ASISTENCIA TÉCNICA Y SOPORTE TÉCNICO Cláusulas de Ejemplo

ASISTENCIA TÉCNICA Y SOPORTE TÉCNICO. TELCEL ofrece, sin costo adicional para el CLIENTE, el soporte en cuanto a dudas de facturación de los servicios Cloud en DIAS LABORALES, vía telefónica en el CENTRO DE ATENCIÓN (01800 8352358), en caso de soporte técnico especializado para activación, configuración, fallas críticas (tales como la negación del SERVICIO o imposibilidad para utilizar el SERVICIO), el horario de atención será las 24 horas los 365 días del año. Para la asistencia y soporte técnico TELCEL se compromete a: (i) realizar una asesoría inmediata y discutir una referencia y un nivel de prioridad, cuando reciba por parte del CLIENTE la notificación de una falla o problema en el SERVICIO; (ii) proporcionar al CLIENTE un número de reporte cuando la falla o problema del SERVICIO no pueda ser resuelta de forma inmediata; (iii) realizar la clasificación del nivel de criticidad de la falla que presente el SERVICIO; (iv) notificar al CLIENTE cualquier cambio que pueda afectar el tiempo comprometido para la resolución de la falla y (v) notificar al CLIENTE cuando la falla del SERVICIO sea reparada. Será responsabilidad del CLIENTE guardar el registro del número de reporte de la falla a través del cual podrá exigir a TELCEL la garantía de nivel de servicio, en términos de lo señalado en la cláusula octava del presente instrumento, en el entendido que el término de la garantía de nivel de servicio concluirá cuando el CLIENTE haya sido notificado de la resolución del problema y el CLIENTE acepte que el SERVICIO se ha restablecido. Esto será considerado como el final del periodo de no disponibilidad a menos que el CLIENTE informe la no conformidad de la solución de su falla o que la solución a la falla ofrecida no haya sido efectiva. TELCEL no cerrará el número de reporte xx xxxxx hasta conseguir la aceptación del CLIENTE de que el problema fue resuelto, el CLIENTE reconoce y acepta que TELCEL intentará localizarlo vía telefónica en tres ocasiones en un lapso de 6 a 8 horas; si después de estos intentos no se logra localizar al CLIENTE, TELCEL enviará un mail notificándole la resolución de la falla y el cierre del reporte. TELCEL no será responsable de atender problemas tales como daños o problemas con el EQUIPO DE CÓMPUTO o software instalado por el CLIENTE en dicho EQUIPO DE CÓMPUTO, ni de los problemas que se presenten el en servicio de acceso a Internet contratado por el CLIENTE, durante la utilización del SERVICIO.
ASISTENCIA TÉCNICA Y SOPORTE TÉCNICO. “AcaTVo” ofrecerá a “EL CLIENTE” dos tipos servicio de asistencia y soporte técnico: Asistencia en Línea a través de la Sección de Asistencia del Portal Comercial de AcaTVo, accesible directamente En cualquiera de los casos, “EL CLIENTE” cubrirá el adeudo completo que tenga al momento de la cancelación, considerando que de encontrarse dentro del Plazo Mínimo Forzoso deberá cubrir el porcentaje del 25 % del valor de lo contratado. En caso de que el prestador no cumpla con los términos del presente contrato se estará a las disposiciones establecidas en el presente instrumento. “AcaTVo” tendrá el derecho de dar por terminado el uso de los SERVICIOS contratados, en cualquier momento mediante simple comunicación enviada por escrito o por medios electrónicos a “EL CLIENTE”. “AcaTVo” no será responsable por la pérdida de datos o contenido desde la cDomIPpLuOtaMdAorDa OdeV“EFLXC: LIENTE”. La respuesta a la conCsuUltRaSseOpAroEp: orciona mediante correo elecCtrUónRiScoO ZBRUSrHe:lacionados con los SERVICIOS contratados, derivado de (suMteesrmesin)ación. Siempre que sea posible, “AcaTVo” o llamada telefónica dentro de las siguientes 24 horas al día hábil correspondiente. Asistencia Telefónica a través del área del centro de atención a clientes de Lunes a Sábado de 10:00 am a 7:00 notificará a “EL CLIENTE”, a través de su Portal Comercial de AcaTVo, la posible interrupción del servicio y el plazo en que será reanudado el mismo. pm, los 36C5UdRíaSsOdeCl xXXxxX.XX 4D: CURSO MAYA: CURSO ANIMAAClItOérNm: ino del presente Contrato, independientemente de la razón que lo origine los SERVICIOS contratados, Este servicio provee una Asistencia Técnica Personalizada, en caso de problemas, con el uso de los “SERVICIOS nombres en pantalla y cualesquier créditos o derechos simCiolasrteos dToertiavla:d(oUs SdDel )uso de ésta, terminarán DE PUBLICCIDUARDSOENHINOTUERDNINETI:” (“LISTADOS DIFERENCIADOS”,C“BUARNSNOERNSU”, “KPAET: ROCINIOS”, “PÁGINAS WEBC”, XXXX ILUMINaAuCtoImOáNt:icamente.
ASISTENCIA TÉCNICA Y SOPORTE TÉCNICO. CLARO ofrece, sin costo adicional para el CLIENTE, el soporte técnico para resolver dudas o fallas que presente el SERVICIO contratado, en días laborales, vía telefónica en el CENTRO DE ATENCIÓN; en caso xx xxxxxx críticas el horario de atención será de 7 días 24 horas. Para la asistencia y soporte técnico CLARO se compromete a: (i) realizar una asesoría inmediata y discutir una referencia y un nivel de prioridad, cuando reciba por parte del CLIENTE la notificación de una falla o problema en el SERVICIO; (ii) proporcionar al CLIENTE un número de reporte cuando la falla o problema del SERVICIO no pueda ser resuelta de forma inmediata; (iii) realizar la clasificación del nivel de crítica de la falla que presente el SERVICIO;
ASISTENCIA TÉCNICA Y SOPORTE TÉCNICO. La atención xx xxxxxx y quejas del SERVICIO contratado serán atendidas a través del CENTRO DE ATENCIÓN las 24 (veinticuatro) horas del día los 365 (trescientos setenta y cinco) días del año. El CLIENTE reconoce y acepta que el CENTRO DE ATENCIÓN dará atención a fallas críticas del SERVICIO en un horario de 7x 24. Para la asistencia y soporte técnico XXXXXX se compromete a: (i) realizar una asesoría inmediata y discutir una referencia y un nivel de prioridad, cuando reciba por parte del CLIENTE la notificación de una falla o problema en el SERVICIO; (ii) proporcionar al CLIENTE un número de reporte cuando la falla o problema del SERVICIO no pueda ser resuelta de forma inmediata; (iii) realizar la clasificación del nivel de criticidad de la falla que presente el SERVICIO;

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  • ASISTENCIA EN VIAJE Para los desplazamientos temporales al extranjero, el seguro tiene una cobertura de asistencia en viaje en todo el mundo, que se extiende hasta un máximo de 180 días por viaje o desplazamiento y cuyas coberturas se detallan en el Anexo I de estas condiciones generales. Unicamente se accede a estas coberturas llamando al número de teléfono +00 00 000 00 00.

  • ASISTENCIA MÉDICA En caso de Accidente y/o Enfermedades, sobrevenidas con posterioridad al inicio del Viaje que impidan su normal prosecución, el “Prestador” tan pronto sea avisada, coordinará los contactos necesarios con su Departamento Médico para tomar las medidas conducentes a brindar los Servicios asistenciales necesarios. La coordinación será efectuada en todos los casos en que fuese requerida como primera asistencia, sin perjuicio de las exclusiones que pudiesen resultar aplicables y generasen la negativa a la prestación de los Servicios. Estos Servicios asistenciales comprenden:

  • ASISTENCIA Servicio permanente de 24 horas para la asistencia a las personas que el ASEGURADOR pone a disposición del ASEGURADO.

  • Asistencia jurídica Las Empresas afectadas por el presente Xxxxxxxx, asumirán la asistencia legal de aquellos trabajadores que, en calidad de acusados o denunciantes, se vean incursos en procesos penales instruidos por ocasión de acciones realizadas en el cumplimiento de las funciones encomendadas por la Empresa, con independencia de que con posterioridad el trabajador cause baja en la misma, y ello siempre que hayan comunicado tal situación en los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la primera comunicación, y en todo caso, con una antelación mínima de 48 horas a la celebración de la actuación judicial que haya de practicarse. En caso de incumplimiento por parte de la empresa de las obligaciones aquí establecidas, el trabajador tendrá derecho a repercutir a la empresa los honorarios del Abogado y Procurador –si fuera preceptiva su intervención- con los límites establecidos en los Criterios orientadores de Honorarios del Colegio Profesional correspondiente.

  • EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO (art. 26.1.k) TRLCSP y 67.2.d RG)

  • Plus de asistencia Se fija un plus de asistencia por jornada completa de trabajo, cuya cuantía se determina en el anexo salarial adjunto y que se pagará proporcionalmente al número de horas realmente trabajadas.

  • Obligaciones laborales, sociales y de transparencia El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal.

  • Solvencia técnica La acreditación de solvencia técnica o profesional se realizará aportando la siguiente documentación:

  • Obligaciones laborales, sociales y económicas del contratista El personal adscrito al suministro dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. El contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes. Asimismo el contratista estará obligado a observar el cumplimiento de lo preceptuado en el Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía. En cualquier caso, el contratista indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa. Corresponderá y será de cargo del contratista: a) La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, que se requieran para la realización del suministro. b) Los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede, y los de materiales, personal, transporte, entrega y retirada de los bienes hasta el lugar y destino convenido, montaje, puesta en funcionamiento o uso y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, incluidos los fiscales. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. c) Las pruebas, ensayos o informes necesarios para verificar la correcta ejecución del suministro contratado, con el límite del 1% del precio total del contrato. d) La indemnización de los daños que se causen tanto a la Administración como a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del suministro, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de la Administración. e) Toda reclamación relativa a la propiedad industrial, intelectual o comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en la fabricación del suministro, debiendo indemnizar a la Administración todos los daños y perjuicios que para ésta pudieran derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de los que eventualmente pudieran dirigirse contra la misma.