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CARGAS Cláusulas de Ejemplo

CARGAS. La finca está libre de toda clase de cargas, gravámenes o se halla gravada con las siguientes cargas: Hipoteca constituida el día ……………….. de ……………….. de ……………….., a favor del (Banco/Caja) ……………….. de la que queda un principal pendiente de euros. Afección a los gastos de urbanización por importe pendiente de euros. Censo de ……………….. Servidumbre de paso, de aguas, xx xxxxx, de vistas, etc. ……………….. ………………..
CARGAS. El Vendedor vende, y el Comprador compra, la Mercancía libre de Cargas.
CARGAS. El Proveedor no debe permitir que ni el mismo, o Parte Relacionada con el Proveedor establezca una carga o gravamen sobre los bienes del Cliente. Si se presenta o registra cualquier Gravamen contra el Sitio o cualquier otra propiedad del Cliente, ya sea antes, durante o después de la terminación o vencimiento de un Acuerdo por una Parte Relacionada con el Proveedor, entonces el Proveedor debe, a su propio costo y gasto, desocupar, descargar o de otra manera hacer que ese Gravamen sea removido y descargado. A su vez la presente Orden de Compra vigente o programada será terminada automáticamente sin necesidad de resolución judicial o administrativa.
CARGAS. 1. El Contratista no causará ni permitirá cualquier derecho de retención, embargo u otra carga por parte de cualquier tercero que sea entablado o que permanezca registrado en cualquier oficina pública o en el PNUD contra cualquier dinero vencido o a vencer por cualquier trabajo realizado o servicio prestado en virtud del presente APR, o a causa de cualquier reclamo o demanda entablada contra el Contratista.
CARGAS. La vivienda se encuentra actualmente (señalese con una X la casilla correspondiente) □ Libre xx Xxxxxx , gravámenes y arrendamientos ó □ Posee la carga que se describe a continuación: - Importe pendiente…………………………………………….. - Acreedor…………………………………………………………….. - Arrendamiento……………………………..……(plazo de arrendamiento e identificación del inquilino)……………………………………………………………….. - Otras cargas o anotaciones……………………………………………………………… El vendedor hará entrega de la vivienda objeto de compraventa, en el xxxxx xxxxxx de TRES meses a partir de la obtención del visado, momento en que se entregarán las llaves, se firmara la escritura pública y se liberará xx xxxxxx (hipoteca, IBI, impuesto basuras, gastos comunidad, xxx, agua, gas) que estuvieran pendientes hasta dicha fecha. La entrega de llaves se hará por la parte vendedora a la firma de la escritura pública, que le da derecho a la parte compradora a la ocupación de la vivienda y anejos y disfrute de servicios e instalaciones comunes. Con tal entrega se entiende la conformidad por parte del adquirente en cuanto a todos los elementos y su funcionamiento, tanto los de uso particular como comunitarios.
CARGAS. El Titular podrá efectuar recargas por los montos y canales que Ualá tenga habilitados o que incorpore en el futuro y hasta alcanzar los límites establecidos por Ualá. De acuerdo con los medios habilitados para realizar la carga, el nuevo saldo estará disponible como máximo dentro de las 72 (setenta y dos) horas hábiles de realizada la recarga. De aplicar una comisión por exceso de recarga, ésta se debitará del nuevo monto disponible. El importe máximo en recargas mensuales no podrá superar el importe indicado en la Aplicación o informada al Titular por otros medios (incluyendo página web y/o correo electrónico) al momento de la recarga. Se podrán establecer límites mínimos y máximos a los saldos de carga y recarga a través de cualquiera de los medios disponibles, conforme a las limitaciones y controles que soliciten los entes reguladores de la actividad financiera en la República Argentina.
CARGAS. SERVIDUMBRE. Como procedente de las antiguas fincas registrales 34.629 y 35.312/BIS, con las servidumbres que se pasan a relacionar: 1) Servidumbre recíproca de paso subterráneo y aéreo de las instalaciones para suministros y servicios en general y en especial de agua, gas, electricidad, alumbrado, teléfono y comunicaciones, aire acondicionado, red de detección de incendios y red xx xxxxx saneamiento, objeto de las inscripciones terceras de ambas fincas de procedencia 34629 y 35132/BIS, según sus respectivas inscripciones 3ª, a los folios 39 y 3 de los tomos 2437 y 2323, libros 408 y 326, respectivamente y la finca registral 35126 de la Sección 2.ª, al folio 176 del tomo 2206 del Archivo, libro 220; 2) Servidumbre recíproca de paso de personas, vehículos y franquía de linderos, entre las citadas fincas registrales 34.629 y 35.132/BIS, en virtud de la cual no se podrán establecer elementos fijos de separación y cierre entre las distintas fincas, sin limitar el acceso y utilización de los corredores y zonas de paso y maniobra, objeto de la citadas inscripciones terceras de ambas fincas de procedencia; todo ello según resulta de escritura otorgada en Barcelona, el catorce de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, ante el Xxxxxxx xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxx.
CARGASSITUACIÓN ARRENDATICIA Y POSESORIA INSCRIPCIÓN: Registro de la Propiedad de ........, Tomo ........, Libro ........, Folio ......., finca ......., inscripción Y teniendo concertado las partes el otorgamiento de la presente ESCRITURA DE OPCIÓN DE COMPRA, lo llevan a efecto con arreglo alas siguientes
CARGAS. El presente seguro presenta obligaciones que debe cumplir el Asegurado, cuyo incumplimiento podría afectar el pago de la indemnización a las que tendría derecho. Ver información acerca de las Cargas en el ARTÍCULO 7 de las Clausulas Generales de Contratación.
CARGAS. Sin cargas