TIEMPO DE ESPERA Cláusulas de Ejemplo

TIEMPO DE ESPERA. Es el período de tiempo, con posterioridad a la fecha de inclusión del Asegurado en la Póliza, durante el cual no se ampara la reclamación.
TIEMPO DE ESPERA. El empleador puede pedir que los trabajadores se queden en el lugar de trabajo por hasta dos (2) horas en base de tiempo de espera. Si no se les pone a trabajar durante esas dos (2) horas el empleado deberá de recibir dos (2) horas xx xxxxxxx más beneficios, pero no deberá de recibir los sesenta dólares ($60.00) de gastos por reportarse. Si se le pone a trabajar, el empleado deberá de recibir pago por las horas que trabajo de acuerdo al requerimiento de pago mínimo de este artículo. Sección 3.7. No habrá discriminación ilegal por parte del contratista o la Unión en cuanto a contratación, permanencia, acenso, o despido de cualquier trabajador, como está indicado en el Titulo 7 de la Ley de Igualdad de Oportunidad de Empleado (Equal Employment Opportunity Law). Sección 3.8. El salario de horas extras debera de ser calculado basado en el salario imponible.
TIEMPO DE ESPERA. Es todo aquel que transcurre entre dos tiempos de trabajo efectivo de los descritos en los puntos 1 al 6 del artículo anterior o entre un tiempo de trabajo efectivo y un tiempo de posicionamiento, siempre que no se vea interrumpido por un periodo de descanso, sea éste parcial o total. El exceso del período de escala superior a e0 minutos tiene la consideración de tiempo de presencia.
TIEMPO DE ESPERA. A la hora fijada para iniciar la reunión se llamará a lista y se verificará la existencia del quórum, luego de lo cual se continuará el desarrollo del orden del día. Si se comprueba la inexistencia del quórum, se dispondrá un aplazamiento hasta de dos (2) horas contadas a partir de la fijada en la convocatoria. Si vencido el aplazamiento no se completa el quórum, la reunión quedará automáticamente convocada para el día siguiente, a la misma hora inicial, circunstancia en la cual la Asamblea podrá instalarse, deliberar y decidir con la presencia de una tercera parte de los afiliados en uso de sus derechos.
TIEMPO DE ESPERA. En caso que un Asegurado fallezca por causa accidental, la Cobertura indicada en este Addendum operará de manera inmediata desde el momento de la expedición del Certificado de Xxxxxx y/o durante el período de espera, habiéndose cumplido el período de espera las Coberturas operarán siempre que el Asegurado haya pagado las Primas correspondientes, y que no fallezca por una causa considerada en la cláusula de “EXCLUSIONES DE COBERTURA” de este Addendum o en la cláusula “EXCLUSIONES GENERALESdel Seguro. En caso que un Asegurado fallezca por causa natural o por enfermedad, esta Cobertura Adicional operará después de haber transcurrido noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de iniciación de la vigencia que aparece en el Certificado de Seguro, siempre que el Contratante haya pagado las Primas correspondientes, y que no fallezca por una causa considerada en la cláusula de “EXCLUSIONES DE COBERTURA” de este Addendum o en la cláusula “EXCLUSIONES GENERALES” del Seguro.
TIEMPO DE ESPERA. A la hora fijada para iniciar la Asamblea se llamará a lista y se verificará la existencia del quórum legal y estatutario, luego de lo cual se continuará el desarrollo del Orden del Día. Sí al llamar a lista se comprueba la inexistencia del quórum se dispondrá un aplazamiento hasta de dos horas, contadas a partir de la fijada en la convocatoria. Si vencido el aplazamiento tampoco se completa el quórum se citará para el día inmediatamente siguiente a la primera hora establecida en la convocatoria y en ésta circunstancia la Asamblea podrá deliberar y decir con la presencia de los delegados de la tercera parte de los Clubes afiliados en uso de sus derechos, salvo que se trate de alguno de los casos de excepción de que trata el artículo anterior, que requieren de un quórum calificado.
TIEMPO DE ESPERA. Para efectos de afiliarse al PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA MASCOTAS, el CLIENTE deberá aceptar su afiliación por medio de la plataforma web. Para tales efectos, deberá brindar sus datos personales y los datos de la o las mascotas que inscribirá para efectos del PROGRAMA. Los beneficios del PROGRAMA entrarán en vigor a las setenta y dos horas (72) horas de haber sido suscrita la afiliación por medio físico o por los medios a distancia antes indicados, período durante el cual el CLIENTE no podrá recibir ninguno de los servicios provistos en este contrato. De la misma manera, durante dichas 72 horas, el CLIENTE podrá rescindir el presente contrato sin responsabilidad ni penalización alguna.
TIEMPO DE ESPERA. Cuando se produzca por causas de fuerza mayor, tales como catástrofes, inundaciones, y faltas de corriente no imputables a la Empresa, se percibirán sobre las horas no trabajadas por esta causa los importes que figuran en los Anexos 3D y 3E (3.1 jornal/hora). Cuando el tiempo de espera sea por falta de trabajo se pagará según los supuestos y bases indicadas en Nota de Actas confeccionadas a este efecto y que se indica a continuación. a) Para casos de falta de trabajo, el tiempo de espera se pagará con el jornal más el 90% del promedio de prima establecida hasta el tope del 133%, ya que es compromiso de la Empresa ofrecer otro trabajo (este trabajo se realizará siempre de acuerdo con el obrero). Queda claro que el trabajo ofrecido nunca será, por ejemplo, barrer, limpieza general o del edificio, recados, etc.
TIEMPO DE ESPERA. Para efectos de afiliarse al PROGRAMA DE ASISTENCIA VIAL, el CLIENTE deberá (i) completar el formulario contenido en el recuadro final del presente documento, o (ii) aceptar su afiliación por medios de comunicación a distancia tales como, pero sin limitarse a afiliación por teléfono, correo electrónico, plataforma web, entre otros. Para tales efectos, deberá brindar sus datos personales y los datos de el o los vehículos que inscribirá para efectos del PROGRAMA. Los beneficios del PROGRAMA entrarán en vigor a las setenta y dos horas (72) horas de haber sido suscrita la afiliación por medio físico o por los medios a distancia antes indicados, período durante el cual el CLIENTE no podrá recibir ninguno de los servicios provistos en este contrato. De la misma manera, durante dichas 72 horas, el CLIENTE podrá rescindir el presente contrato sin responsabilidad ni penalización alguna.
TIEMPO DE ESPERA. En caso que un Asegurado fallezca por causa accidental, la “COBERTURA DE GASTOS FUNERARIOS” operará de manera inmediata desde el momento de la expedición de la Solicitud/Certificado y/o durante el período xx xxxxxx, habiéndose cumplido el período xx xxxxxx la Cobertura operará siempre que el Asegurado haya pagado las Primas correspondientes, y que no fallezca por una causa considerada en la cláusula de “EXCLUSIONES GENERALES” de este Seguro. En caso que un Asegurado fallezca por causa natural o por enfermedad, la “COBERTURA DE GASTOS FUNERARIOS” operará después de haber transcurrido noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de iniciación de la vigencia que aparece en la Solicitud/Certificado, siempre que el Contratante haya pagado las Primas correspondientes, y que no fallezca por una causa considerada en la cláusula de “EXCLUSIONES GENERALES” de este Seguro.