Análisis y evaluación de las ofertas. 3.6.1 La información relativa al examen, aclaración, evaluación y comparación de las ofertas y las recomendaciones para la adjudicación de un contrato no podrán ser reveladas a los licitantes ni a ninguna otra persona que no participe oficialmente en dicho proceso hasta que se haya anunciado el nombre del Adjudicatario. Todo intento de un Licitante de influir en la tramitación de las ofertas o en la decisión sobre la adjudicación por parte del Contratante puede dar lugar al rechazo de la oferta de ese Licitante.
3.6.2 El Comprador examinará las ofertas para determinar si están completas, si contienen errores de cálculo, si se han presentado las garantías requeridas y si los documentos han sido debidamente firmados. En caso de errores aritméticos procederá a corregirlos de la siguiente manera:
(a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido a menos que el Comprador considere que hay un error obvio en la colocación del punto decimal, caso en el cual el total cotizado prevalecerá y el precio unitario se corregirá;
Análisis y evaluación de las ofertas. Las ofertas serán analizadas por una Comisión de Evaluación, cuyos integrantes serán designados por el Comprador, siendo su máxima responsabilidad la de emitir el Informe de Evaluación. El Comprador examinará las ofertas para determinar si están completas, si contienen errores de cálculo, si se han presentado las garantías requeridas, si los documentos han sido debidamente firmados y si, en general, las ofertas están en orden. En caso de errores aritméticos procederá a corregirlos y a ajustar el precio unitario del renglón afectado y el precio total de la oferta. El Comprador rechazará toda oferta que no se ajuste a los requisitos solicitados en los Documentos de Licitación y el Oferente no podrá con posterioridad convertirla en una oferta que se ajuste a los pliegos de licitación. Para facilitar la evaluación y comparación de ofertas, el comprador convertirá todos los precios de las ofertas que hayan sido expresadas en dólares estadounidenses, a la moneda del país del comprador al tipo de cambio operacional establecido por las Naciones Unidas vigente al día hábil anterior a la fecha de apertura de ofertas. La última publicación del tipo de cambio mencionado para la República Argentina, que se encuentre en vigencia, puede consultarse en el sitio web: La información relativa al examen, aclaración, evaluación y comparación de las ofertas y las recomendaciones para la adjudicación de un contrato no podrán ser reveladas a los oferentes ni a ninguna otra persona que no participe oficialmente en dicho proceso hasta que se haya anunciado el nombre del Adjudicatario. Todo intento de un Oferente de influir en la tramitación de las ofertas o en la decisión sobre la adjudicación por parte del Comprador, puede dar lugar al rechazo de la oferta de ese Oferente.
Análisis y evaluación de las ofertas. Las ofertas serán analizadas por una Comisión Evaluadora de Ofertas, siendo su máxima responsabilidad la de emitir el Informe de Evaluación y Recomendación para el referido proceso de contratación. Esta Comisión Evaluadora de Ofertas, examinará las ofertas para determinar si están completas, si contienen errores de cálculo, si los documentos han sido debidamente firmados, rubricados y sellados, y si, en general, las ofertas han sido presentadas conforme el documento de licitación. Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera:
(a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido a menos que el Comprador considere que hay un error obvio en la colocación del punto decimal, caso en el cual el total cotizado prevalecerá y el precio unitario se corregirá;
(b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; y si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. La Comisión Evaluadora de Ofertas, rechazará toda oferta que no se ajuste a los requisitos solicitados en los documentos de licitación y el Licitante no podrá con posterioridad convertirla en una oferta que se ajuste a los documentos de licitación. En la evaluación de las ofertas la Comisión Evaluadora de Ofertas tendrá en cuenta además del precio ofrecido, el cumplimiento de las especificaciones técnicas ó características básicas de los bienes. Esta Comisión evaluará y comparará las ofertas que se ajusten a los requisitos exigidos en los documentos de licitación. Para efecto de comparación de las ofertas estas se evaluaran conforme el monto ofertado con IVA incluido. Las ofertas presentadas, así como la información relativa al examen, evaluación, aclaración y comparación de las ofertas para su adjudicación, no podrán ser reveladas a los licitantes ni a ninguna otra persona que no participe oficialmente en dicho proceso, hasta que se haya anunciado el nombre del Adjudicado. Todo intento de un Licitante de influir en la tramitación de las o...
Análisis y evaluación de las ofertas. AGUAS SANTAFESINAS S.A. procederá aI anáIisis y evaIuación de todas Ias ofertas presentadas, para Io cuaI tendrá en cuenta entre otros, Ios siguientes factores, cuya enumeración no significa orden de preIación:
Análisis y evaluación de las ofertas. Las ofertas serán analizadas por una Comisión Evaluadora de Ofertas, siendo su máxima responsabilidad la de emitir el Informe de Evaluación y Recomendación para el referido proceso de contratación.
Análisis y evaluación de las ofertas. 3.6.1 La información relativa al examen, aclaración, evaluación y comparación de las ofertas y las recomendaciones para la adjudicación de un contrato no podrán ser reveladas a los oferentes ni a ninguna otra persona que no participe oficialmente en dicho proceso hasta que se haya anunciado el nombre del Adjudicatario. Todo intento de un Oferente de influir en la tramitación de las ofertas o en la decisión sobre la adjudicación por parte del Contratante puede dar lugar al rechazo de la oferta de ese Oferente.
3.6.2 El Comprador confirmará que los siguientes documentos e información han sido proporcionados con la oferta:
a) Formulario de Oferta firmado, de conformidad con el formulario del Anexo I;
b) Lista de Precios firmada, de conformidad con el formulario del Anexo III;
c) Manifiesto de Garantía de la Oferta firmado, de conformidad con el formulario del Anexo II y
d) Garantía de Seriedad de la Oferta;
e) Las ofertas que no se ajusten al período de validez indicado en la Subcláusula 3.1.2 de la Sección B, podrán ser rechazadas.
3.6.3 El Comprador evaluará y comparará las ofertas que se ajusten a los requisitos de los documentos de licitación. La evaluación se efectuará en 3 (tres) etapas: evaluación económica, evaluación técnica y post-calificación.
Análisis y evaluación de las ofertas. Las ofertas serán analizadas por una Comisión Evaluadora de Ofertas, siendo su máxima responsabilidad la de emitir el Informe de Evaluación y Recomendación para el referido proceso. Esta Comisión Evaluadora de Ofertas examinará las ofertas para determinar si están completas, si contienen errores de cálculo, si los documentos han sido debidamente firmados, rubricados y sellados, y si, en general, las ofertas han sido presentadas conforme el documento de licitación. Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera:
(a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido a menos que el Comprador considere que hay un error obvio en la colocación del punto decimal, caso en el cual el total cotizado prevalecerá y el precio unitario se corregirá;
Análisis y evaluación de las ofertas. La Evaluación de las Ofertas comprende el análisis y evaluación, que debe ser realizado por la Comisión Evaluadora nombrada para tal efecto. Como apoyo del proceso de evaluación preliminar la Comisión Evaluadora podrá requerir dictámenes o informes técnicos o especializados si resultare necesario, los cuales se emitirán dentro del plazo de validez de las ofertas. La Comisión Evaluadora podrá exigir requisitos no previstos en el presente Pliego de Condiciones, en caso de considerarlo necesario. Una vez finalizada la Evaluación de las Ofertas la Comisión Evaluadora emitirá las recomendaciones pertinentes.
2.1 Análisis Comparativo de las Ofertas:
1. Precio Ofertado
2. Vigencia de la Oferta
3. Garantía de Cumplimiento
Análisis y evaluación de las ofertas. AGUAS SANTAFESINAS S.A. procederá al análisis y evaluación de todas las ofertas presentadas, para lo cual tendrá en cuenta entre otros, los siguientes factores:
4.1.1. Organización, metodología, equipo y personal a afectar al contrato.
4.1.2. Antecedentes de la empresa.
4.1.3. Situación económica-financiera.
4.1.4. Situación legal e impositiva.
Análisis y evaluación de las ofertas. 68 PLIEG-2022-06329918-GCABA-SSGEFYAR