TITULO Y RIESGO DE PÉRDIDA Cláusulas de Ejemplo

TITULO Y RIESGO DE PÉRDIDA. Lenovo le transfiere el título de los Productos de hardware al Cliente al momento de la entrega al proveedor designado por Lenovo para el envío al Cliente. Lenovo no transfiere el título de los Programas. - Lenovo será responsable por el riesgo de pérdida o daño a los Productos de hardware hasta que se entreguen al proveedor designado por Lenovo para el envío al Cliente. De allí en adelante, el Cliente asume el riesgo de pérdida o daño. Los Productos de hardware se encontrarán cubiertos por el seguro, que gestiona y proporciona Lenovo para el Cliente, y que cubre el período hasta que se entregan al Cliente.
TITULO Y RIESGO DE PÉRDIDA. (a) El título y el riesgo de pérdida de los Productos pasarán al Comprador al momento de la entrega en el punto de entrega especificado en el Contrato. El Vendedor se reserva el derecho a exigir la constitución de una garantía real o personal en la carta de oferta o cotización o en cualquier momento durante la vigencia del Contrato con la finalidad de caucionar cualquier saldo de pago que se adeudare por el Comprador. (b) Sin que se limiten de ninguna forma las operaciones señaladas a continuación, contra la entrega de los Productos al Comprador, su agente, o al transportista designado por el Comprador, el Comprador acuerda y garantiza al Vendedor que tanto él como sus agentes y transportistas darán cumplimiento a todas las leyes ambientales y normativa aplicable, y contarán con todos los permisos, licencias y autorizaciones necesarios para el almacenamiento y manipulación de los Productos. El Comprador deberá asegurarse que tanto él como sus agentes y transportistas se encuentran familiarizados con y hayan adoptado todas las precauciones y medidas de seguridad necesarias y apropiadas relacionadas al almacenamiento y manipulación de los Productos. (c) Si el Vendedor no recibe instrucciones de envío suficientes y apropiadas que le permitan despachar los Productos al Comprador dentro de 14 días corridos desde la notificación al Comprador que éstos se encuentran listos, se entenderá para todos los efectos contractuales que el Comprador ha recibido los Productos desde dicha fecha. El Comprador será responsable por gastos razonables de almacenamiento a pagar mensualmente, a requerimiento del Vendedor. 7. PRECIO A menos que se acuerde lo contrario por escrito, el precio a cobrar por la venta de los Productos será determinado y ajustado de acuerdo a lo señalado en la última cotización u oferta del Vendedor que forme parte del Contrato. Sin perjuicio de lo señalado en la cláusula 9, aquellos pagos que no se realizaren en la fecha de vencimiento devengarán intereses moratorios al interés Máximo Convencional para operaciones no reajustables desde esa fecha. 8. FUERZA MAYOR La entrega de los Productos podrá ser completa o parcialmente suspendida por el Vendedor durante cualquier periodo en que ésta se encuentre impedida de, o limitada en, la fabricación, envío o suministro de Productos, a través de cualesquiera circunstancias fuera del control razonable del Vendedor, o en aquellos casos en que la fabricación, envío o suministro se vuelva materialmente más oneroso por...
TITULO Y RIESGO DE PÉRDIDA. En cuanto a todos los pedidos de artículos que se fabrican, se construyen o se montan específicamente para el Comprador, la propiedad de todos los trabajos realizados o en curso, y todos los equipos y materiales que han de convertirse en una parte permanente del producto final además de todos los dibujos, diagramas, datos, instrucciones o manuales de operaciones y otros elementos asociados, además de todos los derechos contractuales que lo acompañan, deberán transferirse y conferirse al comprador desde el primer momento de identificación del trabajo. En cuanto a todos los demás bienes entregados en este documento, se determinará el riesgo de pérdida de conformidad con los Incoterms escogidos en este documento y la propiedad de los bienes deberá transferirse al comprador al mismo tiempo que se le transfiere el riesgo de pérdida en la medida permitida por la ley. No obstante lo anterior, el vendedor deberá ejercer el debido cuidado y ser responsable de la custodia de todos los elementos en su posesión o control.

Related to TITULO Y RIESGO DE PÉRDIDA

  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.