ASISTENCIA HOGAR Cláusulas de Ejemplo

ASISTENCIA HOGAR. En virtud del presente GEA a través del servicio ASISTENCIA HOGAR garantiza la puesta a disposición del AFILIADO de una ayuda, en forma de servicios con el fin de limitar y controlar los daños materiales, presentados en la RESIDENCIA PERMANENTE del AFILIADO, que haya reportado en el contrato correspondiente con TELEFÓNICA en el PAÍS DE RESIDENCIA del AFILIADO, a consecuencia de un evento fortuito, de acuerdo con los términos y condiciones consignadas en el presente instrumento y por hechos derivados de los servicios especificados en el mismo. Para efectos de este programa de servicio, se considera EMERGENCIA una situación accidental y fortuita que deteriore la VIVIENDA AFILIADA (fuga de agua), que no permita su utilización cotidiana (corto circuito), que ponga en riesgo la seguridad de la misma y sus habitantes (una cerradura exterior inservible, un cristal roto) e inhabitabilidad de la VIVIENDA AFILIADA, de acuerdo a los términos y condiciones que se alude en el presente instrumento. En los servicios de Asistencia Hogar la primera dirección en la que se brinda servicios de Asistencia es la que estará registrada para futuras Asistencias. Cuando sea necesario el cambio de vehículo o vivienda registrada, el afiliado deberá enviar vía fax al 2245-­‐ 5002 los datos siguientes que apliquen a cada caso: (Los cambios de vivienda o vehículo aplican con un período entre cada cambio de seis meses): -­‐ Tarjeta de Circulación del vehículo a registrar -­‐ Documento Único de Identidad -­‐ Una Carta de solicitud de cambio con la antigua y nueva dirección de vivienda a registrar, o con los datos del antiguo y nuevo vehículo a registrar Lo anterior debe de realizarse con anticipación a la solicitud de un Servicio de Asistencia que involucre la vivienda o el vehículo del afiliado, y no en el momento de la solicitud de servicio o emergencia. Lo anterior es necesario para registrar de manera oportuna los cambios solicitados por el afiliado y evitar inconvenientes en el momento de la prestación del Servicio de Asistencia. Se deja constancia de que los servicios a que se alude en este numeral serán prestados de acuerdo a los montos y eventos máximos que se establecen para cada uno de dichos servicios en el Anexo “B” de este instrumento. Cuando a consecuencia de una avería súbita (de repente) e imprevista en las instalaciones fijas de abastecimiento y/o sanitarias propias de la VIVIENDA AFILIADA, se presente alguna rotura o fuga de agua o avería que imposibilite el suministro o...
ASISTENCIA HOGAR. Las siguientes Condiciones Generales regirán el servicio de Asistencia al Hogar para todos los Beneficiarios del servicio AXA PARTNERS 500.000 SENIOR. Este servicio de Asistencia al Hogar se brindará al Beneficiario titular de la tarjeta de crédito con el cual se adquirió el producto y mientras éste se encuentre de viaje a un radio de más de 100 (cien) km de la Vivienda Declarada.
ASISTENCIA HOGAR. Estas coberturas aplican en la vivienda registrada como domicilio del afiliado, el cual no podrá ser de carácter comercial ni de ninguna otra índole que no sea habitacional.
ASISTENCIA HOGAR. Protegido
ASISTENCIA HOGAR. CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA HOGAR DE EMERGENCIA a) Los servicios se proporcionarán las 24 (veinticuatro) horas del día, los 365 (trescientos sesenta y cinco días del año) únicamente al domicilio del Tarjetahabiente. b) Toda vez que no exista un impedimento grave que impida el desplazamiento del especialista, éste llegará al lugar de residencia permanente del Tarjetahabiente, en un término máximo de 90 (noventa) minutos. c) Todos los servicios de asistencia en el hogar estarán garantizados por un término de 90 (noventa) días calendario, los cuales empezarán a contar a partir de la fecha de terminación de dichos servicios. d) En todos los servicios de asistencia en el hogar, Xxx Asistencia cubrirá hasta un máximo de $ 500 pesos (QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) por evento, incluyendo los costos de mano de obra y materiales sin cargo para el Tarjetahabiente Titular, limitado a 6 eventos al año como máximo y 3 eventos por especialidad (servicio de cerrajería, vidriería, plomería y electricidad), en el entendido de que cada reparación cuenta como un evento. e) Si el costo del servicio de asistencia en el hogar excediera el máximo establecido anteriormente a cargo de Iké Asistencia, previo presupuesto o cotización especialista firmado por éste y el Tarjetahabiente y/o Beneficiario, el excedente deberá ser cubierto el mismo día que se concluya el servicio por el Tarjetahabiente y/o Beneficiario. De no aceptarse la cotización o presupuesto por el Tarjetahabiente y/o Beneficiario, la reparación se hará hasta por el monto a cargo de Iké Asistencia, siempre y cuando ello sea posible y no se ocasione mayores daños, por lo que en su caso el proveedor, no tendrá obligación de proporcionar el servicio.
ASISTENCIA HOGAR. Las siguientes Condiciones Generales regirán el servicio de Asistencia al Hogar para todos los Beneficiarios del servicio NEW AXA PARTNERS 50.000 UPGRADE Este servicio de Asistencia al Hogar se brindará al Beneficiario titular de la tarjeta de crédito con el cual se adquirió el producto y mientras éste se encuentre de Viaje a un radio de más de 100 (cien) km de la Vivienda Declarada.
ASISTENCIA HOGAR. Las siguientes Condiciones Generales regirán el servicio de Asistencia al Hogar para todos los Beneficiarios del servicio AXA PARTNERS UN MILLON UPGRADE. Este servicio de Asistencia al Hogar se brindará al Beneficiario titular de la tarjeta de crédito con el cual se adquirió el producto y mientras éste se encuentre de viaje a un radio de más de 100 (cien) km de la Vivienda Declarada.
ASISTENCIA HOGAR. Nuestro servicio de asistencia pondrá a disposición del Asegurado una ayuda material inmediata de servicios con el fin de limitar y controlar los daños materiales presentados en su vivienda, a consecuencia de un evento fortuito considerado como emergencia, de acuerdo con los términos y condiciones consignadas en esta sección y por hechos derivados de los servicios especificados en el mismo. Para efectos de estos servicios, se considera emergencia una situación accidental y fortuita que deteriore el inmueble, que no permita su utilización cotidiana, que ponga en riesgo la seguridad del mismo, de sus habitantes, e inhabitabilidad de la vivienda a consecuencia de un evento. El servicio de asistencia prestará los servicios solicitados por el Asegurado hasta por un máximo de 2 asistencias anuales por cada una de las especialidades aquí establecidas. El servicio no tendrá ningún costo para el Asegurado hasta por un monto máximo de $500.00 (quinientos pesos 00/100 M.N.) por evento. Los límites no son acumulables para ser utilizados en varios eventos. Las especialidades aplicables son las siguientes: Cuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones fijas de abastecimiento y/o sanitarias propias de la vivienda del Asegurado (instalaciones fijas de agua potable e hidrosanitarias), se presente alguna rotura, fuga de agua o avería que imposibilite el suministro o evacuación de las aguas, se enviará a un técnico especializado, que proporcionará al Asegurado la asistencia de emergencia necesaria para restablecer el servicio, siempre y cuando el estado de las redes lo permitan.
ASISTENCIA HOGAR a. AGA MX pondrá a disposición del Usuario una ayuda material inmediata de servicios con el fin de limitar y controlar los daños materiales presentados en la vivienda del Usuario, a consecuencia de un evento fortuito considerado como emergencia, de acuerdo con los términos y condiciones consignadas en las Condiciones Generales y por hechos derivados de los servicios especificados en el mismo.
ASISTENCIA HOGAR. Estas coberturas aplican en el inmueble registrado como domicilio del afiliado, el cual no podrá ser de carácter comercial. Territorialidad: Los servicios de asistencia HOGAR serán prestados en las cabeceras departamentales de la República de Guatemala salvo las zonas consideradas de alto riego en la cual se pueda poner el peligro la seguridad del personal prestador del servicio o en caso que el acceso vial lo impida. Las siguientes asistencias, electricista, cerrajero, vidriero y fontanero por emergencia, se prestarán combinables entre sí, por un máximo de seis (6) eventos en el año, hasta por un máximo de Q900.00 por evento, y se podrán utilizar en una misma cobertura o en seis coberturas diferentes, sin exceder el total de eventos definidos.