Adquisición de bienes y servicios. Los órganos y áreas, previo a sus requerimientos en materia de adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, así como la administración y desincorporación de bienes muebles e inmuebles, deberán realizar una revisión de sus necesidades en la búsqueda de ahorros, sin que ello implique el incumplimiento del Plan Cuatrienal Estratégico Administrativo, y a sus Programas Anuales de Trabajo, Programas Anuales de Necesidades y demás programas e instrumentos normativos correspondientes. Se evitará la adquisición de bienes o servicios que no se encuentren previstos en los programas autorizados, salvo los que se justifiquen de manera excepcional, en cuyo caso deberán contar con la autorización correspondiente. Los requerimientos de los órganos y áreas deberán ajustarse a los calendarios autorizados previamente en los programas correspondientes, con particular énfasis en aquellos requerimientos para cuya obtención sean necesarios procedimientos de licitación pública, a efecto de que los mismos puedan realizarse con la antelación suficiente que permita, en caso necesario, la reposición de dichos procesos. Con el propósito de obtener las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, se promoverá la contratación y adquisición consolidada de bienes y servicios que se requieran, de conformidad con sus características. En los casos en que no se puedan hacer adquisiciones de bienes o contratación de servicios consolidados, se buscarán las mejores condiciones de calidad, oportunidad y precio.
Adquisición de bienes y servicios. El Organismo Ejecutor verificará que las contrataciones para la adquisición de bienes y servicios a ser realizadas con recursos del BCIE se efectúen de conformidad con la Política para la Obtención de Bienes, Obras, Servicios y Consultorías con Recursos del BCIE y las Normas para la Aplicación de la Política para efectos de cualquier contratación requerida.
Adquisición de bienes y servicios. La adquisición de bienes, obras y servicios, que se efectúen con los recursos provenientes xxx xxxxxxxx cuya negociación es aprobada por este Decreto, observará lo que para el efecto establezca el respectivo contrato que se suscriba.
Adquisición de bienes y servicios. El Organismo Ejecutor Coordinador y los Organismos Ejecutores verificarán que las contrataciones para la adquisición de bienes y servicios a ser realizadas con recursos del BCIE se efectúen de conformidad con la Política para la Obtención de Bienes, Obras, Servicios y Consultorías con Recursos del BCIE y las Normas para la Aplicación de la Política para efectos de cualquier contratación requerida, salvo para las contrataciones que ejecute el Organismo Ejecutor Coordinador para las que se podrá utilizar la Legislación Nacional xx Xxxxx Rica, aplicando la Ley No. 8488, Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo y el Reglamento para las compras públicas amparadas por el Régimen de Excepción de la CNE.
Adquisición de bienes y servicios. La sociedad no será responsable de ningún permiso, licencia o autorización que se requiera para la posesión o la operación de los bienes o servicios.
Adquisición de bienes y servicios. Cumplir con todas las normas y principios establecidos en la Política para la Obtención de Bienes y Servicios Relacionados y Servicios de Consultoría con Recursos del BCIE y en las Normas para la Aplicación de dicha Política, cuyo texto se adjunta al presente contrato.
Adquisición de bienes y servicios a. Para todas las adquisiciones de bienes y servicios que superen los cinco mil dólares estadounidenses (US$5,000) que no estén establecidos en el Anexo 1, el Beneficiario deberá presentar una petición por escrito al Director de Proyecto de CI, describiendo el ítem propuesto, su coste, y la justificación programática de tal adquisición. Ninguna adquisición cuyo coste unitario exceda los cinco mil dólares estadounidenses (US$5,000) está autorizada, sin previa aprobación por escrito del Director de Proyecto de CI.
b. El concesionario deberá cumplir con las GUÍAS DE COMPRAS de CI, adjuntas como anexo 5 (las "Guías de compras"). Los registros de contratación se pondrán a disposición de CI, [Gobierno Francés], sus representantes y cesionarios, previa solicitud.
c. La titularidad de cualquier equipo y otras propiedades adquiridas con los fondos de la Donación (incluidos intereses) deberá ser a nombre del Beneficiario hasta que CI proporcione instrucciones de disposición permanente, a la expiración o finalización de esta Donación. El Beneficiario consiente en contratar el seguro adecuado para vehículos motorizados, y para todo el equipamiento cuyo coste unitario sea igual o mayor de cinco mil Dólares Estadounidenses (US$5,000) adquiridos con los fondos de la donación. El Beneficiario deberá notificar a CI antes de adquirir dichos vehículos y equipamiento si no se les puede proporcionar el seguro adecuado. Además, el Beneficiario consiente en mantener todo el equipamiento y otras propiedades adquiridos con los fondos de la Donación.
d. A no ser que se acuerde otra cosa por escrito con CI, los bienes y servicios deben dedicarse únicamente a conseguir los objetivos contemplados por las partes, conforme a lo que estipula este documento.
e. Por la presente, el Beneficiario se compromete expresamente a incluir textos que reflejen sustancialmente los términos de esta disposición en todos los subcontratos y sub- gratificaciones emitidos bajo este Convenio.
Adquisición de bienes y servicios. Gastos por la compra de bienes muebles destinados a apoyar el desarrollo de las funciones del Departamento, también derivados de la contratación y el pago a personas naturales o jurídicas por la prestación de un servicio que complementa el desarrollo de las funciones del Departamento y permite mantener y proteger los bienes que son de su propiedad o están a su cargo, así como los pagos por concepto de tasas a que se esté obligado legalmente. Dentro de este concepto se encuentran: compra de equipo, materiales y suministros, gastos imprevistos, otros gastos generales por adquisición de bienes y servicios, sostenimiento de semovientes, capacitación, bienestar social y estímulos, mantenimiento, servicios públicos, arrendamientos, viáticos y gastos de viaje, impresos y publicaciones, comunicaciones y transporte, gastos judiciales, seguros.
Adquisición de bienes y servicios. Treinta (30) días calendario 18-12-2005 FECHA DE INICIACIONNo. VALOR RUBRO No. OBJETO VALOR CONTRATISTA NOMBRE Nit O C.C DISPONIBILIDADES FECHA DE FIRMANo. FECHA VALOR PLAZO DEL CONTRATO ADICIONES FECHA DE TERMINACION FECHA DE ACTA DE LIQUIDACION FECHA PLAZO VALOR 098-05 Prestación de servicios a todas las dependencias de la Contraloría General de la República, en el Nivel Central en la ciudad de Bogotá D.C., y en 31 gerencias departamentales ubicadas en las capitales de cada uno de los departamentos del territorio nacional; de los servicios de : Control de atención a usuarios -CAU; mantenimiento preventivo y correctivo de hardware y software del parque computacional de la Entidad, que incluye elementos de comunicación (switches,xxxxxxx, hubs o concentradores) videobeam, microcomputadores, de escritorio, servidores, equipos multifuncionales, scaner e impresoras, unidades de CD-ROM, CD-RW, DUD-R con el software correspondiente a: UNIX, UNUX, DOS, WINDOWS 3X, WINDOWS 95, WINDOWS 98, WINDOWS NT, WINDOWS 2000, WINDOWS 2003, WINDOWS XP y Lotus Smart Suite y Office en sus diferentes versiones y antivirus. 316,000,000
Adquisición de bienes y servicios. Las Compañías cuentan con políticas y lineamientos internos, a disposición de los empleados y del público en general, para la compra de bienes o contratación de servicios. Es deber de los proveedores informarse y cumplir dichas directrices, y abstenerse de contratar en caso de duda. Para el detalle de estos temas, remitirse al Manual de Gestión de Proveedores.