personalesobra, a fin de estar que se cuente con la totalidad de la documentación y se verifique el cumplimiento del procedimiento establecido en condiciones la normativa de atender contrataciones públicas. 7.4. Al gobernador regional proponga ante el Gobierno Central, homologar el perfil de los profesionales que participen en la elaboración de expedientes técnicos de obra, debido a que la ineficiencia de la calidad de realización de expedientes perjudica directamente a los contratos públicos. Xxxxxxx, X. X., & Xxxxx, V. W. (2021). Formulación y programación del Plan Anual de Contrataciones: Modelo Básico para mejorar compras, Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxx Xxxxx 0000. Revista Ciencia y Tecnologia, 17(4), 201. xxxxx://xxx.xxx/00.00000/xxx.xxx.0000.00.00 Xxxxxx, X. (2019). Convenios arbitrales desequilibrados en los contratos públicos bajo la ley de contrataciones del Estado. Derecho PUCP, 82, 347-370. xxxxx://xxx.xxx/00.00000/xxxxxxxxxxx.000000.000 Xxxxxx, X. X., & Xxxx, X. (2022). Presupuesto público y derechos sociales: Perspectiva general sobre el cumplimiento de los derechos. Estado & Comunes, 1(14), 75-94. xxxxx://xxx.xxx/00.00000/xxxxxx_xxxxxxx.x0.x00.0000.000 Xxxxxxxxx, X., Michalková, X., & Xxxxxxxx, S. (2021). Public Procurement in the Conditions of the Slovak Republic Concerning the Participants in the Procurement. International Journal of Entrepreneurial Knowledge, 9(1), 67- 80. xxxxx://xxx.xxx/00.00000/xxxx.x0x0.000 Xxxxxx, X. (2019). Metodología de la investigación. Xxxxxxx, 322. Xxxxx, X., & Xxxxxxxx, S. (2021). Renegotiations and Renewals of Public Contracts. Review of Industrial Organization, 59(3), 461-482. xxxxx://xxx.xxx/00.0000/x00000-000-00000-x Xxxxxxx, X., & Xxxxxx, S. (2019). Efeitos das Competências no Desempenho de Contratos de Serviços no Setor Público. Revista de Administração Contemporânea, 22(4), 487-509. xxxx://xx.xxx.xxx/00.0000/0000- 7849rac2018170152 Xxxxxxxx, X., & Xxxxxxx, X. (2018). El arbitraje y los adicionales de obra. Derecho PUCP, 66, 319-333. xxxxx://xxx.xxx/00.00000/xxxxxxxxxxx.000000.000 CONCYTEC. (2018). Programa Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación en Tecnologías de la Información y Comunciación (p. 60). Contraloría General de la República. (2019). INFOBRAS - Sistema Nacional de Información de Obras del estado. xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/ Xxxxxxxxx, X. (2018). Una trayectoria de desarrollo: La planificación del Estado. 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Modifican el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344- 2018-EF, y dictan otras disposiciones-DECRETO SUPREMO-No 162-2021- EF. xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxx- de-la-ley-n-30225-ley-de-contratac-decreto-supremo-no-162-2021-ef- 1967189-1/ Xxxxxxx, X., & Xxxxxxxxx, X. (2017). Los sistemas de gestión presupuestal y contratación gubernamental como inhibidores del gasto público en México. The Anáhuac Journal: Business and Economics, Vol. 13, 55-85. Xxxxxxxx, X., & Xxxx, R. (2017). Inversión sin planificación: La calidad de la inversión pública en los barrios vulnerables de Lima. MISC, Lima. Xxxxxxxx, X. (2020). Metodologia participativa: Relato de pesquisa voltada à prática do enfermeiro. Revista Recien - Revista Científica de Enfermagem, 10(30), 68-76. xxxxx://xxx.xxx/00.00000/xxxxxxx0000.00.00.00-00 Xxxxxxx, X. (2019). Ley de Contratos del Sector Público, precios, costes laborales y subrogación de empresa: ¿prioridad aplicativa del convenio colectivo de empresa o del sectorial? Revista de Derecho vLex. Xxxxxxxxx, X., & Xxxxxxx, X. (2018). Metodología de la investigación. Las rutas cuantitativa, cualitativa y mixta. McGraw-Xxxx. Xxxxxx, M. D. (2019). Management of the results budget and its influence on the quality of public expenditure in the municipality district Chaglla—Pachitea. Gaceta Científica, 5(1), 36-38. Xxxxxxxxx, A. L., & Xxxxx, A. I. (2021). Contract Modifications and the CJEU: The Evolution of Public Procurement Case Law. European Procurement & Public Private Partnership Law Review, 16(1), 78-88. xxxxx://xxx.xxx/00.00000/xxxxx/0000/0/00 Xxxx, P., Xxxx, S., & Xxxxx, M. (2021). L’impact de la dématérialisation des contrats de travaux publics sur l’organisation interne des acteurs publics et privés et leurs interactions au sein d’un territoire: The impact of the dematerialization of public works contracts on the internal organization of public and private actors and their interactions within a territory. Politiques et Management Public, 38(3), 299-329. xxxxx://xxx.xxx/00.0000/xxx.00.0000.0000 Madrid, C., & Xxxxxxxx, X. (2020). Oportunidades de corrupción y pandemia: El compliance gubernamental como un protector eficaz al interior de las exigencias crecientes que organizaciones del estado. Desde el Sur, 12(1), 213-239. xxxxx://xxx.xxx/00.00000/xxx-0000-0000-0000 Xxxxx, X. (2018). About Public Acquisition Monitoring Role and Necessity During Framework Agreement Post-Implementation. Internal Auditing & Risk Management, 13(2), 44-54. Xxxxxxx, xxxxxxx. (2020). 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Algunas consideraciones acerca del Motu Proprio de 19 xx xxxx de 2020, sobre transparencia, control y competencia en la adjudicación de contratos públicos de la contratación administrativa impone a los poderes adjudicadoresXxxxx Xxxx x xxx Xxxxxx xx xx Xxxxxx xxx Xxxxxxxx. Desde este punto de vistaIus Canonicum, resulta prioritario proporcionar al personal encargado 61(121), 417. xxxxx://xxx.xxx/00.00000/000.000.000 Xxxxxxxxx, X. (2017). On Effect of Urgent Measure for Quality Maintenance of Public Works on Discouraging Low-Priced Biddings and the Future of Tender Contract System. Journal of Construction Management, JSCE, 14, 277. xxxxx://xxx.xxx/00.0000/xxxxx.00.000 Xxxxxxx, M. A., Xxxxxxxx, M. A., Xxxxxxx, F. D., & Xxxxxxxxx, G. D. S. (2020). Evaluación de la eficiencia y eficacia en la contratación las herramientas de formación necesarias que refuercen la profesionalización obras mediante licitación pública en el gobierno regional Lambayeque, 2017-2019. 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Expedientes no remitidos o remitidos fuera una escala malo (1), regular (2) y bueno (3) Planificación Plan anual de contrataciones Ordinal Actuaciones preparatorias Presupuesto del expediente técnico en concordancia con precios xxx xxxxxxx Especificaciones técnicas y términos de referencia Métodos de contratación Medios de difusión de convocatoria Procesos de selección eficiente Otorgamiento de buena pro El contrato y su ejecución Ejecución dentro del plazo cantidad de adicionales y ampliaciones de plazo 12/12/2018 Ley 9/2017 Abierto con 3.383.511,36 Ordinaria pluralidad de criterios 18/7/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad 55.000,00 26/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Abierto criterio precio único 962.530,80 16/4/2018 RDL 3/2011 Abierto con Ordinaria pluralidad de criterios 419.144,80 Limpieza de edificios públicos Ayuntamiento xx Xxxxxxx Albacete Castilla-La Mancha Fundación Cultura Ciudad xx Xxxxxx Cuenca Castilla-La Mancha Guadalajara Castilla-La Mancha Toledo Castilla-La Mancha Limpieza cumplimiento del Colegio de Educación Infantil y Primaria Xxxxxxx Xxxxxxx Toledo Castilla-La Mancha 11/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidadcontrato

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Samples: Tesis

RECOMENDACIONES. 1Solicitar de forma urgente a la Empresa Eléctrica Del Norte (EMELNORTE) la inspección técnica al sitio para su verificación. Las entidades locales deberían establecer los mecanismos Mediante comunicación vía QUIPUX con Oficio Nro. GADMSPH-ALC-2024- 0009-O, de planificación fecha 16 de enero del 2024, suscrita por el Ab. Xxxxx Xxxxx Xxxxx ALCALDE del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal San Xxxxx de Huaca solicita lo siguiente: (…) Con un atento y gestión de su actividad contractual que permitan concluir la tramitación y adjudicación de sus contratos cordial saludo, me dirijo a Usted con la debida antelaciónfinalidad de solicitarle por tercera ocasión de la manera más comedida nos ayude con el equipo técnico y maquinaria necesaria para que se realice la movilización del cableado eléctrico ya que hasta el momento solo se ha procedido a retirar los cables de media tensión en la Comunidad el Solferino, evitando situaciones perteneciente a la parroquia Xxxxxxxx Sucre; solicitud que la realizamos con la finalidad de contratación irregular dar continuidad a la obra de construcción de cubierta en la cancha de este sector, ya que al momento se encuentra paralizada la obra. En caso de requerir información adicional, me permito indicar los números de contacto del director de Obras Públicas y Fiscalizador de la Municipalidad. Solicitud que la realizamos en razón de que hasta la presente fecha no se ha dado respuesta a nuestros requerimientos. Mediante Oficio Nro. EMELNORTE-ADC-2024-0003-OF de fecha 18 de enero del 2024, suscrita por el Ing. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, JEFE DISTRITO TULCÁN EMELNORTE indica que: (…) En respuesta al Documento No. GADMSPH-ALC-2024-0009-0 la empresa Emelnorte se encarga de revisar y autorizar los proyectos civiles de construcciones eléctricas, siendo responsabilidad del constructor planificar y cumplir la normativa vigente. Lamentablemente los estudios NO se habían realizado correctamente, omitiendo considerar la línea de media tensión que cruza por la obra. A pesar el personal se trasladó por tres ocasiones a brindar el apoyo interinstitucional, la vía no se había limpiado para el ingreso de la grúa como se acordó en verbalmente, impidiendo realizar el trabajo solicitado. Subrayamos nuestra disposición de prestar nuestro contingente siempre que las descritas regularizaciones ministeriales permitan llevar a cabo nuestras funciones de acuerdo con la planificación prevista. También puedo informar que la línea que cerca, está deshabilitada y pueden continuar los trabajos según informa el jefe zonal XX Xxxxx Xxxxx. Mediante Oficio No. 019-FISC-RP-2024 de fecha 19 de enero del 2024, suscrita por el Arq. Xxxxxx Xxxxx FISCALIZADOR del GADMSPH comunica lo siguiente: (…) Tengo a bien informar que luego de haber realizado varias gestiones con la Empresa Eléctrica del Norte de la ciudad xx Xxxxxx, sobre la solicitud de reubicación del cableado de Media Tensión ubicado en donde se está construyendo una cubierta en estructura metálica, sector El Solferino de la Parroquia Xxxxxxxx Sucre, Cantón San Xxxxx de Huaca. La Empresa Eléctrica del Norte, con fecha 18 de enero del 2024, emite el oficio N* EMELNORTE-ADC- 2024-003-OF, en el presente Informeque informa, que la línea que cerca, esta deshabilitada y pueden continuar los trabajos según informa el jefe zonal IW Xxxxx Xxxxx. Para lo cual solicito se notifique al contratista de la obra N° MCO-GADMSPH-03- 2023, respecto a la obra, "CUBIERTA Y CERRAMIENTO CANCHA COMUNIDAD SOLFERINO Y CAMBIO DE CUBIERTA XXXXXXX XX XXXXXXX SAN XXXXX, PERTENECIENTES AL CANTON SAN XXXXX DE HUACA, PROVINCIA XXX XXXXX". Para que se reinicie los trabajos correspondientes, debido a que la obra se encuentra paralizada desde el mes xx xxxxx del 2023. Con fecha 19 de enero del 2024, se extiende la Orden de Reinicio de Obra suscrita por el Tnlgo. Xxxxxx X. Xxxxxx X. Administrador de Contrato; Arq. Xxxxxx Xxxxx FISCALIZADOR del GADMSPH y la COMPAÑÍA FR&PC CONSTRUCCIONES CIA LTDA. Para que se continue con los trabajos relacionados con la "CUBIERTA Y CERRAMIENTO CANCHA COMUNIDAD SOLFERINO Y CAMBIO DE CUBIERTA XXXXXXX XX XXXXXXX SAN XXXXX, PERTENECIENTES AL CANTON SAN XXXXX DE HUACA, PROVINCIA XXX XXXXX". Mediante Oficio S/No. de fecha 29 de enero del 2024, el Arq. Xxxxxx Xxxxxxx representante legal de la COMPAÑÍA FR&PC CONSTRUCCIONES CIA LTDA. 2, contratista de la construcción de la “Cubierta y Cerramiento Cancha Comunidad Solferino y Cambio de Cubierta Xxxxxxx xx Xxxxxxx San Xxxxx, pertenecientes al Cantón San Xxxxx de Huaca, Provincia xxx Xxxxxx”, solicita la Recepción Provisional de la obra una vez terminado los mismos. Las entidades locales deberían dotarse Mediante Oficio N°.018-FISC-RP- 2024, de fecha 8 de enero del 2024, suscrito por el Arq. Xxxxxx Xxxxx FISCALIZADOR del GADMSPH comunica lo siguiente: (…) En referencia al oficio S/N de fecha 29 de enero del 2024, emitido por el Arq. Xxxxxx Xxxxxxx, GERENTE FR£PC CONSTRUCCIONES CIA LTDA. En el que solicita la RECEPCION PROVISIONAL DE LA OBRA, correspondiente al contrato N° MCO-GADMSPH-03-2023, respecto a la obra, “CUBIERTA Y CERRAMIENTO COMUNIDAD SOLFERINO Y CAMBIO DE CUBIERTA XXXXXXX XX XXXXXXX SAN XXXXX DE HUACA, PROVINCIA XXX XXXXXX”. La misma que mediante sum inserta por parte del Sr. Abg. Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Xxxxx de Huaca, en la cual solicita realizar la Inspección técnica a dicha obra por parte de Fiscalización, De acuerdo a la revisión de la documentación del contrato N” MCO-GADMSPH- 03-2023, respecto a la obra, “CUBIERTA Y CERRAMIENTO COMUNIDAD SOLFERINO Y CAMBIO DE CUBIERTA XXXXXXX XX XXXXXXX SAN XXXXX XX XXXXX, PROVINCIA XXX XXXXXX”., de la cual no existe ninguna observación, para lo cual es necesario solicitar la conformación de la comisión técnica y así mismo se realice la inspección correspondiente a dicha obra conjuntamente con la comisión asignada, para este proceso, para luego se proceda la realización del Acta de Recepción Provisional, solicitada por el contratista, debido a que se ha concluido con los procedimientos adecuados para cuantificar trabajos correspondientes. Mediante Oficio N°.026-OOPP-GADMSPH- 2024, de fecha 16 de enero del 2024, suscrito por el presupuesto Arq. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Director de licitación y Obras Públicas del GADMSPH, solicita al Ab. Xxxxx Xxxxx Xxxxx Alcalde del GADMSPH, la conformación de la comisión encargad re realizar la RECEPCIÓN PROVISIONAL del contrato N” MCO-GADMSPH-03-2023, respecto a la obra, “CUBIERTA Y CERRAMIENTO COMUNIDAD SOLFERINO Y CAMBIO DE CUBIERTA XXXXXXX XX XXXXXXX SAN XXXXX DE HUACA, PROVINCIA XXX XXXXXX”. Mediante Memorándum N° 0028 de fecha 20 de febrero del 2024, suscrito por el valor estimado Ab. Xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx del GADMSPH, dirigido al Arq. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Director de los contratos y su adecuación Obras Públicas del GADMSPH, cita lo siguiente: (…) Con la finalidad de dar cumplimiento al precio general xx xxxxxxx requerimiento presentado por el Arg. Xxxxxx Xxxxxxx Gerente XXXXX CONSTRUCCIONES CIA. LIDA., me permito DESIGNAR a partir Usted en calidad de una correcta estimación de los costes directos e indirectos. 3. Las entidades locales deberían definir indicadores adecuados responsable para la valoración de los criterios de adjudicación dependientes de un juicio de valor que salvaguarden los principios de publicidad, transparencia y objetividad, informadores conformación de la contratación pública. 4comisión, para proceder con la recepción provisional del proyecto: - CONTRATO CUBIERTA Y CERRAMIENTO CANCHA COMUNIDAD SOLFERINO Y CAMBIO DE CUBIERTA XXXXXXX XX XXXXXX SAN XXXXX DE HUACA, PROVINCIA XXX XXXXXX, según contrato N” MCO-GADMSPH-03- 2023. Memorándum N° 69 OOPP. -GADMSPH-2024, de fecha 20 de febrero del 2024, suscrito por el Arq. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Director de Obras Públicas del GADMSPH y dirigido al Ing. Xxxxxxx Xxxxxxx Jefe de Avalúos y Catastros del GADMSPH, menciona lo siguiente: (…) En cumplimiento a memorándum 0028, de fecha 20 de febrero del 2024, suscrito por el Xx Xxxxxxx en el cual me designa como responsable de conformar la valoración comisión para proceder a la recepción provisional del criterio precioProyecto: CONTRATO CUBIERTA Y CERRAMIENTO CANCHA COMUNIDAD SOLFERINO Y CAMBIO DE CUBIERTA XXXXXXX XX XXXXXXX SAN XXXXX DE HUACA, las entidades locales deberían considerar la utilización de fórmulas que guarden una adecuada proporcionalidad en cuanto PROVINCIA XXX XXXXXX, según contrato N* MCOGADMPSH-03-2023. Me permito desganarle a las diferencias existentes entre las ofertas y las puntuaciones otorgadas, evitando otorgar puntuación a aquellas Ud. como Técnico que no representan una baja respecto del presupuesto base de licitaciónintervino en el proceso MCO- GADMPSH-03-2023. 5. Dentro de sus disponibilidades presupuestarias, las entidades locales deberían reforzar sus medios técnicos y personales, a fin de estar en condiciones de atender a las exigencias crecientes que el derecho de la contratación administrativa impone a los poderes adjudicadores. Desde este punto de vista, resulta prioritario proporcionar al personal encargado de la contratación las herramientas de formación necesarias que refuercen la profesionalización de la gestión contractual. cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO I. Contratos fiscalizados cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO II. Expedientes no remitidos o remitidos fuera de plazo 12/12/2018 Ley 9/2017 Abierto con 3.383.511,36 Ordinaria pluralidad de criterios 18/7/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad 55.000,00 26/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Abierto criterio precio único 962.530,80 16/4/2018 RDL 3/2011 Abierto con Ordinaria pluralidad de criterios 419.144,80 Limpieza de edificios públicos Ayuntamiento xx Xxxxxxx Albacete Castilla-La Mancha Fundación Cultura Ciudad xx Xxxxxx Cuenca Castilla-La Mancha Guadalajara Castilla-La Mancha Toledo Castilla-La Mancha Limpieza del Colegio de Educación Infantil y Primaria Xxxxxxx Xxxxxxx Toledo Castilla-La Mancha 11/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad

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Samples: Construction Contract

RECOMENDACIONES. 1. Las entidades locales deberían establecer  Analizar y estandarizar cuáles serán los mecanismos ítems aplicables para la inversión del anticipo considerando las condiciones reales de planificación ejecución de proyectos y gestión obras en los que aplique según el Manual de Contratación de FONADE vigente (Subgerencia Técnica – Gerencias de Unidad)  Socializar con las diferentes dependencias de FONADE los ANS que aplican actualmente para los procesos precontractuales (Subgerencia de Contratación)  Estandarizar en las reglas de participación de los proyectos que para su actividad contractual que permitan concluir ejecución se desarrollan en más de una etapa, la tramitación especificación del plazo máximo entre el fin de una y adjudicación el inicio de sus contratos con la debida antelaciónsiguiente (Subgerencia Técnica, evitando situaciones Gerentes de contratación irregular como las descritas Unidad – Subgerencia de Contratación, Planeación Contractual)  Garantizar la aplicación, sin excepción, del análisis de riesgos para FONADE previo a la suscripción de nuevos convenios o para cualquier modificación de los vigentes en el presente Informe. 2. Las entidades locales deberían dotarse marco de los procedimientos adecuados para cuantificar lo analizado en el presupuesto Comité de licitación y Negocios (Secretario Técnico Comité de Negocios)  Actualizar el valor estimado mapa de los contratos y su adecuación al precio general xx xxxxxxx riesgos en el proceso de gerencia de proyectos a partir de una correcta estimación los riesgos emergentes identificados y la materialización de los costes directos e indirectos. 3eventos de riesgo (Subgerencia Técnica, Gerencia de Unidad - Gerencia de Riesgos) Auditores - Asesoría de Control Interno: Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx - Contrato 2018116 – Auditor ACI Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx – Contrato 2018727 – Auditor ACI Xxxxx Xxxxxx Xxxx- Contrato 2018026 – Auditor ACI Asesor de Control Interno: Xxxxxx Xxxxx Xx. Las entidades locales deberían definir indicadores adecuados para REGISTRO DE OBSERVACIONES CÓDIGO: FAU033 Contrato Interadministrativo de Gerencia de Proyectos N°216144 suscrito entre la valoración unidad de los criterios servicios penitenciarios y carcelarios USPEC y el FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE 13/09/18 Gerencia de adjudicación dependientes proyectos, Gestión Financiera, Gestión de un juicio Proveedores Subgerencia de valor que salvaguarden los principios Contratación (Planeación contractual y procesos de publicidadselección) Subgerencia Técnica (Unidad de Desarrollo territorial) Subgerencia Financiera (Área de Planeación y Control Financiero, transparencia y objetividadFondo de Ejecución de Proyectos, informadores área de la contratación pública. 4. En la valoración del criterio precio, las entidades locales deberían considerar la utilización de fórmulas que guarden una adecuada proporcionalidad en cuanto a las diferencias existentes entre las ofertas y las puntuaciones otorgadas, evitando otorgar puntuación a aquellas que no representan una baja respecto del presupuesto base de licitación. 5. Dentro de sus disponibilidades presupuestarias, las entidades locales deberían reforzar sus medios técnicos y personales, a fin de estar en condiciones de atender a las exigencias crecientes que el derecho de la contratación administrativa impone a los poderes adjudicadores. Desde este punto de vista, resulta prioritario proporcionar al personal encargado de la contratación las herramientas de formación necesarias que refuercen la profesionalización de la gestión contractual. cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO I. Contratos fiscalizados cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO II. Expedientes no remitidos o remitidos fuera de plazo 12/12/2018 Ley 9/2017 Abierto con 3.383.511,36 Ordinaria pluralidad de criterios 18/7/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad 55.000,00 26/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Abierto criterio precio único 962.530,80 16/4/2018 RDL 3/2011 Abierto con Ordinaria pluralidad de criterios 419.144,80 Limpieza de edificios públicos Ayuntamiento xx Xxxxxxx Albacete Castilla-La Mancha Fundación Cultura Ciudad xx Xxxxxx Cuenca Castilla-La Mancha Guadalajara Castilla-La Mancha Toledo Castilla-La Mancha Limpieza del Colegio de Educación Infantil y Primaria Xxxxxxx Xxxxxxx Toledo Castilla-La Mancha 11/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidadcontabilidad),

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Samples: Contrato Interadministrativo

RECOMENDACIONES. 1Es importante resaltar la observacion puntual que resalta el ingeniero eléctrico en su diagnóstico ¨¨Teniendo en cuenta que el Centro Juvenil Xxxxx xx Xxxx presenta un gran riesgo de accidentabilidad, el cual se puede presentar por no tener en cuenta lo reglado en la norma NTC 2045, es demasiado importante y de gran urgencia, realizar los diseños requeridos que contemplen esta norma y ejecutar las intervenciones lo más pronto posible¨¨. a. Es de vital importancia implementar la protección para descargas atmosféricas y sobretensiones en cada uno de los circuitos de las instalaciones internas ya que cada descarga eléctrica o atmosférica es un riesgo alto para las vidas humanas que habitan El Centro de Formación Juvenil del Xxxxx xx Xxxx. Las entidades locales deberían establecer No se evidencio sistema de puesta a tierra (SPT) ni hay diseños del mismo por lo que igualmente se hace urgente tener un SPT adecuado para evitar los mecanismos riesgos que existen por las descargas atmosféricas que se puedan presentar. Adicionalmente las descargas atmosféricas no tienen una ruta de planificación evacuación afectando no solo a los equipos sino a las vidas humanas. b. Se debe contratar un diseño general de todas las redes, tanto internas como acometidas generales que puedan complementar el diagnostico unificando los criterios con los diseños para una segunda etapa, donde se complementen todas las soluciones y gestión correctivos de su actividad contractual que permitan concluir la tramitación y adjudicación de sus contratos acuerdo con la debida antelaciónnorma RETIE, evitando situaciones de contratación irregular como las descritas ya que no se encuentra en el alcance del presente Informecontrato. 2. Las entidades locales deberían dotarse de c. Teniendo en cuenta el estudio estructural en donde los procedimientos adecuados muros divisorios y perimetrales, no cumplen con la norma NSR 10, llevando a esto a que se tengan que demoler, originando esto daños en redes y ductería interna, situación que se debe tener en cuenta para cuantificar el presupuesto de licitación y el valor estimado de los contratos y su adecuación al precio general xx xxxxxxx a partir de una correcta estimación de los costes directos e indirectos. 3. Las entidades locales deberían definir indicadores adecuados para la valoración de los criterios de adjudicación dependientes de un juicio de valor que salvaguarden los principios de publicidad, transparencia y objetividad, informadores de la contratación pública. 4. En la valoración del criterio precio, las entidades locales deberían considerar la utilización de fórmulas que guarden una adecuada proporcionalidad estudio definitivo recomendado en cuanto a las diferencias existentes entre las ofertas y las puntuaciones otorgadas, evitando otorgar puntuación a aquellas que no representan una baja respecto del presupuesto base de licitaciónla parte eléctrica. 5. Dentro d. La planta eléctrica, debe ser reubicada y sometida a revisión y mantenimiento, para que pueda suplir la falta de sus disponibilidades presupuestariasenergía eléctrica en momentos de emergencia. e. Realizar cambio de elementos eléctricos que se encuentran en mal funcionamiento como lo son: xxxxx, las entidades locales deberían reforzar sus medios técnicos lámparas, interruptores, bombilleria en general, cableado, tuberías, ductos, tableros y personales, demás elementos que se encuentran mal estado. f. Realizar un sistema de puesta a fin tierras. g. Hacer registro de estar en condiciones modificaciones de atender a las exigencias crecientes que el derecho acuerdo al RETIE y la norma NTC 2050 h. Revisión de la contratación administrativa impone a los poderes adjudicadores. Desde este punto balance de vista, resulta prioritario proporcionar al personal encargado cargas. i. Cambio de la contratación las herramientas tablero general de formación necesarias que refuercen la profesionalización de la gestión contractual. cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO I. Contratos fiscalizados cve: BOE-A-2021-15642 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx ANEXO II. Expedientes no remitidos o remitidos fuera de plazo 12/12/2018 Ley 9/2017 Abierto con 3.383.511,36 Ordinaria pluralidad de criterios 18/7/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidad 55.000,00 26/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Abierto criterio precio único 962.530,80 16/4/2018 RDL 3/2011 Abierto con Ordinaria pluralidad de criterios 419.144,80 Limpieza de edificios públicos Ayuntamiento xx Xxxxxxx Albacete Castilla-La Mancha Fundación Cultura Ciudad xx Xxxxxx Cuenca Castilla-La Mancha Guadalajara Castilla-La Mancha Toledo Castilla-La Mancha Limpieza del Colegio de Educación Infantil y Primaria Xxxxxxx Xxxxxxx Toledo Castilla-La Mancha 11/1/2018 RDL 3/2011 Ordinaria Negociado sin publicidaddistribución TGD

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Samples: Consultancy Agreement