TRANSITORIAS Cláusulas de Ejemplo

TRANSITORIAS. Este Convenio se publicará en el órgano de difusión oficial de la entidad y en el Diario Oficial de la Federación y entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en este último.
TRANSITORIAS. En un plazo máximo de un mes a partir del 1º de febrero de 2018, la Universidad y el Sindicato revisarán el Reglamento Interior de Trabajo vigente.
TRANSITORIAS. Este Anexo deberá ser publicado tanto en el Periódico Oficial de la entidad, como en el Diario Oficial de la Federación y entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en este último, fecha en la que quedará sin efecto el Anexo No. 8 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal y la entidad, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 xx xxxxx de 2008.
TRANSITORIAS. La presente Circular sustituye y deja sin efectos a la diversa F-11.2 del 8 de diciembre de 2003 y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
TRANSITORIAS. Las presentes Reglas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
TRANSITORIAS. El presente Anexo deberá ser publicado, tanto en el Periódico Oficial de la “Entidad”, como en el Diario Oficial de la Federación, y entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en este último.
TRANSITORIAS. Las partes declaran que se encuentran debidamente incorporadas en este Contrato Ley todas las disposiciones contenidas en los convenios celebrados por las mismas con anterioridad a esta fecha y su vigencia será del día 9 de febrero del 2000 y hasta las 24 horas del día 8 de febrero del 2002 por lo tanto la próxima revisión salarial, de conformidad con el Artículo 419-bis de la Ley Federal, tendrá vigencia a partir del 9 de febrero del 2001.
TRANSITORIAS. A partir de enero de 2019, la Universidad pagará las cuotas y aportaciones del servicio médico conforme al porcentaje establecido en la Ley 38, en los siguientes términos:
TRANSITORIAS. El presente “CONTRATO” entrará en vigor a partir de su depósito ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado.
TRANSITORIAS. En función de las gestiones que “LA UNIVERSIDAD” acuerda realizar ante las instancias estatales y federales respecto a los recursos financieros etiquetados para destinarse a este acuerdo de homologación paulatina determinada por la Ley 38, “LA UNIVERSIDAD” se compromete a incrementar gradualmente sus porcentajes de cotización al fondo de pensiones hasta alcanzar el 27% de cuotas y aportaciones, aumentándose de forma gradual, los porcentajes de cotización que refieren los incisos A) de los artículos 16 y 21 de la Ley 38, de acuerdo a lo establecido en la siguiente tabla: Universidad de Sonora Convenio Actual UNISON- ISSSTESON Ley 38 ISSSTESON 2019 2020 2021 2022