CONCEPTOS BÁSICOS. Guía Básica de Tramitación de Expedientes de Adjudicación de Contratos
CONCEPTOS BÁSICOS. CONCEPTOS BÁSICOS
CONCEPTOS BÁSICOS. A efectos de este Reglamento, se entiende por:
a) Homologación de tipo CE: el acto por el cual un Estado miembro de la Unión Europea hace constar que un tipo de vehículo se ajusta a las prescripciones técnicas establecidas en las Directivas específicas y ha pasado los controles y comprobaciones previstos en los corres pondientes certificados de homologación de tipo CE.
b) Homologación nacional de tipo: el acto por el cual la Administración General del Estado español hace constar que un vehículo satisface las prescripciones téc nicas establecidas en la legislación vigente y reflejadas en la ficha de características, definidas para cada xxxx xxxxx de vehículos.
c) Homologación parcial: el acto mediante el cual la Administración General del Estado español o las Admi nistraciones de otros Estados hacen constar que deter minados sistemas, componentes o unidades técnicas de los vehículos, o relacionados con ellos, satisfacen las prescripciones técnicas establecidas en las correspon dientes Directivas comunitarias o Reglamentos deriva dos del Acuerdo de Naciones Unidas relativo al reco nocimiento recíproco de homologación de vehículos, sus partes y piezas, y en los Reglamentos técnicos de ámbito nacional. Esta misma denominación es, asimismo, apli cable a la comprobación del vehículo en lo que se refiere a aspectos parciales de su comportamiento.
d) Sistema: cualquier conjunto de elementos o de componentes del vehículo que está sujeto a los requisitos de alguna de las reglamentaciones particulares.
e) Componente: el dispositivo sujeto a las disposi ciones de una reglamentación particular cuyo fin sea formar parte de un vehículo y que pueda ser homologado de tipo independientemente del vehículo cuando la regla mentación particular así lo disponga expresamente.
f) Unidad técnica independiente: el dispositivo suje to a disposiciones de reglamentaciones particulares cuyo fin sea formar parte de un vehículo y que pueda ser homologado de tipo separadamente, pero únicamente para uno o varios tipos de vehículos, siempre que así lo disponga expresamente la reglamentación par ticular correspondiente.
g) Tarjeta ITV: documento que consta de: nica unitaria.
h) Certificado de características de un ciclomotor: Documento expedido por el fabricante nacional, su repre sentante legal en el caso de extranjeros o el órgano competente en materia de Industria de la Comunidad Autónoma en los casos previstos en la legislación xxxxx te, en el que se hace constar las caract...
CONCEPTOS BÁSICOS. CONCEPTOS BÁSICOS • ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS NO SUJETOS A REGULACIÓN ARMONIZADA: La adjudicación de los contratos no sujetos a regulación armonizada estará sometida a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación (art. 175, a) • ADJUDICACIÓN PROVISIONAL DEL CONTRATO: La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los licitadores, y publicarse en el perfil del contratante (art. 135.3). • ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO: La adjudicación provisional no podrá elevarse a definitiva antes de que transcurran 15 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de aquélla en el perfil del contratante. Durante este plazo el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, y cualquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar a la ejecución del contrato, así como constituir la garantía procedente (art. 135.4). • APTITUD PARA CONTRATAR: Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional (art. 43). • ARBITRAJE: Los entes, organismos y entidades del sector público que no tengan el carácter de Administraciones Públicas podrán remitir a un arbitraje la solución de las diferencias sobre efectos, cumplimiento o extinción de los contratos que celebren, conforme a la Ley 60/2003 de 23 de diciembre, de Arbitraje (art. 39). • CAPACIDAD DE OBRAR: La capacidad de obrar de los empresarios que sean personas jurídicas se acreditará mediante la escritura de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el registro público correspondiente (art. 61). • CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS: El órgano de contratación clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios a que hace referencia el art. 134 de la Ley (art.135.1). • COMPETENCIA: La representación de los entes, organismos y entidades del sector público corresponde a los órganos que en virtud de norma legal o reglamentaria o dispo...
CONCEPTOS BÁSICOS. Coberturas y sus límites.
CONCEPTOS BÁSICOS. La cobertura de defensa penal.
CONCEPTOS BÁSICOS. Sistemas de tarificación según el tipo de automóvil.
CONCEPTOS BÁSICOS. Como en la mayoría de los programas de software, Mint Studio cuenta con un conjunto de herramientas comunes básicas de edición, como las siguientes: Por supuesto que las imágenes se pueden seleccionar haciendo clic sobre ellas. Se pueden seleccionar varias imágenes manteniendo pulsada la xxxxx Xxxxx en teclado del ordenador y haciendo clic en otra imagen. Puede repetir está acción para seleccionar tantas imágenes como desee. Al mantener pulsada la xxxxx Xxxxx y hacer clic en una imagen que ya ha sido seleccionada deseleccionará esa imagen. También se pueden seleccionar varias imágenes haciendo clic en la imagen y arrastrando el ratón para incluir todas las formas deseadas para seleccionarlas al mismo tiempo. Al mantener pulsado el botón del ratón y arrastrarle, visualizará una línea discontinua que creará un cuadro de selección que muestra lo que está seleccionando. Al soltar el ratón, todas las imágenes incluidas en este cuadro se seleccionarán conjuntamente en la misma casilla circundante. Estas herramientas realizan las acciones básicas de copiar imágenes seleccionadas, pegarlas, o cortarlas para eliminarlas. Las imágenes copiadas o cortadas permanecerán en la memoria de su ordenador en un portapapeles virtual. Sólo puede tener un objeto en este portapapeles a la vez. Esto significa que si copia una imagen y a continuación copia otra, solamente la imagen más reciente permanecerá en el portapapeles para ser pegada. A estas acciones se puede acceder desde la barra de herramientas superior, en el menú Editar, o haciendo clic en la imagen con el botón derecho del ratón, así como utilizando teclas estándar de acceso directo para estas acciones. Pegar las imágenes copiadas colocará la copia directamente a la derecha de la imagen original, por lo que podrá encontrar la copia fácilmente. Se proporciona una opción adicional Pegar Delante para poder pegar una copia de la imagen directamente sobre sí misma que se encuentra en el menú Editar, en el menú contextual de la imagen seleccionada, o mediante accesos directos para esta acción.
CONCEPTOS BÁSICOS. Cobertura. 10.1.2. Especulación. 10.2.
CONCEPTOS BÁSICOS. LAS REDES DE COMUNICACIÓN