Análisis y evaluación de las ofertas Cláusulas de Ejemplo

Análisis y evaluación de las ofertas. 3.6.1 La información relativa al examen, aclaración, evaluación y comparación de las ofertas y las recomendaciones para la adjudicación de un contrato no podrán ser reveladas a los licitantes ni a ninguna otra persona que no participe oficialmente en dicho proceso hasta que se haya anunciado el nombre del Adjudicatario. Todo intento de un Licitante de influir en la tramitación de las ofertas o en la decisión sobre la adjudicación por parte del Contratante puede dar lugar al rechazo de la oferta de ese Licitante.
Análisis y evaluación de las ofertas. La evaluación de las ofertas se hará por Xxxx completo, no se aceptará oferta parcial. Las ofertas serán analizadas por una Comisión Evaluadora de Ofertas, siendo su máxima responsabilidad la de emitir el Informe de Evaluación y Recomendación para el referido proceso de contratación. Esta Comisión Evaluadora de Ofertas, examinará las ofertas para determinar si están completas, si contienen errores de cálculo, si los documentos han sido debidamente firmados, rubricados y sellados, y si, en general, las ofertas han sido presentadas conforme el documento de licitación. Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera:
Análisis y evaluación de las ofertas. Las ofertas serán analizadas por una Comisión de Evaluación, cuyos integrantes serán designados por el Comprador, siendo su máxima responsabilidad la de emitir el Informe de Evaluación. El Comprador examinará las ofertas para determinar si están completas, si contienen errores de cálculo, si se han presentado las garantías requeridas, si los documentos han sido debidamente firmados y si, en general, las ofertas están en orden. En caso de errores aritméticos procederá a corregirlos y a ajustar el precio unitario del renglón afectado y el precio total de la oferta. El Comprador rechazará toda oferta que no se ajuste a los requisitos solicitados en los Documentos de Licitación y el Oferente no podrá con posterioridad convertirla en una oferta que se ajuste a los pliegos de licitación. Para facilitar la evaluación y comparación de ofertas, el comprador convertirá todos los precios de las ofertas que hayan sido expresadas en dólares estadounidenses, a la moneda del país del comprador al tipo de cambio operacional establecido por las Naciones Unidas vigente al día hábil anterior a la fecha de apertura de ofertas. La última publicación del tipo de cambio mencionado para la República Argentina, que se encuentre en vigencia, puede consultarse en el sitio web: La información relativa al examen, aclaración, evaluación y comparación de las ofertas y las recomendaciones para la adjudicación de un contrato no podrán ser reveladas a los oferentes ni a ninguna otra persona que no participe oficialmente en dicho proceso hasta que se haya anunciado el nombre del Adjudicatario. Todo intento de un Oferente de influir en la tramitación de las ofertas o en la decisión sobre la adjudicación por parte del Comprador, puede dar lugar al rechazo de la oferta de ese Oferente.
Análisis y evaluación de las ofertas. AGUAS SANTAFESINAS S.A. procederá aI anáIisis y evaIuación de todas Ias ofertas presentadas, para Io cuaI tendrá en cuenta entre otros, Ios siguientes factores, cuya enumeración no significa orden de preIación:
Análisis y evaluación de las ofertas. 3.5.1 La información relativa al examen, aclaración, evaluación y comparación de las ofertas y las recomendaciones para la adjudicación de un contrato no podrán ser reveladas a los licitantes ni a ninguna otra persona que no participe oficialmente en dicho proceso hasta que se haya anunciado el nombre del Adjudicatario. Todo intento de un Licitante de influir en la tramitación de las ofertas o en la decisión sobre la adjudicación por parte del Contratante puede dar lugar al rechazo de la oferta de ese Licitante. Profonanpe en la post calificación puede verificar la información presentada, en caso de presentación de información falsa el postor automáticamente quedará descalificado. Cuando una Oferta no resulte sustancialmente adecuada a los Documentos de Licitación, será rechazada por el Comprador y no podrá convertirse posteriormente mediante la corrección de la desviación, reserva u omisión significativa en una Oferta que se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación. Propuestas que no contenga la Declaración de Compromiso será rechazada. El Comprador examinará las ofertas para determinar si están completas, si contienen errores de cálculo, si se han presentado las garantías requeridas y si los documentos han sido debidamente firmados. En caso de errores aritméticos procederá a corregirlos de la siguiente manera:
Análisis y evaluación de las ofertas. La Evaluación de las Ofertas comprende el análisis y evaluación, que debe ser realizado por la Comisión Evaluadora nombrada para tal efecto. Como apoyo del proceso de evaluación preliminar la Comisión Evaluadora podrá requerir dictámenes o informes técnicos o especializados si resultare necesario, los cuales se emitirán dentro del plazo de validez de las ofertas. La Comisión Evaluadora podrá exigir requisitos no previstos en el presente Pliego de Condiciones, en caso de considerarlo necesario. Una vez finalizada la Evaluación de las Ofertas la Comisión Evaluadora emitirá las recomendaciones pertinentes. El Análisis Comparativo de Ofertas constituye la etapa preliminar del proceso de Evaluación. Las ofertas serán analizadas y comparadas tomando en consideración los siguientes criterios:
Análisis y evaluación de las ofertas. AGUAS SANTAFESINAS S.A. procederá al análisis y evaluación de todas las ofertas presentadas, para lo cual tendrá en cuenta entre otros, los siguientes factores:
Análisis y evaluación de las ofertas. La evaluación de las OFERTAS se llevará a cabo sobre la base del análisis del cumplimiento de los recaudos exigidos en estas Bases, la ausencia de causales de exclusión, previa verificación del cumplimiento de las capacidades legal, técnica y económica. Los criterios de evaluación y puntaje máximo que se asignará para la evaluación son los siguientes:

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.