Transferencias y Pagos Cláusulas de Ejemplo

Transferencias y Pagos. 1. Cada Parte permitirá que las transferencias y pagos por transacciones corrientes relacionados con sus compromisos específicos se efectúen de manera libre y sin demora desde y hacia su territorio. 2. Cada Parte permitirá que tales transferencias y pagos relacionados con el suministro de servicios se realicen en moneda de libre uso al tipo de cambio vigente en el mercado en la fecha de la transferencia. 3. No obstante lo dispuesto en los párrafos 1 y 2, una Parte podrá impedir o retrasar una transferencia o pago, por medio de la aplicación equitativa, no discriminatoria y de buena fe de su legislación relativa a: (a) quiebra, insolvencia o protección de los derechos de los acreedores; (b) emisión, comercio u operaciones de valores, futuros, opciones o derivados; (c) reportes financieros o mantenimiento de registros de transferencias cuando sea necesario para colaborar en el cumplimiento de la ley o con las autoridades reguladoras financieras; (d) infracciones criminales o penales; o (e) garantía del cumplimiento de órdenes o fallos en procedimientos judiciales o administrativos. 4. Nada en esta Sección afectará los derechos y obligaciones de los miembros del Fondo Monetario Internacional bajo el Convenio Constitutivo del Fondo, incluyendo el uso de medidas cambiarias que estén en conformidad con el Convenio, siempre que el Miembro no imponga restricciones a las transacciones de capital de manera inconsistente con sus compromisos específicos bajo esta Sección con respecto a esas transacciones, excepto bajo el Artículo 163 (Restricciones para Proteger la Balanza de Pagos) o a solicitud del Fondo.
Transferencias y Pagos. De solicitar este servicio, el Cliente libera al Banco de toda responsabilidad y se obliga a indemnizarlo por cualquier perjuicio que este sufra, en los casos siguientes: i) errores o pérdidas en bancos corresponsales como consecuencia de controles de cambio en otros países; ii) demoras o errores causados por factores fuera de control del Banco, incluyendo pero sin limitarse, por Caso Fortuito y/o Fuerza Mayor. De solicitarse el servicio de pagos automáticos y/o periódicos, el Banco solamente pagará la cuantía acordada con el Cliente en el caso de pagos periódicos o cargados si se trata de pagos automáticos y únicamente si existen fondos suficientes en la Cuenta. Adicionalmente, el Cliente acepta que la responsabilidad del Banco está limitada a pagar intereses a la tasa que el Banco estime para tal fin, sobre aquellos fondos cuyo atraso sea causado por negligencia del Banco. El Cliente se obliga a proporcionar al Banco toda la documentación requerida que soporte y sustente sus operaciones, transferencias y pagos. 1. Cuentas “o”. Las Cuentas “o” se regirán por las siguientes reglas: i) todos los cheques, retiros, gravámenes, órdenes e instrucciones referentes a la Cuenta pueden ser firmados, entregados o solicitados por cualquiera de los Titulares de la Cuenta de manera indistinta; ii) cualquiera de los Titulares de la Cuenta puede disponer de la totalidad de los fondos, transferirlos, girarlos y en fin disponer ampliamente de ellos aún cuando no haya sido autorizado por los otros Titulares de la Cuenta; iii) cualquiera de los Titulares de la Cuenta podrán constituir gravámenes y restricciones sobre una parte o la totalidad de la Cuenta. iv) en caso de fallecimiento de cualquiera de los Titulares de la Cuenta, el Banco seguirá atendiendo las órdenes que sobre la misma den los Titulares de la Cuenta sobrevivientes actuando de manera individual; v) cualquier notificación, cambio, adición o enmienda al manejo de las cuentas tipo “o” podrá ser hecho por cualquiera de los Titulares de la Cuenta; y vi) el Banco podrá abstenerse de cumplir las órdenes incompatibles o contradictorias provenientes de los titulares de la Cuenta. Todas las disposiciones respecto a cuentas “o” se regirán en concordancia con las demás que componen el Reglamento y en caso de duda, las Partes declaran que se aplicará la interpretación más favorable al Banco.
Transferencias y Pagos. 1. Cada Parte permitirá que todas las transferencias y pagos relacionados con el suministro transfronterizo de servicios, se hagan libremente y sin demora desde y hacia su territorio. 2. Cada Parte permitirá que estas transferencias y pagos relacionados con el suministro transfronterizo de servicios se realicen en una moneda de libre uso al tipo de cambio vigente en el mercado en el momento de la transferencia. 3. No obstante los párrafos 1 y 2, una Parte podrá impedir la realización de una transferencia o pago, por medio de la aplicación equitativa, no discriminatoria y de buena fe de sus leyes relativas a: (a) quiebra, insolvencia o protección de los derechos de los acreedores; (b) emisión, comercio u operaciones de valores, futuros, opciones o derivados; (c) reportes financieros o mantenimiento de registros de transferencias cuando sea necesario para colaborar con las autoridades responsables del cumplimiento de la ley o de regulación financiera; (d) infracciones criminales o penales; o (e) garantía del cumplimiento de órdenes o fallos en procedimientos judiciales o administrativos.
Transferencias y Pagos. AGENDADOS.- Por este medio, “EL CLIENTE” contrata los servicios automáticos provistos por LA NACIONAL para realizar débitos y créditos entre cuentas, sujeto a parámetros y condiciones estipuladas en el presente contrato. 10.1 “EL CLIENTE” autoriza a LA NACIONAL a realizar débitos a la cuenta de origen y aplicar transferencia de fondos a cuentas propias o de otros clientes dentro de la misma entidad o a otras entidades de intermediación financiera; así como también, “EL CLIENTE” tiene la responsabilidad de agregar y eliminar las transferencias y pagos Agendados, las cuales podrá programar directamente a través del canal electrónico denominado SERVICIOS DE BANCA ELECTRONICA. 10.2 En caso de que la cuenta origen no disponga de fondos suficientes para realizar el débito en la fecha acordada y se haya elegido una fecha PUNTUAL, LA NACIONAL no realizará otros intentos de débito y será responsabilidad de “EL CLIENTE” efectuar la transferencia por otro medio. 10.3 “EL CLIENTE” debe indicar en SERVICIOS DE BANCA ELECTRONICA de manera específica la fecha y monto en que debe acreditarse el pago, dicho pago será debitado de la cuenta de “EL CLIENTE” en la fecha indicada y el pago y/o transferencia serán registrados en horas nocturnas de la fecha programada, e identificar si es un PAGO PUNTUAL O FLEXIBLE.
Transferencias y Pagos. 1. Cada Parte permitirá que todas las transferencias y pagos relacionados con el suministro transfronterizo de servicios se efectúen de manera libre y sin demora, desde y hacia su territorio. 2. Cada Parte permitirá que todas las transferencias y pagos relacionados con el suministro transfronterizo de servicios se hagan en moneda de libre circulación, al tipo de cambio vigente en el mercado en la fecha de la transferencia. 3. No obstante lo dispuesto en los párrafos 1 y 2, una Parte podrá impedir o retrasar la realización de la transferencia o pago por medio de la aplicación equitativa, no discriminatoria y de buena fe, de su legislación respecto a:

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  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • Diferencias, errores y omisiones 31.1 Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación importante. 31.2 Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no importantes de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la oferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido a menos que el Comprador considere que hay un error obvio en la colocación del punto decimal, caso en el cual el total cotizado prevalecerá y el precio unitario se corregirá; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; y (c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada.

  • LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS “EL PROVEEDOR” se obliga a observar y mantener vigentes las licencias, autorizaciones, permisos o registros requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones.

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-4015/2014 FEDERAL ESTATAL

  • Xxxxxxx Santiago Xxxxxxx Directora de Recursos Materiales Secretaría de Administración Presente El suscrito representante legal del Proveedor denominado (Nombre o Denominación / Razón Social), manifiesto mi interés en participar en la (Procedimiento de Contratación y número del procedimiento), relativa al (Objeto de la Contratación), aceptando los términos y condiciones establecidas en las Bases de este concurso, y en consecuencia, presentar mi propuesta técnica y económica, sujetándome estrictamente a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamiento, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, su Reglamento y demás normatividad aplicable. Para lo cual, bajo protesta de decir verdad, proporciono la siguiente información: Datos Generales del interesado: Nombre: Registro Federal de Contribuyentes: Descripción del giro del contribuyente: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Así como, en su caso, los de su apoderado o representante legal. Denominación social / Razón social: Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio: (Calle, número, colonia, municipio, código postal y estado). Teléfonos: Correo electrónico: Descripción del objeto social: Constitutiva: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público). Nombre de su representante legal: Poder del representante legal: (No. de escritura pública, fecha, nombre y número xx xxxxxxx público)

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • DIRIGIDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CORRESPONDIENTE ANEXO VII

  • Entrega de los bienes El Concursante adjudicado hará entrega de los bienes conforme a los términos y requerimientos xxx Xxxxxx de Requisitos y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros señalado en los Anexos 1 y 2. Los Concursantes deberán presentar su oferta considerando que los bienes deben ser entregados bajo la condición DDP Destino Final, entregado con derechos pagados de acuerdo a los Incoterms 2010 bajo la cual serán evaluados y adquiridos. Atendiendo a las características de los bienes, las maniobras de descarga en destino final, serán por cuenta de CFE GENERACION III EPS. En su caso, los Concursantes adjudicados, a la entrega deberán presentar a CFE Generación III EPS, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito libre, mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes que entregará, este escrito será presentado en el almacén que corresponda a la última entrega. La recepción será en el lugar, fecha y horario indicado en el Anexo 2, debiendo obtener la evidencia de entrega mediante el sello otorgado por el responsable de la recepción de los bienes en el almacén en la factura o nota de remisión y la aceptación del área técnica. El Administrador del Contrato, notificará por escrito al Proveedor sobre la devolución o rechazo de los bienes, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días naturales siguientes a su recepción. El Concursante adjudicado acepta los términos establecidos en el presente Pliego de Requisitos para la aceptación de los bienes, estando de acuerdo que hasta en tanto ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados. El Proveedor debe cumplir con lo establecido en la Especificación CFE-L1000-11 vigente relativa a “Empaque, embalaje, embarque, transporte, descarga, recepción y almacenamiento de bienes muebles adquiridos por CFE”, así como los manuales del usuario correspondientes, de conformidad con la especificación CFE-L1000-32 vigente.

  • DOMICILIO Y NOTIFICACIONES Las partes señalan sus domicilios en los lugares indicados en la introducción del presente contrato. Cualquier comunicación o notificación deberá ser cursada a dichos domicilios por escrito. En caso de cambio de domicilio, para que el mismo tenga efecto y validez legal, deberá comunicarse a la otra parte por escrito con cargo de constancia de recepción, y a la mayor brevedad posible. En caso contrario, cualquier comunicación hecha al anterior domicilio se entenderá válidamente efectuada y surtirá plenos efectos legales.

  • Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.