Región Cláusulas de Ejemplo

Región. (P.ej. Caribe) participan los pro icha Se coloca (adjudica) la orden de compra al proveedor que cotizó el menor valor.
Región. ZONA TRIBUNALES DE FAMILIA Y JUZGADOS DE LETRAS CON COMPETENCIA EN ASUNTOS DE FAMILIA QUE COMPRENDE LA ZONA JURISDICCIONES TIPO ZONA
Región. ZONA TRIBUNALES DE FAMILIA Y JUZGADOS DE LETRAS CON COMPETENCIA EN ASUNTOS DE FAMILIA QUE COMPRENDE LA ZONA JURISDICCIONES TIPO ZONA ANEXO Nº 11 PERFIL DEL MEDIADOR PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS Y EVALUACIÓN PSICOLABORAL “BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MEDIACIÓN FAMILIAR”
Región. Circunscripción convencional del territorio del Distrito Federal determinada con fines de control catastral de los inmuebles, representada por los tres primeros dígitos del número de cuenta catastral asignado por la autoridad fiscal.
Región. 300957 CONSERVACIÓN AERÓDROMO ISLA MOCHA, REGIÓN DEL BIOBIO. Bio Bío 30485933-0 Contratación de Obras ago./2019 9.672 442.543 Saldo 300931 DISEÑO MEJORAMIENTO INTEGRAL AERÓDROMO DE VICTORIA, ARAUCANÍA Nivel Central 30485932-0 Diseño de Ingenieria ago./2019 10.000 259.384 302979 CONSERVACIÓN ÁREA DE MOVIMIENTO AERÓDROMO DE VICTORIA Araucanía 40015336-0 Contratación de Obras ago./2019 89.237 99.383 300882 EJECUCIÓN AMPLIACION Y MEJORAMIENTO ÁREA TERMINAL AERÓDROMO PICHOY, XXXXXXXX Nivel Central 40009164-0 Contratación de Obras ago./2019 10.000 11.560.160 302993 CONSERVACIÓN ÁREA DE MANIOBRAS Y RODAJES AERÓDROMO PICHOY Los Xxxx 40011324-0 Contratación de Obras ago./2019 99.131 242.000 300886 ASESORÍA A LA IF AMPLIACION Y MEJORAMIENTO ÁREA TERMINAL AERÓDROMO PICHOY, XXXXXXXX Nivel Central 40009164-0 Asesoria de Inspección Fiscal sept./2019 9.000 547.694 300884 ASESORÍA REVISIÓN DE OFERTAS AMPLIACION Y MEJORAMIENTO ÁREA TERMINAL AERÓDROMO PICHOY, XXXXXXXX Nivel Central 40009164-0 Asesoria de Inspección Fiscal oct./2019 1.000 27.984 302982 CONSERVACIÓN XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXX - XXXXX XX Xxx Xxxxx 30482313-0 Contratación de Obras ago./2019 98.650 339.670 292222 ASESORÍA A LA IF CONSERVACIÓN RUTINARIA AERÓDROMO NUEVO CHAITÉN, REGIÓN DE LOS LAGOS, ETAPA 2. - 2019 Los Lagos 30483183-0 Asesoria de Inspección Fiscal ago./2019 29.800 36.000 298125 ANTEPROYECTO REFERENCIAL AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO EL TEPUAL Nivel Central 40011593-0 Estudio de Prefactibilidad oct./2019 11.866 593.275 292236 CONSERVACIÓN RUTINARIA AERÓDROMO XXXXXXXXX, XI REGIÓN - 2019 304777 CONSERVACION PEQUEÑOS AERODROMOS - AERODROMOS PTO. XXXX XXXXX XXXXXXXXX Xxxxx Xxxxx 30459233-0 30463887-0 Contratación de Obras Contratación de Obras ago./2019 161.500 334.995 ago./2019 142.587 173.035 300878 NORMALIZACIÓN CIERRE PERIMETRAL AERÓDROMO TENIENTE XXXXX XXXXXXXX DE PUERTO NATALES - 2019 302986 CONSERVACIÓN MENOR CAMINOS INTERIORES AERÓDROMO TTE. XXXXXXXX DE PUERTO NATALES Magallanes y Xxx Xxxxxxxxxx y Ach 30429426-0 40013699-0 Contratación de Obras Contratación de Obras ago./2019 200.000 1.007.300 oct./2019 49.243 198.617
Región. La zona que comprende uno o varios tramos de un sistema de transporte en la que la tarifa máxima correspondiente a cada grupo tarifario es la misma en cualquier punto de entrega.
Región. Mes Poder negociador de intercambios histórico medio Disponibilidad histórica de intercambios Islas Canarias en. 15 Alta febr. 15 Alta mzo. 14 Alta abr. 14 Muy alta my. 13 Alta jun. 13 Muy alta jul. 14 Muy alta ag. 15 Muy alta set. 13 Muy alta oct. 15 Alta nov. 15 Alta dic. 14 Muy alta Florida en. 14 Muy xxxx xxxx. 00 Muy alta mzo. 15 Muy alta abr. 16 Muy alta my. 14 Muy alta jun. 15 Muy alta jul. 15 Muy alta ag. 14 Muy alta set. 13 Muy alta oct. 13 Muy alta nov. 14 Muy alta dic. 14 Muy alta Portugal en. 13 Moderada febr. 13 Moderada mzo. 14 Alta abr. 16 Alta my. 17 Alta jun. 18 Moderada jul. 20 Moderada ag. 19 Moderada set. 18 Moderada oct. 16 Alta nov. 14 Moderada dic. 13 Moderada España en. 11 Alta febr. 11 Alta mzo. 12 Alta abr. 14 Muy alta my. 15 Muy alta jun. 16 Muy alta jul. 20 Muy alta ag. 20 Alta set. 16 Muy alta oct. 14 Muy alta nov. 11 Alta dic. 10 Very High Xxxxx Unido e Irlanda en. 14 Moderada febr. 16 Moderada mzo. 17 Moderada abr. 19 Moderada my. 20 Moderada jun. 22 Moderada jul. 22 Moderada ag. 22 Moderada set. 21 Moderada oct. 19 Moderada nov. 15 Moderada dic. 17 Moderada A 1 de enero de 2013, RCI cuenta con una red de intercambio de aproximadamente 4.000 complejos en más de 100 países y presta servicio (por sí mismo o a través de empresas de su grupo en otros territorios) a más de 3,7 millones de Socios en todo el mundo. Se recomienda que los Socios del Programa de intercambio de RCI Weeks soliciten sus intercambios con suficiente antelación a la fecha de viaje deseada. Una solicitud de intercambio se puede hacer desde dos años hasta catorce días antes de la fecha de salida prevista. Para garantizar que reciben el 100% de su poder negociador de depósito disponible al realizar un intercambio, los Socios deberán realizar el depósito un mínimo de nueve meses antes de la fecha de inicio de su Derecho de titularidad de vacaciones. El alojamiento en periodos de temporada alta no siempre está disponible a través del Programa de intercambio de RCI Weeks y los Socios necesitan el poder negociador de intercambio requerido aplicable al alojamiento necesario para poder confirmar el inventario disponible en el momento de la solicitud. Todos los alojamientos de intercambio están sujetos a disponibilidad y no pueden ser garantizadas por RCI. RCI también aplicará restricciones a los intercambios solicitados de manera razonable por los Complejos afiliados. Para una lista actualizada de las restricciones, consulte los Términos de inscripción. A la hora de ...

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.