GARANTÍA DE LA OFERTA Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍA DE LA OFERTA. Cada oferta será garantizada por una suma igual al 5% (cinco por ciento) de su monto y obligatoriamente mantenida por un plazo de 90 (noventa) días, o más allá y hasta la firma del contrato en caso de resultar preadjudicada, por alguno de los medios que se indican a continuación: 12.1 Dinero en efectivo que será depositado en el banco y cuenta que oportunamente se indicará.
GARANTÍA DE LA OFERTA. Por un importe del 5% del valor total de la oferta (en caso de cotizar con alternativas, la garantía se calculará sobre el mayor valor propuesto), mediante las siguientes formas: a) Pagaré: cuando el importe de la garantía no supere la suma de $260.000. Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el presente artículo. b) Póliza de Caución: expedida por una Compañía de Seguros (debidamente autorizada) certificada y legalizada la firma de quien la expide. c) Efectivo: mediante depósito en Banco Nación, Suc. Centro de Xxx xxx Xxxxx a la cuenta Nº 35057203/83. Adjuntar fotocopia del comprobante.
GARANTÍA DE LA OFERTA. 5% DEL MONTO TOTAL DE LA OFERTA (MAYOR VALOR PRESENTADO) en PESOS. Las garantías a que se refiere el artículo anterior podrán constituirse de las siguientes formas, o mediante combinaciones de ellas: a) En efectivo, mediante depósito bancario en una cuenta de la Universidad, o giro postal o bancario. b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del domicilio de la Universidad. Ésta, a través de la Tesorería, deberá depositar el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones. c) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor de la Universidad y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación. Se podrán establecer los requisitos de solvencia que deberán reunir las compañías aseguradoras, con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución. La Universidad deberá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la compañía de seguros, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido. d) Con pagarés a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta, de cumplimiento de contrato, de anticipo financiero (contragarantía) o de impugnación, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma de 500.000 pesos; es decir que la oferta no supere los 10.000.000 pesos.
GARANTÍA DE LA OFERTA. La garantía de la Propuesta deberá constituirse por el monto que fije el Pliego de Condiciones Particulares. La garantía deberá tener vigencia y validez hasta el término del plazo de mantenimiento de la Oferta. La misma se deberá constituir a favor de la Provincia xx Xxxxxxx, en alguna de las siguientes formas: a) Dinero en efectivo, mediante depósito en pesos o dólares estadounidenses en el Banco xx Xxxxxxx S.A. o Banco de Previsión Social S.A. a cuyo efecto se acreditará el depósito en la cuenta que oportunamente se indicará, o bien se entregará un certificado de depósito a Plazo fijo a nombre de la Tesorería del Departamento General de Irrigación. Los intereses sobre el monto de la garantía exigida, en este caso formarán parte de la misma. b) Fianza bancaria o de entidad autorizada por el Banco Central de la República Argentina, o fianza comercial, de personas o empresas reconocida y acreditada solvencia en relación al monto de la inversión comprometida, mediante el correspondiente documento afianzando al postulante, emitido en carácter de fiador liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y exclusión y a toda interpelación previa al deudor principal, en los términos del artículo 2.013 del código Civil y artículo 480 del Código de Comercio. c) Póliza de Seguro de Caución, extendida por entidad aseguradora de reconocida solvencia. Sin perjuicio de lo anterior, la fianza deberá cumplir las condiciones básicas previstas en el Artículo 9 del Decreto Nº 313/81 y modificatorias, reglamentarios del Decreto Ley Nº 4.416. El texto de la fianza y el fiador deberán ser previamente aceptados por el Departamento General de Irrigación, a cuyo efecto deberá aprobar el texto, con los documentos que las instrumenten y con las instituciones y personas que las otorguen.
GARANTÍA DE LA OFERTA. Cada oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires igual al valor que resulte del cinco por ciento (5%) del total de la Oferta, de conformidad con lo prescripto en el artículo 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales. La constitución de esta Garantía de Oferta podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 17.2 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, Art. 100 y concordantes de la Ley 2095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) y el Decreto Nº 95/GCABA/14 y será devuelta de conformidad a lo establecido en el artículo 17.3 apartado i) xxx Xxxxxx de Condiciones Generales. Las garantías deberán constituirse bajo las modalidades establecidas en la normativa citada en el párrafo que antecede, y que el oferente declara conocer y aceptar. Las mismas no podrán fijar restricciones o condicionamiento alguno para el efectivo pago al GCABA, en caso de incumplimiento por parte del oferente. La no presentación de la Garantía de Oferta, dará lugar al descarte de la misma sin más trámite.
GARANTÍA DE LA OFERTA. Es el documento emitido por una entidad autorizada para ello en Guatemala, que deberá presentar cada Oferente dentro de su Oferta Técnica, junto con la Declaración Jurada de Compromiso, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del mismo, conforme lo establece los Términos de Referencia, las Bases de Licitación y el Contrato de Abastecimiento suscrito.
GARANTÍA DE LA OFERTA. 15.1 El licitante suministrará como parte de su oferta una garantía de seriedad de la misma, por un monto de 5% del precio total de la oferta, sin incluir el impuesto al valor agregado. 15.2 La garantía se exige para proteger al contratante contra el riesgo de incumplimiento por parte del licitante que pudiera justificar la ejecución de la garantía. 15.3 La garantía de la oferta deberá tener vigencia mínima de 30 días posteriores a la validez de la oferta y estará expresada en moneda nacional, y se presentará en una de las siguientes maneras: a) Garantía Bancaria o carta de crédito irrevocable emitido por un banco establecido en México o una fianza. b) Cheque de caja, cheque certificado, o cheque cruzado, a favor del Poder Legislativo del Estado de Baja California. 15.4 La oferta no acompañada de la garantía de oferta será desechada por el contratante al no ajustarse a los documentos de la licitación pública. 15.5 La garantía correspondiente a las ofertas que no sean aceptadas, será cancelada o devuelta a más tardar, 30 (treinta) días después de la expiración del plazo de validez de la oferta fijado por el contratante. 15.6 La garantía de la oferta podrá ser ejecutada: A) Si el licitante retira su oferta en el período de validez estipulado por él, en el formulario de oferta, o B) En caso de que la oferta sea aceptada, sí el licitante: No firma el contrato de conformidad con la cláusula 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California, por causas imputables al licitante, o No suministre la garantía de cumplimiento de conformidad, con la cláusula 31 de estas bases.
GARANTÍA DE LA OFERTA. Los oferentes deberán formalizar e individualizar la garantía de mantenimiento de oferta en el formulario electrónico de PBAC. El original del instrumento deberá ser presentado en la Dirección de Compras y Contrataciones del Ministerio de Gobierno, sita en xxxxx 0 x/ 00 x 00 Xxxx 0 Xxxxxxx 000 xx xx Xxxxxx xx Xx Xxxxx, hasta un plazo máximo de veinticuatro (24) horas computado a partir del acto de apertura. La fecha de emisión del instrumento de garantía no podrá exceder del día y hora de apertura de ofertas. El monto de la garantía de mantenimiento de oferta deberá ser equivalente al cinco (5%) por ciento del valor total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el artículo 19 de la Ley N° 13.981, artículo 19 Apartado 1 a) del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA- GPBA y artículo 19 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios. La falta de presentación de la garantía producirá la desestimación de la oferta sin más trámite.
GARANTÍA DE LA OFERTA. Cada oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, igual a la que resulte del cinco por ciento (5%) del total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el art. 14.1 inciso a) xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales. La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el Art. 14.2 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, Art. 100 y concordantes de la Ley N° 2095 y su correspondiente Decreto Reglamentario. Las garantías deberán constituirse bajo las modalidades establecidas en la normativa citada en el párrafo que antecede, y que el oferente declara conocer y aceptar. La no presentación de la Garantía de Oferta, dará lugar al descarte de la misma sin más trámite.
GARANTÍA DE LA OFERTA. Cada oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el monto que resulte del cinco por ciento (5%) del total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el artículo 17.1 inciso a) del PCG. La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 17.2 del PCG, en la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.017), su Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18 y será devuelta de conformidad a lo establecido en el Artículo 17.3 del PCG. PLIEG-2019-06120853-GCABA-DGTALAVJG La no presentación de la Garantía de Oferta, dará lugar al descarte de la misma sin más trámite. La misma deberá ser entregada ante la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno sita en la calle Teniente Gral. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx N° 3175, piso 3°. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas contado a partir del acto de apertura, en sobre cerrado que indique los datos de la contratación, día y hora de apertura.