Contract
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XXXXXXXXXX XX XXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XX XXXXX XXX XXXXX
CONTRATACION DIRECTA 98 / 12
OBRA DE EMERGENCIA
“DRENAJE FILTRACION CANAL PRINCIPAL”
CINCO SALTOS – X. X.
XXXXXXXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXXXX X XXXXXXXXXXX
XXXXX XX 0000
INDICE GENERAL
CONTRATACION DIRECTA 98 / 12 8 “DRENAJE FILTRACION CANAL PRINCIPAL - CINCO SALTOS” 8 CARÁTULA 8 CONTRATACION DIRECTA 98 / 12 9 “DRENAJE FILTRACION CANAL PRINCIPAL – CINCO SALTOS” 9 ESPECIFICACIONES LEGALES GENERALES 9 CAPITULO I - NORMAS GENERALES 9
Artículo 1º.- De la Documentación 9 Artículo 2º.- Terminología y Abreviaturas 9 Artículo 3º.- Leyes Provinciales 9 Artículo 4º.- Consulta y entrega de Pliegos 9 Artículo 5º.- Aclaraciones y consultas 9 CAPITULO II - DE LOS OFERENTES 10
Artículo 6º.- Capacidad de los oferentes 10 Artículo 7º.- Conocimiento de la documentación y del trabajo. 10 CAPITULO III - DE LAS PROPUESTAS _ 10
Artículo 8º.- Presentación y documentación. 10 Artículo 9º.- Sistema de contratación 11 Artículo 10º.- Ofertas complementarias (variantes) 12 Artículo 11º.- Lugar de la recepción 12 Artículo 12º.- Plazo mantenimiento 12 Artículo 13º.- Garantía de la oferta 12 Artículo 14º.-Responsabilidad del oferente 13 CAPITULO IV - DE LA LICITACION Y ADJUDICACION 13
Artículo 15º.- Acto licitatorio 13 Artículo 16º.- Exclusión de proponentes 14 Artículo 17º.- Adjudicación de la propuesta 14 CAPITULO V - DEL CONTRATO 14
Artículo 18º.- Firma del Contrato 14 Artículo 19º.- Pliego y planos de obra 15 Artículo 20.- Documentos contractuales 15 CAPITULO VI - DE LA INICIACION Y EJECUCION DE LA OBRA 16
Artículo 21º.- Plan de trabajos: 16 Artículo 22º.- Orden de iniciación 17 Artículo 23º.- Acta de iniciación 17
Artículo 24º.- Suspensión de los trabajos 18
CAPITULO VII - XXX XXXXXXX Y MATERIALES 18
Artículo 25º.- Daños a personas y propiedades 18 Artículo 26º.- Construcción provisional para oficinas, materiales y enseres. 18 Artículo 27º.- Higiene y alumbrado 18 Artículo 28º.- Instrumental y mobiliario 18 Artículo 29º.- Vigilancia y alumbrado de la obra 19 Artículo 30.- Energía y agua potable 19 Artículo 31.- Limpieza de la obra. 19 Artículo 32.- Responsabilidad por infracciones administrativas 19 Artículo 33º.- Mantenimiento del tránsito y medidas de seguridad 19 Artículo 34º.- Abastecimiento de materiales 20 Artículo 35º.- Materiales a emplear 20 Artículo 36º.- Ensayos y pruebas 20 Artículo 37º.- Materiales rechazados 21 Artículo 38º.- Vicios en los materiales y obra 21 Artículo 39º.- Errores de obras por trabajos defectuosos 21 Artículo 40º.- Agua de construcción 21 Artículo 41º.- Ejecución de la obra con arreglo a su fin 21 Artículo 42º.- Seguro de obra 21 Artículo 43º.- Derechos y trámites de importación y sistemas patentados 22 Artículo 44º.- Medios de transporte 22 Artículo 45º.- Accesos 22 Artículo 46º.- Instalación xxx xxxxxxx y campamento del Contratista. 22 Artículo 47º.- Fotografías 22 Artículo 48º.- Planos conforme a obra 23 Artículo 49º.- Cartel de Obra 23 Artículo 50º.- Receso de actividades 23 Artículo 51º.-Perjuicios por lluvias y otros motivos 24 CAPITULO VIII - DE LA DIRECCION E INSPECCION 24
Artículo 52º.- Inspección 24 Artículo 53º.- Representación del Departamento en Obra 24
Artículo 54º.- Cumplimiento de instrucciones respecto a los agentes del Departamento. 25
Artículo 55º.- Personal técnico del Contratista 25 Artículo 56º.- Representación del Contratista en Obra 25 Artículo 57º.- Libro de Ordenes de Servicio. 26
Artículo 58º.- Libro de comunicaciones 26 Artículo 59º.- Multa por no cumplimiento de las Ordenes de Servicio 26 Artículo 60º.- Permanencia de la documentación en obra 27 Artículo 61º.- Interpretación de los documentos de Contrato. 27
Artículo 62º.- Multa por incumplimiento de la resistencia características especificada para hormigones. 27
Artículo 63º.- Trabajos nocturnos y en días no laborables 27 Artículo 64º.- Pago de personal 27 Artículo 65º.- Seguro del personal de la obra 28 Artículo 66º.- Seguro del Personal de Inspección de Obra 28 CAPITULO IX - TRABAJOS NO CONTRATADOS 28
Artículo 67º.- Trabajos no contratados, modificaciones y/o adicionales 28 Artículo 68º.- Precios de los trabajos adicionales o ampliaciones 29 Artículo 69º.-Trabajos que ejecute el Departamento por cuenta del Contratista 30 CAPITULO X - DE LA CERTIFICACION Y PAGO 30
Artículo 70º.- Normas de medición 30 Artículo 71º.- Obras cubiertas y trabajos de medición ulterior imposible. 30 Artículo 72º.- Certificaciones 31 Artículo 73º.- Fondos de reparo 31 Artículo 74º.- Materiales de Acopio. 31 Artículo 75º.- Confección de certificados 32 Artículo 76º.- Importe neto a certificar y deducciones. 32 Artículo 77º.- Pago de los certificados 32 Artículo 78º.- Gastos Generales 32 CAPITULO XI - DE LA RECEPCION DE LAS OBRAS 32
Artículo 79º.- Recepción de las obras 32 Artículo 80º.- Recepción Provisoria. 33 Artículo 81º.- Plazo de garantía 33 CAPITULO XII - DISPOSICIONES VARIAS 33
Artículo 82º.- Interpretación del presente Pliego 33 Artículo 83º.- Plazo de ejecución 34 Artículo 84º.- De la rescisión. 34 Artículo 85º.- Aplicación de multas 34 Artículo 86º.- Subcontratistas 34 Artículo 87º.- Responsabilidad por subcontratos 34 Artículo 88º.- Mantenimiento de los Servicios xx Xxxxx y Drenaje Penalidades 35 Artículo 89º.- Yacimientos y Canteras 36
Artículo 90º.- Alcances de la información contenida en los Pliegos. 36 Artículo 91º.- Permisos de Paso. 36 Artículo 92º.- Normas de Higiene y seguridad en el Trabajo. 36 Artículo 93º.- Visado de planos de proyecto. 37
CAPITULO XIII - CLAUSULAS RELATIVAS A LA FORMULACION DE LAS PROPUESTAS 37
Artículo 94º.- Metodología constructiva 37 Artículo 95º.- Análisis de Precios 38 Artículo 96º.- Forma de cotizar 38 ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS 40 PLANILLA DE EQUIPOS A UTILIZAR EN LA OBRA 41 MODELO DE DECLARACION JURADA 43 MODELO DE FIANZA BANCARIA PARA GARANTIA DE PROPUESTA 44 CONTRATACION DIRECTA 98 / 12 46 “DRENAJE FILTRACION CANAL PRINCIPAL – CINCO SALTOS” 46 ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES 46 CONTRATACION DIRECTA 98 / 12 73 “DRENAJE FILTRACION CANAL PRINCIPAL – CINCO SALTOS” 73 ESPECIFICACIONES LEGALES PARTICULARES 73
Artículo 3.- Presupuesto Oficial 73 Artículo 4.- Plazo contractual 73 Artículo 5.- Apertura de las Ofertas _ 74 Artículo 6.- Acopio 74 Artículo 7.- Período de Garantía - Recepción Definitiva. 74 Artículo 8.- Alternativas de cotización. 74 Artículo 9.- Visita a obra 75 Artículo 10.- Pago de los certificados _ 75 Artículo 11.- Seguros 76 Artículo 12.- Aplicación de la Ley Provincial N° 4.187 76 Artículo 13.- Inspección de Obra 76 Artículo 14.- Cantidades a ejecutar 76 Artículo 15.- Multas a Aplicar 76 Artículo 16.- Equipamiento para la Inspección 77 Artículo 17.- Anticipo Financiero. 77 Artículo 18.- Oficinas xxx Xxxxxxx. 77 Artículo 19.- Instrucciones Generales Sobre La Forma De Cotizar 77
Artículo 20.- Contenido de las Propuestas 77 20.1.- Presentación de las Propuestas 77 20.2.- Contenido del Sobre Nº 1 78 20.2.1.- Solicitud de Admisión 78 20.2.2.- Instrumentos de carácter general: 78 20.2.3.- Documentación Societaria 79 20.2.4.- Documentación Fiscal 79 20.2.5.- Documentación Económico - Financiera 79 20.2.6.- Garantía de Mantenimiento de la Oferta 79 20.2.7.- Propuesta Técnica 79 20.3.- Contenido del Sobre Nº 2 80 20.4.- Presentación de las Ofertas 80 Artículo 21.- Firma del contrato y Acta de inicio de obra 81 Artículo 22.- Capacidad técnico - financiera 81 Artículo 23.- Cláusulas Para Revisión De Precios 81 1º.- Generalidades 81 2º.- Normas de liquidación 82 3º.- Precios de referencia 82 Artículo 24.- Cálculo estructural 83 ANEXO I: MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN DE OFERTA 84 CONTRATACION DIRECTA 98 / 12 85 “DRENAJE FILTRACION CANAL PRINCIPAL – CINCO SALTOS” 85 CONTRATACION DIRECTA 98 / 12 89 “DRENAJE FILTRACION CANAL PRINCIPAL – CINCO SALTOS” 89 ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES 89 1- XXXXXXXXXXXXX 00
0- XXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX 89
3- RELEVAMIENTO PREVIO 89
4- METODOLOGIA CONSTRUCTIVA 90
5- CONTROL DE CALIDAD 90 DESCRIPCION DE LAS TAREAS 91 CONTRATACION DIRECTA 98 / 12 104 “DRENAJE FILTRACION CANAL PRINCIPAL – CINCO SALTOS” 104 PLANILLA DE CÓMPUTO Y PRESUPUESTO OFICIAL 104 CONTRATACION DIRECTA 98 / 12 105 “DRENAJE FILTRACION CANAL PRINCIPAL – CINCO SALTOS” 105
PLANILLA DE OFERTA 105 CONTRATACION DIRECTA 98 / 12 106 “DRENAJE FILTRACION CANAL PRINCIPAL – CINCO SALTOS” 106 PLANOS 106
CONTRATACION DIRECTA 98 / 12
“DRENAJE FILTRACION CANAL PRINCIPAL - CINCO SALTOS” CARÁTULA
OBJETO:
Con el objeto de ejercer un control de los niveles de agua en la freática de la zona afectada, deprimiendo la napa un valor mínimo como para evitar los anegamientos, se materializará un dren paralelo al Canal Principal que permita captar las filtraciones en un nivel suficientemente bajo para deprimir el nivel del agua hasta la cota deseada y conducirla hasta un punto de descarga.
PRESUPUESTO OFICIAL:
El presupuesto oficial asciende a la suma de Pesos DOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTITRES con 46/100
ctvos. ($2.495.123,46) IVA incluido.-
PLAZO DE EJECUCIÓN:
Se fija el plazo de ejecución en cuarenta y cinco (45) días corridos.
APERTURA DE LAS OFERTAS:
La apertura de las ofertas se efectuará el día 10 de Julio de 2012 a las 12hs., en la sede del Departamento Provincial de Aguas, en xxxxx Xxx Xxxxxx Xx000 xx Xxxxxx (0000), Xxx Xxxxx. Las ofertas se recibirán hasta las 12 hs. del día de la apertura.
CONTRATACION DIRECTA 98 / 12
“DRENAJE FILTRACION CANAL PRINCIPAL – CINCO SALTOS”
ESPECIFICACIONES LEGALES GENERALES CAPITULO I - NORMAS GENERALES
Artículo 1º.- De la Documentación
Los derechos y obligaciones que deriven de la Contratación y contratación de obras que se ejecuten por cuenta del Departamento Provincial de Aguas de la Provincia de Río Negro, se regirán por el presente Pliego de Cláusulas Legales Generales y por las Cláusulas Particulares que se incluyan en cada caso.
Artículo 2º.- Terminología y Abreviaturas
A los efectos de la aplicación de este Pliego y todo otro documento que pase a integrar el acto licitatorio y/o contrato de obra, se emplearán las siguientes denominaciones y/o abreviaturas: "Estado" por Estado Provincial de Río Negro; "Poder Ejecutivo" por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Río Negro; "Departamento" por Departamento Provincial de Aguas; "Inspección" por el (los) Funcionario (s) encargado (s) del contralor y vigilancia de las obras; "Oferente" toda empresa que presente una propuesta en el acto licitatorio; "Contratista" por la Empresa obligada a ejecutar la obra; "Pliego" por toda la documentación que integra este Pliego de Condiciones; "Contrato" por toda la documentación que integra el contrato entre las partes; "Ley General" por Ley de Obras Públicas Nº 286; sus decretos reglamentarios y modificaciones.
Artículo 3º.- Leyes Provinciales
Las obras que se licitan por el presente Pliego de Cláusulas Legales Generales, quedan sometidas a las disposiciones de la Ley General, sus decretos reglamentarios y disposiciones concordantes. Por lo tanto, las partes deberán ajustarse a sus requisitos y a las Cláusulas Particulares, y complementarias.
Artículo 4º.- Consulta y entrega de Xxxxxxx
Los interesados en formular propuestas podrán consultar los Pliegos correspondientes en el "Departamento", sito en calle San Xxxxxx 249 xx Xxxxxx, y en los lugares indicados en las Cláusulas Particulares, dentro del horario administrativo, hasta cinco (5) días corridos antes de la fecha de apertura de la Contratación.
Artículo 5º.- Aclaraciones y consultas
Las aclaraciones y consultas, de carácter técnico - administrativo, que deseen formular los interesados, deberán ser presentadas por escrito en todos los casos al
Departamento, hasta diez (10) días antes de la fecha de apertura de las propuestas. Las mismas y sus respuestas, así como aquellas que el Departamento creyese oportuno realizar de oficio, se llevarán a conocimiento de todos los que retiren pliegos, hasta cinco (5) días antes de la fecha de apertura y pasarán a integrar el Pliego de Condiciones.
CAPITULO II - DE LOS OFERENTES
Artículo 6º.- Capacidad de los oferentes
Los oferentes deberán ajustarse en un todo a las disposiciones del artículo 15º de la Ley General. El Departamento se reserva el derecho de requerir las aclaraciones e informes complementarios sobre la capacidad y competencia de los oferentes, siempre que no se alteren las condiciones de la propuesta original ni el principio de igualdad entre las propuestas.
Artículo 7º.- Conocimiento de la documentación y del trabajo.
La presentación de una propuesta significará que quien la hace conoce el lugar en que se ejecutarán los trabajos: las condiciones, características propias, objeto de la obra y su desarrollo; que se ha compenetrado del exacto alcance de las disposiciones contenidas en el presente Pliego y las acepta de conformidad; que ha estudiado los planos y demás documentación del proyecto; y que se ha basado en ello, para hacer su oferta; que ha recogido todas las informaciones relacionadas con la ejecución de los trabajos, condiciones climáticas, medios de comunicación y transporte, precio y facilidad para conseguir materiales y mano de obra y todos los elementos de juicio necesarios para afrontar cualquier contingencia que pueda esperarse.
Por consiguiente, su presentación compromete el perfecto conocimiento de las obligaciones que vaya a contraer y la renuncia previa a cualquier reclamo posterior a la firma del Contrato, basado en el desconocimiento del terreno y/o del proyecto.
CAPITULO III - DE LAS PROPUESTAS
Artículo 8º.- Presentación y documentación.
Las propuestas serán presentadas en la forma establecida en el Art. 17º de la Ley General. Sin perjuicio de los requisitos especificados en las Cláusulas Legales Particulares, los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Licitadores (Sección Obras), dependiente del Consejo de Obras Públicas, con calificación en firme.
Además de las especificadas en las Cláusulas Legales Particulares, las propuestas en su sobre 2 deberán acompañarse de la siguiente:
a) Para una Sociedad Anónima: nombre de la sociedad acompañada de una copia del acta de deliberación en que se autorice la presentación de la propuesta y su domicilio legal en la Pcia. de Río Negro.
b) Si es una sociedad de nombre colectivo: una constancia de la nacionalidad argentina de la sociedad: el nombre del miembro que representa la propuesta, y el domicilio legal en la Pcia. de Río Negro
c) Para la propuesta formulada por una empresa unipersonal: dará el nombre, apellido, domicilio real y legal en la Pcia. de Río Negro.
d) Si se trata de una empresa extranjera, deberá constituir su domicilio legal en la Pcia. de Río Negro, aceptando jurisdicción de los tribunales provinciales y llenar los demás requisitos expresados en los incisos a) y b) e i) en lo que corresponda.
e) Los representantes legales de una sociedad deberán acreditar que están facultados para contratar en su nombre. Las sociedades deberán tener una duración mayor de un año a la fecha de la recepción definitiva de la obra.
f) La designación del representante técnico con título habilitante, inscripto en el Consejo Profesional de Ingeniería y Agrimensura de Río Negro Ley 442 y constancia de dicha inscripción.
g) La presentación de un informe sobre elementos, equipos, máquinas y útiles que empleará en la obra, fijando ubicación para su inspección.
h) Recibo de adquisición de la documentación oficial de la obra extendida por el Departamento.
i) Declaración expresa del proponente aceptando la jurisdicción de la Justicia Ordinaria de la Provincia de Río Negro, con expresa renuncia del Fuero Federal.
j) Si se trata de Sociedades Accidentales, deberá presentarse la constitución de tal sociedad y se definirá el responsable y firmas que la forman. El convenio de Sociedad Accidental deberá incluir una cláusula que estipule que las firmas integrantes quedan solidariamente obligadas, en carácter de lisas y llanas y principales pagadoras por las obligaciones que asumen.
k) Deberá acompañarse constancia de inscripción en el Registro Nacional de la Industria de la Construcción (art. 32 ley 22.250) y libre deuda expedido por el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC)
Artículo 9º.- Sistema de contratación
Las obras se contratarán por el sistema de unidad de medida y precios unitarios, de acuerdo a los precios en pesos que para cada unidad de medida de cada uno de los renglones de la obra especificadas en la planilla "Presupuesto de las Obras" se hayan consignado en la propuesta aprobada. Estos precios unitarios se consignarán en números y letras, y en caso de discrepancias con el monto total de la oferta
tendrán validez los precios unitarios cotizados en letras. Xxxxxx expresamente establecido que el precio unitario y sus análisis de precios son invariables.
Los presupuestos se formularán aplicando dichos precios unitarios a las cantidades previstas en las mencionadas planillas, y se considerarán como importes de las obras tan sólo a fin de comparar las propuestas para la adjudicación, pues expresarán un importe aproximado de los trabajos.
El importe definitivo de las obras se obtendrá aplicando los citados precios unitarios, a las cantidades de obras efectivamente ejecutadas, las que podrán diferir de las indicadas en la planilla tanto como lo establecen los artículos 33º y 34º de la Ley General.
Los elementos, equipos, servicios y/o trabajos que resultaran necesarios para cumplir el objeto de la presente Contratación y no están solicitados expresamente en la Planilla de Propuesta, se considerarán incluidos en el total de los ítems que componen la misma.
Artículo 10º.- Ofertas complementarias (variantes)
Además de la propuesta básica reglamentaria, los concurrentes podrán proponer simultáneamente y por separado, variantes que modifiquen las bases y condiciones de la Contratación en forma ventajosa, conforme lo establece el artículo 19º de la Ley General. Esta documentación deberá ser presentada por triplicado.
Artículo 11º.- Lugar de la recepción
Las propuestas se recibirán en el domicilio que indiquen los avisos, hasta el día y hora fijados para la apertura de las mismas.
Artículo 12º.- Plazo mantenimiento
Las ofertas deberán ser mantenidas como mínimo por un plazo de noventa (90) días a contar de la fecha de la apertura de la Contratación. Si vencido este plazo no se hubiera realizado la adjudicación, el Departamento podrá solicitar la ampliación de dicho plazo de acuerdo al Artículo 22º de la Ley General.
Artículo 13º.- Garantía de la oferta
Cada oferta se acompañará con una garantía del 1% del importe del Presupuesto Oficial, en un todo de acuerdo con el artículo 16º de la Ley General.
Dicha fianza podrá efectuarse en depósito en efectivo en la cuenta terceros del DPA, títulos nacionales o provinciales a sus valores nominales, fianza bancaria o fianza por póliza de seguro y durará hasta la firma del Contrato.
El depósito de garantía se hará a la orden del "Departamento Provincial de Aguas- Fondos de Terceros", y hasta el día hábil anterior a la apertura de la propuesta. En el caso de fianza bancaria o póliza de seguro deberá constituirse al fiador en liso y llano y principal pagador, siendo extendida por todo el término del mantenimiento de
la propuesta, y por la totalidad del monto sin restricciones ni salvedades, debiendo el fiador aceptar la jurisdicción de la Justicia Ordinaria de la Pcia. de Río Negro, fijando domicilio legal en la ciudad xx Xxxxxx y renunciar a los beneficios de división y excusión.
Artículo 14º.-Responsabilidad del oferente
El oferente deberá presentar con su oferta el número de personas a emplear con la discriminación del tipo de funciones a cumplir (operarios, capataces, supervisores, ingenieros, etc.)
Asimismo el oferente deberá presentar con su oferta el plan de trabajos.
El oferente deberá indicar también con su oferta sus necesidades de espacio para los obradores, playas de montaje y almacenamiento, cuyas instalaciones y mantenimiento corren por cuenta del mismo.
En cuanto a las ofertas que incluyan servicios a prestarse o elementos diseñados y/o fabricados por firmas subsidiarias o licenciaturas de otras de reconocida experiencia en la materia deberán acompañarse a la oferta las garantías otorgadas y la asistencia técnica a prestarse por las firmas originarias, especificándose concretamente la responsabilidad asumida por éstas.
Por lo expuesto precedentemente, su presentación como oferente lo compromete al perfecto conocimiento de las obligaciones que va a contraer y la renuncia previa a cualquier reclamo posterior a la apertura de las ofertas, basada en el desconocimiento del lugar de ejecución de las obras, de la documentación licitatoria, del procedimiento de adjudicación y respectiva contratación.
La empresa Contratista será responsable de las gestiones a realizar ante el Organismo competente, para la obtención del permiso y la aprobación correspondiente, con la anticipación y continuidad necesarias.
Una eventual demora en la obra contratada que resulte atribuible a falta de diligencia en estas gestiones, será total responsabilidad de la Contratista. Los costos por rotura o daño de cualquier instalación sobre la traza será responsabilidad exclusiva de la Contratista ante los distintos entes y no podrá trasladar responsabilidad alguna a la INSPECCIÓN.
Todo trámite administrativo, solicitud de permisos ante el/los organismos competentes, quedará por cuenta y cargo exclusivamente de la Contratista, no pudiendo realizar reclamo alguno al Comitente.
CAPITULO IV - DE LA LICITACION Y ADJUDICACION
Artículo 15º.- Acto licitatorio
En lugar y hora fijados para la apertura de las propuestas y con la presencia del (los) funcionario (s) competente (s) del Departamento, se procederá en acto público a
abrir las propuestas recibidas y dar lectura de las mismas, conforme a lo establecido en el artículo 18º de la Ley General.
De cada oferta se abrirá en primer término el sobre que contiene la "Documentación General" y se verificará el cumplimiento de lo indicado en el artículo 17º de la Ley General.
Luego el sobre que contiene la "Propuesta Básica" dando lectura de la misma, y por último el sobre "Oferta variante", si lo hubiera.
De todo lo actuado se labrará acta que suscriban los funcionarios y optativamente los interesados presentes y en la misma se dejará constancia de las eventuales objeciones manifestadas por los interesados, en cuyo caso, éstos tendrán obligación de firmar el documento.
En casos especiales podrá existir un lapso intermedio de preselección de oferta entre la apertura de los sobres que contienen la Documentación y la apertura de los sobres que contienen la Propuesta. El procedimiento a seguir en tales situaciones será indicado en las Cláusulas Legales Particulares.
Artículo 16º.- Exclusión de proponentes
Las propuestas que se encuadren en algunas de las condiciones que se enumeran a continuación, no serán tenidas en cuenta a los efectos de la adjudicación de las obras:
a) Propuestas que no cumplan con los requerimientos exigidos en el artículo 15º de la Ley General, como así también proponentes que se encuadran en lo establecido en el artículo 24º, inc. a) y b) de la mencionada ley.
b) Que la propuesta no cumpla con los requisitos exigidos en las Cláusulas Legales Particulares.
c) Que los oferentes se aparten de las estipulaciones previstas en el pliego de bases y condiciones.
Artículo 17º.- Adjudicación de la propuesta
El Departamento analizará las propuestas presentadas y resolverá la que resulte técnica y económicamente más conveniente.-
En todo caso, el Departamento comunicará su decisión a todos los que hubieren participado en el acto de apertura de las propuestas.
CAPITULO V - DEL CONTRATO
Artículo 18º.- Firma del Contrato
Aceptada la propuesta por el Departamento, notificará de ello a la firma adjudicataria en el domicilio declarado para que, en los plazos y formas establecidas en los artículos 26º y 27º de la Ley General, concurran a firmar el contrato. El Contratista deberá abonar el impuesto de sellos correspondiente y entregará la constancia de haber dado cumplimiento al requisito previo que establece el artículo 27º de la Ley General (mínimo cinco por ciento (5%) del monto de Contrato), referente a la garantía de contrato.
Si no se diera cumplimiento al plazo mencionado, el oferente perderá la garantía a que se refiere el artículo 13º de este Pliego, quedando sin efecto la adjudicación a su favor.
Artículo 19º.- Pliego y planos de obra
El Contratista recibirá sin cargo dos (2) copias autorizadas de los Pliegos de Condiciones, Especificaciones y demás documentos que han servido para la Contratación.
Los planos muestran la naturaleza y magnitud de los trabajos a realizar; a medida que lo requiera la marcha de los trabajos la Inspección entregará al Contratista los Planos de detalle, diagramas y dibujos que fueran necesarios.
El Contratista deberá solicitar por escrito y con quince (15) días de anticipación cualquier información, plano o dibujo de detalle.
En caso de diferencia entre los datos contenidos en los planos generales y los de detalle, se dará preferencia los de detalle; en caso de diferencia entre las dimensiones a escala y las consignadas en cifras, se dará preferencia a éstas.
Artículo 20.- Documentos contractuales
Serán considerados documentos del Contrato y formarán parte del mismo o se irán incorporando en cada oportunidad:
a) El contrato firmado por ambas partes.
b) El presente Xxxxxx con todos los elementos enumerados en su carátula o en su Indice General.
c) Las aclaraciones, normas e instrucciones complementarias de los documentos de Contratación que el Departamento hubiere hecho conocer por escrito a los interesados antes de la fecha de apertura, sea a requerimiento de los mismos o por espontánea decisión.
d) La oferta aprobada y sus respectivos análisis de precios.
e) El Acta de Iniciación de los trabajos.
f) El plan y diagramas de acopios y adecuación de la obra, aprobadas por el Departamento.
g) Las Ordenes de Servicio que por escrito imparta la Inspección.
h) Los planos de detalles que el Departamento entregue al Contratista durante la ejecución de las obras.
i) Cualquier otro documento que legalmente corresponda agregar a la documentación contractual.
A los efectos de deslindar la responsabilidad para la interpretación de los planos y especificaciones de la obra, se tendrá en cuenta el orden de prioridades establecidas en el Apartado 14) del Artículo 32º de la Reglamentación de la Ley General.
CAPITULO VI - DE LA INICIACION Y EJECUCION DE LA OBRA
Artículo 21º.- Plan de trabajos:
El Contratista deberá presentar el Plan de Trabajos dentro de un plazo no menor xx xxxx (10) días de firmado el Contrato. El incumplimiento por parte de éste al plazo establecido, lo hará pasible de una multa equivalente al dos por ciento (2%) del depósito de garantía por cada día xx xxxx, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28º de la Ley General y su reglamentación.
No obstante lo anterior, las Cláusulas Legales Particulares podrán requerir que en el sobre correspondiente a la Documentación, se presente el Plan de Trabajos que el proponente ha tenido en cuenta en su oferta y elaboración para la ejecución de la obra, a fin de evaluar en la preselección o preadjudicación de ofertas, el grado de estudio y calidad técnica de la metodología de ejecución considerada.
El Plan de Trabajos estará concebido de modo tal que permita dar cumplimiento a la ejecución de la obra dentro del plazo contractual.
El Plan una vez aprobado por el Departamento, será el que regule la ejecución de los trabajos. En el caso que la marcha real de los mismos sea de un ritmo inferior al previsto o no satisfaga las demás condiciones en él especificadas, se considerará que el Contratista deja de satisfacer las respectivas estipulaciones contractuales; en consecuencia el Departamento podrá proceder a la rescisión del Contrato por causas imputables al Contratista, con las consecuencias que le pudieran corresponder a éste, conforme a lo establecido en la Ley General.
El Departamento podrá desestimar el estudio de aquellas ofertas que no reflejen una adecuada evaluación de la metodología constructiva reflejada en el Plan de Trabajos y equipos presentados. Asimismo podrá solicitar todas aquellas consultas y aclaraciones que considere necesarias. Finalmente, y previa a la firma del Contrato, el Departamento podrá solicitar al adjudicatario la realización de las modificaciones o adecuaciones que estime convenientes al plan original. Efectuado lo anterior a satisfacción del Departamento, quedará automáticamente aprobado el Plan de Trabajos con los alcances previstos en el Artículo 28º de la Ley General.
El Contratista deberá presentar al Inspector para su aprobación un Plan de Trabajos actualizado, trimestralmente teniendo en cuenta todas las causas ocurridas en dicho período que justifiquen tales adecuaciones o antes si ocurrieron hechos que lo hicieran necesario. Si el Contratista no lo suministrara oportunamente, el Inspector podrá retener el 1% (uno por ciento) del Precio del Contrato del certificado de pago siguiente, y continuar reteniendo dicho monto, hasta el momento del próximo pago que deba efectuarse después de la fecha en que el Contratista haya presentado el Plan de Trabajos tardíamente.
Las adecuaciones se limitarán siempre que ello sea posible al desplazamiento de exigencias o tareas, en los plazos justificados manteniéndose para los meses posteriores el esquema originalmente aprobado y las fechas topes que para determinadas tareas o provisiones hubieran fijado las especificaciones del contrato.
La aprobación del Plan de Trabajos por parte del Departamento no exime al Contratista de las responsabilidades emergentes de errores o previsiones que aquel pudiera contener; que produjesen inconvenientes de cualquier naturaleza o trajesen aparejados dificultades para realizar o terminar los trabajos con arreglo al Contrato.
Artículo 22º.- Orden de iniciación
Aprobado el plan de trabajos, el Departamento citará al Contratista dentro de los primeros cuatro (4) días de la fecha de dicha aprobación, para que concurra a suscribir el Acta de Replanteo de la Obra. A la misma debe comparecer el Representante Técnico quién avalará con su firma. La no comparencia del mismo hará pasible al Contratista de la multa establecida al final del presente artículo o, si así optara el Departamento, de una penalización indirecta, considerando como fecha de replanteo la correspondiente al vencimiento del plazo indicado más arriba.
A los efectos del replanteo, la Inspección establecerá los puntos fijos de referencia planiltimétrica y altimétrica que definan suficientemente el emplazamiento y las cotas a que se ajustará la obra a realizar. El Contratista deberá conservar los mojones, estacas y señales colocadas por la Inspección, hasta la recepción definitiva. A estos efectos, los mojones, estacas y señales afectadas por la construcción de la obra se desplazarán de acuerdo con la Inspección fuera de la zona de trabajo de modo que queden en forma permanente. Su destrucción, pérdida o remoción, sin autorización de la Inspección implican la reposición con cargo al Contratista.
Los datos del replanteo se consignarán en documentos que se agregarán a un acta labrada en dos ejemplares de un mismo tenor que se firmará por la Inspección y el Representante Técnico del Contratista que deberá presenciar toda la operación del replanteo.
La incomparerencia del Representante Técnico a suscribir el Acta de Replanteo se podrá sancionar con una multa, descrita en las Especificaciones Legales Particulares del presente Pliego.
Artículo 23º.- Acta de iniciación
En oportunidad de iniciarse la ejecución de trabajos de replanteo, se labrará el acta correspondiente desde cuya fecha comenzará a regir el plazo de ejecución establecido para la realización de la obra.
En caso de no iniciarse los trabajos, se podrá aplicar la siguiente multa, según lo descrito en las Especificaciones Legales Particulares del presente Pliego.
Artículo 24º.- Suspensión de los trabajos
El Contratista no podrá, salvo en los casos establecidos expresamente en la Ley General, suspender los trabajos, sin la previa autorización de la Inspección. El no cumplimiento de la presente Xxxxxxxx, hará pasible al Contratista de una multa, según lo descrito en las Especificaciones Legales Particulares del presente Pliego.
CAPITULO VII - XXX XXXXXXX Y MATERIALES
Artículo 25º.- Daños a personas y propiedades
El Contratista tomará a su tiempo todas las disposiciones y precauciones para evitar daños en las obras que ejecute, a las personas que dependen de él, a las del Departamento e Inspección, a terceros y a las propiedades x xxxxx del Estado o de terceros, así pudieran provenir esos daños de maniobras en obrador o depósito o de la acción de los elementos o causas eventuales, correrá por cuenta exclusiva del Contratista.
Estas responsabilidades subsistirán hasta que se verifique la entrega definitiva de la obra al Departamento.
El Departamento podrá retener en su poder, de las sumas que adeudare al Contratista, el importe que se estime proporcionado con aquellos conceptos, hasta que las reclamaciones o acciones que llegaren a formularse por algunos de ellos hayan sido definitivamente descartadas y/o aquel haya satisfecho las indemnizaciones a que hubiere lugar en derecho.
Artículo 26º.- Construcción provisional para oficinas, materiales y enseres.
El Contratista tendrá en la obra los cobertizos, depósitos y demás construcciones provisionales, que se requieran para la realización de los trabajos y locales especiales para la Inspección. Dicho local, deberá contar con calefacción, aire acondicionado, energía eléctrica y sanitarios privados para la inspección de obra.
Artículo 27º.- Higiene y alumbrado
Todas las construcciones provisionales serán conservadas en perfecto estado de higiene por el Contratista estando también a su cargo el alumbrado, la provisión y distribución del agua y desagües correspondientes.
Artículo 28º.- Instrumental y mobiliario
Salvo indicación contraria, es obligación del Contratista el facilitar a la Inspección durante todo el tiempo que duren las obras y en buenas condiciones de uso, los instrumentos indispensables para el control de las operaciones de relevamiento, replanteo y medición de los trabajos contratados.
Asimismo, deberá facilitar el mobiliario y máquinas de oficina necesaria e indispensable para el funcionamiento de las oficinas de la Inspección dentro xxx xxxxxxx
Artículo 29º.- Vigilancia y alumbrado de la obra
El Contratista establecerá una vigilancia continua de las obras, para prevenir robos o deterioros de los materiales, estructura y otros bienes propios o ajenos, a tal fin tendrá servicio de guardianes diurno y nocturno.
Además colocará luces de peligro y tomará medidas de precaución necesaria en todas aquellas partes de la obra donde puedan producirse accidentes.
La adopción de las medidas precedentes, no eximirá al Contratista de las consecuencias de los hechos que allí se prevén.
Artículo 30.- Energía y agua potable
La provisión y el consumo de energía eléctrica necesaria para la construcción de las obras, serán por cuenta exclusiva del Contratista, estando también a su cargo la provisión y distribución del agua y desagües correspondientes.
Artículo 31.- Limpieza de la obra.
Durante la ejecución de las obras, el Contratista deberá mantener limpio y despejado de residuos el sitio de los trabajos. Una vez terminados los mismos y previo a la medición final, el Contratista hará limpiar la obra y retirar, a su xxxxx, de la zonas adyacentes todo el sobrante y deshecho de los materiales de cualquier especie así como las construcciones provisorias.
Artículo 32.- Responsabilidad por infracciones administrativas
El Contratista y su personal deberán cumplir estrictamente las disposiciones, ordenanzas y reglamentos policiales y/o municipales, vigentes en el lugar de la ejecución de las obras. Será por cuenta del Contratista el pago de las multas y el resarcimiento de los perjuicios e intereses si cometiera cualquier infracción a dichas disposiciones, ordenanzas o reglamentos.
Artículo 33º.- Mantenimiento del tránsito y medidas de seguridad
Cuando la obra se ejecutase en o a través de vías de comunicación, o cauces xx xxxxx, o de desagües en uso, el Contratista mantendrá a su xxxxx el tránsito o paso de agua en ellas lo mismo que los accesos a propiedades.
El Contratista colocará por su exclusiva cuenta, para guía y seguridad del tránsito, señales bien visibles durante el día y señales luminosas durante la noche.
Colocará además los indicadores que sean necesarios para la seguridad del tránsito, de acuerdo a lo que disponga la Inspección. Tomará todas las medidas necesarias para mantener los servicios xx xxxxx, desagües y evitar los daños que pudieran producirse por interrupción de los mismos o por derrumbes o embanques de los canales.
El Contratista será el único responsable de los accidentes ocasionados por deficiencias de señalamientos o de medidas de protección. Terminada la obra, el Contratista queda obligado a establecer a su estado primitivo, y a sus costas, las obras accesorias que haya ejecutado.
Artículo 34º.- Abastecimiento de materiales
El Contratista tendrá siempre en la obra, la cantidad de materiales que a juicio de la Inspección se necesite para asegurar la marcha normal de la misma. No obstante lo anterior, deberá comunicar previamente a la Inspección de toda incorporación, certificable por acopio o no, con el fin de prever posibles variaciones en las cantidades de obras. No podrá utilizar en otros trabajos ninguna parte de esos abastecimientos sin autorización.
Estará obligado también a usar métodos y equipos que a juicio de la Inspección aseguren la calidad satisfactoria de la obra y su terminación dentro del plazo fijado en el Contrato. Si en cualquier momento, antes de iniciarse los trabajos o durante el curso de los mismos, los métodos y equipos adoptados por el Contratista resultaren ineficientes o inadecuados, la Inspección podrá ordenarle que los perfeccione o los reemplace por otros más eficientes. Sin embargo, el hecho de que la Inspección nada observe sobre el particular, no eximirá al Contratista de la responsabilidad que le concierne por la mala calidad de las obras ejecutadas o la demora en terminarlas.
Artículo 35º.- Materiales a emplear
Todos los materiales a emplearse en la construcción deberán ser aprobados previamente por la Inspección, debiendo el Contratista a tal efecto presentar muestras, las que luego de aprobadas deberán permanecer en obra.
Artículo 36º.- Ensayos y pruebas
El Departamento podrá hacer todos los ensayos y pruebas que considere conveniente, para comprobar si los materiales o estructuras reúnen las condiciones que se determinan en el Pliego. El personal y los elementos necesarios para ese objeto, como ser: instrumento de medida, balanzas, combustibles, etc. serán facilitados y costeados por el Contratista. Esta además pagará cualquier ensayo o análisis físico, químico o mecánico que debe encomendarse a efectos de verificar la naturaleza de algún material, incluso los gastos de extracción, transporte, recepción, manipuleo, despacho, etc. correrán por exclusiva cuenta de la Contratista, renunciando a cualquier reclamo o resarcimiento.
Artículo 37º.- Materiales rechazados
Los materiales rechazados, serán retirados por el Contratista dentro de un plazo no mayor de cinco (5) días, si el Contratista no diera cumplimiento a esta orden, el Departamento procederá a su retiro, previa notificación con indicación del lugar de Depósito, quedando a cargo del Contratista los gastos originados por este concepto.
Artículo 38º.- Vicios en los materiales y obra
Cuando fuesen sospechados vicios en trabajos no visibles, la Inspección podrá ordenar las demoliciones, desarmes o desmontajes y las reconstrucciones necesarias para cerciorarse del fundamento de sus sospechas, y si los defectos fueran comprobados, todos los gastos originados por tal motivo estarán a cargo del Contratista. En caso contrario los abonará el Departamento.
Si los vicios se manifestaren en el transcurso del plazo de garantía, el Contratista deberá comenzar a reparar o cambiar las obras defectuosas en el plazo xx xxxx (10) días a contar desde la fecha de su notificación; de no comparecer el Contratista a ejecutar las reparaciones, las mismas podrán ser realizadas por el Departamento a cuenta de los importes y garantías retenidas. Transcurrido el plazo de garantía, sin la concurrencia del Contratista a reparar las obras, dichos trabajos podrán ser ejecutados por el Departamento x xxxxx de aquél.
La recepción final de los trabajos no libera al Contratista de las responsabilidades emergentes del Código Civil.
Artículo 39º.- Errores de obras por trabajos defectuosos
El Contratista en ningún momento podrá alegar eximición de responsabilidad por la mala ejecución de los trabajos o por las transgresiones a la documentación contractual, fundándose en incumplimiento por parte de subcontratistas, personal, proveedores o excusándose en el retardo por parte de la Inspección en entregarle detalles y planos o en la comprobación de errores o faltas.
Artículo 40º.- Agua de construcción
El agua para usos diversos, será costeada por el Contratista, a cuyo cargo estará el pago de los derechos que correspondiera por esos conceptos y/o transporte o almacenamiento.
Artículo 41º.- Ejecución de la obra con arreglo a su fin
Es obligación del Contratista ejecutar los trabajos y emplear materiales adecuados para que las estructuras componentes de la obra que figuran en la documentación contractual resulten enteras y adecuadas a su fin.
Artículo 42º.- Seguro de obra
El Contratista deberá asegurar contra todo riesgo los materiales acopiados y certificados, salvo indicación en contrario de este Departamento.
Artículo 43º.- Derechos y trámites de importación y sistemas patentados
El Departamento no se hará cargo de los trámites para la importación de equipos o materiales, ni tampoco de sus derechos de importación, ni tampoco del pago de los derechos que pudieran corresponderle por el empleo de sistemas patentados en la ejecución de obras, en consecuencia no considerará propuestas condicionadas por estos aspectos, pero si extenderá, a solicitud del Contratista, los certificados de necesidad cuando ello corresponda.
Artículo 44º.- Medios de transporte
Se considera que el proponente, al efectuar su oferta ha tenido en cuenta las condiciones existentes para disponer de medios de transporte. En base a ello, no se admitirá reclamo alguno de variaciones de costos por el cambio de medios de transporte, reconociéndose únicamente, las que se produjeran con respecto a la fecha de Contratación para el medio de transporte realmente considerado en la propuesta.
Artículo 45º.- Accesos
Los caminos y senderos de acceso provisional serán construidos por el Contratista, bajo su responsabilidad y a su xxxxx. El Inspector de obra podrá solicitar que todo o parte de ellos sean ejecutados desde el comienzo de las obras. Estos caminos y senderos ocuparán las obras definitivas. Si por excepción un acceso debe avanzar sobre los lugares definitivos de las obras, las ulteriores modificaciones necesarias para la ejecución de los trabajos estarán a cargo del Contratista.
Artículo 46º.- Instalación xxx xxxxxxx y campamento del Contratista.
En el plazo máximo de quince (15) días desde la firma del contrato, el Contratista deberá someter a consideración del Departamento, una memoria detallada de las instalaciones xxx xxxxxxx y obras provisionales, así como la de sus servicios generales, justificando que las medidas implementadas por él permitirán realizar las obras en las condiciones técnicas requeridas y en los plazos previstos.
El Contratista tendrá a su cargo los gastos de adquisición, transporte de materiales e instalación de los locales que serán utilizados como depósitos de materiales, talleres, oficinas u otras instalaciones transitorias.
También estarán a cargo del Contratista todos los gastos que demande el funcionamiento xxx xxxxxxx y campamento (seguridad, limpieza, alumbrado, salubridad, higiene, etc.).
Artículo 47º.- Fotografías
A fin de documentar el proceso constructivo, el Contratista tomará un número conveniente de fotografías de cada etapa de la construcción y no menor de una serie de veinticuatro (24) fotografías por mes.
Asimismo el Contratista entregará dos (2) copias de tamaño 10 cm x 15 cm. aproximadamente, de cada una de las tomas efectuadas con sus respectivos negativos, previo a la confección de cada Certificado.
Artículo 48º.- Planos conforme a obra
Previamente a la Recepción Provisoria, el Contratista entregará a la Inspección, los planos conforme a obra que incluyan los detalles y cotas de las obras según se construyeron, de acuerdo a los lineamientos que en su oportunidad imparta la Inspección, cada Obra de Arte en particular, deberá acompañarse con su respectivo cómputo métrico.
El dibujo de la totalidad de los planos podrá realizarse mediante programas de diseño asistido por computadora CAD, totalmente compatibles con AUTOCAD versión 2.000. Los archivos correspondientes se presentarán en extensión DWG en soporte digital (CD ROM) acompañados por una copia en film poliéster de cada plano aprobado y firmado por la contratista.
Artículo 49º.- Cartel de Obra
El Contratista deberá proveer por su cuenta y hasta la recepción definitiva, dos (2) carteles de acuerdo a lo especificado en los planos. Los mismos serán colocados en el sitio y con las leyendas que indique la Inspección, dentro de los 10 (diez) días posteriores de la firma del Acta de Iniciación de los trabajos.
En el deberá constar:
1- Repartición a que corresponde la obra.- 2- Localidad en que se ejecuta la obra.-
3- Denominación de la obra.-
4- Fecha de resolución autorizante, número, año de expediente.- 5- Empresa Constructora.-
6- Fecha de iniciación y plazo de entrega de la obra.- 7- Nómina del personal de la Inspección.
8- Órgano o repartición que financia la obra.- 9- Monto total.-
10-Dirección postal de la repartición responsable de la obra, contacto telefónico y de correo electrónico para atención de reclamos y para dar respuesta a los pedidos de informes de la ciudadanía, en virtud de los derechos adquiridos por Ley B Nº 1829.-
El costo del mencionado cartel estará prorrateado dentro de los demás ítems, por lo que no recibirá pago o reconocimiento alguno.
Artículo 50º.- Receso de actividades
El Departamento no computará en el plazo contractual el período que va desde el 23 de diciembre al 06 de enero del año siguiente inclusive.
Artículo 51º.-Perjuicios por lluvias y otros motivos
El Contratista asume la responsabilidad exclusiva por los riesgos de cualquier naturaleza, como ser: crecidas, aluviones, heladas, vientos y otros fenómenos meteorológicos de carácter ordinario que puedan determinar la necesidad de reacondicionar o reconstruir las obras ejecutadas.
No se admite reclamación alguna por daños sufridos por estas causas, salvo que los perjuicios fueren consecuencia directa de disposiciones emanadas del Departamento y/o Inspección y que hubieran sido observadas por el Contratista con suficiente anticipación.
CAPITULO VIII - DE LA DIRECCION E INSPECCION
Artículo 52º.- Inspección
El Departamento reserva para sí la supervisión y dirección general de los trabajos y ejercerá la Inspección de los mismos así como la fiscalización del estricto cumplimiento del presente Pliego por intermedio de su cuerpo técnico y de su servicio destacado en la obra con carácter de Inspección.
Artículo 53º.- Representación del Departamento en Obra
El Departamento estará representado ante el Contratista a los efectos de la Supervisión e Inspección de las Obras, como así también de todas las obligaciones que se deriven de la firma del Contrato, por intermedio del Cuerpo Técnico y personal destacado especialmente en el obrador, con carácter de Inspección.
El equipo de Inspección estará compuesto de la siguiente manera:
- 1 (un) Ing, Civil, Hidráulico o en Construcciones.
- 1 (un) Sobrestante de Obra.
La nómina del personal responsable por parte del Departamento será consignada en el Libro de Ordenes de Servicio.
La Inspección tendrá en cualquier tiempo, acceso a los obradores, depósitos y oficinas del Contratista, a los efectos de revisar los trabajos efectuados y en ejecución y los materiales acopiados; el Contratista suministrará los informes que le requiera la Inspección sobre la clase y calidad de los materiales empleados o acopiados, desarrollo y forma de ejecución de los trabajos, en caso que resultara necesario para ejercitar las atribuciones que le confiera el presente Pliego, la Inspección podrá requerir del Contratista, copia de las facturas de gastos realizados y de las Cartas de Porte de todo el plantel, equipos y materiales destinados a la obra, etc. obedecerá las observaciones o instrucciones de la Inspección sobre los trabajos realizados que encuentra defectuosos, así como el reemplazo de materiales que están en desacuerdo con el Pliego de Especificaciones Técnicas. La Inspección
tendrá las atribuciones de Superintendencia sobre el o los campamentos de las obras, debiendo el Contratista aceptar las disposiciones de la misma al respecto.
Artículo 54º.- Cumplimiento de instrucciones respecto a los agentes del Departamento.
El Contratista y su personal cumplirán las instrucciones y órdenes impartidas por la Inspección. La inobservancia de esta obligación o los actos de cualquier índole que perturben la marcha de la obra, harán pasible al culpable de su inmediata expulsión de la misma.
El Contratista no podrá censurar al personal que el Departamento afecta a la atención de la obra, pero si tuviera causas justificadas respecto de alguno de ellos, las expondrá por escrito, para que las autoridades resuelvan, sin que esto sea motivo para que se suspendan los trabajos.
Artículo 55º.- Personal técnico del Contratista
El personal técnico o administrativo del Contratista que actúe en la obra y perjudique por su conducta, la buena marcha de los trabajos o no tenga la debida competencia o no sea todo lo diligente que corresponda, deberá ser retirado de la obra si así lo resolviera la Inspección. El Contratista, si no estuviera de acuerdo con lo dispuesto, podrá solicitar al Departamento la reconsideración de la medida.
Artículo 56º.- Representación del Contratista en Obra
El Contratista estará representado permanentemente en Obra por: un Ing. Civil, Hidráulico o en Construcciones con título habilitante según sus respectivos planes de estudios y experiencia de 5 años en Obras de magnitud similar, inscripto en el Consejo Profesional de Ingeniería, Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxxx - Xxx 000 Xxxxxxxxx xx Xxx Xxxxx, el que deberá permanecer en el lugar de la obra durante el tiempo que ella dure y con quien la Inspección se entenderá en todo lo relativo a la misma. Deberá estar facultado para notificarse en su nombre y representación de las órdenes de servicio, darles cumplimiento o formular las observaciones a que ellas dieran lugar. Al momento del inicio de los trabajos, deberá acreditar el pago de las tasas correspondientes en el Colegio de Ingenieros antes mencionado
El Jefe de obra y/o Representante Técnico de la Empresa deberán presentar copias del pago de las matriculas habilitantes y de la tasa por Representación Técnica en el CPIAT. En caso de no hacerlo dentro de los 15 días desde la firma del contrato, los mismos serán removidos por la Inspección y la Empresa deberá presentar en un plazo no mayor a los cinco días corridos una nueva nómina de personal, con sus correspondientes tasas y matriculas al día, previo al inicio de las obras.-
El Representante Técnico se notificará de toda Orden de Servicio en el día de su fecha. También deberá tomar vista diaria del Libro en las dos primeras horas de trabajo normal de la obra dejando constancia escrita y firmada; en este acto quedará subsidiariamente notificado de toda Orden de Servicio de la que aún no se hubiese notificado.
Dicho profesional deberá comunicar a la Inspección toda vez que se ausente de la obra. En caso de que por cualquier motivo deba alejarse la obra por más de tres (3) días deberá delegar sus funciones en otra persona con sus mismas facultades, hecho que deberá comunicarse a la Inspección por medio del Libro de Comunicaciones de Empresa.
Si el Contratista optara por Representantes Técnicos diferentes para: Propuesta, Fabricación y Ejecución o Montaje, estos deberán acreditar en cada caso mediante "Curriculum Vitae" y referencias, experiencia no menor de cinco (5) años, respectivamente, como proyectistas en el tipo de suministro que se solicita, en tareas de Ingeniero de fábrica, o en el desempeño de tareas de montaje y dirección de obra.
Hasta que el Contratista no haya dado cumplimiento a cada requisito, el Departamento se abstendrá de efectuar las inspecciones que le competen sin que ello sea causal de prórroga de plazo.
Cuando la provisión de elementos sea hecha por Subcontratista, tanto el Representante en fábrica como el del montaje deberán tener relación de dependencia exclusiva con el Contratista principal y en ningún caso se aceptará que esa representación sea ejercida por personal dependiente del subcontratista.
Restricciones: el profesional designado por la Empresa, no deberá haber prestado servicios al Estado Provincial, en los inmediatos seis (06) meses previos a su designación.
Artículo 57º.- Libro de Ordenes de Servicio.
En lo que respecta a las instrucciones que el Departamento y/o la Inspección deba impartir al Contratista, se dará cumplimiento en un todo de acuerdo al Artículo 32º de la Reglamentación de la Ley General.
Artículo 58º.- Libro de comunicaciones
Además del libro de Ordenes de Servicio exigido por el Apartado 1 del Art. 32º del Decreto Reglamentario de la Ley General, el Contratista deberá presentar otro libro de las mismas características que se denominará Libro de Comunicaciones o Notas de Pedido. En dicho libro la Empresa comunicará todas las observaciones, sugerencias y pedidos que estime conveniente efectuar, las que deben ser contestadas por la Inspección mediante Orden de Servicio dentro de un plazo no mayor de quince (15) días.
Artículo 59º.- Multa por no cumplimiento de las Ordenes de Servicio
Si el Contratista no se aviniera a cumplir con una Orden de Servicio, se hará pasible cada vez, de la multa que se establecen en las Especificaciones Legales Particulares del presente Pliego, sin perjuicio de las otras medidas a que hubiere lugar.
Artículo 60º.- Permanencia de la documentación en obra
Un ejemplar de la documentación especificada en el Artículo 19 del presente Xxxxxx deberá estar permanentemente en obra a disposición de la Inspección.
Artículo 61º.- Interpretación de los documentos de Contrato.
Cuando los planos o especificaciones de contrato presenten dudas para el Contratista, éste deberá solicitar aclaración por intermedio del Libro de Comunicaciones y con una anticipación de quince (15) días a la ejecución de los trabajos afectados por dichas dudas. Las demoras que se produjeran en la marcha de la obra por tal motivo serán consideradas como causal de ampliación de plazo, de haberse cumplimentado el requisito anterior.
Artículo 62º.- Multa por incumplimiento de la resistencia características especificada para hormigones.
Cuando el Contratista ejecute hormigones que satisfaciendo las exigencias especificadas en las Especificaciones Técnicas Particulares en cuanto a resistencias mínimas. (90% bk), no cumplieran los correspondientes valores de resistencias características especificadas, se hará pasible de la aplicación de multas, las que se determinarán con arreglo a lo siguiente:
a) Se establecerá diferencia entre el respectivo precio unitario de Contrato (actualizado a la fecha en que se haya incurrido en la deficiencia) y el valor resultante de efectuar este por un coeficiente igual al cuadrado de la relación entre el promedio de los valores de resistencia características de especificado.
b) Aplicando el valor obtenido de acuerdo con el inciso precedente al volumen correspondiente al hormigón observado se obtendrá el importe de la multa, el que se deducirá del primer certificado de obra que se emita, o en defecto, de cualquier otro crédito que el Contratista tuviera a su favor pendiente de pago.
Artículo 63º.- Trabajos nocturnos y en días no laborables
Se prohíbe en obra el trabajo nocturno. Queda igualmente prohibido trabajar los días de descanso obligatorio sin discriminación de horas.
Cuando mediaren causas de urgencia justificadas, la Inspección autorizará a trabajar en los días y horas cuya prohibición establece el párrafo precedente, a pedido del Contratista y siempre que el mismo cuente con el consentimiento de las autoridades competentes.
Artículo 64º.- Pago de personal
El Contratista deberá mantener al día el pago del personal empleado en la obra, abonar íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones laborales vigentes.
Artículo 65º.- Seguro del personal de la obra
Todo personal obrero perteneciente al Contratista y/o Subcontratista deberá estar asegurado. Bajo ningún concepto se admitirá el autoaseguro.
Artículo 66º.- Seguro del Personal de Inspección de Obra
El Contratista asegurará individualmente contra toda clase de accidente y responsabilidad civil comprendiendo la inhabilitación temporaria, al personal que fiscalice la obra.
Dichos seguros serán por un monto de veinticinco (25) sueldos de cada agente y durarán hasta la recepción definitiva de la obra.
El Departamento comunicará la nómina de personal a asegurar y los cambios que ocurrieran en número o personas. El listado anterior fija la cantidad máxima de personas que estarán afectadas a la fiscalización de la obra.
El Contratista deberá entregar la póliza original dentro de los treinta (30) días corridos de comunicada la nómina del personal afectado
CAPITULO IX - TRABAJOS NO CONTRATADOS
Artículo 67º.- Trabajos no contratados, modificaciones y/o adicionales
El Departamento podrá contratar por su cuenta sin que el Contratista tenga derecho a reclamación alguna, todo trabajo que no figure en el Contrato.
Asimismo, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley General y su Reglamentación, podrá ordenar al Contratista que ejecute modificaciones o trabajos adicionales a las obras contratadas, siempre que no alteren las Bases del Contrato.
Con el fin de enmarcar interpretaciones que pudieran limitar las posibilidades de variación que prevé la ley 286 en los Artículos 7º, 33º y 34º, se establece que una alteración de las bases o términos del contrato implica necesariamente la realización de trabajos o ítems de obra de características técnicas, requerimientos de equipamiento o condiciones de ejecución o pago sustancialmente diferentes a las que integran aquéllas.
Las cláusulas particulares podrán ejemplificar, en relación con las Bases del Contrato, qué variaciones o modificaciones pueden incluirse en este concepto.
No se considerarán como alteración de las Bases las modificaciones de ítems previstos, dentro del 20% o la encomienda de la ejecución de cantidades o volúmenes de obra adicionales o disminuciones que superando el 20% en los ítems previstos, no superen, en conjunto el 20% del monto del Contrato.
Todo trabajo ejecutado sin orden del Departamento aunque necesario y no previsto en el Contrato, no será reconocido ni pagado al Contratista.
Artículo 68º.- Precios de los trabajos adicionales o ampliaciones
Para los casos de los adicionales de los volúmenes de obra contratados, regirán las disposiciones de los Artículos 33º y 34º de la Ley General y su Reglamentación.
La fijación del nuevo precio de común acuerdo, será consecuencia del derecho que le asiste tanto al Contratista como al Comitente, según se trate, respectivamente, de disminuciones o aumentos cuando estas variaciones superen el 20% de las contratadas de cada ítem.
Serán considerados como ítems, según los alcances de los artículos 33º y 34º de la Ley General, exclusivamente aquellos trabajos que figuren bajo esa denominación y enumeración en las planillas de presupuesto. Las desagregaciones o sub-ítems que en ellas se efectúen, dentro de un ítem, no serán alcanzadas individualmente por las mencionadas disposiciones.
En estos casos, el porcentaje de variación del ítem será calculado por sumatoria de las variaciones que arrojen cada uno de los sub-ítems respecto de sus montos de cotización.
Mientras no se demuestre la existencia de otros elementos que modifiquen las pautas, proporciones, rendimientos o gastos tenidos en cuenta en la oferta, el Comitente establece, para la fijación de los nuevos precios, la siguiente metodología:
a) Disminución en más de un 20% de la cantidad de un ítem contratado.
P.V.c= P.V. [ ( 1+Gd ) + (Gf * 0.80C) ] = válida para Ce< 0,80C (1+Gd+Gf) Ce
b) Aumento de más de un 20% de la cantidad de un ítem contratado.
P.V.c= P.V. [ ( 1+Gd ) + (Gf * 1,20C) ] = válida para Ce< 1,20C (1+Gd+Gf) Ce
c) Supresión total del ítem: M=GfxCxP.V.
El significado de las variables de las fórmulas es el siguiente:
P.V.c= Precio unitario o corregido de aplicación a la cantidad total ejecutada, caso a) o a la que superen el 120% de la prevista contractualmente, caso b).
P.V. = Precio unitario de contrato.
Gd = Tanto por uno de la incidencia de los gastos directos. Gf = Tanto por uno de la incidencia de los gastos generales. C = Cantidad prevista en el presupuesto
Ce = Cantidad ejecutada
M = Monto a reconocer por supresión del ítem.
Para la fijación del precio de trabajos adicionales que no posean ítems previstos en el contrato, se seguirá el procedimiento siguiente:
a) Cuando existan trabajos previstos de características iguales o semejantes a los del adicional ordenado, su precio se asimilará a las contractuales correspondientes.
b) Cuando no existan trabajos previstos de características iguales o semejantes a la del adicional ordenado se pactará un nuevo precio para los ítems a crear.
c) Aún en el caso de no llegarse a un acuerdo previo sobre el precio, el Contratista deberá proceder inmediatamente a la ejecución de los trabajos si así lo ordenara la Inspección dejando a salvo sus derechos. En este caso, se llevará cuenta minuciosa de las inversiones realizadas cuyo detalle, con aprobación o reparos de la Inspección servirá como elemento de juicio para fijar luego el precio en instancias administrativas o judiciales.
Las modificaciones que tengan origen en cambios de tipo o calidad de materiales comerciales o exigencias de calidad o terminación en los elaborados y/u obras dentro del los alcances del contrato solo darán derecho al Contratista o Comitente (según se trate, respectivamente, de aumentos o disminuciones respecto de las de Contrato) al reajuste del precio sobre la base de los análisis de precios de la oferta, y a las modificaciones del plazo, si correspondieran.
Artículo 69º.-Trabajos que ejecute el Departamento por cuenta del Contratista
En el caso que el Departamento, por deserción o negativa del Contratista, se viera obligado a ejecutar los trabajos que las disposiciones contractuales establecen a cargo del último, podrá realizarlos por administración con obreros, materiales y elementos del Contratista o propios. En este último caso, los gastos que hubiera incurrido el Departamento por tales causas, incrementados en un veinticinco (25%) por ciento, en concepto de gastos de administración y dirección serán descontados de los certificados de obra.
CAPITULO X - DE LA CERTIFICACION Y PAGO
Artículo 70º.- Normas de medición
Para la medición, liquidación de trabajos, ampliación de obra, etc, regirán las normas de medición que se establecen en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
En los casos no previstos en dichas normas o en los documentos del Contrato, el Departamento resolverá lo pertinente, con ecuanimidad y dentro de lo usual en la técnica de la Construcción.
Artículo 71º.- Obras cubiertas y trabajos de medición ulterior imposible.
El Contratista gestionará de la Inspección en tiempo oportuno, la autorización para ejecutar los trabajos que cubran obras, cuya calidad y cantidad no se podría comprobar una vez cubiertos los trabajos. Antes de proseguir con los trabajos que
cubran obras se dejará constancia del estado y medidas de tales obras y en toda otra circunstancia que se considere conveniente.
Artículo 72º.- Certificaciones
La certificación será mensual y en un todo de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 40º de la Ley General y su Reglamentación.
El Departamento efectuará la medición de los trabajos dentro de los primeros quince (15) días de cada mes en presencia del Representante Técnico del Contratista. Los Certificados se realizarán en los formularios y planillas que confeccionará éste, de acuerdo a las normas que imparta la Inspección.
La certificación abarcará los siguientes aspectos:
a) Acta de Medición
b) Certificado de Obra
c) Certificado de acopio y de desacopio de materiales
d) Certificado de variaciones de costos si correspondiera.
Artículo 73º.- Fondos de reparo
Del importe liquidado en cada una de los certificados de obra y variaciones de costos se deducirá el cinco por ciento (5%), el que se destinará a la formación del fondo de garantía de obra establecido en el Artículo 42º de la Ley General y su Reglamentación.
Artículo 74º.- Materiales de Acopio.
Siempre que las Cláusulas Legales Particulares lo especifiquen, el Contratista podrá acopiar en obra en los lugares reservados al efecto, los materiales necesarios para la construcción de la misma, ya sea en parte o en su totalidad y hasta un máximo que no exceda de las cantidades requeridas por la obra total.
Todos los materiales incluidos en los "Certificados de Acopio de Materiales" pasarán a ser considerados como de propiedad del Estado siendo el Contratista depositario de los mismos con todas las obligaciones que fija para el caso el Código Civil, quedando asimismo, bajo su responsabilidad todo cuanto concierne a su salvaguardia y buena conservación.
Asimismo, y en caso de materiales posibles de ser afectados en su calidad o en cantidad por el transcurso del tiempo, su ritmo de acopio se adaptará al Plan de trabajos adoptado. En todo caso deberá presentar un Plan de Acopios e incorporación de materiales, con el fin de prever posibles modificaciones en las cantidades de ítems.
Artículo 75º.- Confección de certificados
El Contratista confeccionará un borrador de cada certificado, estando su corrección y revisión definitiva a cargo del Departamento. El tipeado será efectuado por el Contratista.
Los certificados serán confeccionados en original y siete (7) copias y se aplicarán las cantidades medidas y consignadas en acta respectiva. El Contratista, salvo expresa indicación contraria, proveerá todo el material necesario para la confección de los certificados (planillas), formularios, etc. según modelos que indiquen los pliegos o la Inspección.
Se considerarán como fecha de cada certificado la de su conformación por el Superintendente General de Aguas. Los certificados constituirán en todos los casos documentos provisionales sujetos a posteriores rectificaciones hasta tanto se produzca la recepción definitiva de la obra.
Artículo 76º.- Importe neto a certificar y deducciones.
El monto de cada certificado se obtendrá por la sumatoria de los productos de las cantidades certificadas de cada ítem, por el correspondiente precio unitario cotizado.
Del importe de cada certificado de Obra se deducirá el 5% (cinco por ciento) que será retenido por el Departamento, hasta la Recepción Definitiva, según Ley 286.
Artículo 77º.- Pago de los certificados
Se hará de acuerdo a los plazos establecidos en el Artículo 45º de la Ley General y a lo estipulado en las Cláusulas Legales Particulares.
Artículo 78º.- Gastos Generales
Todos los gastos que demande el cumplimiento de las obligaciones impuestas por este pliego y a las cuales no se hubieran establecido ítem en el Presupuesto Oficial, incluso los correspondientes a todos los trámites que se requieran para aprobación de planos, inspecciones, obtención de permisos, certificados, etc. se considerarán incluidos entre los gastos generales y prorrateados entre los precios del presupuesto mencionado.
CAPITULO XI - DE LA RECEPCION DE LAS OBRAS
Artículo 79º.- Recepción de las obras
Cuando el Contratista considere haber dado término a los trabajos motivo de este Contrato, solicitará al Departamento la recepción de la obra, la que se realizará en un todo de acuerdo a lo estipulado en el Capítulo VIII (de la Recepción y Conservación) de la Ley General.
Artículo 80º.- Recepción Provisoria.
Previo a la Recepción Provisoria de la obra, el Contratista deberá hacerse cargo del mantenimiento de los elementos proporcionando instrucción al personal del Departamento Provincial de Aguas a efectos de que luego de la Recepción Provisoria en obra pueda hacerse cargo con eficiencia de dicho mantenimiento y operación.
El primer elemento se recibirá en forma provisoria luego de cumplir con todos los ensayos, pruebas, instrucciones al personal y entrega de toda la documentación indicada.
En las Recepciones Provisorias Parciales se labrarán Actas que serán firmadas por el Representante Técnico y la Inspección del Departamento.
Artículo 81º.- Plazo de garantía
El plazo de conservación o garantía será fijado por el Pliego de Condiciones Legales Particulares. Durante el plazo de garantía el Contratista será responsable de la conservación y reparación de las obras, salvo los desperfectos resultantes del uso indebido de las mismas.
Cumplido el plazo de garantía y previa las verificaciones del caso, se labrará un acta de constancia de la recepción definitiva de la obra "Ad-referendum" de la Superintendencia del Departamento Provincial de Aguas.
En el certificado final de obra se enumerará en forma correlativa lo siguiente:
a) Monto del contrato original
b) Adicionales y trabajos complementarios ordenados al Contratista.
c) Detalle de todos los importes cobrados con cargo a la misma y de todas las deducciones aplicadas en concepto de multas y otros eventos.
CAPITULO XII - DISPOSICIONES VARIAS
Artículo 82º.- Interpretación del presente Pliego
El presente Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx debe interpretarse como una guía que oriente al proponente sobre la naturaleza de los bienes y servicios que ha de proveer y los montados que habrá que ejecutar, sin liberarlo de la obligación de entregar los elementos que se liciten en forma tal que funcionen en condiciones de explotación industrial cumpliendo perfectamente con el objeto a que se los destina.
Si aún cuando en la descripción de los suministros los trabajos que serán a cargo del Contratista se hubieran omitido detalles necesarios para la determinación de los mismos, deberán entregarse completamente terminados de acuerdo con las reglas de la técnica y conforme con los fines a que están destinados. El costo de los elementos o trabajos secundarios o menores propios de cada ítem cotizado, así
como el de los bienes y servicios cuya provisión esté expresamente solicitada en el presente Xxxxxx pero no consignada individualmente en la Planilla de Propuesta, se considerarán incluidas en los precios cotizados.
Artículo 83º.- Plazo de ejecución
El plazo de ejecución se consigna en el Pliego de Condiciones Legales Particulares y se ajustará a lo establecido en el Artículo 29º de la Ley General y su Reglamentación.
Cuando el Contratista se exceda en el plazo fijado para la ejecución de los trabajos, el Departamento otorgará la prórroga correspondiente a su solicitud siempre que demuestre que la demora se ha producido por causas que no le son imputables, en todos los casos será el Departamento quien establecerá a su juicio la procedencia de tales solicitudes.
A efectos de considerar los casos de responsabilidad por xxxx en el plazo, se tendrá en cuenta en un todo lo establecido en el Artículo 37º de la Ley General.
Cuando la finalización de las obras exceda la fecha resultante del plazo contractual y las aplicaciones de plazo otorgadas al Contratista, éste se hará pasible de la multa normada en las Especificaciones Legales Particulares del presente Pliego.
Artículo 84º.- De la rescisión.
El Contrato podrá ser rescindido por alguna de las partes cuando se configuren las causas establecidas en el Capítulo X de la Ley General.
Artículo 85º.- Aplicación de multas
Las multas establecidas por infracción a las disposiciones contractuales, serán aplicadas por el Departamento a pedido de la Inspección y su monto será deducido del importe del primer certificado que el Contratista deba recibir después de su notificación y en último término afectando la garantía de obra, quedando obligado en este último caso el Contratista a restituir el importe correspondiente.
Artículo 86º.- Subcontratistas
El Contratista ocupará únicamente los Subcontratistas que sean aceptados por el Departamento.
Artículo 87º.- Responsabilidad por subcontratos
Xxxxxx subcontrato autorizado por el Departamento eximirá al Contratista del cumplimiento de las obligaciones a su cargo.
La responsabilidad derivada de las obras subcontratadas le corresponderá como si las hubiere efectuado directamente.
Artículo 88º.- Mantenimiento de los Servicios xx Xxxxx y Drenaje Penalidades
El plan de trabajos y las provisiones de equipos deberán contemplar la finalización de trabajos por obras completas, partidores, tramos de canal o desagüe habilitables.
Deberá ponerse especial énfasis en la metodología constructiva y reservas de equipos o posibilidades de by-pass en aquellas obras singulares cuyo retraso o ejecución parcial impidan en su momento, la restitución del servicio xx xxxxx. Como norma General, deberán preverse preferentemente (donde la magnitud de los caudales lo permita) obras de conducción provisoria capaces de afrontar estas contingencias. Los mayores costos que esto origine, así como las tareas adicionales de bombeo, depresión de napa, drenaje, movimiento de suelos, impermeabilizaciones, etc. a que de lugar la presente indicación serán absorbidas en su totalidad por el Contratista según su metodología.
No obstante las previsiones anteriores, la Inspección podrá negar la apertura de nuevos frentes de trabajo u ordenar la reducción de sus alcances, cuando la proximidad de la reiniciación de la temporada xx xxxxx, la capacidad técnica demostrada por el Contratista, reservas de equipos o ritmo de obra precedente así lo aconsejen, a juicio de la Inspección.
Cuando las necesidades del servicio lleven a la Inspección a la habilitación de obras incompletas o en las que deban aceptarse exigencias menores que las xxx Xxxxxx, el Departamento tendrá pleno derecho a efectuar las reducciones de precios que estime procedentes, o la reconstrucción en un corte posterior sin que pueda el Contratista alegar descargos de su responsabilidad por el funcionamiento de tales obras.
Teniendo en cuenta la necesidad de ejecución de trabajos durante los meses de xxxxx xxx xxxxx no se considerarán como causales de ampliación las lluvias y heladas que ocurrieran durante ese lapso y que no superen:
a) El número de días de lluvia promedio mensuales en el período (Anexo meteorología)
b) El milimetraje de lluvias medio mensual promedio (Anexo meteorología)
c) El número de días de heladas (menos de 0ºC) promedio para cada mes. (Anexo meteorología).
En caso que no sea posible en la fecha prevista, la restitución del servicio xx xxxxx el Contratista se hará pasible de una multa equivalente al 1% (uno por ciento) del monto del Contrato más sus ampliaciones (según definición del Art. 19º de las Especificaciones Legales Particulares - Parte II) por cada día xx xxxx.
Las multas se aplicarán en forma automática y sin necesidad de intimación previa, descontándose directamente de las certificaciones u otros créditos que tuviera el Contratista sin perjuicio de otras acciones que pudiera emprender el Departamento.
Independientemente de las medidas legales que adopte el Departamento, en cualquier caso, el Contratista deberá prever y ejecutar todos los trabajos necesarios para restituir el servicio del canal, obra o dren en la fecha indicada o en el plazo o fecha que fije la Inspección.
Los trabajos en las condiciones citadas no dará derecho al Contratista por gastos improductivos.
Artículo 89º.- Yacimientos y Canteras
En los casos que por el tipo de obra sea necesario la explotación de canteras o yacimientos, todos los derechos que correspondiere abonar, tanto a particulares como a la Dirección de Minería, serán por exclusiva cuenta del Contratista.
Artículo 90º.- Alcances de la información contenida en los Pliegos.
La Documentación Licitatoria hace suficiente hincapié en la necesidad de obras de drenaje, desagüe, depresión de napa, control de aguas o de zonas flojas o inestables durante la construcción. En tal sentido se deja expresamente aclarado que no se aceptarán reclamos debidos a la falta de indicación de caudales de drenaje, niveles de napa o demás temas que no consten en los Pliegos o por la imposibilidad de realizar inspecciones o pruebas que se le presente al oferente cuando, durante el período de las ofertas, no pueda contar con los canales, desagües u obras de arte fuera de servicio.
En este punto, toda la documentación o datos que el Departamento pueda hacer conocer al oferente figuran en la Memoria Descriptiva con los alcances que para tal sección de la Documentación Licitatoria prevé la Ley 286.
Artículo 91º.- Permisos de Paso.
Para la construcción de caminos y desmontes dentro de propiedades privadas o fiscales, el Contratista deberá gestionar ante quien corresponda y presentar al Departamento Provincial de Aguas, antes de la formalización del inicio de obra los permisos de paso y autorizaciones correspondientes.
Artículo 92º.- Normas de Higiene y seguridad en el Trabajo.
a) Es responsabilidad del contratista el estricto cumplimiento de todas las obligaciones de:
Ley Nacional Nº 24557 – Ley de Riesgos del Trabajo Ley 19587 – Ley de Seguridad e Higiene en el Trabajo
Decretos Nº 351/76 y 1338/96 Reglamentarios de la Ley 19587
Decreto Nº 911/96 – Higiene y Seguridad en el Trabajo. Industria de la Construcción.
Resolución SRT 231/96 Resolución SRT 51/97 Resolución 35/98
Resolución 319/99 Circular SP Nº 01/98
y restantes normas de aplicación.
b) El Contratista será exclusivo responsable a su cargo y costo del mantenimiento de las condiciones de Higiene y Seguridad laboral, de la entrega de indumentaria y de todos los Elementos Protección Personal necesarios, a que está obligado por las normas antes expuestas.
c) El Departamento Provincial de Aguas (DPA), se reserva el derecho de inspeccionar sin previo aviso y eventualmente suspender tareas en el caso de que se detecten incumplimientos de la normativa o condiciones inseguras durante la ejecución de los trabajos, hasta tanto se tomen las medidas pertinentes, sin que esto genere derecho al Contratista a resarcimiento alguno ni a extensión en los plazos de ejecución.
d) Con respecto a las denuncias de accidentes de trabajo las mismas deberán ser denunciadas mediante el Formulario 2 de Denuncia de Accidente ante la ART del Contratista dentro de las 24 hs de ocurrido tal como se exige en la normativa vigente, Así mismo el Contratista deberá elevar mediante el Libro de Pedidos una copia de dicha denuncia, dentro del mismo plazo. En el caso accidentes Xxxxxx o Muerte deberá dentro de los cinco (5) días de ocurrido el accidente elevar la investigación del accidente debidamente conformada por el Responsable de Seguridad e Higiene en el Trabajo o por la ART.
e) En el mismo acto en el que se labre el acta de replanteo en las condiciones del artículo 21º del presente reglamento, el Contratista entregará mediante el Libro de Pedidos el Aviso de Inicio de Obra, debidamente sellado con el sello fechador de la ART y el listado del personal inicial de la obra con las constancias de altas selladas por la ART de cada uno de los mismos. En este mismo acto y si la obra se encontrara comprendida en la Resolución SRT 51/97 o 35/98, deberá presentar el plan de Seguridad debidamente aprobado por su ART, mediante el Libro de Pedidos.
f) El incumplimiento de cualquiera de los puntos normados en el presente artículo, dará derecho al DPA a la aplicación de las multas que correspondieran aplicar según se establece en las Cláusulas Legales Particulares.
Artículo 93º.- Visado de planos de proyecto.
No se aplicará este articulo.
CAPITULO XIII - CLAUSULAS RELATIVAS A LA FORMULACION DE LAS PROPUESTAS
Artículo 94º.- Metodología constructiva
El Oferente deberá presentar la Metodología Constructiva propuesta en base a lo especificado en este Pliego y a la visita que efectúe a la zona de ejecución de los trabajos, a los efectos de su análisis por la Comisión de Preadjudicación. En la misma se indicarán las características del equipo considerado para la realización de cada una de las tareas.
El Departamento se reserva el derecho de anular la propuesta que no cumpla con este requisito.
Artículo 95º.- Análisis de Precios
2.1.- En el acto de apertura, los proponentes deberán acompañar en el sobre de la Propuesta, por duplicado y en carpeta separada, los análisis de precios detallados de cada uno de los ítems y materiales (comerciales y no comerciales) a incorporar a la obra en un todo de acuerdo con el modelo que se adjunta.
2.2.- La eventual inadecuación de los datos contenidos en los análisis de precios, con respecto a cantidades, precios, proporciones de mano de obra, materiales, equipos, etc, normales en este tipo de obras para la ejecución conforme a las especificaciones técnicas, no justificarán modificación alguna en los precios unitarios del contrato, es decir que los precios unitarios cotizados serán invariables.
2.3.- El Departamento se reserva el derecho de rechazar los análisis de precios presentados por el proponente, pudiendo en el caso de que los mismos presenten errores, irregularidades, precios o proporciones desusadas que afecten las especificaciones xxx Xxxxxx, proceder a la anulación de la propuesta.
2.4.- Para los ítems de obra cuyo monto no alcance al 0,5% del valor de la propuesta, sin sobrepasar en conjunto el 5% de la misma, el oferente podrá omitir los correspondientes análisis de precios.
Artículo 96º.- Forma de cotizar
3.1.- Los análisis establecerán claramente en forma detallada las sumas correspondientes a: Amortizaciones e intereses, reparaciones y repuestos, combustibles y lubricantes, mano de obra más cargas sociales, materiales, transporte, gastos indirectos, gastos generales, gastos financieros, beneficios y gastos impositivos, excluido I.V.A. que se cotizará globalmente en la planilla de oferta.
3.2.- Los análisis para los ítems de obras en cuyo precio interviene el de los materiales que se incorporan a la obra o son necesarios para su ejecución, y que no sean pagados por ítem separado (cemento, áridos, incorporador de aire, postes, alambres, etc,) se integrarán con las sumas correspondientes a los mismos según modelos adjuntos. (Anexo I)
3.3.- Todos aquellos materiales para los que no se incluyan análisis de precios se considerará en el ítem, integrando el factor "Otros materiales" (Ej. clavos, alambres, separadores, estacas, etc.).
3.4.- Para los materiales no comerciales que integran ítem y cuyo precio está incluido en el de éste, se deberá presentar análisis de precios con indicación del costo de mano de obra, amortización e intereses, reparaciones y repuestos, combustibles y lubricantes, transporte, costo del material o derecho xx xxxxxxx, etc.) con que figura en el análisis de precios del ítem que integra.
3.5.- El Departamento considerará a la arena y la grava que se emplee en la ejecución de las obras como materiales no comerciales, es decir como materiales explotados directamente por el Contratista aún en el caso que éste los adquiera a terceros. Por tal motivo, vale para ésto lo indicado en el 3.3.
3.6.- Para todos los materiales comerciales que sean transportados por ferrocarril, el Contratista deberá consignar separadamente el costo de origen, el costo de las sucesivas cargas y descargas, el transporte ferroviario y el de los complementarios transportes de canteras a estación y de estación de destino a obra.
Para los restantes materiales deberá cotizarse el costo de origen, la carga, descarga, y el transporte carretero hasta el obrador. No se pagarán segundos movimientos de un mismo elemento o material.
3.7.- Los materiales fundamentales deberán figurar en las proporciones que deban o se propongan emplear, según estén ellas indicadas o no en las especificaciones.
3.8.- Los transportes deberán ser cotizados en todos los casos para la unidad de medida.
3.9.- Al costo-costo se lo mayorará uniformemente en todos los ítems con un coeficiente de paso, que consiste en un valor acumulativo que contempla:
- Gastos Directos (*)
- Gastos Generales Máx.: 15%
- Beneficios Máx.: 10%
- Gastos Financieros (*)
- Gastos Impositivos (Excl. IVA)
(*) A juicio del oferente dentro de valores que se ajusten a pautas de cotización y certificación.
ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ITEM: UNIDAD:
Equipos | ||||
Descripción | Unidad | Cantidad/Un | Costo Horario | Costo Total |
Mano de Obra | ||||
Categoria | Unidad | Cantidad/Un | Costo Horario | Costo Total |
Materiales | ||||
Designación | Unidad | Cantidad/Un | Costo Xxxxxxx | Xxxxx Total |
Transporte y fletes | Unidad | Cantidad/Un | Costo Horario | Costo Total |
Costo – costo Coeficiente de paso Total | ||||
PLANILLA DE EQUIPOS A UTILIZAR EN LA OBRA
Nº | DESIGNACION | POTENCIA | MODELO | DISPONIBILIDAD (ALQUI/PROP) |
El presente equipo estará disponible en obra en el momento que el trabajo lo requiera.
MODELO DE OFERTA
OBRA:
Señor
Superintendente General del Departamento Provincial de Aguas SU DESPACHO
El (Los) que suscribe (n)
.....................con domicilio en ........................... habiéndose presentado para la Contratación Privada / Pública (el que corresponda) de fecha para la realización
de las obras del rubro, ofrece (n) ejecutar los trabajos correspondientes a las mismas, en un todo de acuerdo con la documentación que integra el Pliego de Condiciones por la suma de ................................. (en letras) .............
(.....................en números) y de acuerdo con el formulario Oficial de la Oferta que acompaña.
Además declara que esta Propuesta
es válida por ………………….. (…..) días.
............................................
Firma y Sello del Oferente
NOTA: Las ofertas deberá ser selladas a razón de Pesos cincuenta ($ 50) en valores de la Pcia. de Río Negro en la primera foja únicamente.
Se deberá discriminar el I.V.A. actuando el Departamento como Responsable Inscripto.
MODELO DE DECLARACION JURADA
Señor
Superintendente General del Departamento Provincial de Aguas SU DESPACHO
La
firma............................................................... .................................................................
que suscribe, inscripta en el Registro de Licitadores de la Provincia de Río Negro con el número..............con domicilio real en y
legal en .......................................................declara que acepta dirimir cualquier cuestión judicial que se suscite, en los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Río Negro, con renuncia al Fuero Federal, que ha tomado conocimiento de la Ley nº 286, su Reglamentación, Disposiciones y Especificaciones Técnicas Legales Concordantes.
Saludo a Ud. muy atentamente.
...........................................
Firma y Sello del Oferente.
MODELO DE FIANZA BANCARIA PARA GARANTIA DE PROPUESTA
Señor
Superintendente General del Departamento Provincial de Aguas SU DESPACHO
A pedido de la firma.............................................................. ...........................................con domicilio
en (xxxxx y ciudad).............................................nos es grato comunicar al Departamento Provincial de Aguas de Río Negro, que este (a) se
constituye en fiador liso, xxxxx y principal pagador con renuncia del beneficio de división y excusión en los términos del Artículo 2013 del Código Civil, de las obligaciones que le imparten a la citada firma en la Ejecución de la Obra........................................según Contratación cuya apertura de propuestas tendrá lugar el día .................. siendo la presente garantía hasta la suma de pesos
............... ......................................
En consecuencia este (a) se obliga a hacer efectivo a ese Departamento Provincial de Aguas, la totalidad del monto y hasta cubrir la cantidad antes citada sin restricciones ni salvedades por la aplicación de las respectivas Cláusulas Contractuales.
La presente garantía subsistirá por todo el término de mantenimiento de la Propuesta y por la totalidad del monto sin restricciones ni salvedades, aceptando la jurisdicción de la Justicia Ordinaria de la Provincia de Río Negro, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción incluso el federal.
Se extiende la presente garantía en la Ciudad de
..............a los ..................días del mes de ........................del año dos mil ...................
.........................................................................
Firma y Sello de CONTADOR Y GERENTE
NOTA: La garantía de Propuesta debe se acompañada de un sellado por la suma que resulte a razón de pesos: seis por mil (6%.) de dicha garantía.
MODELO DE CONTRATO DE OBRA
Entre el Departamento Provincial de Aguas de la Provincia de Río Negro, representado en este acto por el Sr. Superintendente General, Ing. Xxxx Xxxx Xxxxxx, por una parte, en adelante denominado “El Departamento” y la Empresa xxxxxxxxxxx, representada por su Presidente xxxxxxxx, por una parte y en adelante denominada “La Contratista”, acuerdan en celebrar el presente contrato sujeto a las siguientes cláusulas: ---------------------------------
PRIMERA: “La Contratista” se compromete a ejecutar en arreglo a su fin, en un todo de acuerdo a lo establecido en el presente y a la documentación que se enumera en el artículo 2° de la obra denominada :”xxxxxxxxxx” sito en la ciudad de xxxxxxxxx Provincia de Río Negro. SEGUNDA: La Documentación que integran este Contrato está compuesta por: Análisis de Costos, Memoria Descriptiva, Especificaciones Legales Generales y Particulares, Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, Planilla Modelo de Propuesta, Planilla de Cómputo y Presupuesto, Planos y todo otro documento que legalmente corresponda integrar la Documentación Contractual, dicha documentación se completará con Resolución N° xxx/07, aprobatoria de Presupuesto Oficial y la presente obra. La normativa que rige el presente contrato se integra por Pliego de Cláusulas Legales Particulares, Oferta y Resolución N° xxxx/xx de adjudicación que corren agregados al Expediente N° xxxxxx-XX-XX. TERCERA “El Departamento” se obliga a pagar a “La Contratista” por la total y correcta ejecución de la obra la suma total de Pesos xxxxx ($ xxxx.-), conforme a su oferta y condiciones agregadas en el expediente Nº xxx-XX-XX, Cuerpo XX. -----------
CUARTA: “EL DEPARTAMENTO” en concepto de Anticipo Financiero y de acuerdo al Artículo N° 48 de la Ley N° 286 de Obras Públicas, anticipará un XX por ciento (%XX) del Monto Contractual que asciende a la suma de pesos xxxxxxx xxx ($ xx) lo cual se afianza mediante Póliza de Seguro de N° ..............---------------------------------------------------
QUINTA: “LA CONTRATISTA” se compromete a ejecutar la XXXX conforme a las cláusulas enunciadas en el Pliego de Bases y Condiciones por un plazo de xxs (x) meses corridos, a partir de la fecha de la firma del Acta de Inicio. -----------------------------------
SEXTA: “La Contratista” afianza el fiel cumplimiento del presente contrato mediante Póliza de Seguro de Caución en Garantía de Ejecución de Contrato N° XXXXXX, de la Compañía XXXXXXXXXXXXX, por la suma total de xxx mil xx pesos ($ xxx.-), equivalente al XXXXX por ciento (XX%) del monto contractual, monto sobre cuya base deberá tributarse el impuesto de sellos. XXXXXXX: Se deja expresa constancia de que la recepción definitiva de los trabajos, motivo de este contrato, no libera a “LA CONTRATISTA” de las responsabilidades emergentes del Artículo 1646 del Código Civil y Correlativos .--------------------------------
OCTAVA: Las partes expresan su voluntad de someterse para todos los efectos legales del presente contrato a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Río Negro, renunciando expresamente al Fuero Federal.----------------------------
NOVENA: A sus efectos se fijan los siguientes domicilios: “El Departamento” en xxxxx Xxx Xxxxxx Xx 000 y “La Contratista” en Calle xxxx N° xx, ámbos de la ciudad de XXXXXXXX- En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad xx Xxxxxx, Provincia de Río Negro, a los xx días del mes de xx de 20xx .
CONTRATACION DIRECTA 98 / 12
“DRENAJE FILTRACION CANAL PRINCIPAL – CINCO SALTOS”
ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES MATERIALES, EQUIPOS Y MANO DE OBRA
1.- Provisión de Materiales y Ensayos
Todos los materiales a emplear en las obras serán provistos por el Contratista por su cuenta y cargo y el costo de los mismos estará incluido en los precios fijados en su oferta, además, los gastos que demanden las tomas de muestras y los respectivos ensayos serán exclusivamente por cuenta del mismo.
En todos los casos, los ensayos, pruebas y análisis que se prescriben en este Xxxxxx y/o los que disponga la Inspección, serán por cuenta y cargo del Contratista.
La Inspección tendrá amplias facilidades y libre acceso a cualquier lugar de la obra o lugar de trabajo relacionado con ella, para verificar la calidad de los materiales, las pesadas, temperaturas, proporciones de las mezclas, métodos de ejecución y cualquier otra tarea que ella estime conveniente para la mejor realización de su cometido.
2.- Calidad de los materiales y de las estructuras
Estas especificaciones indican las condiciones que deben satisfacer los materiales a incorporar a las obras. En ellas, dichos materiales serán empleados en forma tal que satisfagan las pertinentes especificaciones de este Pliego, de manera de obtener estructuras bien construidas, terminadas conforme a las buenas reglas del arte y estables en conjunto y en todos sus detalles, la Inspección aprobará o rechazará dichos materiales, según corresponda, de acuerdo con los resultados de los ensayos indicados en este Pliego o dispuesto por ella, que se realicen sobre los mismos. Además, tendrá amplias facilidades para inspeccionarlos o ensayarlos, en cualquier momento y lugar, durante su preparación, almacenamiento y utilización.
Si la fuente de provisión de un determinado material aprobado, en un momento dejara de suministrar material de esas características, o si éste careciera de la uniformidad requerida, el Contratista deberá entregar material proveniente de otra fuente de provisión, previa aprobación del mismo. Los materiales que, habiendo sido aprobados, se tornaran por cualquier causa, inadecuados para el uso en obra, no serán utilizados.
En caso que para un determinado material, no se hubieran indicado las especificaciones que debe satisfacer, quedará sobreentendido que aquél cumplirá los requerimientos establecidos en las normas IRAM o de la Sociedad Americana para Ensayos de Materiales (ASTM) en ese orden, que se hallaren en vigencia en la
fecha del llamado a Contratación y/o lo que indique la Inspección de la obra oportunamente.
3.- Toma de muestras y ensayos
El Contratista a pedido de la Inspección facilitará los medios necesarios para la toma de muestras de los materiales. Asimismo entregará sin cargo alguno, muestras de todos los materiales a emplear en la obra, en las cantidades necesarias acordes con las respectivas especificaciones, o según disponga la Inspección. Los gastos de extracción, embalaje, envío, etc, de los mismos al lugar de ensayo serán por cuenta exclusiva del Contratista.
Salvo indicación contraria, el procedimiento para la toma de muestras, cantidad, envase, envío de las mismas, etc, se ajustará a lo dispuesto por las normas indicadas en este Pliego. De no estar fijadas, se lo hará según las disposiciones establecidas en las normas IRAM o ASTM, en ese orden y/o según lo indique la Inspección de la obra.
Se realizarán ensayos de aprobación y ensayos de vigilancia. Los primeros tienen por objeto comprobar si los materiales se ajustan a lo establecido en estas especificaciones. Los ensayos de vigilancia tienen por objeto verificar la constancia de las características determinadas en los ensayos de aprobación. La oportunidad y el lugar en que deben realizarse cada uno de ellos, serán los que establece este Xxxxxx, o en su defecto, lo dispuesto en las normas citadas o lo que disponga la Inspección. Los materiales serán aceptados o rechazados en base a los resultados sobre aquellos ensayos.
Salvo indicación especial de la Inspección en otro sentido, todos los ensayos se realizarán en la forma indicada en la presente documentación, en las normas IRAM o en las normas ASTM.
Cuando se indique el número de tamiz sin especificar su origen, la Inspección consultará al proyectista por escrito y una vez obtenido el informe del mismo, se indicará al Contratista a que norma responde.
Los materiales representados por las muestras no serán empleados hasta conocer el resultado de los ensayos y comprobar que aquellos cumplen lo establecido en las respectivas especificaciones.
4.- Almacenamiento de los materiales
Los materiales se almacenarán forma tal que se asegure la preservación de sus calidades y aptitudes para su uso. Los lugares elegidos serán de fácil acceso y permitirán realizar la Inspección y registro de los mismos sin dificultades y en forma rápida.
Los lugares de almacenamiento de los materiales serán previamente aprobados por la Inspección, pero ello no libera de ninguna manera al Contratista de su
responsabilidad respecto a la manutención de la calidad y aptitudes de éstos para su utilización.
5.- Materiales defectuosos
Aquellos materiales que no conformaren los requerimientos de las especificaciones de este Pliego y/o las dispuestas por la Inspección, serán considerados defectuosos y en consecuencia rechazados.
Los mismos se retirarán de inmediato de la obra. Todo material rechazado, cuyos defectos hayan sido corregidos no podrán ser utilizados hasta que la Inspección entregue la comprobación escrita correspondiente. Si el Contratista dejara de cumplir cualquiera de las condiciones que se establecen en el presente artículo, la Inspección podrá disponer efectuar el retiro y reemplazarlo.
El costo de tales operaciones será descontado de los certificados que se abonen al Contratista, del depósito de garantía o del fondo de reparo.
6.- Control del equipo de trabajo
Todo el equipo de trabajo y de control de materiales deberá encontrarse, inexcusablemente, en óptimas condiciones. Deberá haber sido sometido a la aprobación de la Inspección con la debida anticipación de acuerdo con el cronograma de trabajos y antes de la fecha de iniciación de la construcción de aquellas partes de la obra en que el equipo será utilizado. Periódicamente, durante su uso, será controlado de acuerdo con lo que determine la Inspección.
Cuando el equipo se encuentre en las condiciones establecidas en el párrafo anterior, la Inspección dará su aprobación por escrito. El Contratista facilitará y prestará sin cargo todo lo necesario para la verificación de las balanzas y equipo de pesaje de los materiales, aparatos de medida y de todo otro instrumento, maquinaria o equipo de trabajo o ensayo que se utilice en la obra.
7.- Mano de obra
El personal obrero tendrá la habilidad y experiencia como para realizar en forma adecuada el trabajo que se le encomiende. El personal dedicado a las tareas relacionadas con las estructuras de hormigón u otros trabajos especiales, tendrán suficiente experiencia como para que el trabajo se realice satisfactoriamente, el equipo de trabajo sea correctamente utilizado y la obra resulte en un todo de acuerdo a lo establecido en estas especificaciones.
El personal que a juicio de la Inspección no realice el trabajo con la habilidad necesaria, o el que dificulte la realización de la obra en las condiciones que se establecen en estas especificaciones, deberá ser retirado de dichos lugares de trabajo.
8.- Materiales constituyentes del hormigón
8.1.- Cemento
El cemento a utilizar en todas las estructuras de hormigón armado u hormigón simple, responderá en un todo a las disposiciones de este pliego, a las normas IRAM o a las normas ASTM, en ese orden.
El cemento será almacenado en depósitos que se ubicarán en lugares previamente aceptados por la Inspección, debiendo estos ser bien cerrados, secos y ventilados, con un fuerte piso suficientemente separado del terreno para que el material no reciba humedad. Los depósitos serán de dimensiones adecuadas y se construirán según planos aprobados por la Inspección.
No se permitirá el empleo de cemento que tenga más de sesenta (60) días de almacenaje en los depósitos de la obra. El Contratista encargará sus depósitos de cemento a personal competente, que llevará la contabilidad del material recibido e informará diaria y directamente a la Inspección con respecto a las cantidades en existencia, entradas, salidas, devoluciones, utilizaciones y demás asuntos pertinentes. Mensualmente el Contratista someterá a aprobación de la Inspección, las planillas demostrativas del cemento recibido, incorporado a obra, inutilizado y remanente en depósito.
Hasta el momento de su vertido en la hormigonera, el cemento queda sometido a la aceptación de la Inspección, sin que la falta de observaciones a la calidad o estado del mismo justifique la mala calidad de los morteros y hormigones que pudiera constatarse posteriormente.
El Contratista, al emplear el cemento en la preparación de morteros, hormigones, deberá ajustarse a las cantidades dosificadas para cada tipo de mezcla a emplearse en las estructuras, según las instrucciones que imparta la Inspección.
8.2.- Agregados finos
Los agregados finos deberán cumplir con las especificaciones de este pliego, y con las normas IRAM o ASTM en ese orden.
El agregado fino será almacenado en silos o depósitos adecuados que lo protejan del polvo de los fuertes vientos.
La Inspección podrá disponer la ejecución de los ensayos que considere necesarios siendo los mismos por cuenta y cargo del Contratista.
8.3.- Agregados gruesos
Los agregados gruesos deberán cumplir con las especificaciones del presente pliego, con las de las Normas IRAM o ASTM en ese orden.
Los cantos rodados deberán estar exentos de todo material desmenuzable, blando, orgánico o destructor. En caso contrario deberá procederse a su lavado hasta quedar en condiciones.
Una vez iniciadas las obras, y con la anticipación suficiente para no entorpecer la normal marcha de los trabajos, el Contratista someterá a aprobación de la Inspección la granulometría xxx xxxxxxxx a emplear teniendo en cuenta el tamaño máximo previsto para el mismo, la dosificación para cada uno de los tipos de hormigones previstos, con la debida aclaración sobre si emplea canto rodado, grado de trituración, mezcla de ambos, porcentaje de los mismos, ensayos y resultados de hormigones, etc. La aprobación de la Inspección no libera de ninguna forma la responsabilidad contractual del Contratista.
En el caso de utilizarse agregados gruesos provenientes de canteras para la preparación de los distintos hormigones, los mismos no deben proceder de rocas sedimentarias ni de conglomerados,. debiéndose pedir previamente a la Inspección la aprobación respectiva para su uso.
La piedra a triturar deberá ser completamente sana, homogénea, limpia, de grano uniforme, compacta, y exenta de mica y materia orgánica. La clasificación de la piedra triturada se efectuará automáticamente por medio de zarandeos giratorios, y otro medio mecánico que autorice la Inspección.
8.4.- Agua
El agua a usarse en la preparación de hormigones, así como en su curado, estará libre de impurezas que puedan afectarlos y cumplirá con todas las exigencias del presente pliego, con las Normas IRAM o ASTM, en ese orden.
La Inspección ordenará cuando lo juzgue conveniente, la ejecución de análisis del agua en el laboratorio de una repartición oficial, por cuenta del Contratista.
En caso de que todas las aguas de las proximidades de la obra fueran inapropiadas para su empleo en hormigones, la Inspección ordenará su tratamiento al Contratista, de acuerdo con las indicaciones que formule al respecto el laboratorio anteriormente citado, entendiéndose que el gasto que demande el proceso xx xxxxxxxxxxxx esta incluido en el ítem del presupuesto.
Durante la construcción, el Contratista deberá asegurar la provisión de agua en cantidad suficiente en las distintas partes de la obra para lo cual hará la instalaciones necesarias.
El costo del agua que se consuma en la obra será por cuenta del Contratista y se supondrá incluido en los precios unitarios de los distintos ítems.
9.- Productos Adicionales al hormigón
En la composición de morteros y hormigones no se permitirá el empleo de otras sustancias que no sean sus componentes primarios ligantes, inertes y agua, salvo expresa autorización de la Inspección.
Si la misma lo juzga conveniente, podrá permitir el uso de agentes incorporadores de aire, aceleradores de fraguado, aceleradores de endurecimiento, etc. en aquellas estructuras donde se manifieste su necesidad.
El uso de productos autorizados por la Inspección será exclusivamente a cargo de la Contratista, no recibiendo por ello pago directo alguno.
10.- Caños de hormigón armado
Los moldes ofrecerán la debida resistencia para evitar deformaciones durante la ejecución de los caños y en el período de fragüe, pudiendo la Inspección rechazarlos si a su juicio no reunen las condiciones debidas para su uso. Para la fabricación de los caños se utilizarán como mínimo. 350 Kg de cemento portland por metro cúbico de hormigón.
La mezcla deberá ser empleada dentro del menor tiempo posible rechazándose todo pastón que tenga más de 45 minutos de ejecutado. Los agregados finos y gruesos deberán satisfacer y cumplir las especificaciones xxx xxxxxx.
El cemento y el agua a emplear deberán satisfacer las exigencias establecidas al respecto en el presente pliego. Las armaduras serán colocadas dentro de los moldes en la posición exacta marcada en el plano, debiéndose efectuar las ataduras con alambre nº 16 (aproximadamente 1.6 mm de diámetro). La calidad xxx xxxxx será la indicada en el plano correspondiente.
El desarme de los moldes se efectuará con todo cuidado después de un tiempo prudencial como para que el hormigón haya endurecido suficientemente. Una vez desmoldados, los caños serán preservados del sol y del frío y se someterán a curado, por cualquiera de los métodos normales, durante un período continuo no inferior a veintiún (21) días.
La Inspección podrá exigir al Contratista la realización de las pruebas que juzgue convenientes y rechazará todo xxxx que presente roturas, fisuras, o cualquier otro defecto de fabricación
11.- Materiales férreos
El hierro forjado que se emplazará en las obras será dulce, de primera calidad, bien batido, tenaz, de grano homogéneo, sin hilos ni grietas u otros defectos, será de procedencia que apruebe la Inspección, la que podrá someterlo a todas las pruebas que crea necesarias para comprobar su calidad y resistencia.
El hierro para trabajos comunes xx xxxxxx, para soportes y/o barandas, será de la mejor calidad, de reacción uniforme, sin torceduras, grietas, hendiduras u otros
defectos, con una resistencia mínima de 37 Kg/mm2 a la tracción y un alargamiento mínimo de 20% en la dirección de la laminación. Una barra deberá doblarse en frío sin que se produzca grietas, alrededor de un cilindro cuyo diámetro sea dos veces el grueso de la barra.
El acero laminado será de grano fino color gris claro de factura homogénea, compacta y de la clase de los aceros obtenidos por el sistema Xxxxxx Siemens.
El acero a utilizarse en hormigón armado deberá cumplir con las normas IRAM.
El acero fundido para chapas de apoyo, rodillo, etc. tendrá una resistencia a la rotura mayor de 45 Kg/mm2 y un coeficiente de alargamiento superior de 10% en una barra de 5 cm de largo.
Las chapas galvanizadas onduladas serán xx xxxxxx fabricadas por el sistema xx Xxxxxx Siemens y llenarán los requisitos siguientes:
a) Xxxxxx xx xxxxxx puro
El hierro será de una composición tal que la suma de los porcentajes de las impurezas compuestas por los cinco elementos: carbono, fósforo, manganeso, azufre y silicio no pase de un total de 0,10% siendo el máximo porcentaje de fósforo permitido al 0,015% y el máximo porcentaje de azufre permitido al 0.040%.
b) Xxxxx xx xxxxxx al cobre
Tendrán un contenido mínimo de cobre de 0.20% y serán de un composición tal que la suma de los elementos carbono, manganeso, fósforo, azufre y silicio supere no más de 0,70%.
Las chapas serán del espesor indicado en los planos más el espesor de la capa de galvanizado. Las ondulaciones no serán menores de 145 milímetros ni mayores de 160 milímetros de centro a centro. La profundidad de la ondulación no será menor de 42 milímetros. Cada chapa será ondulada y al mismo tiempo punzonada automáticamente de tal manera que en todas las chapas coincidirán exactamente los agujeros. Las chapas y los bulones de unión deberán verificar las tensiones de trabajo según proyecto.
La verificación del espesor se hará pesando las chapas y comparándolas con el peso teórico. El peso promedio de un lote no deberá ser inferior en más de un 5% al peso teórico. Se rechazará toda chapa que registre una diferencia en menos superior al 10% del peso teórico.
Si el rechazo de las chapas alcanzara un 19% del lote el mismo será rechazado íntegramente.
Se tomará por lo menos una muestra de una chapa cada 50 para verificar el análisis químico xxx xxxxxx y el espesor de la chapa llenará completamente los requisitos.
El material férreo a colocar en las obras deberá cumplir con las condiciones y calidades que fijan las normas IRAM y en su defecto ASTM.
12.- Cintas de cloruro de Polivinilo (P.V.C.) Para sellado de juntas
Las cintas de cloruro de polivinilo tendrán formas geométricas (con nervaduras, acodamiento, tubulaciones), que aseguren una correcta trabazón con el hormigón y sean capaces de absorber deformaciones de las estructuras sin perder las condiciones de estanqueidad para las que haya sido diseñada la junta.
La resistencia mínima a la rotura de tracción será de 120 Kg/cm2 con un alargamiento rotura mínimo de 250%, una resistencia al corte de 60 Kg/cm2 y una dureza medida por el método SHORE de 50 a 60º después de haber sido sumergida durante 15 días en una solución de hidróxido de potasio al 5%.
La resistencia química a los agentes que atacan al hormigón deberá ser superior a la de éste.
Durante su almacenamiento, manipuleo o colocación, deberán ser preservados absolutamente del contacto con aceites, nafta, gasoil o productos similares que puedan alterar las condiciones de empotramiento en el hormigón.
13.- Alambres
El alambre xx xxxxx cumplirá con las especificaciones de las Normas IRAM y en su defecto las ASTM (EUA). Este será tenaz, de fractura gris claro y fibroso, debiendo rechazarse todo alambre que sea alternativamente duro y blando y aquel cuya fractura sea de color oscuro con una cavidad de una parte y una punta en la otra, debe poder plegarse y replegarse varias veces, sin romperse ni agrietarse. Para atadura se empleará alambre negro de una resistencia a la tensión de 250 Kg, deberá ser redondo, regular, uniforme, pulido y sin ranuras.
14.- Xxxxx xx xxxxxx galvanizado
Los xxxxx xx xxxxxx galvanizado cualquiera sea su diámetro, como asimismo las correspondientes piezas de unión curvas, codos, ramales, etc. responderán a las disposiciones vigentes en la Dirección Nacional de Vialidad para los ensayos xx xxxxx y tubos serán de aplicación las normas IRAM 2582 y 2585 o las Normas ASTM, correspondientes y/o las que tenga en vigencia la Dirección Nacional de Vialidad.
15.- Materiales asfálticos y bituminosos
Todo el material bituminoso a emplearse en obra deberá ser sólido a la temperatura ambiente, con el calor, se volverá blando y viscoso y a la temperatura de fusión de hielo no debe perder totalmente su elasticidad. En estado sólido la fractura será siempre negra lustrosa, debiendo flotar en el agua y disolverse en petróleo y esencia de trementina. Xxxxxxxx, no debe dejar residuo mayor del 1% .
Antes de usarse, deberá ser ensayado con puntas xx xxxxx piramidales que no penetrarán a la temperatura de 25ºC, más de 5 mm, con una carga de 85 a 100 gr durante 5 segundos.
Deberá tener un peso específico a los 25ºC mayor que 1; al punto de inflamación deberá ser mayor de 232ºC, ductilidad menor de 100 cm, pérdida de peso en 5 horas a 163ºC, mayor de 1%, penetración de residuo mayor del 65% y punto de ablandamiento de 46 a 52ºC.
Los betunes asfálticos diluidos en nafta serán homogéneos libres de agua y al calentarse a 175ºC no formarán espuma.
El peso específico a 25ºC será mayor que 0,9; viscosidad Furol a 93ºC de 75 a 150; el punto de inflamación mayor de 230ºC, con pérdida de peso mayor del 25% a los 163ºC durante 5 horas; penetración de residuos será menor de 120% y solubilidad mayor del 99,5%.
Los alquitranes, pinturas asfálticas, fieltros, juntas premoldeadas y mastiques se utilizarán en la construcción de juntas, serán certificados por fabricantes y proveedores y sometidos al examen y aprobación de la Inspección antes de usarse, para lo cual se presentarán con la certificación que la misma juzgue necesaria.
Las pinturas utilizadas para protección de estructuras expuestas en ambientes de humedad, de alcalinidad, acidez, salinidad o en contacto con suelos saturados de aquellos elementos, deberán cumplir las especificaciones detalladas en las Normas IRAN Nº 1197 xx xxxxxx de 1966, actualizadas en julio de 1967.
16.- Hidrófugos bituminosos
El Contratista presentará a examen y aprobación de la Inspección la lista de hidrófugos aprobados por Obras Sanitarias de la Nación del más alto índice de impermeabilidad, reservándose esta última, el derecho de efectuar las pruebas que crea conveniente, no obstante estar aprobados por la citada Repartición Nacional.
17.- Materiales no especificados
Para los materiales que no están explícitamente especificados en este Pliego, o para los cuales no se indiquen normas específicas en las especificaciones técnicas o en la documentación general a que se hace referencia, en este Pliego serán de aplicación sin exclusión alguna de las normas citadas en esta documentación, o falta de estas, las que en su reemplazo considerare aplicable la Inspección.
La Inspección podrá exigir en cualquier momento las verificaciones que juzgue necesarias para determinar la aptitud y/o comportamiento de los materiales, especificados o no, indicando asimismo el laboratorio donde deberán remitirse las muestras para ensayos, corriendo todos los gastos por cuenta del Contratista.
18.- Apoyos de neopreno
Los apoyos de neopreno, se realizarán tomando como base una placa de 8 mm de espesor, cuyas características principales exigibles serán:
Propiedades Físicas
1) Propiedades físicas orifinas
dureza (ASTM D-676)
60 ± 5
Resistencia a la tracción (ASTM D-412)
Mínimo (Kg/cm2) Alargamiento a la rotura
Mínimo (%)
2) Comportamiento bajo envejecimiento acelerado (ASTM D-573)
175
350
Calentamiento en estufa a 100º
durante 70 hs; variación de la dureza
0 ± 15
Variación de la resistencia a la
tracción. Máximo (%).
± 15
Variación de alargamiento a la rotura
Máximo (%)
- 40
3) Resistencia al ozono (ASTM D-1149, 1 ppm en vol. en el aire, 20% de
formación: 38 ± 1ºC - 100 hs)
no agrietará
4) Deformación residual por compresión (ASRM-D395); método B: 22 hs a 70º)
Máximo (%)
25
19.- Agregados:
En los casos que correspondiere los agregados podrán ser obtenidos del Río Negro, previa aprobación de la Inspección. Previamente a su acopio en el obrador, el agregado fino será lavado con agua corriente que satisfaga los mismos requisitos que el agua de amasado; sólo con autorización expresa de la Inspección podrá ser omitido el lavado previo.
En todos los casos en los que por explotación de canteras o yacimientos se deban abonar derechos tanto a particulares como a la Dirección General de Minería de la Provincia, estos serán por exclusiva cuenta del Contratista.
20.- Barandas metálicas de protección
Barandas: Serán de xxxxx xx xxxxx Siemens Xxxxxx, laminadas en caliente y espesor calibre 12 (B.G.), 2,5 mm con las siguientes características mecánicas:
Tensión mínima de rotura a tracción: 37 Kg/mm2 Límites de fluencia mínima: 24 Kg/mm2
Alargamiento mínimo en probeta de 50 mm de longitud calibrada por 12,5mm de ancho y por el espesor de la chapa: 30%.
Las xxxxxx xx xxxxx para barandas estarán cincadas por inmersión en zinc en estado de fusión. La cantidad mínima de zinc, por metro cuadrado, incluyendo ambas caras, serán de 400 gr/m2.
Postes de fijación: Serán tirantes metálicos US. STD 6" (PNU 12). Las medidas de los postes y su distribución en planta están indicadas en los Planos.
Los postes metálicos serán cincados al igual que las barandas.
Bulones: Se colocarán bulones de dos tipos, los que tendrán una resistencia mínima a la rotura por tracción de 37/Kg/mm2:
a) Para juntas solapadas
Para unir tramos sucesivos xx xxxxxxx, serán de 16mm de diámetro y 32 mm de longitud, cabeza redonda, plana y ovalado, con peso aproximado de 8,607 Kg cada 100 unidades.
b) Para fijación al poste
Será cincado de 16 mm de diámetro y de 45 mm de longitud. Este bulón de unión al poste llevará una arandela rectangular de xxxxx xx xxxxx cincado, de 4 mm de espesor mínimo con agujero ovalado, que irá colocada entre la cabeza del bulón y la baranda.
La tuerca del bulón tendrá la superficie de asiento redondeado a los efectos de asegurar un correcto ajuste sobre el ala inclinada del poste.
21.- Polietileno
Se recomienda el uso de polietileno de 100 micrones de espesor. El Contratista deberá presentar un listado de los plásticos que se expenden en plaza comercialmente aprobados y de reconocida calidad. (Para recubrimiento de elementos parabólicos).
22.- Xxxxxx xx xxxxx para armaduras
Para las estructuras en que debe emplearse acero de alto límite de fluencia conformado superficialmente, del tipo Torstahl 50, Acindar 46-B, Xxxxxxxx 50 o similares, se deberá contar con la aprobación de autoridad competente en cuanto a calidad para lo cual regirá el Decreto nº 7704 del 08.09.55 de la Municipalidad de Buenos Aires.
Deberán además verificar las siguientes características mínimas:
a) Límite de fluencia aparente mínimo 46 Kg/mm2
b) Tensión de rotura a la tracción mínima 80 Kg/mm2
c) Alargamiento total de la rotura medida sobre probeta de largo 10 veces el diámetro 10%
Cuando el límite de fluencia no se acusa directamente, se tomará como tal la tensión que produce un alargamiento total permanente de 0,2% (límite de fluencia convencional).
Los aceros que respondan a las condiciones establecidas podrán utilizarse con tensiones hasta 2.400 Kg/cm2 a tracción en elementos estructurales de hormigón sometidos a flexión. En caso de emplearse aceros de características superiores a las precedentes, se permitirá elevar la tensión admisible dentro de los límites que fijan los respectivos certificados de aprobación emitidos por autoridad competente y previa comprobación de las características mínima contempladas en dichos certificados.
La Inspección podrá a su exclusivo juicio permitir o denegar el empleo de aceros especiales de alto límite de fluencia según la naturaleza y condiciones a que estarán sometidas las estructuras, y fijación en su caso las cuantías límites, requerimiento de colocación, doblado, disposición de ganchos y anclaje, recubrimiento, empalmes, etc., así como las características de calidad que deberán reunir los hormigones de las estructuras a que se incorporen.
En ningún caso se permitirá la realización de soldaduras, o tratamientos térmicos de otro tipo, en aceros especiales cuyo límite de fluencia y resistencia a la tracción hayan sido elevados mediante tratamiento especial en frío.
Mallas metálicas soldadas.
Las mallas metálicas soldadas deberá cumplir las siguientes condiciones:
a) Estarán constituidas por xxxxxxxx xx xxxxx estirado en frío en dos capas octogonales vinculadas por puntos de soldaduras eléctricas.
b) Límite de fluencia mínimo 5.700 Kg/cm2
c) Límite de fluencia máximo 6.300 Kg/cm2
d) Alargamiento mínimo ............................. 6 %
Las mallas metálicas que sean tenidas en cuenta en el cálculo como estáticamente activas, no deberán suministrarse enrolladas, debiendo evitarse en lo posible doblados bruscos.
Cuando en los planos de proyecto se prevea el uso xx xxxxxx de determinada marca o procedencia, la Inspección podrá autorizar el reemplazo por otras mallas similares de diferente procedencia siempre que cumplan las características anteriores y hayan sido controladas y aprobadas por autoridad competente.
Condiciones generales.
Todas las xxxxxx xx xxxxx, cualquiera sea su tipo, se proveerán nuevas, bien derechas, del mayor largo que se provean en el comercio y sin torceduras. Se permitirá una ligera oxidación superficial que no haya atacado la masa de metal.
Todos los aceros deberán poderse deformar en frío para resistir el ensayo de plegado (ensayo de flexiones en frío). La luz libre del gancho formado para un plegado a 100º debe ser el doble del diámetro de la barra redonda a ensayar (para planchuela el doble de espesor).
Para los aceros conformados superficialmente la luz libre xxx xxxx, es decir el diámetro del mandril que sirve para el plegado será de 4 diámetros.
Como ensayo adicional se efectuará un doble plegado de la probeta, pero en este ensayo el mandril será de 8d y el plegado a 45º. Luego de plegadas, las probetas se sumergirán durante media hora en agua hirviente y una vez enfriadas se enderezarán hasta un ángulo de 22º. Del lado extendido no deben aparecer grietas.
En todos los casos los ensayos de plegado de los aceros especiales y convenientemente también el del acero dulce en barras circulares, deberán efectuarse en obra.. Para mallas metálicas que no deben ser dobladas, puede prescindirse del ensayo.
Los ensayos del material férreo que no están especificados en el presente pliego, se realizarán según las normas IRAM y LEMIT.
EJECUCION DE LOS TRABAJOS
1.- HORMIGON
1.1.- Generalidades
Los hormigones a emplearse en las obras estarán constituidos por una mezcla íntima de cemento portland artificial, agregados finos (arenas), agregados gruesos y agua, debiendo ser determinada previamente la proporción exacta de cada elemento mediante ensayos de laboratorio efectuados con los mismos materiales a utilizar en obra y extraídos de los acopios del contratista.
El Contratista suministrará a su costo todos los medios y aparatos que se requieran para determinar y controlar las cantidades relativas de cada material, incluyendo el agua, cemento y tamaño de cada componente de los agregados y tales medios y aparatos quedaran sujetos a la aprobación de la Inspección.
1.2.- Tipos de hormigones
La elección de las curvas granulométricas y límites, así como el tamaño máximo del agregado a utilizar y el asentamiento, serán facultad exclusiva de la Inspección, de acuerdo a la utilización del hormigón y ajustadamente a las normas estipuladas en el Reglamento CIRSOC.
1.3.- Preparación del hormigón
Todos los trabajos referentes a la preparación, elaboración, colocación, compactación y curado de los hormigones, como así también los de desencofrados, reparación y terminado de las superficies, tuberías incluidas, juntas de construcción y tolerancias del orden constructivo, se ejecutarán de acuerdo con las normas del CIRSOC, el costo de los mismos estará incluido en el precio unitario del hormigón respectivo.
El Contratista deberá especificar el equipo de extracción, lavado y clasificado de los áridos, como asimismo el equipo a utilizar para el hormigonado. La preparación del hormigón se efectuará en hormigoneras instaladas en el lugar del moldeo o en una planta central adecuada o en hormigoneras móviles de modelo aceptado por la Inspección.
No se permitirá la elaboración a mano del hormigón, bajo ningún concepto.
El costo del cemento, de los áridos (grueso y fino), del agua y de cualquier aditivo que se use estarán incluidos en el precio del hormigón respectivo. El acero se cotizará aparte.
Todas las operaciones concernientes a la fabricación del hormigón deben estar organizadas y coordinadas para obtener una producción lo más continua posible, a fin de asegurar la mejor trabazón de los diversos pastones y obtener obras monolíticas.
Los dispositivos para la provisión y medición del agua a utilizar, para la fabricación de los hormigones deben ser los adecuados para un trabajo continuo y de fácil control, no admitiéndose el empleo de mangueras para verter agua en la hormigonera.
Salvo autorización escrita de la Inspección, sólo se permitirá la elaboración y colocación de hormigones, cuando la temperatura ambiente sea como mínimo de 5ºC y vaya en ascenso. En el caso de temperaturas inferiores a la mencionada, el Contratista propondrá a la Inspección el procedimiento a emplear para evitar el efecto de éstas.
La autorización otorgada por la Inspección no releva al Contratista de la responsabilidad por los resultados. Todos los gastos adicionales que el Contratista deba efectuar para preparar y colocar el hormigón, durante intensos fríos correrán por su exclusiva cuenta.
1.4.- Encofrados
Los encofrados para contener hormigón y moldearlo a las líneas requeridas, serán empleados en cualquier parte en que fueran necesarios. Cuando el carácter del material excavado para fundar una estructura de hormigón sea tal que a juicio de la Inspección, puede acomodarse a las líneas prescritas, el uso de encofrados no será exigido.
El Contratista suministrará tanto el equipo, la mano de obra y los materiales para moldes y encofrados, como los accesorios, riendas que queden dentro del hormigón, etc. y su costo, así como el de todas las operaciones, estará incluido en el precio unitario del hormigón.
1.5.- Colocación del hormigón
El hormigón será depositado en todos los casos directamente en su posición final. Será transportado por los medios que apruebe la Inspección y que eviten en forma absoluta que el material se disgregue, en general, deberá hacerse en recipientes con capacidad suficiente a transportar un pastón de la que se utilice.
Las canaletas para el transporte por gravedad no serán permitidas, como así tampoco se permitirá depositarlo en gran cantidad en un punto, para desparramarlo a lo largo de los encofrados.
Todos los hormigones serán vibrados con vibrador de inmersión, cuyas revoluciones (r.p.m.) sean mayores de 5.000.
Todo el hormigón deberá ser colocado en presencia de la Inspección o su representante autorizado, después de haber comprobado el estado satisfactorio de la fundación y/o encofrados correspondientes.
Las superficies de hormigón existente a las cuales deba ligarse hormigón nuevo y a la superficie del hormigón reciente que haya alcanzado una rigidez que no permita considerarla íntegramente unido al nuevo hormigón que se coloque, serán
consideradas como juntas de construcción y deberán ser tratadas de acuerdo a las normas CIRSOC.
Preparadas las juntas de construcción, serán cubiertas con una capa de mortero de 15 mm de espesor de la misma composición que corresponda al hormigón sin el agregado grueso; el hormigón estará entonces colocado sobre el mortero fresco, repartido en forma de recubrir las irregularidades de la superficie.
El costo de estas capas se considera incluido dentro del precio del hormigón respectivo.
1.6.- Protección y curado del hormigón
El Contratista deberá proteger el hormigón hasta su fragüe total (28 días). Las operaciones de protección y curado del hormigón se ejecutarán de acuerdo a las normas CIRSOC y los costos estarán incluidos en el precio unitario del hormigón.
1.7.- Defectos en el hormigón
Si una vez retirados los moldes aparecieran en los hormigones, defectos como "nidos de gravas", agujeros, etc. siendo dichos defectos de poca importancia, la Inspección podrá autorizar el relleno de los vacíos con mortero de cemento, previo el tratamiento que indicará la misma, de acuerdo con las normas del CIRSOC. Pero si los defectos fueran tales, ya sea por su magnitud o por su naturaleza, que pudiera afectar las condiciones de resistencia, aspecto, etc. de la respectiva estructura, la Inspección ordenará la reconstrucción, según el caso, de parte o de la totalidad de la obra defectuosa; en ambos casos todos los gastos correrán por cuenta del Contratista.
1.8.- Terminación de las superficies de hormigón que queden a la vista
Inmediatamente después de haberse quitado el encofrado de una estructura o parte de ella, se procederá a reparar las superficies que hayan resultado con defectos de colocación o compactación o motivados por encofrados defectuosos o mal colocados. Deben emplearse métodos de trabajo que aseguren superficies lisas, libres de vacíos y sopladuras de aire.
No se admitirán, por lo tanto, ninguna clase de discontinuidades superficiales, tales como salientes, huecos u otra anomalía que signifique a criterio de la Inspección, factor de perturbación al normal escurrimiento de las aguas, debiendo el Contratista subsanar o reconstruir a su cargo las zonas defectuosas, de acuerdo a las normas del CIRSOC.
1.9.- Unión de hormigones existentes con nuevos
Siempre que un hormigón fresco deba ponerse en contacto con otro ya endurecido, o cuyo endurecimiento se ha iniciado, la superficie existente deberá ser debidamente preparada para asegurar una buena adherencia. La preparación se iniciará tan
pronto como sea posible hacerlo después de la interrupción, sin que se perjudique la calidad del hormigón colocado.
Al efecto se procederá a eliminar la lechada, mortero y hormigón poroso y sustancia extraña, hasta la profundidad que sea necesaria para dejar al descubierto el hormigón de buena calidad y las partículas de árido grueso, tratando de obtener una superficie lo más rugosa posible.
La operación indicada se realizará mediante rasqueteado con cepillo de alambre o chorro de agua a presión, de acuerdo al grado de endurecimiento del hormigón. Terminada la operación se procederá a lavar o sopletear enérgicamente la superficie hasta eliminar todo resto de materia suelta. A continuación la superficie será adecuadamente humedecida con agua, sin llegar a saturarla. Antes de colocar el hormigón se eliminará toda película o acumulación de agua que hubiese podido quedar sobre la superficie e inmediatamente, después, se colocará sobre ella, una capa de mortero de la misma razón Cemento/Arena y Agua/Cemento menor o igual que la del hormigón. La consistencia del mortero será la adecuada para que el mismo pueda ser introducido en todos los huecos o irregularidades de la superficie.
La colocación del nuevo hormigón se iniciará inmediatamente después de colado el mortero y antes de que el fraguado de éste se haya iniciado. Las armaduras existentes contarán con longitudes adecuadas para ser empalmadas con las nuevas y no estarán marcadas ni disminuidas sus secciones a causa de la demolición anterior. Las armaduras estarán libres de polvo, barro, grasa, escamas sueltas de herrumbre, aceite, pintura o toda sustancia capaz de reducir o evitar la adherencia del hormigón.
Las armaduras que en el momento de colocar el hormigón en los encofrados estuviesen cubiertas por morteros, pasta de cemento u hormigones endurecidos, se limpiarán perfectamente hasta eliminar todo resto de dichos materiales en contacto con las barras.
El costo de estos trabajos se considera incluido dentro del precio del hormigón respectivo.
1.10.- Curado y mantenimiento del hormigón
Se realizará de acuerdo a lo establecido en el Reglamento CIRSOC.
2.- DESBOSQUE, DESTRONQUE Y LIMPIEZA DE TERRENO
2.1.- Descripción de los trabajos.
Este trabajo comprende el desbosque, destronque y limpieza del terreno, dentro de los límites descritos en cada una de las especificaciones correspondientes a cada una de las obras.
Antes de iniciar cualquier trabajo de movimiento de suelos o ejecución de cualquier tipo de obra, deberá llevarse a cabo en la zona de las mismas y/o de cualquier otro
lugar que interese o haga a estas, los trabajos de desbosque, destronque y limpieza de acuerdo a estas especificaciones, extrayéndose: troncos, tocones, árboles y arbustos con sus raíces, en su totalidad, incluyéndose también la remoción de plantas y arbustos no leñosos, pastos, yuyos, cañaverales, sunchales, rastrojos, cultivos, hierbas, malezas y toda otra vegetación herbácea.
Será parte integrante de este ítem toda la remoción y traslado y reposición de alambrados, postes del tipo alambrado, telegráficos, de electrificación, etc. existentes en las zonas donde se efectúe la obra.
La limpieza será total y el terreno deberá quedar apto para iniciar los demás trabajos, en los anchos demarcados en las especificaciones de cada una de las obras que forman parte de esta Contratación.
El Contratista llevará a cabo estas tareas de limpieza con todo cuidado, evitando destruir los puntos fijos a utilizarse para referencia en la construcción de las obras. Todo mojón o estaca que, afectada por estas tareas, deba ser removida, será repuesta por el Contratista a su exclusiva xxxxx.
Los residuos que resulten de los trabajos correspondientes a este ítem, deberán ser retirados por el Contratista, bajo su responsabilidad, hasta una distancia comprendida dentro de la "Distancia Común de Transporte", entendiéndose que los costos inherentes a estas operaciones están comprendidos en los precios unitarios del mismo, aún en el caso en que se decida a quemar los materiales de la limpieza, desbosque, destronque, para lo que se formarán montones prolijos y se procederá a quemarlos completamente, cuando las condiciones sean las adecuadas.
Los montones realizados para quemar el producto de la limpieza del terreno, deberán hacerse de manera y en tal lugar, que no produzcan el menor riesgo al incendiarse. La quema se efectuará en horas que previamente deberá aprobar la Inspección. La combustión deberá ser completa y los materiales que se quemen deberán quedar reducidos a cenizas, debiendo el Contratista adoptar las medidas pertinentes para impedir que el fuego se propague a zonas fuera de los límites establecidos para la obra.
El Contratista será responsable exclusivo de todo daño a terceros que pudiera ocasionar por estas tareas de limpieza.
La quema de los productos provenientes de estos trabajos queda supeditada a la aprobación de la Inspección, la que a su exclusivo juicio definirá la posibilidad de dicha operación. En caso negativo, el Contratista, a su exclusivo cargo, debe proceder a retirar el producto de la limpieza y colocarlo en los lugares y forma previamente aprobados por la Inspección.
Cuando la obra se desarrolla en terreno de propiedad fiscal, las maderas del desbosque, destronque y limpieza del terreno, cuya utilización no esté prevista en la construcción, serán depositadas ordenadamente y acomodadas a un costado de la zona afectada, disponiendo la Inspección el destino correspondiente de las mismas.
Los materiales, elementos o productos de estas tareas, que por orden de la Inspección deban quedar como propiedad de la Sociedad, serán acopiados en las
zonas que indique la Inspección, y su custodia será por cuenta de la Contratista hasta el retiro de obra de los mismos. Dicha custodia no podrá superar en ningún caso, el período comprendido de construcción de la obra.
Fuera de las zonas de caminos, canteras, yacimientos, campamentos, etc., el Contratista sólo podrá cortar árboles y plantas, con la expresa autorización de la Inspección. Dentro de la zona de obra, la Inspección podrá disponer cuales árboles, plantas o grupos de estos quedarán en su sitio y será por cuenta del Contratista el cuidado y providencia para su conservación.
En tanto y en cuanto las necesidades de la obra lo permitan, se limitarán al máximo las zonas de desbosque. Dentro de los trabajos de este ítem, quedarán también comprendidos la limpieza y relleno de hormigueros y la de toda excavación resultante de la remoción de árboles, arbustos, etc. y posterior rellenado y apisonado de las mismas hasta obtener un grado de compactación no menor que la del terreno adyacente.
Este trabajo no será necesario en las superficies que deban ser excavadas con posterioridad para la ejecución de desmontes, préstamos, canales, etc. Esta limpieza debe dejar el terreno limpio y libre de toda vegetación, de modo que su superficie sea apta para iniciar los demás trabajos.
En cuanto al equipo empleado para los trabajos de este ítem, deberá ser previamente aprobado por la Inspección la cual podrá exigir el cambio y/o retiro de los elementos que no resulten aceptables y/o adecuados.
Todos los elementos deben ser provistos en número suficiente para completar los trabajos en el plazo contractual y ser detallados al presentar la propuesta, no iniciando el Contratista el retiro parcial o total de los mismos, mientras los trabajos se encuentren en ejecución, salvo de aquellos elementos para los cuales la Inspección extienda una autorización por escrito.
Deben ser conservados en buenas condiciones. Si se observaran deficiencias o malos funcionamientos de algunos elementos durante la ejecución de los trabajos, la Inspección podrá ordenar su retiro y/o reemplazo por otro u otros de igual capacidad y en buenas condiciones de uso.
La Inspección deberá contemplar que los trabajos comprendidos dentro de este ítem deben llevarse a cabo en el ancho mínimo compatible con la ejecución de la obra en zonas de suelos erosionables, a efectos de mantener la mayor superficie posible con la cubierta vegetal existente como medio de evitar la erosión. El mismo cuidado deberá tenerse en los lugares de instalación de campamentos, viviendas, laboratorios, etc.
La Inspección dispondrá la remoción y extracción de todo material, elementos, árboles, piedras, etc, que por sus condiciones, estado y posición, constituyan o puedan demostrar constituir, a su solo juicio, peligro para el personal, para el equipo en general o para la obra, durante la ejecución o después de la puesta en servicio de la misma.
Las tareas de desbosque, destronque, y limpieza del terreno superficial en aquellas zonas donde los suelos son fácilmente erosionables, próximos a terrenos cultivados, deberán llevarse a cabo en el ancho mínimo compatible con las especificaciones particulares de cada obra, para evitar la erosión de los mismos, y producir el menor daño posible a los sembradíos, debiendo en cada caso cumplir las instrucciones de la Inspección.
3.- EXCAVACION
3.1.- Descripción de los Trabajos
Bajo la denominación de Excavación se considerará a todo trabajo de: extracción de suelos, excavación en desmonte, construcción, profundización y rectificación de cunetas, zanjas y canales, incluyendo también la conformación y apisonado, compactado, perfilado, alisado y la conservación de: taludes, soleras, banquinas, cunetas, préstamos, yacimientos, canteras y demás superficies formadas con los productos de la excavación o dejados al descubierto por la misma. Se considerará dentro de Excavación a todo trabajo de excavación no previsto en las especificaciones de cada una de las obras.
Será parte de este ítem, y en su precio se considerará incluido, todo desbosque, destronque, limpieza y preservación del terreno en aquellos sitios que no estén previstos en otro ítem del contrato, o en esta especificación, y que solo a juicio de la Inspección corresponda efectuar por necesidades de la obra o inherentes a la misma, quedando la Contratista obligada a ello y debiendo realizar los trabajos de acuerdo a la especificación N º 2.
Una vez retirados y realizados el desbosque, destronque y limpieza se procederá al retiro de la capa de tierra vegetal superior yacente en el terreno natural (destape) cuidando que esta tierra de desecho no se mezcle con los suelos que posteriormente serán utilizados para la construcción de terraplenes, con estos materiales de destape han de formarse caballetes laterales de depósito, o se desparramarán sobre los terrenos aledaños dentro de una distancia máxima de
1.000 mts. disponiendo al respecto la Inspección. La compactación de los mismos será la normal que se obtenga como consecuencia del tránsito normal del equipo del transporte.
A continuación del destape se procederá a la excavación de la sección del canal, llegado en esta etapa.
A) Canal sin revestir: En este caso la excavación llegará hasta las dimensiones de la sección definitiva del mismo y de acuerdo a las especificaciones particulares de cada obra.
B) Canal revestido: Se llegará hasta las proximidades de las dimensiones de la sección definitiva del mismo, de acuerdo a las especificaciones particulares de cada obra.
Luego se procederá a compactar taludes y solera de la sección hasta alcanzar densidades no menores que la del terreno natural, y se procederá a perfilar y alisar los mismos hasta alcanzar las condiciones y cotas necesarias para colocar el revestimiento.
Las excavaciones de los préstamos se deberán realizar de modo que los mismos adopten formas regulares y sean conformados y perfilados cuidadosamente para permitir una exacta medición del volumen excavado.
Incluyen estos trabajos, cuando en las especificaciones no se aclare en forma explícita, el bombeo para desagote, y zanjas provisorias para desagüe. En este caso no recibirá pago alguno, estando su precio incluido en el de los ítems en que se deba recurrir a dicho/s trabajo/s para la ejecución de la obra ó trabajos que hacen a ella, y su posterior relleno y compactación hasta la densidad natural de los terrenos.
El Contratista notificará a la Inspección el comienzo de todo excavación, con anticipación suficiente, con el objeto que el personal de la Inspección y del Contratista, realicen las mediciones previas necesarias antes de iniciar los trabajos de extracción, de manera que posteriormente pueda determinarse el volumen excavado.
Dichos levantamientos deben efectuarse después que se realicen los trabajos indicados en las especificaciones Nº 2.
Si el Contratista hubiera realizado alguna excavación sin notificar por escrito a la Inspección, los volúmenes presumiblemente excavados no serán certificados ni pagados.
Las excavaciones se harán hasta la profundidad y con los taludes que fijan los planos y las especificaciones particulares de cada obra. La Inspección deberá consultar con el proyectista por cualquier modificación al respecto. No deberán efectuarse excavaciones por debajo de las cotas proyectadas ni por debajo de las cotas de desagüe que se hubieran previsto en los planos o fijados por la Inspección.
La Inspección podrá exigir la reposición de los materiales indebidamente excavados, estando el Contratista obligado a efectuar este trabajo por su exclusiva cuenta.
Los materiales provenientes de las excavaciones serán colocados por el Contratista y a su exclusivo cargo en los lugares y en las formas previamente aprobadas por la Inspección, hasta dentro de la distancia denominada "Distancia Común de Transporte"; en caso de exceder esa distancia se pagará el transporte como excedente de transporte.
Todos los depósitos resultantes de los trabajos descritos, así como de cualquier otro tipo de trabajo y excavación, deberán ser ordenados y dispuestos de tal manera que no ocasionen perjuicios a los terrenos vecinos y que presenten una apariencia final agradable que no atente contra la estética del lugar.
En ningún caso se certificará una excavación nueva de los materiales depositados y que sean producto de excavaciones ya certificadas.
El material ubicado en las zonas a ser cubiertas por terraplenes, estructuras o caminos que en opinión de la Inspección, no fuera adecuado, será retirado y ubicado según lo disponga ésta.
El Contratista será responsable de la estabilidad de todos los frentes de excavación de material suelto, formado durante la ejecución de los trabajos. A solicitud de la Inspección verificará la estabilidad de los taludes y deberá por su propia cuenta y cargo, efectuar el saneo, emparejamiento de taludes, y cualquier medida necesaria para asegurar las cotas de excavación durante la ejecución de las obras.
4.- FORMACION DE TERRAPLENES Y RELLENOS DE EXCAVACIONES
4.1.- Descripción de los trabajos
Bajo la denominación de terraplenes debemos considerar todo trabajo relacionado con la formación de los mismos, con material proveniente de las excavaciones para la formación del canal, o de préstamos, yacimientos o canteras, necesarios para la construcción de los canales, caminos y todo otro trabajo de terraplenamiento incluido o no en otro ítem del contrato, necesario para obtener las secciones previstas en la construcción de las obras que se licitan en este proyecto, de acuerdo con los planos y las especificaciones respectivas.
Incluye también la conformación, perfilado, y conservación de taludes, banquinas, cunetas, caminos, y demás superficies tomadas y formadas por los terraplenes. También incluye el relleno de acequias y lagunas, y desagües existentes en los cruces de los mismos.
Serán parte de este ítem y en su precio se considera incluido, todo desbosque, destronque, limpieza y preparación del terreno en aquellos sitios que no están previstos en otro ítem del Contrato o de esta especificación, y que a solo juicio de la Inspección corresponda efectuar por necesidades de la obra o inherentes a la misma, quedando el Contratista obligado a ella y se deberán realizar de acuerdo a lo previsto en la especificación N º 2.
Incluyen estos trabajos, cuando en las especificaciones no se aclare en forma explícita, el bombeo para desagote en aquellas zonas que fuese necesario para construir el terraplén. En este caso no recibirá pago alguno, estando su precio incluido en el de los ítems en los que se deba recurrir a dichos trabajos para la ejecución de la obra o trabajos que hacen a ella.
El Contratista notificará a la Inspección el comienzo del terraplén, con anticipación suficiente, con el objeto que el personal de la Inspección y del Contratista realicen las modificaciones previas necesarias antes de iniciar los trabajos de terraplenado, de manera que posteriormente pueda determinarse el volumen del terraplén. Dichos levantamientos deberán efectuarse una vez realizados los trabajos indicados en las especificaciones2.
Si el Contratista hubiera realizado o iniciado algún terraplén sin notificar previamente a la Inspección, los volúmenes presumiblemente realizados no serán certificados ni pagados y la Inspección a su solo juicio podrá exigir la remoción del o de los tramos ejecutados en tales condiciones o su reconstrucción en las condiciones especificadas en la documentación.
El trabajo se medirá, certificará y pagará una sola vez, sin repetición de pago, y una vez aprobados los mismos por la Inspección.
Sobre la superficie del terreno a la cual se realizó el desmonte, destronque y limpieza, según lo previsto en la especificación 2, se procederá al retiro de la capa de tierra vegetal superior yacente en el terreno natural cuidando que esta tierra de desecho no se mezcle con los suelos que se utilizarán para la construcción del terraplén. Sobre una superficie asi básicamente obtenida y compactada al 92% xxx Xxxxxxx Estándar, se colocarán capas de material suelto de espesor variable con el equipo de compactación a utilizarse, espesor que no pasará de 0.30m de modo de asegurar la efectividad del mismo. Estas capas que se formarán con el material útil de la excavación (Especificación 3) y eventualmente con el de préstamos, tendrán el sobreancho necesario para poder perfilar luego la sección definitiva. La densidad mínima exigible para estas capas de material compactado, será del 98% de la obtenida con el ensayo Xxxxxxx Estándar. Una vez realizados y aprobados los terraplenes, deberán perfilarse y alisarse la solera, taludes y banquinas de modo que se obtenga una perfecta forma geométrica de la sección transversal (incluida la del canal, lista para recibir el revestimiento) de acuerdo a estas especificaciones, a lo indicado en los planos del proyecto y/o dispuesto por la Inspección de la Obra.
Se aclara que el volumen de suelo adicional necesario para los sobreanchos mencionados y a su transporte no se medirán ni certificarán ni recibirán pago especial alguno, estando el mismo incluido en el precio unitario del presente ítem.
Durante la construcción y hasta la recepción final, el Contratista deberá proteger los terraplenes en soleras, taludes, caminos, banquinas y cunetas xx xxxxxxx a los efectos de prevenir la erosión y mantener un correcto desagüe, de tal manera que los mismos conserven permanentemente las características exigidas en estas especificaciones.
Si los trabajos se realizan durante el período de servicio xx xxxxx se efectuarán obligatoriamente (al menos dos veces) trabajos xx xxxxx de maleza en taludes, perfilado de banquinas y de ser necesario u ordenado por la Inspección, el paso xx xxxxxxx de arrastre para la extracción de vegetación acuática dentro xxx xxxxxx. Durante el período xx xxxxx se conservarán todos los taludes y soleras libres de vegetación y reparando las erosiones que se produzcan por lluvia y/o vientos. Los gastos que dichos trabajos demanden, se considerarán incluidos en el precio de contrato del ítem Formación de Terraplenes por lo que el Contratista no recibirá por ello pago directo alguno.
Si el material del terreno existente a nivel de las cotas de la superficie de asiento del terraplén proyectado, al solo juicio de la Inspección no fueran aptos, se profundizará la excavación por debajo de dicha cota hasta donde la Inspección lo disponga debiendo proveer al rellenado y compactado de acuerdo a lo especificado hasta la cota correspondiente.
Los materiales a utilizar para la formación de los terraplenes serán en lo posible los obtenidos como producto de la excavación para la formación de la sección del canal, o provenientes de préstamos y por los cuales el Contratista no recibirá pago directo alguno fuera de lo previsto en el mismo (Cláusula 3).
Las tareas descriptas quedarán definitivamente recibidas luego de producida la prueba de carga hidráulica (canal en servicio durante una temporada xx xxxxx) y el reperfilado y recomposición de taludes que fueran necesarios en los sitios que hubieran deslizado superando las tolerancias.
4.2- RELLENO DE EXCAVACIONES
4.2.1) Descripción:
El relleno de las excavaciones se efectuará con la tierra proveniente de las mismas, la que se encontrará depositada al lado de las excavaciones o donde se la hubiese tenido que transportar por exigencias propias del trabajo u orden de la Inspección, entendiéndose que si fuera necesario transportar la tierra de un lugar a otro de la obra para efectuar rellenos, este transporte será por cuenta de la Contratista.
4.2.2) Características del material:
El material a utilizar para el relleno tendrá las condiciones óptimas de humedad y desmenuzamiento que permita la correcta ejecución de los trabajos obteniéndose el máximo grado de compactación.
El contenido de humedad en el suelo, será ajustado a un valor tal que se halle comprendido entre el ochenta (80) y el ciento diez (110) por ciento del contenido “óptimo” de humedad de compactación determinado con el Ensayo Xxxxxxx.
Cuando el contenido natural de humedad del suelo sobrepase el límite superior especificado (110 % del contenido óptimo), el mismo será trabajado con rastras u otros equipos o dejado en reposo hasta que por evaporación pierda el exceso de humedad.
Cuando el contenido de humedad natural en el suelo se halle por debajo del límite inferior especificado, deberá agregarse al mismo la cantidad de agua necesaria, para lograr el contenido de humedad "óptimo" determinado con el Ensayo Xxxxxxx.
4.2.3) Forma de ejecución:
4.2.4) Descripción:
Salvo especificación en contrario, el relleno se efectuará por capas sucesivas de 0,20 m de espesor, llenando perfectamente los huecos entre las estructuras y el terreno firme, apisonando las capas por medio de pisones, manuales o mecánicos, hasta sobrepasar la clave del conducto en 0,60 m.
Para el resto del relleno de la excavación, se procederá a pasar el equipo mecánico de compactación, siempre sobre capas de material suelto que no sobrepasen los 0,20 m de espesor, cuidando que durante el proceso de compactación el contenido de humedad sea el óptimo, el cual se determinará las veces que la Inspección lo estime necesario.
Cada capa de suelo colocada en la forma especificada será compactada hasta lograr un peso por unidad de volumen del suelo seco no inferior al 95 % del resultado obtenido con el ensayo Xxxxxxx.
Constatado que los suelos han sido compactados con una humedad que no sea la estipulada, la Inspección dispondrá el escarificado de la capa y la repetición del proceso de compactación a exclusivo cargo de la Contratista.
4.2.5) Equipos:
No se impondrán restricciones respecto al equipo a utilizar, pero el mismo será el adecuado para alcanzar un grado de compactación tal que verifique el grado de compactación requerido.
4.2.6) Ensayo de suelo:
Se realizarán ensayos Xxxxxxx Standard en la cantidad que la Inspección determine a efectos de establecer el "máximo" peso por unidad de volumen del suelo seco y la humedad óptima de compactación correspondiente.
Este Ensayo Xxxxxxx se hará en el Laboratorio que indique la Inspección.
Para verificar el cumplimiento de lo especificado previamente, la Inspección hará determinaciones de "peso específico aparente", en el suelo de cada capa, en los lugares y cantidades que la Inspección determine. Estas determinaciones se efectuarán antes de transcurridos los cuatro días posteriores al momento en que finalice el pasaje de los equipos de compactación.
4.2.7) Relleno en los sifones sobre el canal principal:
Sobe el canal principal, en los sifones a construir, se deberá reconstruir la zona del canal afectado, de tal manera que el mismo quede en perfectas condiciones. Para ello, los últimos 0,10m. del relleno, se realizarán con una mezcla de suelo y cemento, a fin de darle cohesión y resistencia la suelo y evitar que éste sea “barrido” por el agua con la apertura del ciclo xx xxxxx.
4.3- TRANSPORTE DE TIERRA SOBRANTE
4.3.1) Generalidades:
La tarea consiste en la carga, transporte, descarga y desparramo de los materiales provenientes de la excavación que se consideren sobrantes.
4.3.2) Lugar de depósito:
La Inspección reconocerá una distancia media de transporte de cinco (5) Kilómetros, la que determinará un área alrededor del centro de gravedad de la zona de excavación dentro de la cual se deberán localizar los lugares de depósito.
5.- CONTROL DE LAS AGUAS DURANTE LA CONSTRUCCION
El Contratista deberá, de acuerdo a las especificaciones técnicas contenidas en la presente sección, diseñar y disponer todas las estructuras y medios necesarios para la seguridad de las obras y prever el control de las aguas cualesquiera fuera su origen, de tal manera que pueda realizarse la construcción de las obras en áreas secas.
El Contratista deberá responsabilizarse totalmente por el diseño, construcción, suministro, operación y mantenimiento de todos los elementos a utilizar con dicho método. El Contratista será totalmente responsable de todos los daños debidos a inundaciones de obras permanentes o temporarias, instalaciones de bombeo, equipo de construcción y otras instalaciones y deberá reemplazar y reparar todas las obras dañadas con la máxima celeridad.
Una vez finalizado su uso, todas las obras que sirvieron para controlar y conducir las aguas durante la construcción y que no formen parte de las estructuras permanentes deberán ser removidas totalmente.
No se efectuará pago por separado para el Control de las Aguas durante la construcción, por lo tanto el costo de: diseño, construcción, mantenimiento y remoción de obras temporarias de drenaje y/o desagüe y todos los otros costos relacionados a la obtención de áreas libres de agua para la construcción de obras permanentes, deberán estar incluidos o prorrateados en otros ítems de la Propuesta; a menos que se especifique dentro de las Cláusulas Técnicas Particulares.
6.- TRANSPORTE DE SUELOS
Este trabajo comprenderá el transporte de los materiales necesarios para la formación de rellenos, terraplenes, recubrimientos de suelos, banquinas, depósitos y demás partes de la obra que se ejecuten con suelos; de los materiales una vez elaborados, y de los productos de la excavación y destape de yacimientos hasta los sitios de depósito, cuando esos productos no se utilicen en parte alguna de la construcción.
Llámase "Distancia total de Transporte" a la longitud que media entre el centro de gravedad xxx xxxxxxxx o yacimiento utilizado para la obtención del suelo destinado a la construcción de las obras y el centro de gravedad de la zona de depósito del mismo, la que será medida a lo largo de la vía de transporte más corta posible, sea que el Contratista la utilice o no.
Se denomina "Distancia común de Transporte" a aquel trayecto para el cual las operaciones de transporte no reciben pago alguno, por estar consideradas dentro del Item "Excavación Común", distancia que será medida en igual forma que la descrita precedentemente.
Dicha "Distancia Común de Transporte" es de doscientos (200) metros salvo expresa disposición contraria de las Cláusulas Técnicas Particulares.
Cuando la "Distancia total de Transporte" fuera mayor que la "Distancia Común de Transporte", la diferencia entre ambas se computará como "Distancia Excedente de Transporte" y servirá de base para el pago del presente trabajo.
Será obligación del Contratista construir y mantener en condiciones de tránsito los accesos necesarios para efectuar el transporte de los materiales dentro de la zona de la obra.
Los daños que se ocasionen a la obra, propiedades y construcciones como consecuencia de las operaciones de transporte, deberán ser reparados por el Contratista a su exclusivo cargo, aunque los medios y recorridos utilizados para ello hubieran sido aprobados por la Inspección
CONTRATACION DIRECTA 98 / 12
“DRENAJE FILTRACION CANAL PRINCIPAL – CINCO SALTOS” ESPECIFICACIONES LEGALES PARTICULARES
Artículo 1.- Objeto de la Contratación
Con el objeto de ejercer un control de los niveles de agua en la freática de la zona afectada, deprimiendo la napa un valor mínimo como para evitar los anegamientos, se materializará un dren paralelo al Canal Principal que permita captar las filtraciones en un nivel suficientemente bajo para deprimir el nivel del agua hasta la cota deseada y conducirla hasta un punto de descarga.
Artículo 2.- Consultas de la documentación
Los planos, memoria descriptiva, presupuesto, pliego de bases y condiciones, planillas y demás antecedentes podrán consultarse en la Dirección General de Hidráulica y Saneamiento del Departamento Provincial de Aguas - Xxx Xxxxxx 000, Xxxxxx.
Artículo 3.- Presupuesto Oficial
El presupuesto oficial asciende a la suma de Pesos DOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTITRES con 46/100
ctvos. ($2.495.123,46) IVA incluido.-
Artículo 4.- Plazo contractual
Fijase en cuarenta y cinco (45) días corridos el plazo contractual para la ejecución de la totalidad de los trabajos licitados, el que será contado a partir de la fecha del replanteo, que se realizará en la forma y oportunidad determinada en el artículo 83 xxx Xxxxxx de las Cláusulas Legales Generales.
A los efectos del cómputo de los plazos establecidos en la documentación del Contrato se considerarán:
a) días hábiles: Todos los días de la semana, excluidos medios xxxxxxx, xxxxxxxx y los declarados obligatorios o inhábiles por leyes o decretos del Poder Ejecutivo de la Provincia y de la Nación.
b) días laborables: Todos los días hábiles en los que las condiciones meteorológicas permitan la realización de los trabajos, al solo juicio de la Inspección.
Se aclara que los días sábados, hábiles laborables se considerarán en todos los casos como medio (½) día laborable.
c) días: Cuando se diga simplemente "días" debe entenderse solamente días corridos.
Asimismo, se hace hincapié en que las obras a realizarse sobre los xxxxxxx xx xxxxx, deberán concluirse totalmente dentro del período xx xxxxx de servicio, que es aproximadamente de los primeros xxxx xx Xxxx a la primer xxxxxxxx xx Xxxxxx.
Artículo 5.- Apertura de las Ofertas
La apertura de las ofertas se efectuará el día 10 de Julio de 2012, a las 12hs., en la sede del Departamento Provincial de Aguas, en xxxxx Xxx Xxxxxx Xx000 xx Xxxxxx (0000), Xxx Xxxxx. Las ofertas se recibirán hasta las 12 hs. del día de la apertura.
Artículo 6.- Acopio
No se certificará ni pagará acopio de ninguna índole.-
Artículo 7.- Período de Garantía - Recepción Definitiva.
El período de garantía se fija en Doce (12) meses a partir de la fecha de recepción provisoria.
Durante el período de garantía correrá por cuenta y cargo del Contratista la reposición parcial o completa de cada uno de los conjuntos que forman las obras objeto de esta Contratación, siempre y cuando los desperfectos, deterioros o deficiencias surgidas sean atribuidas a fallas de diseño, vicios de fabricación o deficiente montaje.
Además de todos los gastos que pudieran surgir por las causas expuestas, en caso de ser necesario, se incluirá a cargo del Contratista el transporte, seguro y manipuleo desde el lugar donde se encuentre hasta la fábrica de origen, y desde ésta al lugar de instalación.
El Departamento Provincial de Aguas determinará la magnitud de los desperfectos o deficiencias, fijando asimismo el plazo máximo en que los daños deberán ser reparados. El no cumplimiento en término de dicha reparación hará pasible al Contratista de una multa diaria hasta que dé cumplimiento a lo establecido.
Cuando se anuncie algún desperfecto o deterioro se agregará al Plazo de garantías los días transcurridos desde la fecha de emisión de la Orden de Servicio por el Departamento hasta la fecha del Acta de reparación cumplida.
Finalizado el período de garantía, el Departamento otorgará la Recepción Definitiva.
Artículo 8.- Alternativas de cotización.
El oferente podrá cotizar más de una alternativa, las que deberán ajustarse al diseño de la obra y garantizar el buen funcionamiento y durabilidad de los productos propuestos, con experiencias realizadas con los mismos en situaciones análogas. El resto de la documentación licitatoria seguirá teniendo la misma validez.
La forma de medición y pago deberá responder al listado de ítems indicados en la planilla de oferta.
El oferente deberá presentar con la propuesta los análisis de precios de los ítems, totalmente detallado para posibilitar un mejor estudio de la oferta, y luego facilitar la certificación y poder calcular las variaciones de precios que tuvieran lugar.
8.1 Datos Garantizados
El Oferente garantizará que todos los trabajos, obras, suministros, materiales, equipos e instalaciones que figuran en su oferta, cumplirán con los datos y especificaciones que acompañan a la misma.
Dicha garantía se considerará asumida por el solo hecho de la presentación de su oferta acompañada de la documentación descripta en este capítulo.
Por tal razón serán desestimadas, por la Comisión de Pre-Adjudicaciones, aquellas ofertas que no contengan los datos garantizados de todos los trabajos, obras y elementos que el oferente se compromete a ejecutar y/o suministrar.
En tal sentido, las Planillas de Datos Garantizados que forman parte de este pliego deben considerarse como una guía sobre el conjunto mínimo de datos de cada elemento que el Oferente está obligado a presentar.
El Oferente deberá confeccionar las planillas adicionales necesarias e incorporar todos aquellos elementos que, aunque no figuren en el listado de este capítulo, integren su oferta.
Para cada uno de los ítems descriptos se especificará marca y calidad.
No se aceptará la expresión "o similar" u otras que no identifiquen sin lugar a dudas la marca a proveer.
Se aceptarán hasta tres marcas alternativas, las que deberán ser de calidad equivalente.
Las ofertas cuyos datos de provisión no aparezcan garantizados en la forma descripta, serán desestimadas.
Artículo 9.- Visita a obra
A efectos de que la cotización se realice sobre bases objetivas será obligatorio, como complemento de la presente documentación, que los señores OFERENTES o quienes ellos designen, procedan a visitar, previo a formular sus ofertas, los lugares donde serán ejecutados los trabajos motivo de este llamado donde se responderá sus consultas. En consecuencia, será requisito indispensable contar con la constancia escrita de haber realizado dicha visita. La firma que resulte adjudicataria no podrá efectuar reclamo alguno alegando desconocimiento de las características y naturaleza del sitio donde se ejecutarán las obras y/o tareas a realizar.
La no presentación de constancia escrita de la visita junto con la oferta, será motivo de desestimación de la misma. Se podrá reemplazar la constancia de visita a obra, por una declaración jurada de conocimiento del terreno y renuncia expresa a todo reclamo por causas motivadas en desconocimiento del mismo.
A los efectos de coordinar las visitas, se deberá contactar con el personal técnico de la delegación del D.P.A. de Cinco Saltos en el horario de 8.00 Hs. a
14.00 Hs.
Artículo 10.- Pago de los certificados
Se pagarán de acuerdo a lo establecido en la Ley de Obras Publicas (Ley Nº 286).
Artículo 11.- Seguros
11.1 Seguro de Obra
El Contratista/Subcontratista tomará a su cargo un seguro Contra Todo Riesgo, que incluya Responsabilidad Civil por daños y/o lesiones hacia terceros, que otorgue cobertura para la totalidad de las operaciones involucradas y durante toda la vigencia del Contrato. Deberá incluir los daños ocasionados por el vicio o riesgo propio de los materiales utilizados.
A tales efectos en las pólizas se deberá leer como Asegurado: Contratista y/o Subcontratista y/o Departamento Provincial de Aguas.
El original de las pólizas deberá ser entregado a la Inspección previa al inicio de los trabajos.
11.2 Seguro de la Inspección de obra.
El monto mínimo a que hace referencia el Art. Nº 66 de las Especificaciones Legales Generales es de Pesos Doscientos Cincuenta Mil ($250.000,00).-
Artículo 12.- Aplicación de la Ley Provincial N° 4.187
La presente Contratación Pública se regirá por la Ley Provincial N° 4.187, la cual reglamentó el derecho de prioridad establecido en favor de las Empresas radicadas en la Provincia de Río Negro, establecido en el Art. 98 in fine de la Constitución de la Provincia de Río Negro.
Artículo 13.- Inspección de Obra
La misma será llevada a cabo por el Profesional designado por el Departamento Provincial de Aguas y el/los sobrestantes.-
Artículo 14.- Cantidades a ejecutar
El Comitente, estará facultado para disminuir las cantidades de obra, aun superando el 20% en más o en menos, sin dar derecho a la Contratista a reclamar resarcimiento o reclamo alguno.
Artículo 15.- Multas a Aplicar
El Comitente, estará facultado a aplicar las siguientes multas:
Por incomparecencia del Representante Técnico a Suscribir el Acta de Replanteo: la multa será del 1‰ (uno por mil) del monto de Actualizado de Contrato por día.-
Por no Iniciación de los trabajos: la multa diaria será del 1‰ (uno por mil) del monto de Actualizado de Contrato.-
Por suspensión de los trabajos: la multa a aplicar diaria será del 1‰ (uno por mil) del monto de Actualizado de Contrato.-
Por no Cumplimiento de Ordenes de Servicio: será del 1‰ (uno por mil) del monto de Actualizado de Contrato por día de sanción.-
Por no entrega de materiales para equipamiento la Inspección de Obra, falta de carteles de Obra, seguros del personal de la Inspección, falta de nombramiento y/o documentación del jefe de Obra y/o Representante Técnico: del 1‰ (uno por mil) del monto de Actualizado de Contrato por día de atraso.-
Por Incumplimiento del Plan de trabajos: cuando sin mediar causa justificada, la certificación acumulada registre una disminución superior al 10% respecto de la establecida en el Plan de trabajos aprobado, se aplicará una multa en cada mes en que presente dicha deficiencia, por el equivalente a los siguientes porcentajes del Precio del Contrato:
Atraso incurrido Multa de aplicación
Hasta 10% 0,00 o/oo
Más de 10% y hasta 20% 2 o/oo (dos por mil) Más de 20% 4 o/oo (cuatro por mil)
Por incumplimientos del plazo contractual: del 3‰ (tres por mil) del monto de Contrato por día de atraso.-
Se entiende como monto de Contrato, al monto de Contrato Original más todos los adicionales aprobados al día de aplicación de la multa y sus correspondientes re determinaciones de precios calculadas según el Art. Nº 23 de las presentes especificaciones.-
Artículo 16.- Equipamiento para la Inspección
No se prevé equipamiento.
Artículo 17.- Anticipo Financiero.
En la presente contratación Directa no se otorgará anticipo financiero alguno.
Artículo 18.- Oficinas xxx Xxxxxxx.
No se prevén para este caso.
Artículo 19.- Instrucciones Generales Sobre La Forma De Cotizar
A efectos de la elaboración de las respectivas cotizaciones, los Oferentes deberán tener en cuenta que a fin de que todas las Ofertas que se reciban se encuentren en una misma base de cotización, los precios parciales y totales consignados deberán contemplar todos los componentes previsibles de costos directos e indirectos, gastos generales, beneficios e impuestos.
Los precios a ser consignados en la Carta de Presentación de Oferta, así como en las distintas planillas de cotización, estarán expresados en pesos.
Artículo 20.- Contenido de las Propuestas 20.1.- Presentación de las Propuestas
La presentación de la Oferta deberá efectuarse en paquetes cerrados y lacrados de modo que no puedan abrirse sin ser violados. En su parte exterior, en forma clara, se indicará únicamente la referencia a la Contratación y el nombre del Oferente, el lugar, fecha y hora de apertura de las Ofertas.
Los paquetes contendrán en su interior los Sobres (o paquetes) cerrados en igual forma, identificados con las leyendas "Sobre Nº 1" y “Sobre Nº 2” y el nombre del Oferente.
Las Ofertas, serán presentadas en dos (2) paquetes, el primero conteniendo el original de la Oferta y el restante conteniendo una copia. El “original” y la “copia” se entregará en forma diferenciada con rótulos de identificación precisos.
Tanto la Oferta original como la copia, deberán encontrarse firmadas al pie en todas sus fojas por el representante legal o apoderado del Oferente, con sello aclaratorio bajo cada firma.
Como disposiciones complementarias para la presentación de las Ofertas, los Oferentes deberán tener expresamente en cuenta que:
Cada uno de los Sobres incluirá un índice de su contenido.
La documentación contenida en cada uno de los Sobres deberá estar debidamente encarpetada, identificada con separadores y foliada correlativamente en el extremo superior derecho.
En caso de duda o discrepancias entre el contenido o el texto de la Oferta original y las copias, se tendrá por válido el de la original.
Toda la documentación que se presente en los Sobres de las Ofertas tendrá carácter de declaración jurada y cualquier omisión y/o falsedad de los datos aportados que se comprobase podrá ser, a sólo juicio del Departamento Provincial de Aguas causa suficiente de rechazo de la Oferta.
20.2.- Contenido del Sobre Nº 1
La documentación que debe presentar lo Oferentes dentro del Sobre Nº 1 es la que se detalla a continuación:
20.2.1.- Solicitud de Admisión
En esta Solicitud el Oferente consignará, en el orden abajo indicado:
Nombre de la Contratación para el que se solicita la admisión.
Nombre o razón social del Oferente único o de los integrantes en el caso de sociedades unidas mediante un Acta Compromiso de Vinculación entre los Integrantes del Oferente.
Manifestación expresa de aceptación de los Documentos Licitatorios y de la conformidad de su contenido.
Domicilio especial unificado en la Provincia de Río Negro, al cual se dirigirán todas las notificaciones que se practiquen al Oferente, a partir de la fecha de apertura de las Ofertas. Se indicarán asimismo los números de teléfono y fax.
Domicilios reales del Oferente único y en el caso de las sociedades unidas mediante el Acta Compromiso de Vinculación el correspondiente a sus integrantes.
Recibo original de adquisición de los Documentos Licitatorios
20.2.2.- Instrumentos de carácter general:
En el Sobre Nº 1 se incluirá la siguiente documentación legal y contractual:
a) Acta compromiso del acuerdo de vinculación entre los Integrantes
En el caso de tratarse de Oferentes con más de un integrante deberá consignarse el porcentaje de participación de cada uno de los Integrantes e indicará expresamente la responsabilidad solidaria de los mismos
b) Los Documentos Licitatorios firmados en cada folio por el Proponente y su Representante Técnico.
20.2.3.- Documentación Societaria
Fotocopia del contrato social o estatuto y sus modificaciones actualizadas a la fecha de apertura de la Contratación, debidamente inscriptos en el Registro Público respectivo.
20.2.4.- Documentación Fiscal
Constancias de inscripción en:
La Dirección General Impositiva (CUIT)
La Dirección xx Xxxxxx de la Provincia de Río Negro para el impuesto sobre los Ingresos Brutos, para los contribuyentes locales, o caso contrario, como comprendidos en el Régimen de Convenio Multilateral.
Aseguradora de .Riesgo del Trabajo
20.2.5.- Documentación Económico - Financiera
Memoria y Balance de los dos últimos ejercicios anuales cerrados y aprobados. Para el caso que a la fecha de presentación de la Oferta hayan transcurrido mas de seis
(6) meses desde el cierre del último ejercicio, el Oferente deberá incluir un informe de auditoria contable mostrando el cuadro de resultados obtenidos en los siguientes seis (6) meses desde la fecha en que operó dicho cierre.
20.2.6.- Garantía de Mantenimiento de la Oferta
Su monto mínimo deberá ser por el 1 % del presupuesto Oficial y podrá estar constituida en alguna de las formas y condiciones que se establecen a continuación.
a) En dinero en efectivo, mediante depósito en el banco extendido a nombre del Departamento Provincial de Aguas, en cuenta del Banco Patagonia, Nº 900001546, de la Sucursal Nº 250 xx Xxxxxx.-
b) Seguro de Caución emitido por una Compañía Aseguradora nacional de primera línea aprobada por el Departamento Provincial de Aguas, autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
c) Fianza bancaria o de entidad autorizada por el Banco Central de la República Argentina, pagadera incondicionalmente al primer requerimiento del Departamento Provincial de Aguas, mediante el correspondiente documento afianzando al Oferente, emitido en carácter de fiador liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión y a toda interpelación previa al deudor principal, en los términos del Artículo 2.013 del Código Civil y del Artículo 480 del Código de Comercio.
Las garantías de mantenimiento de Ofertas deberán ser otorgadas a entera satisfacción del Departamento Provincial de Aguas, el cual deberá prestar conformidad con los documentos que la instrumenten y con las instituciones y personas que las otorguen.
Las garantías de mantenimiento de Oferta de los Oferentes, serán devueltas una vez que el Adjudicatario haya constituido la Garantía de fiel cumplimiento del Contrato, previa presentación de una solicitud por escrito en tal sentido por parte de aquellos.
20.2.7.- Propuesta Técnica
Deberá contener los siguientes elementos:
a) Conocimiento del Trabajo a realizar
El oferente deberá presentar una memoria descriptiva en la que se muestre que ha tomado un conocimiento acabado de las obras a inspeccionar, sobre la base del conocimiento del emplazamiento y la consideración de la información puesta a disposición por el DPA.
b) Metodología
El Oferente deberá presentar una descripción detallada y concreta de la metodología que propone para encarar la realización de los diferentes trabajos incluidos en la presente contratación.
c) Plan de trabajos
El oferente deberá presentar indefectiblemente el plan de trabajos que utilizará para la ejecución de la obra dentro de la oferta, el cual quedará aprobado, con los cambios o modificaciones que propongas el comitente, con la notificación a la empresa correspondiente de que ha sido adjudicataria de la obra.
d) Antecedentes empresarios
El Oferente deberá presentar sus antecedentes correspondientes a la prestación de servicios de características similares a los que son objeto de esta contratación indicando contrato o actividad y comitente para quien fue desarrollada. Solo se considerarán aquellos antecedentes que se acrediten mediante copia de contrato o similar. La falta de las copias de contrato y/o orden de compra hará que la/s misma/s no sea/n tenida/s en cuenta, sin dar derecho a reclamo alguno por parte del oferente.-
e) Organización para la Ejecución de los Trabajos – Organigrama
El Oferente deberá presentar un organigrama de la estructura propuesta que garantice aptitud y calificación para desarrollar satisfactoriamente todas las tareas a realizar.
f) Información adicional
Cualquier otra documentación que el Oferente considere conveniente agregar para una mejor interpretación de su propuesta técnica de Oferta.
20.3.- Contenido del Sobre Nº 2
En el Sobre individualizado en su exterior como Nº 2, los Oferentes integrarán, la documentación que se detalla a continuación:
a) La Carta de Presentación de Oferta. Su redacción debe ajustarse al texto del modelo que se incluye en el Anexo II de estas Instrucciones a los Oferentes.
b) La Oferta Económica., que se confeccionará y completará según lo indicado en las presentes Instrucciones a los Oferentes.
20.4.- Presentación de las Ofertas
La Contratación se regirá por el sistema xx xxxxx sobre.
Las Ofertas (Sobres Nº 1 y Nº 2), serán recibidas hasta la fecha y hora indicadas en el aviso de llamado a Contratación. Con posterioridad a dicha fecha y hora no se recibirá ninguna Oferta.
La presentación de las Ofertas se efectuará en el domicilio que el Departamento Provincial de Aguas haya indicado en el aviso de llamado a Contratación o en el que oportunamente se comunicare a los Adquirentes mediante Circular, donde asimismo tendrá lugar el Acto de Apertura, 1 (una) hora después de cumplido el término para dicha presentación.
Artículo 21.- Firma del contrato y Acta de inicio de obra
Debido a que por la presente Contratación Directa se ejecutará una obra que reviste el carácter de emergencia, se pretende acortar todos lo plazos administrativos para el pronto inicio de las obras, por lo cual una vez notificada la empresa adjudicataria la misma contará con cuatro (4) días hábiles para presentarse a la firma del contrato. De no ser así se le desadjudicará la obra, adjudicando la misma a la empresa que figure en segundo lugar en el acta de pre-adjudición elaborada por el comitente.
Tal como se expresa en el artículo 22º de las E.L.G., una vez firmado el contrato, la Contratista tendrá cuatro (4) días hábiles para concurrir a suscribir el Acta de Replanteo de la Obra y dar comienzo de inmediato con los trabajos contratados. De no cumplir con dicho plazo podrá ejecutarse la rescisión del contrato.
Artículo 22.- Capacidad técnico - financiera
La empresa adjudicataria deberá presentar al momento de la firma del contrato el certificado de habilitación asignado por el Consejo de Obras Públicas de Río Negro que deberá estar encuadrado dentro de las especialidades Nº VIII – Hidráulica, y Nº X- Obras de Arte.
Artículo 23.- Cláusulas Para Revisión De Precios 1º.- Generalidades
1.1. La Contratista será la encargada de presentar una propuesta de re determinación de precios, que será analizada y verificada por el Departamento, en el marco del Decreto Nº 686 y modificatorio Nº 1013.
1.2. La revisión de precios del Contrato se realizará trimestralmente, y los nuevos precios regirán para el período siguiente al de cada determinación y para el saldo pendiente de ejecución, permaneciendo fijos e inamovibles por dicho lapso, salvo que durante dicho período la variación total del contrato alcance un valor superior al (12%) doce por ciento, en cuyo caso se anticipará la revisión de los precios a ese momento, a partir del cual tendrá vigencia por un nuevo período trimestral.
1.3. El método de cálculo para la determinación de nuevos precios se basará en la variación en concepto de mano de obra, materiales, combustibles, lubricantes, y amortización e intereses de equipos que se aplique a los análisis de precios presentados para cada uno de los ítems de obra determinados.
1.4. El Contratista deberá presentar un plan de trabajos con los análisis de precios para materiales comerciales y no comerciales y obras, que se incluirá en la propuesta.
1.5. Las fechas de redeterminación de precios deberán preceder o coincidir con las establecidas en los planes de trabajo para la realización de la tarea correspondiente. Si el Contratista fuere el único responsable del atraso o paralización de las obras, sin perjuicio de las multas que le correspondan, se establece que las liquidaciones que deban efectuarse, se harán considerando los valores que rijan a las fechas en que las tareas debieron ejecutarse de acuerdo con lo previsto por el plan de trabajos aprobado por el Departamento.
1.6. Para establecer el cambio de los precios básicos se utilizarán las tablas que, publica el Consejo de Obras Públicas de la Provincia de Río Negro (C.O.P.) y /o utilizarse además los valores informados por el Instituto Nacional de Estadística INDEC.
2º.- Normas de liquidación
2.1. Mientras no se indique de otro modo en las cláusulas legales particulares, los valores básicos de los parámetros de reconocimiento serán los correspondientes al mes en curso que se realice la apertura de la Contratación.
2.2. Los parámetros a utilizar en la redeterminación de precios surgirán de los rubros característicos utilizados en los análisis de precios presentados en las ofertas y que en lo posible se ajustarán a los publicados en las tablas publicadas por el C.O.P. así como el material cuya variación asimilar.
Cuando por falta de afinidad fuera necesario incorporar algún parámetro distinto de los previstos, se solicitará al C.O.P. la incorporación en la planilla de su publicación, o tomar en consideración un material afín de dicha tabla o de las publicadas por el INDEC, previa conformidad del Contratista y Comitente.
Las redeterminaciones de precios se calcularan aplicando ordenadamente las variaciones respectivas a cada uno de los precios origen de cada rubro (mano de obra, transportes, manipuleo, amortizaciones, reparaciones, etc.) cotizados en los análisis de cada ítem. Practicadas las sumas respectivas darán los nuevos precios unitarios, que aplicados a las cantidades de obra ejecutada en el período considerado dará como resultado el monto reformulado a reconocer.
2.3. Las variaciones de precios para los materiales no fundamentales agrupados en cada análisis de precios como “Otros Materiales”, se liquidarán multiplicando por un coeficiente de variación promedio de los materiales principales del ítem considerado.
2.4. Para la redeterminación de la mano de obra serán reconocidas las variaciones de jornales dispuestas por los convenios colectivos generales y zonales de trabajo. Igualmente se reconocerá los beneficios sociales sobre estas variaciones que se produzcan en los mismos.
3º.- Precios de referencia
Se detallan a continuación la fuente de información para algunos insumos principales:
3.1. Amortización de Equipos: Se aplicará la variación de la apertura Máquinas y Equipos del IPIB Cuadro 3.2. por principales aperturas y variaciones porcentuales para distintos períodos. Nivel General Productos Nacionales o Importados posición 29, informado por el INDEC.
3.2. Costos Financieros: Se aplicará la variación de la tasa Nominal Anual Activa a 30 días del Banco de la Nación Argentina, considerado para cada mes calendario los valores vigentes el día quince o en su defecto, el día hábil posterior.
3.3. Gastos Generales: Se aplicará la variación de la apertura Gastos Generales del ICC Cuadro1.4 por capítulo y variaciones porcentuales para cada período, informado por el INDEC.
3.4. Transportes: Se aplicará la variación de la Subapertura Transporte del Índice de Precios al Consumidor, Cuadro 4 Apertura 6 Transporte y Comunicación, informado por el INDEC.
Artículo 24.- Cálculo estructural
La Contratista será la única responsable por el cálculo y/o verificación estructural de todo tipo de estructuras, ya sean de hormigón Armado, Acero u otro material.
Todo cálculo deberá ser firmado por un profesional, con título y matricula habilitante al día y deberá ser visado por el Colegio correspondiente.
Todos los gastos que esta tarea ocasione, será por cuenta y cargo de la Contratista y no dará derecho a resarcimiento o reclamo alguno.-
ANEXO I: MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN DE OFERTA
Viedma,…... de............ 20....
Señor
Superintendente General
del Departamento Provincial de Aguas de la Provincia de Río Negro
Ing. Xxxx Xxxx Xxxxxx
REF.: Presentar Oferta económica para la Contratación Pública Nº / 12. Obra:.............................
De nuestra mayor consideración:
En nuestra condición de Oferente, integrado por
……………………………………………………………………………………………. representada por el que suscribe en su carácter de Representante Legal, se dirige al Señor Superintendente General para manifestarle que, en caso de resultar adjudicatario de las obras de la Contratación Nº /0…, nos comprometemos a realizar la obra....................................................... por los precios que se indican a continuación, en los que están comprendidos todos los trabajos requeridos en el Contrato en las condiciones establecidas en los Documentos Licitatorios para la Oferta
Precio total por................................................................ ...
Pesos................................................................................... ($ )
Sin perjuicio de lo anterior, nos damos por expresamente notificados sobre que cualquier modificación al texto del presente modelo de Carta de Presentación de Oferta será suficiente causal de rechazo de nuestra Oferta.
Por último, declaramos que hemos tomado acabado conocimiento y aceptado en todos sus términos lo establecido en los Documentos Licitatorios.
Saludamos a Ud. con nuestras más distinguidas consideraciones.
Firma Aclaración
Carácter del Firmante
Autenticación por Escribano Público
CONTRATACION DIRECTA 98 / 12
“DRENAJE FILTRACION CANAL PRINCIPAL – CINCO SALTOS” MEMORIA DESCRIPTIVA
INTRODUCCION
El crecimiento urbano la ciudad de Cinco Saltos llevo a que varios barios se desarrollaran a la vera del Canal Principal xx xxxxx, con el inconveniente que ese acercamiento trajo aparejado inconvenientes en el elevado nivel de la napa freática y anegamientos de los suelos incompatibles con el uso urbano.
La obra del Canal Principal xx xxxxx del Alto Xxxxx se inicia en el año 1910 con la construcción del Dique regulador “Xxxxxxx Xxxxxxxxx”, xx xxxxxxx xx xx Xxxxxxxx y el Umbral Desviador de avenidas al lago Xxxxxxxxx. Para el año 1928 termina la construcción del canal llegando en su recorrido a la zona xx Xxxxx Xxxxxx y Chichinales, cubriendo de esta forma una longitud total de 130 km.
El canal fue concebido en su diseño original en tierra compactada y ha recibido a lo largo de su existencia tratamientos o revestimientos de distintas características, realizándose los mismos por tramos.
En el tramo de canal que comprende a Cinco Saltos específicamente en el año 1986 se realizo un tratamiento de revestimiento con una membrana de polietileno enterrada sobre el talud derecho del canal en un tramo de 1,6 km aguas arriba xxx xxxxxx de la calle Xxxxxxxx. Posteriormente en el 2002 se intervino el canal con un tratamiento de impermeabilización con suelo seleccionado sobe solera y talud izquierdo unos 0,7 km sobre el mismo tramo anterior, siempre aguas arriba xxx xxxxxx de la calle Xxxxxxxx.
En el año 2001 se realizo también sobre otro tramo del canal una impermeabilización mediante un revestimiento con hormigón simple en taludes y membrana de polietileno en solera en un tramo de 0,8 km aguas abajo xxx xxxxx de la calle Xxxxxxxx.
Sin embargo en los últimos diez años se viene registrando problemas de anegamientos sobre los barios Xxxxxx y Cañón comprendidos entre las calle México y Xxxxxxxx, xxxx en correspondencia con el tramo del canal que recibió tratamiento de impermeabilización en talud derecho con membrana de polietileno enterrada, como también trabajos de impermeabilización en solera y talud izquierdo con suelo seleccionado (impermeable). Dichas obras de impermeabilización, fundamentalmente la de la membrana han sufrido deterioros puntales producto de las sucesivas limpiezas anuales de extracción xx xxxx, la construcción del nuevo puente de la calle México y en general el recrecimiento de banquinas realizado en el canal en los últimos tiempos (10 años) a raíz de la mayor demanda de caudal requerido para riego de toda el área del Alto Xxxxx, que hizo que aparecieran
importantes filtraciones en el canal, caracterizadas de ser puntuales de difícil localización que alimentan y recargan a la napa freática
OBJETO DEL PROYECTO
Con el objeto de ejercer un control de los niveles de agua en la freática de la zona afectada, deprimiendo la napa un valor mínimo como para evitar los anegamientos, se materializará un dren paralelo al Canal Principal que permita captar las filtraciones en un nivel suficientemente bajo para deprimir el nivel del agua hasta la cota deseada y conducirla hasta un punto de descarga.
ANTECEDENTES Y SITUACION ACTUAL
Un importante antecedente al proyecto que justifica fuertemente su ejecución son los anegamientos producidos por el elevado nivel freático que llega a niveles superficiales de calles y patios, en los barrios Xxxxxx y Cañón que están a la vera del Canal Principal de la localidad de Cinco Salto, debido a filtraciones del mismo en época xx xxxxx.
El Municipio debió actuar ante el deterioro producido en las edificaciones, en el control del nivel freático mediante tres perforaciones que necesitan bombeo continuo, esto es sobre otro sector de la ciudad que comprende la calle Paraná y sus alrededores.
Se realizo un estudio exhaustivo del área afectada mediante la realización de estudios topográficos del relieve natural, estudios geotécnicos realizando sondeos para determinar las características estratigráficas y propiedades físico químicas de los suelos que componen los estratos donde se producen los escurrimientos y por ultimo se instalaron en esos sondeos freatímetros constituidos por caños de PVC ranurado, cubierto con filtro granular para monitorear los niveles de agua. Estos trabajos fueron contratados en el año 2011 a la consultora GEOCONSULT.
Del análisis de la información relevada y los antecedentes del problema muestran claramente que el canal alimenta la freática de toda la zona lindera, generando los problemas de anegamiento mencionados.
El material presente en la solera del canal es de baja permeabilidad, por lo que las filtraciones a través el mismo, si bien existen, se pueden considerar bajas y consecuentemente su contribución al problema puede estimarse como de menor importancia que las del resto del canal.
Las filtraciones mas importantes son las que se dan a través de la banquina derecha, donde los suelos arenosos presentes son bastantes permeables y pueden por otra parte ser erosionados cuando no se tiene un control efectivo de esas filtraciones.
Si bien en un momento pasado se revistió ese talud (margen derecha) con membrana de PVC, se observa que la misma presenta roturas en numerosos puntos
y por otra parte también se produjo una elevación del nivel del agua en el canal (al requerirse un mayor caudal xx xxxxx para toda la zona del Alto Xxxxx), lo que hizo que ésta alcance zonas no revestidas del talud favoreciendo el incremento de las filtraciones.
Atento a todo lo investigado se concluye que una solución de fondo consiste en la colocación de un revestimiento del canal que resulte efectivo y permanente para impedir cualquier filtración desde el mismo. La solución de mayor garantía es la de un revestimiento de hormigón de características similares a la implementada en el xxxxxx xxxxx xxxxx del tramo en estudio. (Tramo de 0,8 km de longitud aguas abajo xxx xxxxxx de la calle Xxxxxxxx)
DESCRIPCION DEL PROYECTO
Para la definición de las características del dren y de su efectividad en la depresión se decidió realizar una modelación de flujo en el terreno. En el modelo se buscó producir un abatimiento en el punto del dren que garantizara un mínimo de 0,50 m de depresión en cualquier otro punto del terreno. Esto se logró con una cota de agua de 2 m bajo el terno natural en el sitio de ubicación del dren.
Para estas condiciones se calculó el caudal filtrado, el que resulto 0,028 litros/seg x m, lo que para un tramo de aproximadamente 1.000 m de longitud da un caudal total acumulado de 28 litros/seg.
Para materializar el dren, de acuerdo con los resultados obtenidos en el modelo, se diseño una zanja drenante de 2,5 m de profundidad, dentro de la cual se ubica un dren colector constituido por un conducto de PVC ó PEAD ranurado, revestido con material granular drenante y geotextil para filtro entre este último y el terreno natural.
El conducto que conducirá el caudal calculado a pelo libre, se colocará con una pendiente de 0,05% y será de PVC ó PEAD de diámetro nominal DN = 355 mm tipo K4. Es requerido que la cota inferior del dren este en el entorno de 286,5 a 287 m.
La descarga es conducida por gravedad mediante el mismo xxxx desde la calle México e intersección calle Sargento Xxxxxx en dirección Oeste – Suroeste, unos 600 metros para descargar en el canal Colector P1
SECCION TIPICA DRENAJE
(1) Xxxx PVC ó PEAD DN=355
(2) Cama material granular
(3) Dren material granular
(4) Relleno suelo natural
(5) Getextil
CONTRATACION DIRECTA 98 / 12
“DRENAJE FILTRACION CANAL PRINCIPAL – CINCO SALTOS” ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES
1- GENERALIDADES
Todos los trabajos que deban realizarse a efectos de concretar la obra a entera satisfacción del COMITENTE, estén o no descriptos en el presente Pliego de Bases y Condiciones, deberán ser ejecutados por el CONTRATISTA siguiendo las instrucciones que la Inspección imparta "in situ".
Los trabajos se realizarán conforme a la documentación gráfica y escrita adjunta al presente Pliego de Bases y Condiciones.
2- DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS
Con el objeto de ejercer un control de los niveles de agua en la freática de la zona afectada, deprimiendo la napa un valor mínimo como para evitar los anegamientos, se materializará un dren paralelo al Canal Principal que permita captar las filtraciones en un nivel suficientemente bajo para deprimir el nivel del agua hasta la cota deseada y conducirla hasta un punto de descarga
3- RELEVAMIENTO PREVIO
Como tarea previa al efectivo inicio de los trabajos de construcción, el CONTRATISTA deberá materializar mediante estacas y puntos fijos una poligonal base fuera de los límites de alcance de los trabajos y obras. A partir de ella, se levantarán perfiles transversales, con una separación aproximada de 50 m.
Tales trabajos permitirán ajustar el proyecto definitivo y realizar el cómputo final de los ítems que forman parte de la obra.
La característica, densidad y precisión de los relevamientos antes citados, serán fijadas por la Inspección, y tendrán al menos similares estándares a los empleados para la confección de los proyectos que se licitan. Esta información deberá volcarse en planos en escala 1:1000 para la planta y 1:100 para los perfiles topobatimétricos, los cuales serán entregados a la Inspección con una anticipación mínima respecto a la fecha de iniciación de los trabajos de 10 (diez) días.
El dibujo de la totalidad de los planos deberá realizarse mediante programas de diseño asistido por computadora CAD, totalmente compatibles con AUTOCAD V2007/WIN Los archivos correspondientes se presentarán en extensión DWG y DXF en soporte magnético (CD Discos Compactos).
Todos los planos deberán dibujarse de acuerdo con las indicaciones de la última edición del Manual de Normas de Dibujo Técnico IRAM.
El rótulo de los planos y las leyendas de los mismos, serán previamente aprobados por la Inspección
De la documentación gráfica definitiva, aprobada por la Inspección, se presentarán tres copias en papel tipo “bond”. Conjuntamente con los planos, deberá presentarse una planilla con las coordenadas y cotas de la totalidad de los puntos relevados.
4- METODOLOGIA CONSTRUCTIVA
La obra a realizar se ubica sobre el área xx xxxxx del Alto Xxxxx, al pie del canal principal xx xxxxx en la localidad de Cinco Saltos, y ante tal situación, el CONTRATISTA deberá prever que la metodología constructiva que proponga permita la correcta realización de los trabajos considerando los niveles de agua de napa y el período de xxxxx xx xxxxx, cuando los canales se encuentran sin agua.
El periodo xx xxxxx comenzará el día 10 xx Xxxxxx del corriente año, con lo cual a partir de dicha fecha el canal principal comenzará a conducir agua y automáticamente comenzará un gran aporte de dicho fluido a la napa, la cual incrementará su nivel rápidamente provocando grandes inconvenientes para la materialización de la obra.
La metodología adoptada deberá, por lo tanto, contemplar la ejecución en primera instancia de aquellas obras que están más supeditadas en su terminación ó incluso de la totalidad de la obra si así lo requiriese, antes de la reanudación xxx xxxxx.
La metodología constructiva propuesta para la materialización de la obra, deberá presentarse en la oferta con suficiente precisión y detalle, de manera que permitan evaluar la viabilidad técnica de la propuesta, dentro de los plazos previstos.
5- CONTROL DE CALIDAD
Durante el desarrollo de los trabajos y con la periodicidad que la Inspección determine, se procederá a realizar en forma conjunta con el CONTRATISTA, recorridas para la inspección visual de los trabajos realizados. Si a juicio de la Inspección dichos trabajos no cumplieran con las condiciones especificadas, en los aspectos geométricos, espesores mínimos, trabazones, ataduras, anclajes, etc., el CONTRATISTA deberá rehacer o reparar a su exclusivo cargo los trabajos objetados.
NOTA: EL COSTO QUE IMPLIQUEN LOS TRABAJOS DE RELEVAMIENTO TOPOGRÁFICO QUE SE EJECUTEN PREVIO AL INICIO DE LA OBRA A EFECTOS DE REAJUSTAR EL PROYECTO, CORRERAN POR CUENTA DEL CONTRATISTA Y SU COSTO DEBERA SER PRORRATEADO EN EL RESTO DE LOS ITEMS QUE CONFORMAN LAS PRESENTES ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA CADA PROYECTO.
DESCRIPCION DE LAS TAREAS
ITEM Nº 1: Excavación y relleno
1) Denominación:
Se aplica la denominación de movimiento de tierra a la extracción y depósito de cualquier clase de material natural que se encuentre en los lugares en que deban practicarse las excavaciones, ya sea que se trate de arena, fango, arcilla, tosca, etc.
2) Descripción del trabajo:
La ejecución de los distintos tipos o categorías de excavaciones incluirán: entibaciones y apuntalamientos; provisión, hinca y extracción de tablestacas y apuntalamientos de éstas en caso necesario; la eliminación del agua de las excavaciones, la depresión de las napas subterráneas, el bombeo y drenaje; el empleo de explosivos para la disgregación del terreno; las pasarelas y puentes para el pasaje de peatones y vehículos, las medidas de seguridad a adoptar; la conservación y reparación de instalaciones existentes de propiedad de la Municipalidad o ajenas a la misma.
En todas las áreas de trabajo para excavaciones serán de aplicación las Normas de Seguridad de Vialidad Nacional, Camuzzi Gas del Sur y las Ordenanzas Municipales pertinentes para este tipo de obra.
Se ejecutarán las excavaciones de acuerdo a los niveles y dimensiones señalados en los planos o en las instrucciones especiales dadas por la Inspección.
En los casos de excavaciones destinadas a la colocación de cañerías premoldeadas, aquellas no se efectuarán con demasiada anticipación, debiendo llegarse a una profundidad cuya cota sea superior por lo menos en diez centímetros a la definitiva de fundación, debiendo la excavación remanente practicarse inmediatamente antes de efectuarse la colocación.
Donde se deban colocar cañerías se recortará el fondo de la excavación con la pendiente necesaria para que cada xxxx repose en forma continua en toda su longitud, con excepción del enchufe alrededor del cual se formará un hueco para facilitar la ejecución de la junta.
No se permitirá la apertura de zanjas en las calles, antes de que se haya acopiado el material necesario para llevar a cabo las obras que hayan de construirse en las mismas.
Las excavaciones deberán mantenerse secas durante la ejecución de los trabajos. La Contratista deberá adoptar todas las medidas necesarias para evitar inundaciones, sean ellas provenientes de las aguas superficiales o de las aguas de infiltración del subsuelo.
Los costos de la extracción y/o demolición y transporte cinco (5) kilómetros de pavimentos existentes, bases y sub-bases, alcantarillas, caños, refugios, sumideros, árboles, arbustos y de cualquier otra obra u obstáculo que entorpezca la ejecución de
los trabajos proyectados, se encuentran incluidos en el precio del presente Ítem. Los materiales extraídos serán propiedad de la Municipalidad.
Se incluyen asimismo los trabajos manuales o mecánicos necesarios para el movimiento de tierra en proximidades de instalaciones subterráneas (agua corriente, gas, etc.) y aquellos necesarios para la exacta ubicación de instalaciones subterráneas de servicios públicos o privados.
La recolocación de xxxxxx xx xxxxx de agua y cloacas, y cañerías de agua o desagües domiciliarios o su reparación y reacondicionamiento con todos los materiales necesarios se encuentra incluida dentro de las tareas correspondientes al presente Ítem.
La ejecución de los desmontes, la conformación de veredas, el relleno de zanjas y su consolidación y el transporte de tierra sobrante de todos los trabajos enumerados hasta una distancia de cinco (5) kilómetros, también se encuentra incluida en el presente Ítem.
El total de movimiento de tierra que la Contratista debe efectuar en las condiciones de este Pliego, está determinado por los perfiles representados en los planos.
3) Condicionamiento para el desarrollo de las tareas.
Además de las exigencias estipuladas en el presente artículo, en cada frente de trabajo la obra deberá avanzar con una secuencia tal que se cumpla lo siguiente:
a) Calles pavimentadas:
La obra en ejecución no superará las tres cuadras y no serán interceptadas más de dos calles transversales simultáneamente. Esta exigencia determina que solamente podrá iniciarse la rotura del pavimento en una cuarta cuadra una vez que hubiere sido totalmente terminada la reconstrucción de pavimento y la limpieza en la primera cuadra.
b) Calles sin pavimentar:
La obra en ejecución no superará las dos cuadras y sólo podrá interceptar una calle.
En el caso en que el Comitente desee realizar la obra apelando a más de un frente de trabajo, deberá previamente someter a la aprobación de la Inspección la cantidad y la ubicación de los mismos, con el fin de que no se superpongan las situaciones conflictivas para la circulación vehicular.
4) Eliminación del agua de las excavaciones: Depresión de las napas subterráneas: bombeo, drenaje.
Las obras se construirán con las excavaciones en seco, debiendo la Contratista adoptar todas las precauciones y ejecutar todos los trabajos concurrentes a ese fin por su exclusiva cuenta y riesgo.
Para defensa contra avenidas de aguas superficiales se construirán ataguías, tajamares o terraplenes, si ello cabe, en la forma que proponga la Contratista y apruebe la Inspección.
Para la eliminación de las aguas subterráneas la Contratista dispondrá de los equipos de bombeo necesarios y ejecutará la depresión de las napas mediante procedimientos adecuados.
Queda entendido que el costo de todos los trabajos y la provisión de materiales y planteles que al mismo fin se precisaran, se considerarán incluidos en los precios que se contraten para las excavaciones.
Al adoptar el método de trabajo para mantener en seco las excavaciones, la Contratista deberá eliminar toda posibilidad de daño, desperfectos y perjuicios directos o indirectos a la edificación o instalaciones próximas o de cualquier otro orden, de todos los cuales será único responsable.
5) Defensa:
Si la Inspección juzgara necesario tomar precauciones para evitar el derrumbe de las excavaciones, la Contratista estará obligada a efectuar apuntalamientos, entibaciones o tablestacados de protección durante la ejecución de las obras; no se reconocerá indemnización alguna por tablestacados de protección durante la ejecución de las obras; no se reconocerá indemnización alguna por tablestacados u otros materiales o implementos que la Contratista no pudiera extraer.
Cuando deban practicarse excavaciones en lugares próximos a las líneas de edificación o cualquier construcción existente, o hubiera peligro inmediato o remoto de ocasionar perjuicios o producir derrumbes, la Contratista efectuará por su cuenta el apuntalamiento prolijo y conveniente de la construcción cuya estabilidad pueda peligrar.
Si fuera tan inminente la producción del derrumbe que se considere imposible evitarlo la Contratista procederá, previa las formalidades del caso, a efectuar las demoliciones necesarias.
Si no hubiere previsto la producción de tales hechos o no hubiera adoptado las precauciones del caso y tuviera lugar algún derrumbe, o se ocasionasen daños a las propiedades o vecinos ocupantes, al público, etc., será de su exclusiva cuenta la reparación de todos los daños y perjuicios que se produjeran.
6) Empleo de explosivos para la disgregación del terreno:
Si la naturaleza del terreno requiriera para su disgregación el empleo de explosivos la Contratista usará cartuchos pequeños y adoptará las precauciones necesarias para evitar perjuicios a las instalaciones próximas y accidentes de cualquier naturaleza, de todos los cuales será único responsable.
En cada caso la Contratista informará anticipadamente a la Inspección del propósito de emplear explosivos y correrán por su cuenta las gestiones a realizar ante las autoridades para recabar los permisos correspondientes.
7) Puentes, Planchas, Pasarelas:
Cuando con las obras se pase adelante de garajes públicos, galpones, depósitos, talleres, etc., se colocarán puentes o planchadas provisorias destinadas a permitir el tránsito de vehículos.
Para facilitar el tránsito de peatones en los casos de que el acceso a sus domicilios se hallare obstruido por las construcciones, se colocarán pasarelas provisorias de aproximadamente 1,00 m de ancho libre y de la longitud que se requiera con pasamanos y barandas que se espaciarán cada 50 m como máximo.
El costo de estos puentes, planchadas y pasarelas se considerarán incluidos en los precios unitarios de las excavaciones.
8) Depósito de los materiales extraídos de las excavaciones:
La tierra o los materiales extraídos de las excavaciones que deban emplearse en ulteriores rellenos se depositarán provisoriamente en los sitios más próximos a ellas en que sea posible hacerlo, y siempre que con ello no se ocasionen entorpecimientos innecesarios al tránsito cuando no sea imprescindible suspenderlo, como así también al libre escurrimiento de las aguas superficiales, ni se produzca cualquier otra clase de inconvenientes que a juicio de la Inspección pudieran evitarse.
El material que no ha de emplearse en rellenos será retirado al tiempo de hacer las excavaciones.
Los permisos, depósitos de garantía y derechos municipales necesarios para realizar depósitos en la vía pública serán de exclusiva cuenta de la Contratista.
Si la Contratista tuviera que realizar depósitos provisorios y no pudiera o no le conviniera efectuarlos en la vía pública y en consecuencia debiera recurrir a la ocupación de terrenos o zonas de propiedad fiscal o particular, deberá gestionar previamente la autorización del propietario respectivo conviniendo el precio del alquiler. Finalizados los trabajos y una vez desocupado el terreno respectivo remitirá igualmente testimonio de que no existen reclamos ni deudas pendientes derivadas de la ocupación.
Tal formalidad no implicará responsabilidad alguna para la Repartición y tan sólo se exige como recaudo para evitar ulteriores reclamos en su carácter de comitente de los trabajos.
9) Forma de medición:
Se medirá por metro cúbico de suelo movido, reconociéndose como ancho de excavación el realmente ejecutado con la limitación del ancho máximo que se fijan a continuación, aún cuando la Contratista adopte para la ejecución un ancho distinto:
Diámetro | Ancho máximo |
menor a 110 mm. | 0,30 m. |
110 a 160 mm. | 0,66 m. |
200 mm. | 0,70m. |
250mm. | 0.75 m. |
315mm. | 0.90 m. |
355mm. Obras accesorias (cámaras, etc.): | 1.20 m. |
Se tomará como ancho de excavación el que surja de los planos respectivos como ancho de la estructura, no reconociéndose en ningún caso, excepto indicación expresa por parte de la Inspección, otras medidas que las indicadas en los planos.
10) Profundidad de excavación:
La profundidad de excavación se medirá desde la superficie del terreno natural o vereda, y en el caso de excavaciones en zonas pavimentadas 0,20 m por debajo de la superficie del mismo hasta el plano de fundación de las estructuras.
Para el caso xx xxxxx de hormigón premoldeados, se considerará como superficie de fundación la de apoyo xx xxxxx.
B) RELLENO DE EXCAVACIONES
1) Descripción:
El relleno de las excavaciones se efectuará con la tierra proveniente de las mismas, la que se encontrará depositada al lado de las excavaciones o donde se la hubiese tenido que transportar por exigencias propias del trabajo u orden de la Inspección, entendiéndose que si fuera necesario transportar la tierra de un lugar a otro de la obra para efectuar rellenos, este transporte será por cuenta de la Contratista.
2) Características del material:
El material a utilizar para el relleno tendrá las condiciones óptimas de humedad y desmenuzamiento que permita la correcta ejecución de los trabajos obteniéndose el máximo grado de compactación.
El contenido de humedad en el suelo, será ajustado a un valor tal que se halle comprendido entre el ochenta (80) y el ciento diez (110) por ciento del contenido “óptimo” de humedad de compactación determinado con el Ensayo Xxxxxxx.
Cuando el contenido natural de humedad del suelo sobrepase el límite superior especificado (110 % del contenido óptimo), el mismo será trabajado con rastras u otros equipos o dejado en reposo hasta que por evaporación pierda el exceso de humedad.
Cuando el contenido de humedad natural en el suelo se halle por debajo del límite inferior especificado, deberá agregarse al mismo la cantidad de agua necesaria, para lograr el contenido de humedad "óptimo" determinado con el Ensayo Xxxxxxx.
3) Forma de ejecución:
3.1) Descripción:
Salvo especificación en contrario, el relleno se efectuará por capas sucesivas de 0,20 m de espesor, llenando perfectamente los huecos entre las estructuras y el terreno firme, apisonando las capas por medio de pisones, manuales o mecánicos, hasta sobrepasar la clave del conducto en 0,60 m.
Para el resto del relleno de la excavación, se procederá a pasar el equipo mecánico de compactación, siempre sobre capas de material suelto que no sobrepasen los 0,20 m de espesor, cuidando que durante el proceso de compactación el contenido de humedad sea el óptimo, el cual se determinará las veces que la Inspección lo estime necesario.
Cada capa de suelo colocada en la forma especificada será compactada hasta lograr un peso por unidad de volumen del suelo seco no inferior al 95 % del resultado obtenido con el ensayo Xxxxxxx.
Constatado que los suelos han sido compactados con una humedad que no sea la estipulada, la Inspección dispondrá el escarificado de la capa y la repetición del proceso de compactación a exclusivo cargo de la Contratista.
3.2) Equipos:
No se impondrán restricciones respecto al equipo a utilizar, pero el mismo será el adecuado para alcanzar un grado de compactación tal que verifique el grado de compactación requerido.
4) Ensayo de suelo:
Se realizarán ensayos Xxxxxxx Standard en la cantidad que la Inspección determine a efectos de establecer el "máximo" peso por unidad de volumen del suelo seco y la humedad óptima de compactación correspondiente.
Este Ensayo Xxxxxxx se hará en el Laboratorio que indique la Inspección.
Para verificar el cumplimiento de lo especificado previamente, la Inspección hará determinaciones de "peso específico aparente", en el suelo de cada capa, en los lugares y cantidades que la Inspección determine. Estas determinaciones se efectuarán antes de transcurridos los cuatro días posteriores al momento en que finalice el pasaje de los equipos de compactación.
El grado de compactación en las últimas dos capas superiores (~0.40m) deberá verificar el ensayo Xxxxxxx Normal >98% muy especialmente en todo el trazado urbano. Los ensayos se realizarán cada 50m de traza como mínimo. La Inspección de Obra podrá ordenar el reemplazo de los suelos de aporte cuando las condiciones de uso del área así lo justifiquen.
C) TRANSPORTE DE TIERRA SOBRANTE
1) Generalidades:
La tarea consiste en la carga, transporte, descarga y desparramo de los materiales provenientes de la excavación que se consideren sobrantes.
2) Lugar de depósito:
La Inspección reconocerá una distancia media de transporte de dos (02) Kilómetros, la que determinará un área alrededor del centro de gravedad de la zona de excavación dentro de la cual se deberán localizar los lugares de depósito.
Forma de medición y pago:
Se certificará y pagará por metro lineal (ml), en el sentido de la traza de la obra, de suelo movido una vez terminado el relleno y la compactación, incluyéndose en el precio del Ítem la excavación propiamente dicha, los trabajos de apuntalamiento, bombeo, drenaje, defensa, tablestacado, el eventual retiro y reposición de cercos y alambrados,
vallas de protección y en general todas las tareas e insumos descriptos o no en todos los incisos del presente artículo.
El precio del ítem incluye cualquier tipo de excavación (manual o mecánica) que haya que efectuar en correspondencia con el cruce de instalaciones subterráneas (electricidad, gas, teléfonos, servicios sanitarios, etc.) que interfieran con la traza de la obra, como así también los cateos necesarios para la localización de las mencionadas instalaciones.
El precio unitario correspondiente a este Ítem incluye además la carga, transporte, descarga y desparramo del suelo sobrante y demoliciones hasta una cinco (05) kilómetros.
Se incluyen dentro del costo del Ítem todas las tareas de relleno y compactación descriptas en los incisos del punto B): “Relleno de excavaciones” de las presentes Especificaciones.
Se incluyen dentro de este costo todos los materiales, mano de obra y equipos, cualquiera fuere su tipo, para dejar las tareas correctamente terminadas, tal cual se especifica en los artículos correspondientes. Se incluyen asimismo todos los gastos que demanden las tareas de toma de muestras, ensayos, etc.
ITEM Nº 2: Provisión y colocación de Cañería de PVC ó PEAD ranurada DN 355 k4
El presente ítem comprende la provisión y colocación de 1410 metros de cañería ranurada y 300 metros de cañería sin ranurar, ambas de PVC ó PEAD de diámetro nominal 355mm.
A) Provisión de la Cañería
Las mismas deberán responder a lo especificado en las Especificaciones Técnicas Generales.
a.1 - Datos Garantizados Cañerías y accesorios:
Al momento de cotizar, se deberá presentar para cada tipo, material, clase y diámetro de las distintas cañerías y accesorios y se indicará lo siguiente:
Fabricante Marca
Tipo de junta Espesor xxx xxxx
Longitud de cada xxxx Características de los aros de goma Presión de trabajo
Presión de prueba
Normas IRAM de construcción. Catálogos con características técnicas.
B) Colocación de cañeria recta de PVC- RCPD (ø=355mm.)
b.1 - Colocación de cañerías
Se respetará la traza del proyecto, definiéndose su ubicación y longitud definitiva al realizarse el Replanteo de la obra. El mismo lo efectuará en conjunto con la Inspección de la Obra.
Para el manipuleo, carga, descarga y estibaje, deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Norma IRAM 13445 en las cañerías de PVC y la correspondiente norma para las de PEAD.
La cañería deberá ranurarse (ranuras de esp. 2mm cada 30mm) de acuerdo a lo especificado en el plano de detalle adjunto para que la misma cumpla la función de colector de filtraciones para cual es concebida la obra.
La cañería se asentará sobre cama de material granular y se cubrirá según lo indicado en el Plano de Detalle adjunto.
Todas las cañerías deberán ser colocadas exactamente en la posición y a la profundidad que indiquen los planos y/o las especificaciones. La Inspección basándose en el replanteo efectuado dará en el terreno las líneas y niveles principales, los que deberán ser conservados por el Contratista.
Antes de transportar los caños y piezas al lugar de su colocación se examinarán prolijamente separándose aquellos que presenten roturas o fallas para no ser colocados. Luego se ubicarán al costado y a lo largo de la zanja y se excavarán los nichos xx xxxxxxx en correspondencia de cada junta. Antes de bajar a las zanjas, los caños y piezas se limpiarán esmeradamente secándose el moho, tierra, pintura, grasa, etc., adherido en su interior dedicándose especial atención a la limpieza de las espigas, enchufes y bridas.
Luego se asentarán cuidadosamente sobre el fondo de la excavación, cuidando de que se apoyen en toda la longitud xxx xxxxx y se construirán las juntas que se hayan especificado en cada caso.
Las cañerías de espiga y enchufe se colocarán con el enchufe en dirección opuesta a la pendiente descendente de la cañería.
Cuando por cualquier causa se interrumpa la colocación de cañerías, las extremidades del tramo colocado deberán ser obturadas para evitar la introducción de cuerpos extraños, pero de forma tal que no impida la entrada de agua, evitando así que la cañería flote en la misma zanja, cuando las precipitaciones alcancen a cubrirla. Las cañerías una vez instaladas deberán estar alineadas sobre una recta, salvo en los puntos expresamente previstos en los planos o en los que indique la Inspección.
Si se tratara de cañerías con pendiente, esta deberá ser rigurosamente uniforme dentro de cada tramo.
La colocación de cañerías deberá ser hecha por personal especializado.
b.2 - Restricciones en el avance de la excavación y de la colocación de cañerías
No se autorizará la reiniciación diaria de colocación de cañerías y de piezas especiales sin previa constatación de la ausencia de cuerpos extraños que pudieran haberse introducido en los elementos ya colocados.
El Contratista deberá observar especial cuidado en la ejecución de la obturación del último xxxx colocado al interrumpir las tareas. Oportunamente, el Contratista presentará a la Inspección para su aprobación, el procedimiento que utilizará para la obturación de la cañería colocada.
b.3 - Tapada de las cañerías
La tapada de las cañerías serán las indicadas en los planos. La tapada mínima en impulsiones será de 0,80 m. El Contratista presentará memoria de cálculo de la verificación de la resistencia estructural de las cañerías a las cargas externas de tránsito pesado (7500 Kg / rueda) por el método de Boussinesq, en los tramos bajo caminos con tránsito de vehículos pesados.
En caso que no verifique la resistencia estructural de las cañerías, se construirán protecciones de hormigón sobre las mismas. El Contratista presentará las memorias de cálculo de dichas protecciones, las que deberán contar con la aprobación de la Inspección para dar inicio a los trabajos correspondientes.
b.4 - Verificación de la sección de cañerías
El diámetro y profundidad de las cañerías deberán responder a lo indicado en el proyecto adjunto.
Terminada la colocación de cada tramo de cañería, entendiéndose por ello la distancia entre dos bocas de registro consecutivas o entre cámaras, se pasará un tapón xx xxxxxx dura en toda la longitud del tramo y se rechazarán las cañerías que no permitan su pasaje, debiendo la empresa contratista reparar el tramo hasta que el tapón pase sin inconvenientes, no reconociéndose pago alguno por estos trabajos.
El tapón tendrá un diámetro menor en 6 mm. al interior de la cañería a probar, su largo será una vez y media el diámetro de la misma y se pasará con la cañería tapada hasta el nivel del terreno natural.
b.5 - Anclaje de cañerías y piezas especiales
Todos los ramales y curvas como así también todas aquellas partes de la cañería sujeta a desplazamientos o empujes por acción de la presión de agua, se anclarán al terreno por medio de dados o macizos de hormigón tipo "B". El Contratista deberá presentar a la Inspección, para su aprobación previa, croquis y cálculo de los apoyos a ejecutar.
En todos los casos, el costo que demande la ejecución de estos trabajos se considera incluido dentro de los precios contratados.
Forma de medición y pago:
Su medición y certificación se efectuará por metro lineal (ml) de cañería colocada, terminada y aprobada por la Inspección al precio unitario de contrato fijado para el