Cobertura xx Xxxxxxx. CUANDO EN CONSECUENCIA DE UN HECHO SÚBITO E IMPREVISTO SE PRODUZCA LA ROTURA DE LOS VIDRIOS DE LAS VENTANAS O DE CUALQUIER OTRA SUPERFICIE DE CRISTAL QUE FORME PARTE DEL CERRAMIENTO DEL INMUEBLE ASEGURADO, SE ENVIARÁ CON LA MAYOR BREVEDAD UN TÉCNICO QUE REALIZARÁ LA “ASISTENCIA DE EMERGENCIA”, SIEMPRE Y CUANDO LAS CIRCUNSTANCIAS LO PERMITAN. EL SERVICIO DE EMERGENCIA NO TENDRÁ NINGÚN COSTO PARA EL ASEGURADO, HASTA POR UN MÁXIMO DE TREINTA (30) SMLDV POR EVENTO. EL VALOR INCLUYE EL COSTO DE LOS MATERIALES Y LA MANO DE OBRA. QUEDAN EXCLUIDAS DE LA PRESENTE COBERTURA: CUANDO A CONSECUENCIA DE UN HECHO SÚBITO E IMPREVISTO SE PRODUZCA LA ROTURA DE TEJAS DE ASBESTO, CEMENTO, BARRO, CERÁMICA, PLÁSTICA, ACRÍLICAS Y FIBRA DE CARBONO Y QUE FORMEN PARTE DE LA CUBIERTA DEL INMUEBLE, SE ENVIARÁ CON LA MAYOR BREVEDAD UN TÉCNICO QUE REALIZARÁ LA “ASISTENCIA DE EMERGENCIA”. ESTE SERVICIO NO TENDRÁ NINGÚN COSTO PARA EL ASEGURADO, HASTA POR LA SUMA DE TREINTA (30) SMDLV, POR EVENTO. EL VALOR ANTERIOR INCLUYE EL COSTO DE LOS MATERIALES Y LA MANO DE OBRA. LA COMPAÑÍA SE ENCARGARÁ DE TRANSMITIR LOS MENSAJES URGENTES O JUSTIFICADOS RELATIVOS A LAS COBERTURAS OTORGADAS.
Cobertura xx Xxxxxxx. 4.1. CUANDO A CONSECUENCIA DE UN HECHO SÚBITO E IMPREVISTO SE PRODUZCA LA ROTURA DE LOS VIDRIOS DE LAS VENTANAS O DE CUALQUIER OTRA SUPERFICIE DE CRISTAL QUE FORME PARTE DEL CERRAMIENTO DE LA VIVIENDA, LA COMPAÑÍA ENVIARÁ LA COPROPIEDAD ASEGURADA, PREVIO ACUERDO CON EL BENEFICIARIO, UN TÉCNICO ESPECIALIZADO PARA INICIAR LAS LABORES DE SUSTITUCIÓN DE LOS VIDRIOS. EL VALOR ASEGURADO PARA ÉSTA COBERTURA ES DE 30 SMLD POR EVENTO. EL VALOR ANTERIOR INCLUYE EL COSTO DE LOS MATERIALES Y LA MANO DE OBRA.
Cobertura xx Xxxxxxx. Cuando a consecuencia de un hecho súbito e imprevisto se produzca la rotura de los vidrios de las ventanas o de cualquier otra superficie de cristal que forme parte del cerramiento del establecimiento Asegurado, se enviará a la mayor brevedad un técnico que realizará la “Asistencia de Emergencia”, siempre y cuando las circunstancias lo permitan. Este servicio de Emergencia no tendrá ningún costo para el Asegurado, hasta por la suma de 30 S.M.L.D. por evento. El valor anterior incluye el costo de los materiales y la mano de obra.
Cobertura xx Xxxxxxx. Cuando a consecuencia de un hecho súbito e imprevisto se produzca la rotura de los vidrios de las ventanas o de cualquier otra superficie de cristal que forme parte del cerramiento de la vivienda, se enviará con la mayor brevedad un técnico que realizará la “Asistencia de Emergencia”, siempre y cuando las circunstancias lo permitan. Este servicio de Emergencia no tendrá ningún costo para el beneficiario hasta por el límite asegurado de Novecientos Mil Pesos Mcte ($900.000). Tal valor incluye el costo de los materiales y mano de obra.
Cobertura xx Xxxxxxx. CUANDO A CONSECUENCIA DE UN HECHO SÚBITO E IMPREVISTO SE PRODUZCA LA ROTURA DE LOS VIDRIOS DE LAS VENTANAS O DE CUALQUIER OTRA SUPERFICIE XX XXXXXX QUE DÉ AL EXTERIOR DEL INMUEBLE ASEGURADO, AXA COLPATRIA ENVIARÁ, PREVIO ACUERDO CON EL BENEFICIARIO, UN TÉCNICO ESPECIALIZADO PARA INICIAR LAS LABORES DE SUSTITUCIÓN DE LOS VIDRIOS. PARÁGRAFO: SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA QUE AXA COLPATRIA NO SERÁ RESPONSABLE POR LAS LABORES DE COMPRA Y DE INSTALACIÓN DE MATERIALES QUE NO ESTÉN A LA VENTA EN COLOMBIA, O QUE HAYAN SIDO DESCONTINUADOS O AQUELLOS QUE HAYAN SIDO FABRICADOS CON DISEÑO EXCLUSIVO. EL VALOR ASEGURADO PARA ESTA COBERTURA ES DE TREINTA Y CINCO SALARIOS MÍNIMOS DIARIOS LEGALES VIGENTES (35) SMDLV. EL VALOR ANTERIOR INCLUYE EL COSTO DE LOS MATERIALES Y LA MANO DE OBRA.
Cobertura xx Xxxxxxx. Cuando a consecuencia de un hecho súbito e imprevisto se produzca la rotura de los vidrios de las ventanas o de cualquier otra superficie xx Xxxxxx que dé al exterior del inmueble asegurado, por el presente anexo, la compañía enviará, previo acuerdo con el beneficiario, un técnico especializado para iniciar las labores de sustitución de los vidrios.
Cobertura xx Xxxxxxx. Cuando a consecuencia de un hecho súbito e imprevisto se produzca la rotura de los vidrios de las ventanas o de cualquier otra superficie xx Xxxxxx que dé al exterior del inmueble asegurado, por el presente anexo, la compañía enviará, previo acuerdo con el beneficiario, un técnico especializado para iniciar las labores de sustitución de los vidrios. PARÁGRAFO: Se deja expresa constancia que la compañía no será responsable por las labores de compra y de instalación de materiales que no estén a la venta en Colombia, o que hayan sido descontinuados o aquellos que hayan sido fabricados con diseño exclusivo. El valor asegurado para esta cobertura es de treinta salarios mínimos diarios legales vigentes (30) SMDLV. El valor anterior incluye el costo de los materiales y la mano de obra.
Cobertura xx Xxxxxxx. El ASOCIADO que ingrese a cubrir una vacante de un grupo ya iniciado, deberá pagar las Cuotas Total mensuales devengadas, para lo cual FONBIENES podrá aceptar alguna de las siguientes alternativas:
Cobertura xx Xxxxxxx. El Asegurador indemnizará, hasta la suma máxima indicada en las Condiciones Particulares, el daño causado por granizo a los cultivos y/o su producción (frutos y/o semillas) asegurados, en tanto las plantas se hallen arraigadas al suelo y estando en pie, aún cuando concurra con otros fenómenos meteorológicos, en la época y estado que se determina y expresa en las Condiciones Particulares (Art. 91 - L. de S.). En caso de concurrencia de riesgos en un mismo siniestro, se respetará la secuencia de los sucesos causantes de los siniestros para su liquidación, deduciendo los daños y/o indemnizaciones y/o franquicias (precedentes) que correspondieran. La información proporcionada por el Asegurado en la Solicitud delSeguro ylos planos agregados a la misma, constituyen la descripción de los bienes a riesgo e integran el contrato de seguro. Los nuevos cultivos y/o su producción (frutos y/o semillas) que provengan de reemplazar en la misma área el cultivo dañado, no quedan cubiertos por este seguro, salvo pacto en contrario.
Cobertura xx Xxxxxxx. El Asociado que ingrese a cubrir una vacante de un Grupo ya iniciado, deberá pagar las Cuotas Total Mensuales devengadas. Para ello, Autoplan podrá aceptar alguna de las siguientes alternativas: