Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, QUE COMO LEY FUNDAMENTAL DEL CONTRATO REGULARA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO URGENTE, LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ASISTENCIA TERAPEUTICA Y REHABILITACIÓN PARA DISCAPACITADOS Y AREA DEPORTIVA EN EL BARRIO DE LA TENERIA DEL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID).
El contrato tendrá por objeto la ejecución de las obras de construcción de un Centro de asistencia terapéutica y rehabilitación para discapacitados y área deportiva en el barrio de la Teneria del Municipio xx Xxxxx (Madrid), en la parcela con la descripción superficie y calificación urbanística que se detallan a continuación:
Descripción y límites: Urbana, situada en la calle Xxxxx Xxxxxxx, s/n, linda al norte con finca resultante ZV-4, al sur con finca segregada 685 del Inventario de Bienes Municipales, al este con la calle Xxxxx Xxxxxxx y al oeste con zona verde – 4.
Superficie: 4.624,00 m/2.
Calificación urbanística:
Clasificación del suelo: Suelo urbano.
Calificación: Equipamiento deportivo ED-2.BIS, la parcela está destinada a uso de equipamiento dotacional.
Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad xx Xxxxx, a nombre del Ayuntamiento xx Xxxxx, al tomo 1367, libro 442, folio 187, finca 27548.
Inscrita en el Inventario de Bienes Municipal con el nº. de finca 686. CPV: 45215100-8
Trabajos de construcción de edificios relacionados con la salud.
El presente contrato tiene carácter administrativo y se regirá por lo establecido en este Pliego y por las siguientes normas:
- Real Decreto Ley 13/2.009, de 26 de Octubre, por el que se crea el fondo Estatal para el empleo y la sostenibilidad local
- Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del Sector Público.
- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el Real Decreto 1098/2001 de 12 de Octubre.
Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, y las restantes normas de derecho administrativo.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución a efectos de este contrato serán resueltas por el Órgano de Contratación cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa pudiendo ser recurridos ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con los requisitos establecidos en la Ley reguladora de esta Jurisdicción.
Las discrepancias o contradicciones que pudieran surgir entre el Pliego de cláusulas económico administrativas y el Pliego de cláusulas técnicas se resolverán conforme a lo establecido en el primero de los Pliegos.
Todos los plazos señalados en este Xxxxxx, salvo que expresamente se diga otra cosa, se entienden referidos a días naturales.
3.- CLASE DE EXPEDIENTE Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El contrato se adjudicará aplicando el procedimiento abierto y trámite de urgencia a que se refieren los artículos 96 y 128 de la Ley de Contratos del Sector Publico, a efectos de reducción de plazos, en los términos establecidos en el articulo 17 del Real Decreto–Ley 13/2.009 y la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
El plazo de ejecución del contrato deberá concluir antes del día 31 de diciembre de 2010, de acuerdo a lo exigido en el RD 13/2009.
5.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y FINANCIACIÓN DEL CONTRATO.
El presupuesto base de licitación del coste de las obras tiene un importe de 1.246.607,00 euros, más la cantidad de 224.389,00 euros en concepto de 18% de I.V.A.
6.- FINANCIACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se financia con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la sostenibilidad Local creado por el Real Decreto-Ley 13/2009 de 26 de Octubre, y se abonará en una sola anualidad correspondiente al año 2.010.
7.- PAGO DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN
El pago se efectuará una vez ejecutada la prestación del objeto del contrato a que se refiere la cláusula 1 y expedida la declaración de recepción de conformidad, ya sea parcial o total, tal como disponen los artículos 200 y 283 de la Ley de contratos del Sector Público.
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 17.5 del Real decreto- Ley 13/2009, de 26 de Octubre, se abonara al contratista el precio del contrato dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de la recepción de conformidad
.
El contratista tendrá derecho a percibir también abonos a cuenta en los términos establecidos en los artículos 200.3 de la Ley de Contratos del Sector Público. En todo caso, se le exigirá la constitución de garantía en forma de aval, u otra admitida por la Ley .
Ejecución de las obras, según lo establecido en las cláusulas 3ª. xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.
9.- CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA
La clasificación exigida para la ejecución del presente contrato será la siguiente:
GRUPO SUBGRUPO CATEGORÍA
Los empresarios acreditarán su solvencia económica, financiera y técnica aportando el certificado de clasificación vigente, expedido por el Órgano competente de la Administración del Estado
▪ Provisional: Los licitadores deberán presentar una garantía provisional por importe del 3% del presupuesto base de licitación, excluido el Impuesto sobre el Valor añadido.
▪ Definitiva: El licitador que resulte adjudicatario provisional del contrato deberá prestar una garantía del 5% del importe de la adjudicación del contrato, sin incluir el I.V.A., a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 84 de la Ley de Contratos del Sector Público.
En el caso de efectuarse la garantía mediante talón conformado o cheque bancario, aval o seguro de crédito y caución, se ingresará en la Caja de la Corporación. Si se realizara en metálico deberá ingresarse en cualquiera de las entidades bancarias de la localidad. En este caso el resguardo acreditativo del ingreso se canjeará por la Carta de Pago, veinticuatro horas después del ingreso. El horario de la Caja de la Corporación, es de 9 a 13 horas, de lunes a viernes.
En caso de optar por aval bancario, se realizará según modelo del Xxxxx XXX.
De conformidad con lo previsto en el art. 17 1.b) del Real Decreto Ley 13/2.009 de 26 de Octubre y el 135.4 de la Ley de Contratos del Sector Público, la constitución de la garantía definitiva deberá acreditarse antes de la adjudicación definitiva, es decir, dentro de los diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente a aquél en que se publique la adjudicación provisional en el perfil del contratante del órgano de contratación. El incumplimiento de este requisito, por causa imputable al adjudicatario, dará lugar a la no adjudicación definitiva.
11.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
Las proposiciones serán secretas y se presentarán en las Dependencias Municipales, en horario de 9:00 a 14:00 horas, y de lunes a viernes dentro del plazo que se señale en el anuncio de licitación, que será de OCHO (8) DÍAS naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
A efectos de finalización de plazo el sábado será señalado día inhábil considerándose último día para presentar las proposiciones el día siguiente hábil posterior.
Cuando las proposiciones se envíen por correo el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax (91.2483732) o telegrama en el mismo día, antes de las 15:00 horas. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
Cada licitador sólo podrá presentar una proposición.
No se podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente.
La infracción de estas condiciones dará lugar a la in admisión de todas las proposiciones presentadas por el licitador afectado.
Durante el plazo de presentación de proposiciones los interesados podrán examinar y consultar, en el Departamento de Contratación del Ayuntamiento xx Xxxxx, el expediente de contratación y solicitar cuantas aclaraciones consideren convenientes.
Todos los documentos que formen parte de la proposición, es decir, la documentación general y técnica, deberán estar redactados en castellano.
12- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional, por parte del empresario, del contenido xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas y técnicas particulares sin salvedad alguna.
Las proposiciones se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento xx Xxxxx, y se titularán “Proposición para tomar parte en el procedimiento abierto urgente, tramitado para adjudicar las obras de un centro de asistencia terapéutica y rehabilitación para discapacitados y área deportiva en el Barrio de la Teneria del Municipio xx Xxxxx (Madrid), constando el nombre del licitador y se presentarán en un sobre en cuyo interior figurarán otros tres sobres cerrados, pudiendo ser lacrados y precintados denominados SOBRE “A”, SOBRE “B” y SOBRE “C”, en cada uno de los cuáles se hará constar su contenido y el nombre del licitador de la forma que se indica:
A) En el SOBRE “A” titulado “Documentos generales para tomar parte en el procedimiento abierto urgente, tramitado para adjudicar las obras de un centro de asistencia terapéutica y rehabilitación para discapacitados y área deportiva en el Barrio de la Teneria del Municipio xx Xxxxx ( Madrid)” se incluirá la siguiente documentación administrativa:
1º) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica: Los empresarios individuales, copia auténtica del D.N.I., los empresarios personas jurídicas, la escritura o los documentos en que conste la constitución de la entidad y los estatutos por que se rija, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o en el que corresponda.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados Miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2º) Bastanteo de Poderes: Poder Bastanteado por el Sr. Secretario del Ayuntamiento xx Xxxxx, cuando se actúe por representación y presentación de fotocopia compulsada del D.N.I. de quien actúa por representación.
Para proceder al Bastanteo de Poder, los licitadores deberán personarse en el Ayuntamiento, con una antelación mínima de 24 horas a la finalización del procedimiento, debiendo aportar D.N.I. de quien actúa por representación (original o fotocopia compulsada), Escrituras de poder, de constitución, adaptación, modificación de la Sociedad (por originales o fotocopias compulsadas), así como una declaración responsable de que el poder se encuentra en vigor y no ha sido revocado.
3º) Documento de compromiso de constituir una Unión Temporal de Empresas: En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión entre la Administración.
4º) Documento acreditativo de no estar incurso en prohibición de contratar Declaración responsable del licitador haciendo constar que no se halla incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público, según Xxxxx XX.
5º) Documentos acreditativos de la clasificación: Certificado que acredite que la empresa licitadora está clasificada en los términos exigidos en este pliego.
Las empresas comunitarias, no españolas, podrán acreditar la clasificación mediante los certificados de clasificación o documentos similares que acrediten su inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la Unión Europea o mediante certificación emitida por organismos que respondan a las normas europeas de certificación expedidas de conformidad con la legislación del Estado miembro en que esté establecido el empresario. Dichos documentos deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario en la lista o la expedición de la certificación, así como la clasificación obtenida.
6º) Documento constitutivo de la garantía provisional o resguardo acreditativo de su constitución por importe 37.398,21 euros, correspondiente al 3% por 100 del presupuesto base de licitación, excluido el Impuesto sobre el Valor añadido.
7º) Acreditación de la solvencia: Xxxxxxx acreditada con la clasificación exigida al contratista en éste pliego de conformidad con lo establecido en el art. 51.1 de la LCSP.
8º) Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras: Para las empresas extranjeras, una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias
que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
9º) Acreditación de estar al corriente de pago con la Tesoreria Territorial de la Seguridad Social y con la Administración Tributaria: Declaración de estar al corriente de pago con la tesorería territorial de la seguridad social y Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por la disposición vigente, así como no tener deuda alguna con el Ayuntamiento xx Xxxxx (Madrid).
Quien resulte adjudicatario deberá presentar en el plazo xx xxxx (10) DÍAS hábiles, contados a partir de la publicación de la adjudicación provisional en el perfil del contratante, Certificado de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social que acredite la inscripción de la empresa y hallarse al corriente de las cuotas de la Seguridad Social del personal que trabaje a su servicio (por original o fotocopia compulsada), modelos de cotización TC1 y TC2 (por original o fotocopia compulsada), Certificado de la Delegación de Hacienda correspondiente que acredite estar al corriente de sus obligaciones tributarias conforme establece el artículo 49 apartado d) de la Ley de Contratos del Sector Público (por original o fotocopia compulsada), y Certificado de la Intervención de Fondos del Ayuntamiento xx Xxxxx de que no exista deuda alguna con este Ayuntamiento (por original o fotocopia compulsada).
10ª) Declaración por la que el licitador se obliga al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes sobre Protección a la Industria Nacional, Legislación Social, Estatutos de los Trabajadores, Prevención de Riesgos Laborales y demás normas sobre la materia.
11ª) Seguro Declaración responsable firmada por el licitador en la que se comprometa a suscribir seguro de responsabilidad civil, que cubra todos los accidentes, daños o perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato, con un mínimo de indemnización por siniestro de 600.000,00 €.
El adjudicatario provisional en el mismo plazo que se detalla en el apartado 9ª, deberá presentar copias compulsadas del último recibo y de la póliza del seguro de responsabilidad civil.
12º) Domicilio: Escrito firmado por el licitador en el que conste la dirección, e-mail, número de teléfono, número de fax, y la persona a la que se dirigirán las comunicaciones y requerimientos que sean precisos realizar durante el procedimiento selectivo.
En el SOBRE “B”, denominado “Proposición técnica para tomar parte en el procedimiento abierto urgente, tramitado para adjudicar las obras de un centro de asistencia terapéutica y rehabilitación para discapacitados y área deportiva en el Xxxxxx xx xx Xxxxxxx xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxx ( Xxxxxx), se incluirá aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor y se presentarán cumpliendo el requisito establecido en el
artículo 26 del Real decreto 817/2.009 de 8 xx xxxx, y en particular deberán incluirse los establecidos en la cláusula 6ª. xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.
En el SOBRE “C”, denominado “Proposición económica para tomar parte en el procedimiento abierto urgente, tramitado para adjudicar las obras de un centro de asistencia terapéutica y rehabilitación para discapacitados y área deportiva en el Xxxxxx xx xx Xxxxxxx xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxx ( Xxxxxx), se incluirá el siguiente documento:
1. Oferta económica, una sola proposición en la que se expresará el precio de ejecución del contrato debiendo figurar como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, formulada estrictamente conforme al modelo que figura como Xxxxx I a este Xxxxxx. No se tendrán por correctas ni válidas aquellas ofertas económicas que contengan cifras comparativas o expresiones ambiguas, aquellas que se presenten con enmiendas o raspaduras que puedan inducir a duda racional sobre su contenido ni aquellas en las que la cantidad expresada en letra y en número sea diferente.
Así mismo se incluirá declaración de las empresas sobre el número de personas a ocupar con ocasión de la ejecución del contrato, según lo estipulado en la cláusula 6ª., apartado 2. xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figuran en más de una unión temporal.
Todos los documentos que formen parte de la proposición, es decir, la documentación general, la proposición técnica y la oferta económica deberán estar redactados en castellano.
13.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.-
13.1 La adjudicación recaerá en el ofertante que en conjunto haga la proposición más ventajosa, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma y no pudiendo declararse desierta la licitación si existe alguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios objetivos que figuran en el presente Xxxxxx.
13.2.- El acto de apertura de plicas tendrá lugar ante la Mesa de Contratación.
La Mesa de Contratación estará integrada por los miembros que constituyen la Mesa de Contratación para todos los procedimientos de contratación, aprobada por el Ayuntamiento Pleno con fecha 8 de enero de 2009, según lo establecido en el artículo 295 apartado 1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
13.3.- Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el SOBRE “A”, el martes hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de proposiciones, a las 12:00 horas, en un acto no público.
Con anterioridad se procederá a la apertura por los Técnicos Municipales (Secretario General de la Corporación, Interventora Municipal, Técnico/a del Área correspondiente y Secretaria delegada de las Mesas de Contratación) quienes emitirán y darán cuenta a los miembros de la Mesa de un informe relativo a la documentación presentada por los licitadores en el SOBRE “A”.
Si la Mesa de Contratación observara defectos materiales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador lo subsane. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
Los defectos subsanables o insubsanables apreciados serán publicados en el perfil del contratante y en el tablón de anuncios de esta Entidad, a efectos de la notificación prevista en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27 de Noviembre de 1992), comenzando, en su caso, el cómputo del plazo concedido para la subsanación de los defectos calificados como tales, el día inmediatamente posterior.
13.4.- Actuación de la Mesa de Contratación.- El acto de apertura de proposiciones técnicas será público y la convocatoria de fecha y hora de su celebración se anunciará en el perfil del contratante y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, con al menos, un día hábil de antelación a la fecha en que se celebre.
La Mesa iniciará su actuación dando cuenta del resultado de la calificación de documentación general presentada por los licitadores en el SOBRE “A”, indicando los licitadores excluidos y las causas de exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que se recogerían en el Acta.
Cualquier asistente, a propia petición podrá examinar la documentación presentada, que a tal efecto señale.
A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del SOBRE “B” y dará cuenta de las proposiciones técnicas formuladas por cada uno de los licitadores. Y documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor
Terminado el acto público de apertura del SOBRE “B”, la Mesa elevará el Acta correspondiente en la que se recogerán las observaciones que estime pertinentes, así como la documentación relativa a los criterios cuya ponderación
depende de un juicio de valor por un organismo técnico especializado, remitiendo toda esta documentación a los Servicios Técnicos Municipales para que por aquellos se emitan los correspondientes informes técnicos acerca de la valoración de las proposiciones técnicas presentadas, conforme a los criterios objetivos de adjudicación.
El acto se desarrollará siguiendo la formalidades previstas en los artículos 26 y 27 del Real Decreto 817/2009 de 8 xx Xxxx , y en lo no previsto en ellos, por el artículo 83 del Reglamento General de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas
13.5.- El acto de apertura de proposiciones económicas será público y la convocatoria de fecha y hora de su celebración se anunciará en el perfil del contratante y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, con al menos, un día hábil de antelación a la fecha en que se celebre.
La Mesa iniciará su actuación dando cuenta del informe técnico resultado de la calificación de documentación presentada por los licitadores en el SOBRE “B”. A continuación se procederá a la apertura del SOBRE “C” y a dar lectura de la oferta económica formulada por cada uno de los licitadores. Así como la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya ponderación deba efectuarse mediante la aplicación de fórmulas Una vez examinados los sobres se procederá por la Mesa de Contratación, reunida a tal efecto, a formular la propuesta que estime pertinente que elevará al Órgano de Contratación que haya de efectuar la adjudicación.
En la valoración deberá tenerse en consideración lo dispuesto en el articulo 30 del Real Decreto 817/2.009 de 8 xx Xxxx
La Mesa de Contratación podrá solicitar antes de formular su propuesta tantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
14.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del contrato, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 134 de la Ley de Contratos del Sector Público, serán los señalados en la cláusula 7ª. xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas. Dichos criterios se detallarán en el anuncio de licitación.
Los licitadores podrán presentar variantes o mejoras sobre los criterios bases de valoración establecidos en la cláusula 7ª xxx xxxxxx de prescripciones técnicas:
Sin perjuicio de las disposiciones de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento.
De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato establezcan un plazo mayor.
Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 77.1 de la Ley en relación con la cláusula 5ª. no existe revisión de precios.
18.-. ADJUDICACIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA.- El Órgano de Contratación,
recibida la documentación de la Mesa de Contratación y evacuados los informes técnicos correspondientes, acordará en resolución motivada la adjudicación provisional a la proposición más ventajosa, o declarar desierta la licitación si no se cumpliera lo previsto en el art. 135.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, es decir, cuando no exista alguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios fijados en el Pliego.
La adjudicación provisional será notificada a todos los candidatos o licitadores y se publicará conforme a lo establecido en los articulos 42 y 135,3 De la
L.C.S.P. En todo caso, la adjudicación provisional de los correspondientes contratos deberá efectuarse en el plazo máximo de 20 días naturales, contados desde que finalice el plazo de presentación de proposiciones.
Para la adjudicación provisional sea elevada a definitiva, el adjudicatario deberá presentar la documentación citada en el apartado
Al efectuar dicha notificación se requerirá al adjudicatario para que aporte la documentación necesaria y constituya la garantía definitiva, en la cuantía y forma indicadas en la cláusula
La adjudicación provisional se elevará a definitiva en los plazos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público. La adjudicación definitiva, una vez acordada,, será notificada y publicada, según lo establecido en el art.138.
19. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.- La Corporación y el contratista deberán formalizar el contrato de adjudicación del servicio en documento administrativo dentro de los DIEZ (10) DÍAS hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva, según lo establecido en el artículo 140.1 de la L.C.S.P., constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
El Pliego de cláusulas administrativas particulares y el Pliego de prescripciones técnicas tienen carácter contractual por lo que deberán ser firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario en el acto de formalización del contrato.
Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
20.GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO
(a) El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de los anuncios que genere la licitación(incluidos los de boletines oficiales y prensa) hasta un importe máximo de 3.000,00 euros, y los preparatorios y de formalización del contrato.
(b) Los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato.
(c) Asumir el pago del I.V.A..
(d) Los de formalización pública del contrato de adjudicación.
(e) Todos los gastos que se ocasionen por la conservación de las obras durante el periodo de garantía.
21.- RESPONSABLE DEL CONTRATO, DIRECCIÓN DE LA OBRA Y DELEGADO DE LA OBRA.
El órgano de contratación podrá designar una persona responsable del contrato conforme se establece en el artículo 41 de la Ley de contratos del sector público.
El Director de obra que se designe por el órgano de contratación ejercerá las funciones de dirección, inspección, comprobación y vigilancia necesarias para la correcta ejecución de la obra contratada. El Director de las obras podrá estar auxiliado por el personal que el órgano de contratación designe.
El Delegado de obra del contratista deberá ser un técnico titulado, con experiencia acreditada en obras de similar naturaleza a las que son objeto de este contrato.
22.- COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO Y PROGRAMA DE TRABAJOS.
En el plazo de quince días naturales como máximo, contados a partir de la fecha de formalización del contrato deberá realizarse el replanteo y extenderse el acta relativa al mismo.
El adjudicatario deberá presentar un programa de trabajos para que sea aprobado por el órgano de Contratación. Dicho programa deberá presentarse en plazo no superior a quince días naturales desde la formalización del contrato y desarrollará el presentado con su proposición, que no podrá modificar ninguna de las condiciones contractuales. A la vista del mismo, el órgano de contratación resolverá sobre su aplicación, incorporándose al contrato.
23.- PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
En el plazo xx xxxx días naturales desde la notificación de la adjudicación definitiva el contratista presentará al Órgano de contratación el Plan de seguridad y salud en el trabajo, que será informado en el plazo de siete días naturales sobre la procedencia de su aprobación.
En todo caso, el plazo máximo para la aprobación del Plan de seguridad y salud en el trabajo será de un mes desde la firma del contrato. Si, por incumplir el contratista los plazos indicados en el párrafo anterior, no fuera posible empezar las obras al recibir autorización para el inicio de las mismas, no podrá reclamar ampliación alguna de plazo por este motivo.
El adjudicatario estará obligado al cumplimiento del plazo total fijado para la realización del contrato, así como de los plazos parciales que, en su caso, se hubieran establecido, que comenzarán a contar para el adjudicatario a partir del día siguiente a la firma del acta de comprobación del replanteo.
El pago se efectuará mediante certificaciones mensuales de los trabajos efectuados que se abonarán de conformidad con lo establecido en los artículos
200 y 215 de la Ley de Contratos del Sector Público y 147 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.5 del Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre.
El contratista podrá desarrollar los trabajos con mayor celeridad que la prevista para que las obras se ejecuten en el plazo o plazos contractuales, salvo que, a juicio de la Dirección de las obras, existiesen razones para estimarlo inconveniente. Las certificaciones así expedidas sólo devengarán intereses por demora desde la fecha señalada en el artículo 152 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
El contratista tendrá derecho a percibir también abonos a cuenta en los términos establecidos en los artículos 200.3 de la Ley de Contratos del Sector Público y 155 y 156 del Reglamento. En todo caso, se le exigirá la constitución de garantía en forma de aval, u otra admitida por la Ley.
26.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
Será condición de ejecución del contrato a que se refiere este pliego, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.2 del Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, que el nuevo personal que el contratista necesite emplear para la ejecución de las obras se encuentre en situación de desempleo.
Se impondrán penalidades al contratista cuando incurra en alguna de las causas previstas a continuación:
a) Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de ejecución establecidas en este pliego dará lugar a la imposición al contratista de las siguientes penalidades:
- Como regla general, su cuantía será un 1% del importe de adjudicación del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
- Se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía, conforme al artículo 196.8 de la Ley de Contratos del Sector Público.
El incumplimiento por el adjudicatario de las condiciones especiales de ejecución podrá verificarse por el órgano de contratación en cualquier momento
durante la ejecución el contrato y, en todo caso, se comprobará al tiempo de la recepción de las obras.
b) Por cumplimiento defectuoso. Se impondrán penalidades por cumplimiento defectuoso en los siguientes términos:
- Si, al tiempo de la recepción, las obras no se encuentran en estado de ser recibidas por causas imputables al contratista.
- Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
- En todo caso, la imposición de las penalidades no eximirá al contratista de la obligación que legalmente le incumbe en cuanto a la reparación de los defectos.
c) Por incumplir criterios de adjudicación. Se impondrán al contratista penalidades por incumplir los criterios de adjudicación en los siguientes términos:
- Si, durante la ejecución del contrato o al tiempo de su recepción, se aprecia que, por causas imputables al contratista, se ha incumplido alguno o algunos de los compromisos asumidos en su oferta, en especial los relativos al volumen de mano de obra a utilizar en la ejecución del contrato.
- Para considerar que el incumplimiento afecta a un criterio de adjudicación será preciso que al descontarse un 25 por 100 de la puntuación obtenida por el contratista en el criterio de adjudicación incumplido, resultara que su oferta no habría sido la mejor valorada.
- Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
d) Por demora. Cuando el contratista, por causas que le fueran imputables, hubiera incurrido en demora, tanto en relación con el plazo total como con los plazos parciales establecidos, se estará a lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley de Contratos del Sector Público en cuanto a la imposición de estas penalidades.
La subcontratación se regirá por lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público (arts. 210 y 211) y en la Ley 32/2006, de 18 de octubre, Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
En todo caso, y de conformidad con lo que dispone el artículo 9.5 del Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, los contratistas deberán abonar a los subcontratistas el precio pactado por las prestaciones cuya realización les hayan encomendado en el plazo máximo de treinta días naturales, computado desde la fecha de aprobación por el contratista principal de la factura emitida por el subcontratista o suministrador.
Cuando el contratista incumpla las condiciones para la subcontratación establecidas en el artículo 210.2 de la Ley de Contratos del Sector Público o el límite máximo especial establecido para la subcontratación se impondrá la penalidad regulada en el artículo 210.3, con sujeción a lo siguiente:
- Se hará efectiva mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía, conforme al artículo 196.8 de la LCSP.
- Como regla general, su cuantía será un 5% del importe del subcontrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar hasta un 10% o hasta el máximo legal del 50%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
29. - CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
La recepción del contrato se regirá por lo establecido en el artículo 218 de la Ley de Contratos del Sector Público y en los artículos 163 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Al tiempo de la recepción se comprobará en particular el cumplimiento por el contratista de las siguientes obligaciones:
1ª). El despeje final de las obras, debiendo el contratista haber restituido a su situación inicial las zonas afectadas por las obras y no ocupadas por ellas.
2ª). El cumplimiento no defectuoso del contrato. 3ª). El cumplimiento de los criterios de adjudicación.
4ª). El cumplimiento de las condiciones de ejecución.
Durante la ejecución del contrato la empresa adjudicataria informará al órgano de contratación mediante la presentación de la correspondiente declaración acreditativa de los puestos de trabajo creados así como de las altas de nuevos trabajadores y de las bajas que se produzcan.
La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 205 a 208 de la Ley de Contratos del Sector Público y específicamente para el contrato de obras en los artículos 220 a 222 de dicha Ley, así como en los artículos 109 a 113 y 172 del Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En particular se considerará causa de resolución del contrato el supuesto de incumplimiento de la condición de ejecución establecida en la cláusula 24 cuando éste deba considerarse como muy grave.
En todo caso en caso de resolución del contrato por causa imputable al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 208.4 de la Ley.
El plazo de garantía será de UN AÑO y comenzará a partir de la fecha de la recepción.
Durante este plazo se aplicará lo establecido en el artículo 167 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a las obligaciones del contratista, así como en lo relativo a la facultad de la Administración de, en caso de incumplimiento, ejecutar x xxxxx de aquél los trabajos necesarios para la conversación de la obra.
Todos los gastos que se ocasionen por la conservación de las obras durante el periodo de garantía serán de cuenta del contratista no teniendo derecho a ninguna indemnización por este concepto. Se exceptúan los daños ocasionados en la obra por fuerza mayor, que serán soportados por la Corporación, si bien ésta tendrá la facultad de exigir al contratista que realice las obras de reparación.
Transcurrido el plazo de garantía a que se refiere la cláusula anterior se procederá a la liquidación del contrato conforme a lo dispuesto en el artículo 179 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución a efectos de este contrato serán resueltas por el Órgano de Contratación cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa pudiendo ser recurridos ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con los requisitos establecidos en la Ley reguladora de esta Jurisdicción.
Pinto a 12 xx xxxxxx de 2010 EL SECRETARIO
Fdo.: Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx
I N F O R M E D E S E C R E T A R Í A
Examinado el Pliego de cláusulas administrativas particulares que antecede y que habrá de regir el concurso mediante procedimiento abierto urgente para adjudicar la EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ASISTENCIA TERAPEUTICA Y REHABILITACIÓN PARA DISCAPACITADOS Y AREA DEPORTIVA EN EL XXXXXX XX XX XXXXXXX XXX XXXXXXXXX XX XXXXX (XXXXXX), se
considera que el mismo reúne todos los requisitos exigibles por la legislación vigente, por lo que no existe inconveniente en que, previa su aprobación por el Órgano competente, por el Departamento de Contratación se inicien los trámites encaminados a la contratación de empresa o persona física que lleve a cabo el objeto del contrato.
Pinto, a 12 xx xxxxxx de 2010 EL SECRETARIO
Fdo.: Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx
A N E X O I
(MODELO DE PROPOSICIÓN)
D/Xx. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , con domicilio en . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . , calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , nº . . . . , NIF nº (en el caso de
actuar en representación como apoderado de , con
domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . , nº . . . . , CIF o NIF nº . . . . . . . . . , teléfono . . . . . . . . . . . , fax ,
enterado de la solicitud de proposiciones del Ayuntamiento xx Xxxxx así como de las condiciones y requisitos para concurrir al procedimiento abierto urgente, tramitado para adjudicar la EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ASISTENCIA TERAPEUTICA Y REHABILITACIÓN PARA DISCAPACITADOS Y AREA DEPORTIVA EN EL XXXXXX XX XX XXXXXXX XXX XXXXXXXXX XX XXXXX (Xxxxxx),
cree que se encuentra en situación de acudir como licitador de la misma.
A este efecto hace constar que conoce el Pliego de cláusulas administrativas particulares y el Pliego de prescripciones técnicas por los que se rige la convocatoria, que acepta incondicionalmente sus cláusulas, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración, y se compromete en nombre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. (propio o de la empresa que representa), a tomar a su cargo el mencionado contrato, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por el precio de € (EN LETRA Y NÚMERO), que supone un tanto por
ciento de rebaja del . . . . %, más la cantidad de €, en concepto
de . . . . % de I.V.A., lo que hace un total de . . . . . . . . . . . . . € (EN LETRA Y NÚMERO)
. . . . . . . . , a . . . de . . . . . . . . . . . . . . . . . de 200. . (FIRMA DEL PROPONENTE)
ANEXO II
(MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE)
D/Xx , mayor de edad, con domicilio en .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , nº y
NIF nº . . . . . . . . . . . . . . . , (En el caso de actuar en representación como apoderado de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , con domicilio en . . . . . . . . . .
. . . . . . . . ., calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . nº . . . . . . . CIF o NIF )
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
Que no se halla incurso (caso de actuar en representación: Que ni la empresa a la que representa, ni los administradores de la misma se hallan incursos) en ninguna de las circunstancias que determinan la prohibición para contratar con la Administración, a que se refiere el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y el Real Decreto 390/96, de 18 xx Xxxx.
Y para que conste y surta los efectos oportunos ante el Ayuntamiento xx Xxxxx, expido y firmo la presente declaración en Pinto, (Madrid), a de
. . . . . . . . . . . de 2 . . . . . .
.......................... , a ............ de .......................... de 200.....
(Lugar, fecha y firma)
A N E X O I I I (MODELO DE AVAL)
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . NIF . . . . . . . . . . con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en en la calle/plaza/avenida . .
. . . . . . . . . . . . C.P. . . . . y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados). . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
A V A L A
a:(nombre y apellidos o razón social del avalado). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía), para responder de las obligaciones derivadas de la adjudicación del contrato de la EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ASISTENCIA TERAPEUTICA Y REHABILITACIÓN PARA DISCAPACITADOS Y AREA DEPORTIVA EN EL BARRIO DE LA TENERIA DEL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID), ante el
Ayuntamiento xx Xxxxx, por importe de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . euros I.V.A. incluido (en letra y en cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento xx Xxxxx (Madrid), con sujeción a los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
. . . . . . . . . . . . . . . .(lugar y fecha)
. . . . . . . . . (razón social de la entidad)
. . . . . . . . . . .(firma de los Apoderados)
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia: Fecha: Nº Código:
V. Anuncios
A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
30559 Anuncio del Ayuntamiento xx Xxxxx (Madrid) por el que se convoca el procedimiento abierto urgente para adjudicar las obras de construcción de un centro de asistencia terapéutica y rehabilitación para discapacitados y área deportiva, financiado con el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local.
1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:
a) Organismo: Ayuntamiento xx Xxxxx (Madrid).
c) Obtención de documentación e información:
1) Dependencia: Departamento de Contratación.
2) Domicilio: Plxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, xxxxxx 0.
3) Localidad y código postal: Pinto 28320. 4) Teléfono: 00 000 00 00.
7) Dirección de Internet del perfil del contratante: xxx.xxxx-xxxxx.xx.
d) Número de expediente: 046/10.
2. Objeto del contrato:
a) Tipo: Obras.
b) Descripción: Construcción de un centro de asistencia terapéutica y rehabilitación para discapacitados y área deportiva en el barrio de "La Tenería".
e) Plazo de ejecución/entrega: El plazo de ejecución deberá concluir antes del 31 de diciembre de 2010.
3. Tramitación y procedimiento:
a) Tramitación: Urgente.
b) Procedimiento: Abierto.
d) Criterios de adjudicación: 1. Baja económica al precio de licitación, hasta 30 puntos; 2. Fomento en creación de empleo, hasta 2 puntos; 3. Oferta económica de la empresa a disposición del Ayuntamiento, hasta 18 puntos.
4. Presupuesto base de licitación:
a) Importe neto: 1.246.607 euros. IVA (%): 18%. Importe total: 1.470.996 euros.
7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación: Ocho días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio y hasta las 14:00 horas del día en que finalice el plazo de presentación. A efectos de finalización el sábado será inhábil, siendo la fecha límite el día siguiente hábil posterior.
c) Lugar de presentación:
1) Dependencia: Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxx.
2) Domicilio: Plxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx xxxxxx 0.
cve: BOE-B-2010-30559
3) Localidad y código postal: Pinto 28320.
a) Dirección: Plxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, xxxxxx 0.
b) Localidad y código postal: Pinto 28320.
c) Fecha y hora: Se anunciará en el perfil del contratante y en el tablón de anuncios con, al menos, un día hábil de antelación a la fecha en que se celebre.
9. Gastos de publicidad: Correrán a cargo del adjudicatario.
Pinto (Madrid), 30 xx xxxxxx de 2010.- El Alcalde-Presidente, don Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx.
cve: BOE-B-2010-30559
ID: A100065088-1
xxxx://xxx.xxx.xx BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
C.A. MJG/dg.
RESOLUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX (MADRID) POR LA QUE SE ANUNCIA EL PROCEDIMIENTO ABIERTO URGENTE, TRAMITADO PARA ADJUDICAR LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ASISTENCIA TERAPÉUTICA Y REHABILITACIÓN PARA DISCAPACITADOS Y ÁREA DEPORTIVA EN EL BARRIO DE “LA TENERÍA” DEL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID).
Código CPV: 45215100-8 Trabajos de construcción de edificios relacionados con la salud.
TIPO DE LICITACIÓN: 1.246.607 € (UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA Y
SEIS MIL SEISCIENTOS SIETE EUROS) más la cantidad de 224.389 €, en concepto de 18% de I.V.A., lo que supone un total de 1.470.996 €.
EXPEDIENTE: El Pliego de cláusulas administrativas particulares y el Pliego de prescripciones técnicas se encuentran a disposición de los interesados en la sección Licitaciones de Obras del perfil del contratante (xxx.xxxx-xxxxx.xx), durante el plazo de presentación de plicas.
MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE PLICAS: El acto de apertura
pública de las proposiciones técnicas se celebrará en el salón de sesiones del Ayuntamiento xx Xxxxx, a las 11:15 horas del día 21 de septiembre de 2010.
La Mesa de Contratación estará integrada por los miembros que constituyen la Mesa de Contratación para todos los procedimientos de contratación, aprobada por el Ayuntamiento Pleno con fecha 8 de enero de 2009.
En Pinto, a 2 de septiembre de 2010
EL PRESIDENTE DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
Fdo.: X. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
C.A. MJG/dg.
RESOLUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX (MADRID) POR LA QUE SE ANUNCIA LA CONVOCATORIA DE LA MESA DE CONTRATACIÓN PARA LA APERTURA PÚBLICA DEL SOBRE C “PROPOSICIÓN ECONÓMICA” DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO URGENTE, TRAMITADO PARA ADJUDICAR LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ASISTENCIA TERAPÉUTICA Y REHABILITACIÓN PARA DISCAPACITADOS Y ÁREA DEPORTIVA EN EL BARRIO DE “LA TENERÍA” DEL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID).
Código CPV: 45215100-8 Trabajos de construcción de edificios relacionados con la salud.
APERTURA PÚBLICA DEL SOBRE C “PROPOSICIÓN ECONÓMICA”:
a) Dirección: Plxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0.
b) Localidad y Código Postal: Pinto 28320.
c) Lugar: Salón de sesiones del Ayuntamiento xx Xxxxx.
d) Xxxxx y hora: El martes día 5 de octubre de 2010, a las 12:00 horas.
La Mesa de Contratación estará integrada por los miembros que constituyen la Mesa de Contratación para todos los procedimientos de contratación, aprobada por el Ayuntamiento Pleno con fecha 8 de enero de 2009.
En Pinto, a 1 de octubre de 2010
EL PRESIDENTE DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
Fdo.: X. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
C.A. MJG/dg.
A N U N C I O
Realizada con fecha 14 xx xxxxxxxxxx xx 0000 xx xxxxxxx xx xx Xxxx xe Contratación para la calificación de los documentos presentados al procedimiento abierto urgente, tramitado para adjudicar las OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ASISTENCIA TERAPÉUTICA Y REHABILITACIÓN PARA DISCAPACITADOS Y ÁREA DEPORTIVA EN EL BARRIO DE
“LA TENERÍA” DEL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID), y en cumplimiento a lo establecido en el Pliego de cláusulas que sirve de base, se hace público el resultado de la calificación administrativa:
❑ PLICA Nº 1 – FLODI, S.L.
▪ Documentación correcta.
❑ PLICA Nº 2 – IMAGA PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES, S.A.
Deberá presentar la siguiente documentación:
▪ Declaración responsable de que el poder se encuentra en vigor y no ha sido revocado.
❑ PLICA Nº 3 – XXXXX HERMANOS CONSTRUCTORES, S.A.
▪ Documentación correcta.
❑ PLICA Nº 4 – INSTITUTO DE INGENIERÍA & ARQUITECTURA, S.L.
Deberá presentar la siguiente documentación:
▪ Declaración responsable de que el poder se encuentra en vigor y no ha sido revocado.
❑ PLICA Nº 5 – EXTRACO CONSTRUCCIONS E PROXECTOS, S.A.
Deberá presentar la siguiente documentación:
▪ Declaración responsable de que el poder se encuentra en vigor y no ha sido revocado.
❑ PLICA Nº 6 – BM3 OBRAS Y SERVICIOS, S.A.
Deberá presentar la siguiente documentación:
▪ Declaración responsable de que el poder se encuentra en vigor y no ha sido revocado.
▪ Declaración responsable firmada por el representante sobre vigencia del Certificado de clasificación del contratista.
▪ Escrito firmado por el licitador en el que conste la dirección, e-mail, número de teléfono, número de fax, y la persona a la que se dirigirán las
comunicaciones y requerimientos que sean precisos realizar durante el procedimiento selectivo.
❑ PLICA Nº 7 – ANDOBRAS, S.A.
Deberá presentar la siguiente documentación:
▪ Declaración responsable firmada por el representante sobre vigencia del Certificado de clasificación del contratista.
❑ PLICA Nº 8 – XXXXXXX OBRAS Y SERVICIOS, S.A.
▪ Documentación correcta.
❑ PLICA Nº 9 – CONSTRUCTORA SAN XXXX, S.A.
▪ Documentación correcta.
❑ PLICA Nº 10 – CONSTRUCCIONES XXXXXXXX, S.A.
Deberá presentar la siguiente documentación:
▪ Bastanteo de Poder por el Sr. Secretario del Ayuntamiento de la persona que actúa en representación de la sociedad.
▪ Declaración responsable de que el poder se encuentra en vigor y no ha sido revocado.
❑ PLICA Nº 11 – CONSTRUCCIONES M.S., S.A.
▪ Excluida por no presentar el SOBRE B “Proposición técnica”, según se exige en el Pliego de cláusulas administrativas particulares que rige el presente procedimiento.
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo estipulado en la Ley de Contratos del Sector Público, concede a los licitadores que no han aportado la documentación correcta, el plazo de tres días, que son el 17, 18 y 20 de septiembre, para que subsanen las deficiencias observadas.
Así mismo se hace público que la apertura de proposiciones técnicas se realizará el martes día 21 de septiembre del año en curso, a las 11:15 horas en el Salón de sesiones del Ayuntamiento.
En Pinto, a 14 de septiembre de 2010
LA SECRETARIA DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
Fdo.: Xx. Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Sec EF/ac.-
X. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, SECRETARIO GENERAL DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE LA XXXXX XX XXXXX (MADRID),
C E R T I F I C A: Que en la sesión extraordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local de fecha 2 de Noviembre de 2010 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo que se transcribe del borrador del acta y dice:
“2.- CONCEJALIA DE ECONOMIA, HACIENDA, CONTRATACIÓN Y COMPRAS.
2.4 ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ASISTENCIA TERAPÉUTICA Y REHABILITACIÓN PARA DISCAPACITADOS Y AREA DEPORTIVA EN LA TENERÍA.
Se pone de manifiesto el expediente en el que consta, entre otros documentos, la propuesta del Concejal Delegado de Contratación que en extracto dice:
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
“La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada con fecha 13 de octubre de 2010, adoptó acuerdo sobre la adjudicación provisional del contrato de las OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ASISTENCIA TERAPÉUTICA Y REHABILITACIÓN PARA DISCAPACITADOS Y ÁREA DEPORTIVA EN EL BARRIO DE “LA TENERÍA” DEL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID), a la empresa “BM3 Obras y
Servicios, Sociedad Anónima”.
Visto que el adjudicatario provisional ha presentado, con fecha 27 xx xxxxxxx xx 0000, xx xxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxx xor el órgano de contratación para poder proceder a la formalización del contrato administrativo, y a la vista del informe jurídico emitido por la Técnico Jefe del Servicio de Contratación que consta unido al expediente.”
La Junta de Gobierno Local por unanimidad y en votación ordinaria acuerda:
PRIMERO.- Adjudicar definitivamente el contrato de las obras de construcción de un centro de asistencia terapéutica y rehabilitación para discapacitados y área deportiva en el barrio de “La Tenería” del municipio xx Xxxxx (MADRID), a la empresa BM3 OBRAS Y SERVICIOS, S.A. por un importe 872.500,24 euros más la cantidad de 157.050,04 euros, en concepto de 18 % de I.V.A., lo que supone un total de 1.029.550,28 euros y con arreglo a su propuesta.
SEGUNDO.- Devolver las garantías provisionales a todos los licitadores que deberán aportar en el Departamento de Tesorería de este Ayuntamiento el D.N.I. y los poderes notariales de la persona apoderada que vendrá a retirarla, en caso de haber sido depositada mediante aval o seguro de caución, o los datos bancarios, en caso de que la garantía hubiera sido depositada en metálico.
TERCERO.- Notificar el presente acuerdo a todos los licitadores, así como al adjudicatario que en el plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la notificación, proceda a la formalización del contrato administrativo en el Departamento de Contratación de este Ayuntamiento.”
Y para que así conste y surta los efectos oportunos expido la presente de orden y con el VºBº del Señor Alcalde a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente (art 206 ROF) en la Xxxxx xx Xxxxx a tres de Noviembre de dos mil diez.
VºBº
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
EL ALCALDE
Sec ef/bv.-
X. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, SECRETARIO GENERAL DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE LA XXXXX XX XXXXX (MADRID),
C E R T I F I C A: Que en la sesión Extraordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local de fecha 13 de Octubre de 2010 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo que se transcribe del borrador del acta y dice:
“2.- CONCEJALIA DE ECONOMIA, HACIENDA, CONTRATACIÓN Y COMPRAS.
2.5 ADJUDICACIÓN PROVISIONAL DEL CONTRATO PARA LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ASISTENCIA TERAPÉUTICA Y REHABILITACIÓN PARA DISCAPACITADOS Y ÁREA DEPORTIVA EN “LA TENERÍA”.
Se pone de manifiesto el expediente en el que consta, entre otros documentos, la propuesta del Concejal Delegado de Contratación que en extracto dice:
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
“Visto el estado procedimental en el que se encuentra el expediente de contratación mediante procedimiento abierto urgente, tramitado para adjudicar las OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ASISTENCIA TERAPÉUTICA Y REHABILITACIÓN PARA DISCAPACITADOS Y ÁREA DEPORTIVA EN EL BAXXXX XX “XX XXXXXXX” XXX XXXXXXXXX XX XXXXX (XXXXXX).
Visto el informe técnico emitido por el Arquitecto Jefe de Servicio del Área Técnica, así como el Acta de la Mesa de Contratación celebrada el 5 de octubre del corriente en los que se dictamina que una vez valoradas las proposiciones técnicas y las ofertas económicas conforme a los criterios de valoración del presente procedimiento, y siendo la oferta presentada por la empresa “BM3 Obras y Servicios, Sociedad Anónima” la que ha obtenido la mayor puntuación.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad y en votación ordinaria acuerda: PRIMERO.- Declarar válido el acto de licitación.
SEGUNDO.- Excluir la plica nº 11 presentada por la empresa CONSTRUCCIONES M.S., S.A., por no presentar el SOBRE B “Proposición técnica”, según se exige en el Pliego de cláusulas administrativas particulares que rige el presente procedimiento.
TERCERO.- Adjudicar provisionalmente el contrato de las obras de construcción de un centro de asistencia terapéutica y rehabilitación para discapacitados y área deportiva en el barrio de “La Tenería” del municipio xx Xxxxx (MADRID), a la empresa BM3 OBRAS Y SERVICIOS, S.A. por un importe 872.500,24 euros más la cantidad de 157.050,04 euros, en concepto de 18 % de I.V.A., lo que supone un total de 1.029.550,28 euros y con arreglo a su propuesta.
CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a todos los licitadores, así como al adjudicatario que en el plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde su publicación en el perfil del contratante del órgano de contratación, deberá presentar en el Departamento de Contratación de este Ayuntamiento la siguiente documentación:
- Copia de la Carta de Pago de haber depositado la garantía definitiva por un importe de 43.625,01 euros.
- Certificado de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social.
- Modelos de cotización TC1 y TC2.
- Certificado de la Delegación de Hacienda.
- Certificado de la Intervención de Fondos del Ayuntamiento xx Xxxxx.
- Copias compulsadas del último recibo y de la póliza del seguro de responsabilidad civil.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos expido la presente de orden y con el VºBº del Señor Alcalde a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente (art 206 ROF) en la Xxxxx xx Xxxxx a 14 de Octubre de dos mil diez.
VºBº
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
EL ALCALDE
Sec EF/ac.-
X. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, SECRETARIO GENERAL DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE LA XXXXX XX XXXXX (MADRID),
C E R T I F I C A: Que en la sesión extraordinaria y urgente celebrada por la Junta de Gobierno Local de fecha 13 xx xxxxxx de 2010 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo que se transcribe del borrador del acta y dice:
“3.- CONCEJALIA DE ECONOMIA, HACIENDA, RECURSOS HUMANOS, CONTRATACIÓN, PATRIMONIO, RÉGIMEN INTERIOR, COMPRAS, SAC, COMUNICACIÓN, NUEVAS TECNOLOGÍAS E INFORMÁTICA.
3.3 APROBACIÓN DE LOS PLIEGOS DE CLAUSULAS QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE UN CENTRO DE ASISTENCIA TERAPÉUTICA Y REHABILITACIÓN PARA DISCAPACITADOS Y AREA DEPORTIVA EN LA TENERÍA .
Nº REGISTRO ENT. LOCALES 01281132 NIF P2811300I
Se pone de manifiesto el expediente en el que consta, entre otros documentos, la propuesta del Concejal Delegado de Contratación que en extracto dice:
“Vista la orden de inicio de la Concejalía de Ordenación del Territorio, Vivienda, Proyectos y Obras, Licencias e Inspección Urbanística, donde se expresa el interés en la contratación de la EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ASISTENCIA TERAPEUTICA Y REHABILITACIÓN PARA DISCAPACITADOS Y AREA DEPORTIVA EN EL BARRIO DE LA TENERIA DEL
MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID), en el marco del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local.
Visto el Pliego de cláusulas administrativas particulares elaborado en el Departamento de Contratación e informado por EL Secretario General y el Pliego de prescripciones técnicas elaborado e informado por el Arquitecto Jefe de Servicio del Área Técnica , D. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, así como los informes de la Secretaría y de la Intervención Municipal que constan unidos al expediente,”
La Junta de Gobierno Local vistos los antecedentes que obran en el expediente, por unanimidad y en votación ordinaria acuerda:
PRIMERO.- Aprobar el expediente de contratación de la ejecución de las obras de construcción de un Centro de asistencia terapeutica y rehabilitación para discapacitados y área deportiva en el Baxxxx xx xx Xxxxxxx xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxx (Xxxxxx).
SEGUNDO.- Declarar la urgencia del referido expediente con lo dispuesto en el art. 9.1 del Real Decreto Ley 9/2008 y con los efectos previstos en el art. 96 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
TERCERO.- Aprobar el Pliego de cláusulas administrativas y el Pliego de prescripciones técnicas que habrán de regir la contratación, por el procedimiento abierto urgente, para la ejecución de las obras de construcción de un Centro de asistencia terapeutica y rehabilitación para discapacitados y área deportiva en el Baxxxx xx xx Xxxxxxx xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxx (Xxxxxx).
CUARTO.- Que se proceda a convocar el procedimiento conforme a los Pliegos de cláusulas aprobados por un tipo de licitación de 1.246.607,00 €, más la cantidad de 224.389,00 euros, en concepto de 18% de I.V.A., a la baja.
QUINTO.- Aprobar el gasto de 1.246.607,00 €, más la cantidad de 224.389,00 euros, en concepto de 18% de I.V.A., lo que hace un total de 1.470.996,00 euros, que dicha contratación supone, que será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, creado por el Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre.
SEXTO.- Designar como vocal técnico de las Mesas de Contratación que se celebren en el presente procedimiento, al Arquitecto Jefe de Servicio del Área Técnica , D. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx.
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SEPTIMO.- Cumplir los demás trámites preceptivos de impulso hasta la formalización del oportuno contrato.”
Y para que así conste y surta los efectos oportunos expido la presente de orden y con el VºBº del Señor Alcalde a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente (art 206 ROF) en la Xxxxx xx Xxxxx a dieciséis xx xxxxxx de dos mil diez.
VºBº
EL ALCALDE
Sec EF/ac.-
X. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, SECRETARIO GENERAL DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE LA XXXXX XX XXXXX (MADRID),
C E R T I F I C A: Que en la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local de fecha 6 xx xxxxx de 2011 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo que se transcribe del borrador del acta y dice:
“2.- CONCEJALIA DE ECONOMIA, HACIENDA, CONTRATACIÓN Y COMPRAS.
2.2 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ASISTENCIA TERAPÉUTICA Y REHABILITACIÓN PARA DISCAPACITADOS Y AREA DEPORTIVA EN EL BARRIO DE LA TENERIA.
Se pone de manifiesto el expediente en el que consta, entre otros documentos, la propuesta del Concejal Delegado de Contratación que en extracto dice:
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“La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada con fecha 9 xx xxxx de 2011, adoptó acuerdo relativo al inicio del procedimiento para la resolución del contrato e incautación de la garantía definitiva de las OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ASISTENCIA TERAPÉUTICA Y REHABILITACIÓN PARA DISCAPACITADOS Y ÁREA DEPORTIVA EN EL BAXXXX XX “XX XXXXXXX” XXX
XXXXXXXXX XX XXXXX (XXXXXX) xue fue adjudicado definitivamente a la empresa “BM3 Obras y Servicios Sociedad Anónima”.
En dicho acuerdo se acordó dar audiencia a la empresa interesada y a la entidad avalista , por el plazo xx xxxx días naturales para que efectuaran las alegaciones que estimaran convenientes, no presentando ninguna en el mencionado plazo según consta en el expediente.
A la vista de lo anterior.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad y en votación ordinaria acuerda:
PRIMERO.- Resolver el contrato de las obras de construcción de un centro de asistencia terapéutica y rehabilitación para discapacitados y área deportiva en el Baxxxx xx “xx Xxxxxxx” xxx xxxxxxxxx xx Xxxxx (Xxxxxx), adjudicado definitivamente a la empresa BM3 OBRAS Y SERVICIOS S.A., fijando como causa la demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista.
SEGUNDO.- Incautar la garantía definitiva para responder de las obligaciones de las obras depositada con fecha 27 de octubre de 2010 , en la caja del Ayuntamiento por la empresa BM3 OBRAS Y SERVICIOS S.A. por importe de 43.625,01 € CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS
VEINTICINCO EUROS CON UN CENTIMO), mediante aval bancario emitido por la entidad “Banco Popular Español, Sociedad Anónima.”
TERCERO.- Dar traslado del presente acuerdo a la Sra. Tesorera Municipal para que requiera a la entidad avalista BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A. para el pago de la cantidad avalada.
CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a la empresa interesada y a la entidad avalista , para su conocimiento y efectos oportunos.”
Y para que así conste y surta los efectos oportunos expido la presente de orden y con el VºBº del Señor Alcalde a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente (art 206 ROF) en la Xxxxx xx Xxxxx a siete xx Xxxxx de dos mil once.
VºBº
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EL ALCALDE
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN EL PROCEDIMIENTO, PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE UN CENTRO DE ASISTENCIA TERAPÉUTICA Y REHABILITACIÓN PARA DISCAPACITADOS Y ÁREA DEPORTIVA EN LA TENERIA DEL MUNICIPIO XX XXXXX
CLAUSULA 1ª OBJETO DEL CONTRATO
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El objeto del presente contrato es la ejecución de las obras para la construcción de un edificio destinado a centro de asistencia terapéutica y rehabilitación para discapacitados y área de deportiva en la calle Xxxxx Xxxxxxx de La Xxxxxxx xx Xxxxx y resto de urbanización de la parcela, de acuerdo a la definido en el presente pliego y documentación complementaria, constituida principalmente por el proyecto de ejecución aprobado por el Ayuntamiento que se facilita dentro del procedimiento.
Formarán parte del objeto del contrato y serán obligación del adjudicatario cuantos trabajos sean necesarios para la ejecución completa de las obras, que se realizaran con sujeción a los proyectos técnicos o documentación técnica facilitados por el Ayuntamiento xx Xxxxx o la Dirección Facultativa de las obras, incluyendo la obtención de cuantas autorizaciones y permisos sean necesarios para ello, así como el abono de las tasas correspondientes. Se incluirán todos los gastos que ocasionen las acometidas del edificio, tanto en las obras como el los cánones, tasas o permisos, corriendo estos gastos por cuenta de la empresa adjudicataria del contrato de obras.
Así mismo a la finalización de las obras el adjudicatario estará obligado a presentar ante el Ayuntamiento la documentación correspondiente a las obras ejecutadas, con todos los boletines, certificados, manuales, contratos, documentos y datos similares en alcance a los exigidos en el libro del edificio, en su caso, en la forma dispuesta en el presente pliego. Siendo requisito imprescindible para la recepción de las obras.
Se incluirá como obligación del contratista la ejecución y montaje a su coste del cartel de acuerdo a lo dispuesto en el Resolución de 20 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se publica el modelo y las condiciones técnicas del cartel anunciador que debe instalarse en las obras financiadas con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, creado por el Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre.
CLAUSULA 2ª PRESUPUESTO
El presupuesto máximo de ejecución por contrata de las obras, de acuerdo a lo estipulado en el expediente de aprobación de la actuación conforme al RDL 13/2009, es de 1.246.607 euros, más 224.389 euros de IVA (18%). Lo que hace un total de 1.470.996 euros.
CLAUSULA 3ª ALCANCE DEL CONTRATO Y DE LOS TRABAJOS INCLUIDOS EN EL MISMO
3.1 EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
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Será obligación del contratista la ejecución completa de las obras, incluyendo todos los elementos y especificaciones que se incluyen en el presente pliego y documentos anejos, especialmente el proyecto de ejecución, aún cuando por error u omisión no estén contemplados en el proyecto y fueran de obligado cumplimiento. Se realizaran las obras conforme al proyecto de Ejecución aprobado, con las matizaciones expresadas, actuando de forma que se vayan completando totalmente las fases comenzadas según la planificación de la obra.
Por el hecho de aceptar la adjudicación, el contratista se compromete a asegurar, y poner todos los medios para ello, que las obras se ejecutarán con arreglo a la practica de la buena construcción. Y acepta bajo su responsabilidad dicha obligación y compromiso.
Además serán obligación del contratista la redacción de los documentos técnicos exigidos por la legislación y las normativas aplicables para el correcto desarrollo de las obras.
Así mismo serán por cuenta del adjudicatario los permisos y costes de acometidas y servicios para la obra y la edificación objeto de las mismas que pudieran ser necesarios.
3.1.1. EJECUCION DE LAS OBRAS
La ejecución del contrato comenzará con el acta de comprobación del replanteo.
A tal efecto, el Ayuntamiento, procederá en presencia del contratista a efectuar la comprobación del replanteo realizado por aquel, extendiéndose acta del resultado, firmada por ambas partes y remitiéndose un ejemplar de la misma, al órgano de contratación de la corporación.
Con este fin el contratista a su xxxxx facilitará a la Dirección Facultativa o supervisión de las obras municipal el auxilio y prestaciones de mano de obra , materiales y medios que requieran para realizar el replanteo de la obra.
Para aquellas cuestiones no incluidas expresamente en el presente pliego de cláusulas técnicas se aplicará el criterio de lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público. Ninguna determinación técnica del presente pliego podrá ser modificada por el pliego de cláusulas administrativas y otra documentación contractual, salvo informe favorable del Área de Obras, Proyectos y Servicios del Ayuntamiento xx Xxxxx.
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Si el resultado de la comprobación confirma la idoneidad y viabilidad del proyecto, así como la disponibilidad de los terrenos o edificaciones, a juicio del director o supervisor municipal de las obras y sin reserva por el contratista, se darán comienzo las obras empezándose a contar el plazo de ejecución de las mismas a partir del día siguiente a la firma del acta de comprobación del replanteo.
1.- Se realizaran las obras conforme al aprobado y de Ejecución o documentación técnica aprobada o facilitada por el Ayuntamiento, actuando de forma que se vayan completando totalmente las fases comenzadas según la planificación de las obra. Para ello el adjudicatario deberá presentar al Ayuntamiento en el plazo máximo de 5 días desde la adjudicación un planning completo de las obras con indicación de las tareas, los tiempos y su organización.
Cualquier modificación del proyecto o de prorrogas en los plazos, deberán ser comunicados por el adjudicatario al Ayuntamiento para su aprobación, careciendo de eficacia hasta dicho momento.
Las obras se ejecutaran con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el pliego de Cláusulas técnicas particulares y al proyecto o documentación técnica y demás documentos que sirven de base al contrato y conforme a las instrucciones que en interpretación técnica de este diere al contratista el Director o supervisor municipal de la obras.
Cuando dichas instrucciones sean verbales, deberán ser ratificadas por escrito en el mas breve plazo posible, para que sean vinculantes por ambas partes.
2.- Durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía, el contratista es responsable de los defectos que en la construcción puedan advertirse.
3.2.2. RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
Si la obra se arruina con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicioso cultos de la construcción, el contratista responderá por los daños y perjuicios durante el término de 15 años, a contar desde la recepción de la obra.
Si no se manifiesta ningún daño o perjuicio durante este tiempo, quedará totalmente extinguida la responsabilidad del contratista.
En cualquier caso se aplicarán, además de estas prescripciones las que determinen la legislación y normativas de aplicación.
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3.2.3 OBRAS E INSTALACIONES PROVISIONALES
El contratista, a su cargo, coste y riesgo exclusivo y bajo su responsabilidad civil o penal, se proveerá de las acometidas e instalaciones provisionales suficientes de agua y energía así como de todos los medios y servicios que necesitase para desarrollar el presente contrato, incluyendo las obras provisionales de cerramientos, oficinas, comedores, almacenes, botiquín, etc. Y abonará a su xxxxx los consumos correspondientes. Todas estas gestiones y obras las realizará cumpliendo la legislación y normativa aplicable y siempre con la aprobación de la Dirección o supervisión municipal de las obras.
El contratista se hace responsable de todos los accidentes que por imprevisión, inexperiencia o descuido ocurran en la obra a sus operarios y a las personas que en la misma entren sin autorización, así como los que se pudieran ocasionar al tránsito público o de personas que pudieran ocupar o utilizar, debiendo atenerse en todo a las obligadas normas de prudencia y seguridad y cumplir las disposiciones y reglamentos vigentes.
La maquinaria, equipo especiales y herramientas estarán en perfecto estado de uso, pudiendo rechazar la Dirección o supervisión municipal de las obras cualquiera de las mismas que a su juicio no cumplan los requisitos de funcionamiento y seguridad para el uso al que se destine. En cualquier caso las responsabilidades penales, civiles o de cualquier tipo que se deriven del estado o el uso de las mismas serán por cuenta del adjudicatario.
3.2.4 DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN MUNICIPAL DE LAS OBRAS.
Por el Ayuntamiento se asumirá, las labores de la Dirección Facultativa. Estando la empresa adjudicataria de las obras a las órdenes de dicha DF en cuanto la legislación establezca. Sus decisiones e indicaciones serán de obligado cumplimiento para la empresa adjudicataria.
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En todos los casos por el Ayuntamiento se llevará a cabo una labor de supervisión de las obras a través de los técnicos designados por el Ayuntamiento, para la normal y eficaz realización de las obras y cumplimiento del contrato y señalaran el ritmo de ejecución conveniente. Esta supervisión no tendrá ninguna responsabilidad civil o penal y actuará como promotor y representante del mismo. Sus decisiones e indicaciones serán de obligado cumplimiento para la empresa adjudicataria. Cualquier alteración o modificación del proyecto o documentación técnica en que se basen las obras deberá ser supervisada y aprobada por esta supervisión municipal de acuerdo a los procedimientos estipulados en la normativa y legislación aplicable.
La Dirección Facultativa, ostenta la representación del Ayuntamiento en la obra en todo lo que se refiere a la ejecución de la obra en sus aspectos técnicos, sin perjuicio de la actuación de la supervisión municipal de las obras y de las obligaciones reglamentarias o legales en la tramitación de las cuestiones relacionadas con el desarrollo de las obras.
La interpretación del proyecto o documentación técnica corresponde únicamente al técnico Director y al supervisor municipal de las obras, cuyas instrucciones deberá obedecer el contratista en todo momento en cuanto se refiere a las obras.
El Contratista deberá consultar previamente cuantas cuestiones estime oportunas para la correcta interpretación de la calidad constructiva y características técnicas del proyecto. Las dudas y omisiones que pudieran surgir al respecto de las condiciones y definición del proyecto se resolverán por la Dirección o supervisión de las obras en cuanto se relacione con la comprensión de los planos, las especificaciones y los detalles técnicos, debiendo someterse el contratista a los que la misma decida para que la obra se haga con arreglo a la practica de la buena construcción, siempre que lo dispuesto no se oponga a las condiciones de este pliego.
3.2.5 DESARROLLO DE LA EJECUCIÓN
El contratista cumplirá con todas las leyes, Normas y Reglamentos vigentes, que serán de obligado cumplimiento en el ramo de la construcción y en el ámbito de actuación.
Deberá obtener a su xxxxx, a excepción de la Licencia Municipal o permiso de obra, todos los permisos o licencias que sean necesarios de sus respectivas instalaciones.
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Se considera que el proyecto o documentación técnica es completa y recoge todas las partidas para realizar la obra con arreglo a las buenas practicas de la construcción y respondiendo a toda la normativa de obligado cumplimiento en el momento de la presentación de las ofertas. Se consideran complementarios recíprocamente los Planos, Memoria, Pliego de Prescripciones Técnicas y normativa de obligado cumplimiento, de forma que cualquier trabajo que aparezca o se disponga en otros documentos o viceversa será realizado como si apareciese toda la documentación.
El contratista queda obligado con carácter general, a ejecutar esmeradamente todas las obras que se le confían, así como a cumplir escrupulosamente las condiciones estipuladas en el contrato, en este pliego y cuantas ordenes reciba por escrito de la Dirección o Supervisión de la obras.
3.2.6. LIBRO DE ORDENES, ASISTENCIA E INCIDENCIAS
Con objeto de que en todo momento se pueda tener un conocimiento exacto de la ejecución e incidencias de la obra, se llevará mientras dure la misma el libro de Ordenes, Asistencia e Incidencias, en el que quedaran reflejadas las visitas facultativas realizadas por la Dirección o Supervisión de la Obra, las incidencias surgidas y en general todos aquellos datos que sirvan para determinar con exactitud si por la contrata se han cumplido los plazos y fases de ejecución previstas para la realización del Proyecto.
A tal efecto, el Libro de Ordenes, diligenciado con la firma del Director o Supervisor de la Obras, se entregará a la contrata en fecha de comienzo de las obras para su conservación en la oficina de las obras, donde estará a Disposición de la Dirección Facultativa hasta el momento de la recepción provisional, en que se devolverá al Técnico Director.
El Director o Supervisor de la Obra y los demás facultativos colaboradores en la dirección de la obra irán dejando constancia, mediante los oportunos apuntes en el libro, de sus visitas e inspecciones y de las incidencias que surjan en el transcurso de ellas y signifiquen aclaración o interpretación del Proyecto o documentación técnica, así como de las ordenes que necesite dar al contratista respecto a la ejecución de las obras, las cuales serán de obligado cumplimiento. También estará dicho libro, con carácter extraordinario a disposición de cualquier autoridad Municipal que debidamente acreditada para ello, tuviera que ejecutar algún tramite e inspección en relación con la obra.
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Las anotaciones en el libro de Ordenes, Asistencias e incidencias darán fe a efectos de determinar las posibles causas de resolución e incidencias del contrato. Sin embargo, cuando el contratista no estuviese conforme, podrá alegar en su descargo todas aquellas razones que abonen su postura, aportando las pruebas que estime pertinentes.
El contratista, a la recepción provisional, dejará, en donde en el lugar que se le indique por los responsables municipales acopio de materiales para pequeñas reparaciones en al menos un 10% de cada unidad. (Como mínimo para solado y alicatado)
El contratista queda obligado con carácter general, a ejecutar esmeradamente todas las obras que se confían así como a cumplir escrupulosamente las condiciones estipuladas en contrato, en este pliego y en cuantas órdenes reciba por escrito de la Dirección o Supervisión de las obras, así como de acuerdo a toda la normativa y legislación que fuera de aplicación, respondiendo de la ejecución de la mismas de acuerdo a las normas de buena ejecución.
CLAUSULA 4ª DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS
El alcance de los trabajos se contempla en el proyecto de ejecución redactado por el arquitecto X. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxx en julio de 2010 y aprobado por el Ayuntamiento xx Xxxxx en sesión extraordinaria por la Junta de Gobierno de fecha 13 xx xxxxxx de 2010 y que se facilita dentro del procedimiento y formará parte del contrato.
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De acuerdo al mismo, y a modo de breve reseña aproximada se puede indicar que se trata de una parcela de 4.236,63 metros cuadrados, en la que se incluye un edificio destinado a Centro de día para atención terapéutica de 1.003,44 metros cuadrados construidos además de un edificio auxiliar con una superficie construida de 221 metros cuadrados construidos. El proyecto incluye la urbanización completa, incluyendo el tratamiento superficial, acabados, instalaciones y servicios de la totalidad de la parcela en la que se incluyen dos pistas deportivas con una superficie de 800 y 536,79 metros cuadrados respectivamente, una zona de gradas de 237,44 metros cuadrados, zona de aparcamientos con una superficie de 351,73 metros cuadrados y zona de accesos de 699,87 metros cuadrados, así como zonas ajardinadas complementarias dentro de la parcela.
En cualquier caso el alcance de las obras será todo lo contemplado y con la definición del propio proyecto de ejecución.
Además se incluirá como obligación del contratista la ejecución y montaje a su coste del cartel de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución de 20 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se publica el modelo y las condiciones técnicas del cartel anunciador que debe instalarse en las obras financiadas con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, creado por el Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre.
Todo ello deberá acometerse de manera que se cumplan los requisitos de las normativas y legislación aplicable, especialmente aquellas referidas a la protección contra incendios, la seguridad en el uso y la accesibilidad.
CLAUSULA 5ª PLAZO DE EJECUCIÓN.
La obra se ejecutará en un plazo tal que esté finalizada, de acuerdo a lo exigido en el RD 13/2009, a fecha de 31 de diciembre de 2010. Esta determinación xxx xxxxxx prevalece por encima de cualquier otro plazo establecido en cualquier otro documento del procedimiento.
En el caso de que se aprobara por el Ayuntamiento dentro del procedimiento establecido en el Real Decreto una prórroga de este plazo, la fecha límite será la determinada en dicha aprobación.
A la finalización de las obras deberá aportarse la documentación de estado final, incluyendo los compromisos adquiridos y los exigidos por el RD 13/2009 y con la imprescindible presentación de la documentación que se recoge a continuación,:
▪ Libro del edificio.
▪ Proyecto de estado final de obra. (“As built”).
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▪ Proyecto y Certificado de instalaciones fijas de PCI
▪ Proyecto y Certificado de instalación eléctrica de BT
▪ Proyecto y certificado de inscripción de instalación interior de agua y proyecto de la misma.
▪ Boletines de las instalaciones
▪ Certificado de montaje de instalación térmica
▪ Certificado de instalación térmica (pruebas) y acta de inspección favorable diligenciado por EICI
▪ Dictamen puesta en funcionamiento de los ascensores
▪ Inscripción en el RAE. Contrato de mantenimiento de ascensores.
▪ Certificados de suministro y homologación de puertas RF y homologación
▪ Certificado homologación de los elementos y equipos de PCI
▪ Certificado de eficiencia energética del edificio terminado emitido por institución u organismo competente
▪ Garantías de equipos y maquinaria instalada
▪ Control de calidad de materiales y ejecución
▪ Acopio de materiales para pequeñas reparaciones
▪ Justificación de nuevas contrataciones
▪ Certificación final de obra.
La entrega de toda esta documentación es requisito indispensable para firmar por la DF el Certificado Final de Obra.
El Acta de recepción de las obras no podrá firmarse sin cumplir con todos estos trámites y tras la inspección de los técnicos municipales.
CLAUSULA 6ª DOCUMENTACION A PRESENTAR EN LA FASE DE CONCURSO
En la forma definida en el pliego de cláusulas administrativas del procedimiento se presentará la documentación que a continuación se detalla y cuya finalidad es verificar el cumplimiento de las prescripciones técnicas solicitadas, así como la aplicación de determinados criterios de adjudicación recogidos en este Pliego:
1. Oferta económica: se presentará, de acuerdo a lo especificado en el pliego administrativo, una oferta económica a la baja respecto del precio base de licitación indicado en la cláusula 2ª del presente pliego para la totalidad de los trabajos incluidos.
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2. Relación de personal de la empresa o al servicio de la misma que se compromete a mantener durante la obra en que al menos deberá incluirse un técnico de grado medio con titulación de aparejador o arquitecto técnico. Con indicación expresa y clara del compromiso sobre el número de las personas que el proponente se compromete a incorporar de acuerdo al criterio 2º de la cláusula 7ª para la formación de empleo.
3. Oferta económica de la empresa de aportación de una cantidad expresada en euros que se pondrá a disposición del Ayuntamiento y que este destinará a sufragar los costes de asistencia técnica en la redacción de proyectos y dirección facultativa y coordinación, mobiliario y equipamiento del edificio, y todos aquellos que el Ayuntamiento estime oportunos. Este importe ofertado se pondrá a disposición del Ayuntamiento en el plazo de dos meses a partir de la firma del contrato o en el plazo que se indique en el mismo. No existe limite máximo a esta cantidad. No se admitirá ni se valorará la oferta que no se ciña estrictamente a esta definición y por tanto no serán válidas aquellas que sean en objetos, mobiliario, materiales o cualquier otra forma, distinta a la indicada e el presente pliego.
No se admitirá otra documentación, oferta o mejora distinta de las exigidas en el presente pliego, por no existir otras mejoras valorables.
CLAUSULA 7ª CRITERIOS DE VALORACIÓN
De acuerdo a lo especificado en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en su artículo 134.2, sobre los Criterios de valoración de las ofertas, serán los determinados por el órgano de contratación y se detallarán en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.
Se proponen los siguientes:
1. Baja económica de acuerdo a lo expresado en la cláusula 6.1 del presente pliego, hasta 30 puntos. Se valorará la mayor baja con la máxima puntuación y el resto de forma proporcional:
Se aplicara la fórmula: P= B x PM
BM
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P: Puntuación de la oferta
B: Baja ofertada del proponente
PM: Máxima Puntuación según pliego (30 ptos.) BM: Mayor Baja ofertada
2. Fomento en la creación de empleo de acuerdo a lo expresado en la cláusula 6.2 del presente pliego, hasta 2 puntos: Se valorará el compromiso sobre el número de trabajadores empleados a jornada completa y a lo largo de toda la duración de la obra, a emplear en la obra con la siguiente valoración:
• 0,25 puntos por cada trabajador ya contratado que el contratista se compromete a adscribir a la obra hasta un máximo de 1 punto.
• 0,25 puntos por cada trabajador de nueva contratación desde el desempleo que el contratista se compromete a adscribir a la obra hasta un máximo de 1 punto.
El contratista presentará declaración jurada del número de operarios ya contratados y de nueva contratación asignados en jornada completa a la ejecución de la obra. La empresa para el cumplimiento de esta condición deberá entregar relación nominativa del personal, copia de los TC-2 mensualmente, para su comprobación y seguimiento del cumplimiento.
3. Oferta económica de la empresa de aportación de una cantidad expresada en euros que se pondrá a disposición del Ayuntamiento, de acuerdo a lo expresado en la cláusula 6.3 del presente pliego, hasta 18 puntos.
Se valorará la mayor oferta con la máxima puntuación y el resto de forma proporcional:
Se aplicara la fórmula: P= O x PM
OM
P: Puntuación de la oferta O: Oferta del proponente
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PM: Máxima Puntuación según pliego (18 ptos.) OM: Mayor oferta
CLAUSULA 8ª CLASIFICACION DEL CONTRATISTA
La clasificación exigida al Contratista de la obras será la definida en el Proyecto de Ejecución una vez aprobado por el Ayuntamiento y que se facilita dentro del procedimiento.
Es la siguiente: Grupo C, edificaciones
Con la redacción del presente pliego técnico se entienden suficientemente definidas las condiciones técnicas que deben regir en el procedimiento para la contratación de la ejecución de las obras de edificación de un centro de asistencia terapéutica y rehabilitación para discapacitados y área deportiva en La Xxxxxxx xx xxxxx.
En Xxxxx, a 13 xx xxxxxx de 2010
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
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Arquitecto Jefe de Servicio del Área Técnica Área de Obras, Servicios y Proyectos