VIGENCIA Y APLICACIÓN. 1. Vigencia y aplicación
VIGENCIA Y APLICACIÓN. El presente Manual entrará a regir a partir del 18 de octubre del año 2022. CONTROL DE DOCUMENTOS NRO. VERSIÓN FECHA OBSERVACIONES 1 4 de diciembre de 2012 Manual incluido en el SGC debido al cambio de nomenclatura de "MASA01" a "MAGG01" para los manuales de la Gerencia de Gestión para Proexport y Administrativa. Documento ajustado de acuerdo con la estructura administrativa de la Fiduciaria. Modificación de la cuantía para la compra de bienes o contratación de servicios que no requieren comparación de ofertas. Inclusión del formato FTJA16 Solicitud de contratación Fiducoldex. Modificación de las actividades y responsables.
VIGENCIA Y APLICACIÓN. Los lineamientos contenidos en el presente Manual de Contratación regirán a partir del momento determinado en el acto administrativo por medio del cual se adopte. Los contratos en ejecución, terminados o en liquidación a la entrada en vigencia del presente manual, se regirán por las reglas establecidas en este instrumento, en tanto no contravengan aquellas con las cuales se conformaron.
VIGENCIA Y APLICACIÓN. Los lineamientos contenidos en el presente Manual, regirán a partir de su aprobación por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, conforme a las reglas previstas en el contrato fiduciario. Los contratos terminados y en ejecución a la entrada en vigencia del presente manual, se regirán por las reglas establecidas en este instrumento. Tratándose de procesos de selección que hayan iniciado en vigencia del anterior manual de contratación, continuarán bajo las reglas de aquel hasta su adjudicación.
VIGENCIA Y APLICACIÓN. Los lineamientos contenidos en el presente Manual, regirán a partir de su aprobación por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
VIGENCIA Y APLICACIÓN. El presente Manual entrará a regir a partir del 01 de septiembre de 2017. CONTROL DE DOCUMENTOS NRO. VERSIÓN FECHA OBSERVACIONES 1 4 de diciembre de 2012 Manual incluido en el SGC debido al cambio de nomenclatura de "MAUG04" a "MAGG04" para los manuales de la Gerencia de Gestión para Proexport y Administrativa. Documento ajustado de acuerdo a la estructura administrativa de la Fiduciaria 2 9 xx xxxxx de 2013 Se modifican los numerales 2.2.2. y 2.2.3 del Manual de contratación. Incluir la contratación de los servicio de alojamiento, tiquetes aéreos y restaurantes, sin formalidades, siempre que el valor no supere los 500 SMMLV. Incluir la contratación de servicios sin formalidades cuando se presenten circunstancias extraordinarias (como fuerza mayor o caso fortuito) siempre que el valor no supere los 500 SMMLV. 3 18 xx xxxxx de 2015 Se modifica totalmente el Manual a fin de unificar en un solo cuerpo varios procedimientos que se encontraban dispersos sin razón justificable, actualizar los procedimientos en materia de contratación de Procolombia, estandarizarlos en la medida de lo posible con la contratación de Fiducóldex y hacerlos más claros; entre los cambios más significativos están los siguientes: - Se incrementaron algunas cuantías. - Se precisaron las modalidades de selección del contratista. - Se precisaron las causales de contratación directa. - Se incluyeron mecanismos para la obtención de condiciones más favorables: subasta inversa y negociación. -
VIGENCIA Y APLICACIÓN. El Convenio Colectivo entrará en vigor a todos los efectos a partir del 01 de enero de 2015 y su duración será de tres años, finalizando el 31 de diciembre de 2017.
VIGENCIA Y APLICACIÓN. El presente Manual entrará a regir a partir de su publicación. Elaboró: Fiducoldex. Aprobó: Ministerio de Comercio Industria y Turismo. 1 01 de octubre de 2018 Versión inicial 2 16 xx xxxx de 2019 Se cambia el nombre Patrimonio del Programa de Transformación Productiva a COLOMBIA PRODUCTIVA, cambio del nombre del archivo. ELABORÓ: XXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX Directora de Contratación APROBÓ: XXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX Directora de Contratación
VIGENCIA Y APLICACIÓN. El presente reglamento y las adiciones o reformas que de él se hagan, regirá a partir de su publicación a través de la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx conforme las políticas, condiciones y restricciones al momento de su aprobación. El reglamento será de obligatorio cumplimiento para todas las Empresas Inmobiliarias, arrendatarios y codeudores solidarios cuyos contratos de arrendamiento se encuentren afianzados. Actualizado a los 12 días del mes de julio de 2017
VIGENCIA Y APLICACIÓN. La presente norma entra en vigencia el 30 xx xxxxx de 2012. En todo caso, el primer envío a esta Superintendencia de la Estrategia de Gestión de Riesgos, señalada en la letra a) del Título II de la presente norma, deberá efectuarse a más tardar el 1°de octubre de 2012. La matriz de riesgos, los riesgos inherentes y los aspectos o funciones de la gestión de riesgos que serán evaluados, se detallan en la siguiente figura: