TRASPLANTE DE ÓRGANOS. Se reconocerá hasta el límite indicado los gastos que se ocasionen por los conceptos señalados en este condicionado los trasplantes realizados en el territorio nacional y aprobados por las sociedades médico científicas colombianas, siempre y cuando la patología que origina el trasplante sea objeto de cobertura de la presente póliza. Se excluye todo trasplante en su estado experimental.
TRASPLANTE DE ÓRGANOS. La cobertura de trasplante de órganos será proporcionada solamente dentro de los hospitales y/o proveedores en convenio para trasplantes de órganos. No existe cobertura fuera de los hospitales y/o proveedores en convenio para trasplantes de órganos. La cantidad máxima pagadera por este beneficio es el equivalente en moneda nacional a quinientos mil dólares americanos (US$500,000) por Asegurado, de por vida. Este beneficio de trasplante de órganos comienza una vez que la necesidad del trasplante ha sido determinada por un proveedor médico aprobado por Bupa, a través de USA Medical Services o de Bupa Servicios de Evaluación Médica, y certificado por una segunda opinión médica o quirúrgica. Este beneficio de trasplante de órganos está sujeto a todos los términos, condiciones y exclusiones de la póliza, e incluye:
TRASPLANTE DE ÓRGANOS. Gastos por trasplante de órganos hasta la suma asegurada o $ 4, 000,000 pesos (cuatro millones de pesos 00/100 m.n.) lo que sea menor, aplicando deducible, coaseguro y tope de coaseguro de la cobertura básica. Se cubrirán únicamente los gastos del receptor en caso de que éste sea nuestro asegurado así como los del donador exclusivamente por las pruebas de compatibilidad, el procedimiento quirúrgico, gastos de hospitalización y alimentos, a consecuencia de la donación a nuestro asegurado.
TRASPLANTE DE ÓRGANOS. Procedimiento mediante el cual se inserta en el cuerpo de una persona (receptor) un órgano o tejido procedentes de un donante de la misma especie.
TRASPLANTE DE ÓRGANOS. Se cubren los gastos originados por el trasplante de órganos incluyendo autólogos, de acuerdo a las definiciones especificadas en esta Póliza, este procedimiento en territorio nacional. En estos casos la Aseguradora podrá solicitar una segunda opinión médica. Los gastos médicos cubiertos incurridos por trasplantes, incluyen, aquellos prescritos por el médico tratante que sean médicamente razonables y permitidos a causa de tratamientos, servicios y/o suministros requeridos por o en relación con un trasplante cubierto, los cuales incluyen, entre otros:
TRASPLANTE DE ÓRGANOS. La realización actual de un trasplante de órganos en que el Asegurado participa como receptor de alguno de los siguien- tes órganos: corazón, pulmón, hígado, páncreas, riñón, intestino xxxxxxx o médula ósea.
TRASPLANTE DE ÓRGANOS. Se cubren los gastos médicos o quirúrgicos del receptor y únicamente los gastos médicos erogados del donante en el acto quirúrgico de la donación por trasplante de órganos, de acuerdo a la Tabla de Honorarios Médico-Quirúrgicos contratada y hasta la Suma Asegurada de 500 UMAM o la Suma Asegurada contratada de la Póliza, la que resulte menor, esta Suma Asegurada es para el receptor y el donante, este beneficio operará aplicando el Deducible y Coaseguro contratado. Esta Suma Asegurada sólo aplica en caso de trasplante, y en caso de que ésta se haya agotado no podrá acumularse a la Suma Asegurada contratada de la Póliza. Únicamente se cubrirán los siguientes trasplantes de órganos, ya sea que el órgano donado sea de un donante vivo o no vivo: • Corazón. • Pulmón. • Hígado. • Riñón. • Medula Ósea
TRASPLANTE DE ÓRGANOS. El trasplante inevitable de un órgano está cubierto. Sin embargo, los gastos relacionados con la búsqueda de órganos de donantes compatibles (banco de órganos) no están incluidos en esta cobertura. Se entiende por trasplante de órganos la intervención quirúrgica relativa a los siguientes trasplantes de órganos y/o tejidos: corazón, corazón/válvula, corazón/pulmón, hígado, páncreas, páncreas/riñón, riñón, médula ósea, paratiroides, trasplantes musculares/esqueléticos y de córnea. No están cubiertos los gastos de adquisición de órganos.
TRASPLANTE DE ÓRGANOS. Cobert 16 años 65 año A mparo Xxxxx nal de Indemnizaciò n A dicio nal P o r M uerte A ccidental y B eneficio s po r D esmembraciò n DEFINICIONES DE LAS ENFERMEDADES GRAVES Cobertura Ingreso P ermanencia Mínima Máxima Hijos y Hermanos 12 años 28 años 30 años INFARTO DE MIOCARDIO CÁNCER
TRASPLANTE DE ÓRGANOS. LA INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA MEDIANTE LA CUAL SE TRASPLANTA UN ÓRGANO (O PARTE DE UN ÓRGANO), PROVENIENTE DE UN DONANTE HUMANO FALLECIDO O VIVO. LOS ÚNICOS TRASPLANTES DE ÓRGANOS QUE ESTÁN CUBIERTOS BAJO ESTE ANEXO SON: PARÁGRAFO: PARA EL PAGO DEL VALOR ASEGURADO, LA RECLAMACIÓN DEBERÁ EFECTUARSE DESPUÉS DE LA INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DEL TRASPLANTE DEL ÓRGANO, EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL ASEGURADO ÚNICAMENTE SE PAGARÁ EL AMPARO BÁSICO.