Rescisión por conveniencia. Además de cualquier otro de- recho de Hydro, ésta podrá, a su discreción, rescindir total o parcial- mente un Pedido o el contrato, en cualquier momento y por cualquier motivo o sin motivo alguno, mediante notificación por escrito al provee- dor. Tras dicha rescisión, Hydro abonará al Proveedor únicamente las siguientes cantidades sin duplicación: (a) el precio contractual para to- dos los Productos finales que se han completado de acuerdo con un Pedido o el contrato y por los que no se ha pagado previamente; y (b) los costes reales de los Productos finales en curso y de las materias primas en los que haya incurrido el Proveedor para suministrar los Pro- ductos finales a partir de la recepción por parte del Proveedor de la notificación de resolución del Pedido o del contrato, en la medida en que dichos costes sean razonables en cuanto a su cuantía y se puedan asignar adecuadamente, de acuerdo con los principios contables ge- neralmente aceptados, a la parte del Pedido o del contrato resuelta; menos, no obstante, la suma del valor razonable o el coste (el mayor de los dos) de cualesquiera Productos finales utilizados o vendidos por el Proveedor con el consentimiento por escrito de Hydro, y el coste de cualesquiera Producto final dañado o destruido. Hydro no estará obli- gada a efectuar pagos por Productos finales acabados, trabajos en curso o materias primas fabricadas o adquiridas por el Proveedor en cantidades superiores a las autorizadas en los albaranes de entrega, ni por ningún Producto final no entregado que se encuentre en las exis- tencias estándar del Proveedor o que sea fácilmente comercializable. Los pagos efectuados en virtud del presente apartado no excederán del precio total pagadero por Hydro por los Productos finales que se- rían producidos por el Proveedor en virtud de los calendarios de en- trega o publicación pendientes en la fecha de rescisión. Este será el único recurso del Proveedor y la única responsabilidad de Xxxxx en relación con la rescisión de un pedido o del contrato por conveniencia. Hydro y sus representantes tendrán derecho a auditar y examinar to- dos los libros, registros, instalaciones, trabajos, materiales, inventarios y demás elementos relacionados con cualquier reclamación de resci- sión.
Rescisión por conveniencia. Usted puede rescindir el Servicio por conveniencia en cualquier momento previa notificación por escrito a Nosotros. Si decide terminar el uso del Servicio por conveniencia, (a) no tendrá derecho a que se le reembolse ninguna parte de la tarifa de suscripción que ya haya pagado, y (b) seguirá siendo responsable de efectuarnos cualquier pago restante adeudado con respecto a una Suscripción de tres años de acuerdo con la sección 3.1.iii.
Rescisión por conveniencia. Cualquiera de las Partes podrá rescindir el presente Acuerdo en cualquier momento, previo aviso por escrito con 60 días de antelación.
Rescisión por conveniencia. Cualquiera de las partes podrá rescindir este Contrato en cualquier momento notificando a la otra parte con 30 días de anticipación.
Rescisión por conveniencia. Cualquiera de las Partes podrá terminar el presente Acuerdo en cualquier momento por cualquier razón a su discreción, proporcionando aviso a la otra parte con no menos de treinta (30) días de anticipación a dicha terminación. Dicha comunicación se podrá realizar a través de la Plataforma.
Rescisión por conveniencia. Usted puede terminar el uso del Software por conveniencia en cualquier momento previa notificación por escrito a Nosotros. Si decide terminar el uso del Software por conveniencia, (a) no tendrá derecho a que se le reembolse ninguna parte de la tarifa de licencia que ya haya pagado, y (b) seguirá siendo responsable de efectuarnos cualquier pago restante adeudado con respecto a una Suscripción de tres años de acuerdo con la sección 3.1.iii.
Rescisión por conveniencia. 1. El PNUD podrá mediante notificación escrita enviada al Contratista, rescindir el APR, en su totalidad o en parte, en cualquier momento y a su conveniencia. La notificación de rescisión deberá especificar que la rescisión es por conveniencia del PNUD, así como el alcance de la finalización de prestación de Servicios conforme al PNUD y la fecha en la que dicha rescisión entra en vigencia. Esta no podrá ser menor a 30 días de la fecha de la carta emitida por el PNUD detallando su intención de rescindir el APR.
2. En caso de cualquier tipo de rescisión, el PNUD no adeudará ningún pago al Contratista excepto de aquellos Servicios prestados en forma satisfactoria conforme a los expresado en los términos del presente APR.
Rescisión por conveniencia. (a) El Comprador, mediante comunicación enviada al Proveedor, podrá rescindir el Contrato total o parcialmente, en cualquier momento, por razones de conveniencia. La comunicación de rescisión deberá indicar que esta se debe a la conveniencia del Comprador, el alcance de la extinción de las responsabilidades del Proveedor en virtud del Contrato y la fecha de entrada en vigencia de dicha rescisión.
(b) Los Bienes que ya estén fabricados y listos para embarcar dentro de los 28 (veintiocho) días siguientes a la fecha en que el Proveedor reciba la notificación de rescisión del Comprador deberán ser aceptados por el Comprador de acuerdo con los términos y precios establecidos en el Contrato. En cuanto al resto de los Bienes, el Comprador podrá elegir entre las siguientes opciones:
(i) que se complete alguna porción y se entregue de acuerdo con las condiciones y precios del Contrato; y/o
(ii) que se cancele el resto y se pague al Proveedor una suma convenida por aquellos Bienes o Servicios Conexos que se hubiesen completados parcialmente y por los materiales y repuestos adquiridos previamente por el Proveedor.
(iii) El Comprador y Proveedor se abstendrán de ceder total o parcialmente las obligaciones que hubiesen contraído en virtud del Contrato, salvo que cuenten con el consentimiento previo por escrito de la otra parte.
Rescisión por conveniencia. La Junta Escolar se reserva el derecho de terminar este Acuerdo en cualquier momento y por cualquier razón mediante una notificación con treinta (30) días de antelación al Padre o al Estudiante. En el evento, que dicho Acuerdo sea terminado por conveniencia como está dispuesto en la presente, la Junta Escolar será relevada de todas sus obligaciones bajo dicho Acuerdo.
Rescisión por conveniencia. El Comprador podrá rescindir la Orden de Compra en todo o en parte en cualquier momento por su propia conveniencia, previa notificación por escrito con diez (10) días de antelación. Si el Comprador rescinde por conveniencia, la única responsabilidad del Comprador ante el Vendedor, y el único y exclusivo recurso del Vendedor, es el pago de (i) los Bienes recibidos y aceptados por el Comprador antes de la fecha de rescisión, (ii) los Bienes solicitados, pero no recibidos por el Comprador antes de la fecha de rescisión, sujetos a la aceptación de dichos Bienes por parte del Comprador, y (iii) los Servicios realmente completados hasta la fecha efectiva de la rescisión.