SOBRE C: PROPOSICIÓN ECONÓMICA. 12.3.1. Fecha de apertura pública del sobre C.
SOBRE C: PROPOSICIÓN ECONÓMICA. En forma bien visible y sin que sea preciso para su lectura abrir el mismo, se consignará lo siguiente: El sobre se presentará cerrado, lacrado o sellado, al objeto de garantizar su contenido. Cada Licitador formulará su proposición económica, en soporte papel, utilizando para ello el impreso para la proposición económica que se adjunta como Anexo 4. El Licitador deberá cumplimentar el impreso sin introducir cambios ni modificaciones en el mismo, debiendo contemplar obligatoriamente todos los aspectos considerados, siendo desestimadas aquellas ofertas que no contemplen la totalidad de los aspectos indicados en la proposición económica. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que ADIF estime fundamental para considerar la oferta, así como aquellas propuestas que presenten ofertas inferiores al mínimo fijado. La oferta económica se regirá por lo establecido en el PCP. La oferta irá fechada y firmada por la persona que ostente poder suficiente para suscribirla, de acuerdo con la documentación presentada.
SOBRE C: PROPOSICIÓN ECONÓMICA. Este sobre contendrá la proposición económica, que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo 4 del presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo, el cambio de algunas palabra del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. A todos los efectos se entenderá que la oferta presentada comprende no solo el importe del servicio, sino también la totalidad de los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, derechos, gastos repercutibles, costes de transportes, entrega y en su caso instalación, seguros, aranceles, licencias y autorizaciones de todo tipo que recaigan sobre la operación, hasta la entrega y recepción de los bienes e incluso el beneficio industrial del contratista. Serán rechazadas las ofertas que no respeten el contenido de cada sobre por no haber diferenciado la documentación correspondiente a los criterios no cuantificables automáticamente de la correspondiente a los cuantificables automáticamente. La administración podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación, y en el curso del contrato, la veracidad del contenido de los documentos incluidos en los sobres «A», «B» y «C», entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por la empresa puede ser causa de nulidad del contrato, en su caso, por incumplimiento imputable al contratista, con pérdida de la garantía definitiva constituida, o en su caso, indemnización por valor de aquella si no se ha constituido, debiendo indemnizar además a la Administración lo daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada. 25.MESA DE CONTRATACIÓN La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 1 O de la Disposición Adicional Segunda Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector P...
SOBRE C: PROPOSICIÓN ECONÓMICA. Contendrá exclusivamente una sola proposición, expresada conforme al modelo que figura como Xxxxx X, en la que se indicará, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), y entendiéndose a todos los efectos que en contrato. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores y tachaduras que impidan conocer claramente la oferta. Su presentación presume la aceptación incondicionada por el empresario de todas, sin salvedad o reserva alguna, las cláusulas de los Pliegos y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
SOBRE C: PROPOSICIÓN ECONÓMICA. Contendrá la proposición económica del licitante, debiendo adecuarse al anexo nº II. Se expresará la cantidad sobre el tipo de licitación que se compromete a pagar.
SOBRE C: PROPOSICIÓN ECONÓMICA. Contendrá la proposición económica firmada, ajustada al modelo ANEXO I que se adjunta Su presentación presume la aceptación incondicionada por el empresario del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. No se admitirán variantes o alternativas. Los precios ofertados se indicarán en euros, con un máxi- mo de dos decimales. En todo caso, se indicará, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.
SOBRE C: PROPOSICIÓN ECONÓMICA. Contendrá los siguientes documentos:
SOBRE C: PROPOSICIÓN ECONÓMICA. Contendrá una sola proposición firmada por el licitador o persona que lo represente redactada conforme al “Modelo de Proposición Económica” que figura en el Anexo 2, incluyéndose en el precio ofertado todos los conceptos, incluido el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, así como cualquier otro impuesto o gasto que pueda gravar la operación, gastos de desplazamiento y el beneficio industrial del Adjudicatario. En cualquier caso la proposición económica presentada se referirá a una única cantidad anual que incluirá los precios de las prestaciones P1, P2 y P3. La Prestación P4 relativa a las Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones será por cuenta del Adjudicatario en su calidad de Empresa de Servicios Energéticos, no corresponderá su facturación y pago al Ayuntamiento de (ayto) y por lo tanto no figurará en esta Sección C. Junto con la propuesta económica se incluirá declaración expresa firmada por el licitador o persona que lo represente en la que conste el conocimiento y aceptación de toda la documentación que forma parte del presente concurso, la cual deberá relacionarse, así como el compromiso de realización de los trabajos por el precio ofertado. Asimismo, se podrán hacer en esta sección las salvedades, exclusiones o aclaraciones a la referida documentación, que el solicitante considere conveniente motivándolas y justificándolas suficientemente.
SOBRE C: PROPOSICIÓN ECONÓMICA. Contendrá, exclusivamente, una sola proposición, expresada conforme al modelo e instrucciones que figuran en el Anexo II, incluyéndose en el precio ofertado el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Las proposiciones económicas se formularán a la baja sobre el presupuesto de licitación. Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición económica y no se admiten soluciones variantes o alternativas a la definida en el pliego de prescripciones técnicas objeto de la licitación de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 129 y siguientes de la ley de Contratos del Sector Público. Tampoco podrá suscribir propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La presentación de la oferta presupone la aceptación incondicional del contenido de este Pliego sin salvedades.
SOBRE C: PROPOSICIÓN ECONÓMICA. El sobre 3 contendrá junto con la proposición económica, los documentos acreditativos de los distintos criterios económicos y técnicos para la adjudicación indicados en el Anexo 1. Los criterios indicados se evaluarán en la forma indicada en el citado anexo. La proposición económica debidamente firmada y fechada deberá ajustarse al modelo oficial que figura como Anexo 2 “Proposición Económica”. En la oferta económica deberá indicarse como partida independiente el importe del IVA. Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición, cualquiera que sea el número de dependencias donde ésta pueda ser presentada. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otra si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la desestimación de otras por él presentadas. En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letras, prevalecerá ésta última. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la administración estime fundamental en la oferta.