RECURSOS. En los supuestos previstos en el art. 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso administrativo, en el plazo de quince días, en los términos previstos en el art. 44 del TRLCSP. Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición previo al Contencioso administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.
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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Han De Regir La Adjudicación, Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir La Adjudicación, Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir La Adjudicación
RECURSOS. En los supuestos previstos en el art. artículo 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso contencioso-administrativo, en el plazo de quince 15 días, en los términos previstos en el art. artículo 44 del TRLCSP, ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Avda. General Xxxxx, 38; 28020-Madrid; xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx). Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo artículo, y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 116 y siguientes de la Ley 39/201530/1992, de 1 26 de octubrenoviembre, de Procedimiento Administrativo Común Régimen Jurídico de las Administraciones PúblicasPúblicas y Procedimiento Administrativo Común, cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición previo al Contencioso contencioso- administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir El Contrato De Suministro, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir El Contrato De Suministro, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir El Contrato De Suministro
RECURSOS. En los supuestos previstos en el art. 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso administrativo, en el plazo de quince días, en los términos previstos en el art. 44 del TRLCSP. TRLCSP Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 116 y siguientes de la Ley 39/2015, 30/1992 de 1 26 de octubre, diciembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabrá cabra la interposición del recurso potestativo de reposición previo al Contencioso administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.
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RECURSOS. En los supuestos previstos en el art. 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso administrativo, en el plazo de quince días, en los términos previstos en el art. 44 del TRLCSP. Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 116 y siguientes de la Ley 39/2015, 30/1992 de 1 26 de octubre, diciembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabrá cabra la interposición del recurso potestativo de reposición previo al Contencioso administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.
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RECURSOS. En los supuestos previstos en el art. artículo 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso contencioso-administrativo, en el plazo de quince 15 días, en los términos previstos en el art. artículo 44 del TRLCSP. Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo artículo, y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 116 y siguientes de la Ley 39/201530/1992, de 1 26 de octubrenoviembre, de Procedimiento Administrativo Común Régimen Jurídico de las Administraciones PúblicasPúblicas y Procedimiento Administrativo Común, cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición previo al Contencioso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.
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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Procedimiento Abierto Para Contratar El Servicio De Bar Cafeteria en El Organismo Autonomo Municipal “Palau De La Musica, Congresos Y Orquesta De Valencia, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Y Anexo De Prescripciones Técnicas Que Ha De Regir en El Contrato Administrativo Especial Denominado
RECURSOS. En los supuestos previstos en el art. artículo 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso contencioso-administrativo, en el plazo de quince 15 días, en los términos previstos en el art. artículo 44 del TRLCSP. Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo artículo, y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 116 y siguientes de la Ley 39/201530/1992, de 1 26 de octubrenoviembre, de Procedimiento Administrativo Común Régimen Jurídico de las Administraciones PúblicasPúblicas y Procedimiento Administrativo Común, cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición previo al Contencioso contencioso- administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios Denominado: Servicios, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Servicios Denominado: Servicios
RECURSOS. En los supuestos previstos en el art. 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso administrativo, en el plazo de quince días, en los términos previstos en el art. 44 del TRLCSP. TRLCSP Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición previo al Contencioso administrativoAdministrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.
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RECURSOS. En los supuestos previstos en el art. artículo 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso contencioso-administrativo, en el plazo de quince días15 días hábiles, en los términos previstos en el art. artículo 44 del TRLCSP. Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo artículo, y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y siguientes 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasPúblicas -LPACAP-, cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición previo al Contencioso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.
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RECURSOS. En los supuestos previstos en el art. artículo 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso administrativo, en el plazo de quince 15 días, en los términos previstos en el art. artículo 44 del TRLCSP. En el Anexo I (punto 31) se indicará la procedencia de dicho recurso Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo artículo, y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 116 y siguientes de la Ley 39/201530/1992, de 1 26 de octubrenoviembre, de Procedimiento Administrativo Común Régimen Jurídico de las Administraciones PúblicasPúblicas y Procedimiento Administrativo Común, cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición previo al Contencioso contencioso- administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.
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RECURSOS. En los supuestos previstos en el art. 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso administrativo, en el plazo de quince días, en los términos previstos en el art. 44 del TRLCSP. Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 116 y siguientes de la Ley 39/2015, 30/1992 de 1 26 de octubre, diciembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición previo al Contencioso administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.
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RECURSOS. En Las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos ponen fin a la vía administrativa, y serán inmediatamente ejecutivos, pudiendo ser recurridos en reposición ante el mismo órgano que los supuestos previstos en el art. 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso administrativo, en el plazo de quince días, en los términos previstos en el art. 44 del TRLCSP. Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición previo al Contencioso administrativodictó, en el plazo de un mes , contado a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, o ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso administrativa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Recurso especial en materia de contratación. En los supuestos previstos en el artículo 40 del acto objeto TRLCSP procederá la interposición del recursorecurso especial en materia de contratación, con carácter potestativo, previo al contencioso administrativo. El plazo para la interposición del citado recurso será de quince días hábiles en los términos previstos en el artículo 44 del TRLCSP.
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RECURSOS. En los supuestos previstos en el art. 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso contencioso-administrativo, en el plazo de quince días, en los términos previstos en el art. 44 del TRLCSP. Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo artículo, y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 arts. 116 y siguientes de la Ley 39/201530/1992, de 1 26 de octubrenoviembre, de Procedimiento Administrativo Común Régimen Jurídico de las Administraciones PúblicasPúblicas y Procedimiento Administrativo Común, cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición previo al Contencioso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.
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RECURSOS. En los supuestos previstos en el art. 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso administrativo, en el plazo de quince días, en los términos previstos en el art. 44 del TRLCSP. TRLCSP Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 116 y siguientes de la Ley 39/2015, 30/1992 de 1 26 de octubre, diciembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabrá cabra la interposición del recurso potestativo de reposición previo al Contencioso administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.
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RECURSOS. En los supuestos previstos en el art. artículo 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso – administrativo, en el plazo de quince 15 días, en los términos previstos en el art. artículo 44 del TRLCSP. Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo , y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 116 y siguientes de la Ley 39/201530/1992, de 1 26 de octubrenoviembre, de Procedimiento Administrativo Común Régimen Jurídico de las Administraciones PúblicasPúblicas y Procedimiento Administrativo Común, cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición previo al Contencioso contencioso - administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.
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RECURSOS. En los supuestos previstos en el art. artículo 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso administrativo, en el plazo de quince días, en los términos previstos en el art. 44 del TRLCSP. Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 116 y siguientes de la Ley 39/2015, 30/1992 de 1 26 de octubre, diciembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabrá cabra la interposición del recurso potestativo de reposición previo al Contencioso administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.
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RECURSOS. En los supuestos previstos en el art. 40 del TRLCSP, procederá con carácter potestativo la interposición del recurso administrativo especial en materia de contratación previo al contencioso administrativo, en el plazo de quince días, en los términos previstos en el art. 44 del TRLCSP. TRLCSP Para aquellos supuestos no contemplados en el citado artículo y de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabrá la interposición del recurso potestativo de reposición previo al Contencioso administrativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto objeto del recurso.
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