FIANZA DE PROPUESTA Cláusulas de Ejemplo

FIANZA DE PROPUESTA. La fianza de propuesta es para garantizar el mantenimiento de la oferta y la firma del contrato y una firmado este se deberá presentar la fianza de cumplimiento dentro del término establecido. La fianza de propuesta se fijará por el cinco por ciento (5%) del importe o valor total de la propuesta, por un término de ciento veinte (120) días de vigencia y emitida a favor de OEI / Ministerio de Educación (MEDUCA). La fianza de propuesta se ejecutará en caso de que el proponente incumpla su obligación de mantener su oferta durante el término establecido o cuando el contratista incumpla su compromiso de presentar dentro del término establecido en la fianza de cumplimiento. La OEI procederá a hacer efectiva la fianza presentada, cursando requerimiento por escrito al fiador para que proceda de inmediato a pagar el importe de la fianza.
FIANZA DE PROPUESTA. 22.1 El Proponente deberá presentar como parte de su oferta, una 22.2 La Fianza de la Propuesta deberá expedirse por la cantidad especificada en los DDL y en Balboas o en Dólares estadounidenses y deberá: a) a opción del Proponente, adoptar la forma de una carta de crédito, un cheque certificado, o una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza emitida por una aseguradora;
FIANZA DE PROPUESTA. Los proponentes en un acto de contratación pública quecuyo precio de referencia supere los cincuentaquinientos mil balboas (B/.50500 000.00) deberán presentar, junto con su oferta, una fianza de propuesta, a fin de garantizar el mantenimiento de su oferta y la firma del contrato y, una vez firmado, deberán presentar la fianza de cumplimiento dentro del término establecido en esta Ley. Se exceptúa la presentación de la fianza de propuesta en aquellos actos de contratación pública cuyo precio de referencia no supere los quinientos mil balboas (B/.500 000.00). En los casos en que se presenten ofertas electrónicas, los proponentes podrán presentar electrónicamente la fianza de propuesta, siempre que esta contenga un método de validación por parte de quien la emita, a fin de que la entidad licitante pueda verificar la validez y vigencia del documento aportado. El adjudicatario está obligado a mantener su propuesta y a firmar el contrato respectivo; de no hacerlo dentro del tiempo establecido en el pliego de cargos por causas imputables al proponente, la entidad licitante ejecutará la fianza de propuesta y se le inhabilitará por un periodo de seis meses. En los casos en que no se exija fianza de propuesta y el adjudicatario se niegue a mantener la oferta y a firmar el contrato sin causa justificada, este será inhabilitado por la entidad contratante por un periodo de un año. En estos casos, la sanción de inhabilitación podrá ser apelada ante el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas en un término de dos días hábiles a partir de la notificación. El Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas tendrá un plazo de tres días hábiles para resolver. Las entidades contratantes fijarán fianzas por el 10 % del importe o valor total de la propuesta y por un término no mayor de ciento veinte días hábiles de vigencia, según lo establecido en el pliego de cargos, salvo los contratos que, en atención a su monto o complejidad, ameriten otorgar un término diferente, que constará en el pliego de cargos y que no excederá de ciento ochenta días hábiles. En ningún caso, la entidad licitante rechazará de plano la oferta que sea acompañada por fianza de propuesta mayor del 10% o con plazo mayor establecido en el pliego de cargos. En los casos de disposición o adquisición de bienes mediante licitación de subasta en reversa o subasta de bienes públicos, la fianza será el equivalente al 10 % del avalúo del bien. Se exceptúan de la presentación de esta fianza las subastas...
FIANZA DE PROPUESTA. Garantía precontractual cuya finalidad es la de garantizar la oferta presentada en la propuesta, la firma del contrato y la presentación de la fianza de cumplimiento, de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones. Dicha fianza tendrá un alcance del 5% respecto al valor de su propuesta.
FIANZA DE PROPUESTA. Los proponentes en un acto de contratación pública que supere los treinta mil balboas (B/.30,000.00) deberán presentar, junto con su oferta, una fianza de propuesta, a fin de garantizar el mantenimiento de su oferta y la firma del contrato y, una vez firmado este, deberán presentar la fianza de cumplimiento dentro del término establecido en esta Ley. Las entidades contratantes fijarán fianzas por el diez por ciento (10%) del importe o valor total de la propuesta y por un término no mayor de ciento veinte días de vigencia, según lo establecido en el pliego de cargos, salvo los contratos que, en atención a su monto o complejidad, ameriten otorgar un término diferente, que constará en el pliego de cargos y que no excederá de ciento ochenta días. En ningún caso, la entidad licitante rechazará de plano la oferta que sea acompañada por fianza de propuesta mayor xxx xxxx por ciento (10%) o con plazo mayor establecido en el pliego de cargos. En los casos de disposición o adquisición de bienes mediante licitación de subasta en reversa o subasta de bienes públicos, la fianza será el equivalente al diez por ciento (10%) del avalúo del bien. Se exceptúan de la presentación de esta fianza, las subastas que se realicen de manera electrónica. En los casos de arrendamiento de bienes del Estado, quienes presenten ofertas deberán constituir, como fianza de propuesta, el equivalente a dos meses de canon de arrendamiento del bien de que se trate. En los contratos de cuantía indeterminada, la entidad licitante, en coordinación con la Contraloría General de la República, fijará el monto de la fianza de propuesta que se va a consignar. En los procedimientos excepcionales no se requiere la presentación de fianza de propuesta.
FIANZA DE PROPUESTA. Garantía precontractual establecida en el Pliego de Cargos y presentada en el acto de selección de contratista, con la finalidad de garantizar la Propuesta, así como garantizar que el adjudicatario firme el Contrato y presente la Fianza de Cumplimiento, dentro de los plazos establecidos en las normas que regulan la contratación pública en la República de Panamá y el Pliego de Cargos.
FIANZA DE PROPUESTA. ATENCIÓN: TRANSPORTE MASIVO DE PANAMÁ, S.A. PROPONENTE: [ ] Acto de Selección de Contratista Por Precio Suministro de Dotación Masiva de Botas y Zapatos para personal operativo de TMPSA.
FIANZA DE PROPUESTA. El Proponente acompañará su Propuesta de una Fianza de Propuesta, con la finalidad de garantizar el mantenimiento de las condiciones de la Propuesta presentada por el Proponente y también de garantizar la firma del Contrato y presentación de la Fianza de Cumplimiento del Contrato, por parte del adjudicatario, dentro de los plazos establecidos en el Pliego de Cargos, por un mínimo el diez por ciento (10%) del valor total de la Propuesta, es decir, para todos los renglones en los que participa, a favor de la Entidad Contratante y por un término de ciento veinte (120) Días Calendario de vigencia. Quien presida el acto de selección de contratista rechazará de plano toda Propuesta que no esté acompañada de la Fianza de Propuesta. Igualmente, se rechazarán las Propuestas acompañadas por fianzas con montos o vigencias inferiores o en formato diferente a los establecidos en el Pliego de Cargos. Para la presentación de la Fianza de Propuesta se deberá observar la sección de FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS del Capítulo II xxx Xxxxxx de Cargos.
FIANZA DE PROPUESTA. En los casos de disposición o adquisición de bienes mediante subasta de bienes públicos, la fianza será el equivalente al 10% del avalúo del bien. Se exceptúan de la presentación de esta fianza las subastas que se realicen de manera electrónica. En los casos de arrendamiento de bienes del Estado, quienes presenten ofertas deberán constituir, como fianza de propuesta, el equivalente a dos meses de canon de arrendamiento del bien de que se trate. A los proponentes que no se les adjudique la subasta, le será devuelta la fianza consignada. Vencido el término de cinco días hábiles sin que se haya pagado el precio del bien, se perderá la fianza consignada y el derecho a la adjudicación. En estos casos se adjudicará al segundo mejor postor, siempre que su propuesta sea similar o superior al valor estimado de los bienes a subastar. La fianza ingresará al Tesoro Nacional o a la respectiva institución descentralizada. En los casos de bienes muebles que no pudieran rematarse, el Órgano Ejecutivo, las entidades autónomas y semiautónomas o las que administren bienes estatales, podrán aprovechar tales bienes, asignarlos a otras instituciones del Estado o aplicarlos a programas de beneficencia social. Si los bienes muebles no representan valor económico, se ordenará la destrucción de acuerdo con las normas de procedimiento establecidas para tales efectos.
FIANZA DE PROPUESTA. La fianza de propuesta será por un monto de 10% del importe o valor total de la propuesta. Deberá ser emitida por un periodo de vigencia de _______ días hábiles. [El término será de Ciento Veinte (120) días hábiles, salvo que se indique expresamente un plazo mayor en atención a la complejidad de la contratación menor, lo que no debe exceder de ciento ochenta (180) días hábiles. Este plazo debe coincidir con el periodo de validez de la propuesta] PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA POR MEDIOS IMPRESOS El sobre o caja cerrada que contiene la propuesta se presentará con la siguiente identificación e información en la leyenda: ______________________________________ [Identificación del número de acto público y objeto/Entidad licitante/Nombre del proponente/fecha de celebración del acto]. Los proponentes deberán entregar un original y ______ copia/s de su propuesta, y acompañarla de un [USB/Disco/otro formato] que contenga la propuesta en formato digital, cuando la entidad así lo requiera como medio de respaldo. PROCEDIMIENTO APLICABLE Al tratarse de un procedimiento de Licitación Pública se seguirán las reglas contenidas en el artículo 53 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017.