FIRMAS CONSULTORAS Cláusulas de Ejemplo

FIRMAS CONSULTORAS. Financiamiento: FONDOS NACIONALES JUNIO 2023 “ELABORACIÓN DE ELEMENTOS NORMATIVOS PARA SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO DE ENERGÍA”
FIRMAS CONSULTORAS. Para efectos de la inscripción de personas jurídicas, se entiende por firmas consultoras: 1. Aquellas personas jurídicas constituidas de acuerdo a las leyes panameñas. cuya propiedad sea por lo menos en un cincuenta por ciento (50%) de ciudadanos panameños, que estén domiciliadas en Panamá y sean dirigidas por ciudadanos panameños. - 2. Aquellas personas jurídicas constituidas de acuerdo con las leyes del país donde tiene su sede y que se encuentren debidamente inscritas en el Registro Público. 3. Dos o más personas jurídicas organizadas independientemente, de acuerdo con tas leyes de los países donde tienen su sede y que constituyan un consorcio de acuerdo con las leyes panameñas, para desarrollar un servicio de consultaría especifico. 4. Organizaciones sin fines de lucro, tales como universidades, Fundaciones, organismos autónomos o semi-autónomos u organizaciones internacionales, de reconocido prestigio, que se dediquen a la investigación y que ofrezcan servicios de consultoría.
FIRMAS CONSULTORAS. Financiamiento: FONDOS PROPIOS JULIO 2024 “CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN Y APLICACIÓN DE METODOLOGÍAS PARA LA VALORACIÓN DE ACTIVOS NO AMORTIZADOS DE EMPRESAS DISTRIBUIDORAS QUE OPERAN SISTEMAS AISLADOS”
FIRMAS CONSULTORAS. Se indican a continuación las responsabilidades del organismo nacional de ejecución y del ONUD, con respecto a la contratación de firmas consultoras [marcar la columna del Gobierno o el ONUD según corresponda]: GOBIERNO ONUD ACTIVIDAD TIEMPO PROMEDIO PARA TOMAR ACCIÓN (DÍAS HÁBILES) Preparación de los términos de referencia Estudio/revisión términos de referencia Obtener no objeción del BM a los tor's Publicidad (si se requiere) Pre-calificación (si se requiere) Preparación de la lista corta Aprobación de la lista corta Obtener la no objeción del BM a la lista corta Preparación de RPP1 Obtener la no objeción del BM a RPP Evaluación de propuestas Obtener la no objeción del banco al/a los informe/s de evaluación y recomendación de adjudicación Negociación de contratos obtener la no objeción del banco al contrato negociado adjudicación del contrato administración del contrato supervisión y evaluación técnica pago a los consultores preparación del informe de gestión del proyecto 1 Incluye Carta de Invitación, Información a Consultores, Borrador de Contrato Se indican a continuación las responsabilidades del organismo nacional de ejecución y del ONUD, con respecto a la adquisición de equipo y suministros [marcar la columna del Gobierno o el ONUD según corresponda]: GOBIERNO ONUD ACTIVIDAD TIEMPO PROMEDIO PARATOMAR ACCIÓN (DÍAS HÁBILES) Preparación de la lista de equipo Preparación de especificaciones detalladas Conclusión de las especificaciones Obtener no objeción del BM a las especificaiones Preparación de los documentos de la licitación (incluyendo especificaciones) Estudio/revisión de los documentos de la licitación Obtener la no objeción del BM a los documentos de la licitación Publicidad (si se requiere) Pre-calificación (si se requiere) Si hubiese pre-calificación: preparación de la lista corta propuesta Si hubiese pre-calificación:aprobación de la lista corta Si hubiese pre-calificación: acuerdo con la lista corta aprobada si hubiese pre-calificación: obtención de la 'no objeción’ del BM a la lista corta Emisión de la invitación a licitar Evaluación de las propuestas Recomendación para la adjudicación Acuerdo a la recomendación Obtención de la 'no objeción' del BM a la adjudicación Adjudicación del contrato Preparación, negociación y firma del contrato Colocación de la orden de compra Inspección y embarque Despacho aduanero Recibo y aceptación del equipo Pago al proveedor Preparación del informe de gestión del proyecto Se indican a continuación las resp...
FIRMAS CONSULTORAS. 6.2.3.1. Contratación directa de firmas consultoras: i. Cuando el costo estimado sea igual o inferior a Gs. 100.000.000. ii. El contrato no podrá tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga. En el expediente se justificará que no se está alterando el objeto del contrato para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación, y que el contratista no ha suscrito dentro del mismo ejercicio presupuestario más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra que consta en el apartado i). 6.2.3.2. Contratación directa por excepción para firmas consultoras: i. Cuando una licitación sea declarada desierta porque ninguna oferta merece ser seleccionada desde el punto de vista cualitativo y financiero en relación a los servicios de consultoría a ser contratados, en cuyo caso, una vez declarado desierto el procedimiento, el órgano de contratación podrá entablar negociaciones con los oferentes que prefiera de entre los que hayan participado en el proceso de contratación, si cumplen los criterios de selección, y siempre que no se modifiquen sustancialmente las condiciones iniciales del contrato y se respete el principio de competencia xxxx. Si no se recibió ninguna oferta, o si ninguno de los licitadores cumple con los criterios de selección, no podrá autorizarse la contratación directa por excepción. En todos los casos, deberá prepararse un informe en el que se justifique el modo en que se han llevado a cabo las negociaciones y se motive la decisión posterior de adjudicación del contrato. Este informe deberá incluirse en el expediente del contrato y deberá ser aprobado por el órgano de contratación. ii. Cuando los servicios sólo puedan ser encomendados a un proveedor determinado por alguna de las siguientes razones: 1) que no exista competencia por razones técnicas; o
FIRMAS CONSULTORAS. Financiamiento: FONDOS NACIONALES Marzo 2023 “CONTRATACIÓN DE AUDITORÍA EXTERNA EN MATERIA FINANCIERA, TRIBUTARIA, CONTABLE, EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA Y DE CUMPLIMIENTO LEGAL DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA ELÉCTRICA (CREE)”
FIRMAS CONSULTORAS a) Selección Basada en las Calificaciones de los Consultores (SCC) b) Selección Basada en Calidad y Costo (SBCC): es un proceso competitivo para la selección de la empresa a la que se adjudicará el contrato, se tienen en cuenta la calidad de la propuesta y el costo de los servicios. El costo como un factor de selección debe utilizarse juiciosamente. La ponderación que se asigne a la calidad y al costo se determinará en cada caso de acuerdo a la naturaleza del trabajo que se ha de realizar. Se elabora una solicitud de propuesta (SP), en la cual se incluyen todos los requerimientos legales, administrativos y técnicos. La difusión del llamado se realiza a través de la página web de la OEI (xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/ Adquisiciones y Contrataciones). Asimismo se realizan invitaciones a través del correo electrónico oficial y sobre la base de inscritos en la base de datos de proveedores (consultores) de la OEI como mínimo a tres empresas. Las propuestas deben ser presentadas en sobres cerrados en las oficinas de la OEI. La evaluación estará a cargo del Comité de Evaluación. c) Selección Basada en Calidad (SBC): es un proceso competitivo para seleccionar la empresa a la que se adjudicará el contrato. Se tiene en cuenta la calidad de la propuesta. En la SP se podrá pedir únicamente la presentación de una propuesta técnica (sin una propuesta de precio), o se podrá pedir la presentación simultánea de propuestas técnicas y de precio, pero en sobres separados (sistema de dos sobres). En la SP se dará información sobre el presupuesto estimado o una estimación del tiempo de trabajo del personal clave, especificando que esa información sólo se da a título indicativo y que las firmas consultoras deben tener libertad de proponer sus propias estimaciones. Si sólo se invita a presentar propuestas técnicas, después de evaluar dichas propuestas utilizando la misma metodología que para la SBCC, se pedirá a la firma consultora cuya propuesta técnica se clasifique en primer lugar que presente una propuesta de precio detallada. Luego la OEI y la firma consultora deben negociar la propuesta de precio y el contrato. La SBC es el proceso de contratación idóneo para servicios de consultoría de suma complejidad o altamente especializados en el que el contratante espera que la consultora demuestre innovación en su propuesta. La difusión del llamado se realiza a través de la página web de la OEI (xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/ Adquisiciones y Contrataciones). Asimismo se realizan invitaciones a trav...

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  • MEDIOS HUMANOS La empresa adjudicataria deberá facilitar al museo la relación nominal y titulación del equipo que intervendrá en el edificio. El adjudicatario deberá designar un responsable, que debe poseer una licenciatura universitaria relacionada con la gestión de personal, en jornada completa y con dedicación exclusiva al servicio, actuando como coordinador de servicio, in situ en el centro de trabajo, debiendo cumplir con el siguiente perfil profesional: - Experiencia superior a 5 años en gestión de personal en servicios auxiliares en museos o entidades culturales similares. - Perfil de relaciones públicas. - Dotes organizativas. - Coordinación de equipos. - Capacidad para la resolución de conflictos. Actuará como responsable del servicio frente al museo y su nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por éste. Será el encargado de la relación con los responsables del museo, emitiendo además informes mensuales que recojan todas las incidencias habidas, así como la situación de las mismas, los trabajos necesarios a realizar, etcétera. El adjudicatario se asegurará de que todos los miembros de su equipo conozcan los términos del contrato. El adjudicatario no podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso de los servicios contratados, debiendo en todo momento disponer del necesario para su ejecución, sin repercusión alguna sobre el costo del contrato. El adjudicatario no paralizará su coordinación con el museo, por lo que deberá tener el personal suficiente en activo. El adjudicatario se compromete a que, en los supuestos de vacaciones, bajas del personal u otras circunstancias análogas, dichas plazas quedarán cubiertas con personal sustituto de igual titulación o capacidades. Todas las altas, bajas, situaciones análogas, y cambios en las actividades desarrolladas por el personal adscrito al contrato serán puestas en conocimiento del museo. Todo el personal que preste los servicios objeto del presente contrato pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos trabajadores y el museo, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior. Todos los trabajadores deberán estar debidamente asegurados en la Seguridad Social por cuenta exclusiva de la empresa adjudicataria, relevando de toda responsabilidad al museo, y debiendo el adjudicatario poner a disposición del museo, de forma trimestral, las documentaciones mensuales que lo certifiquen. El museo deberá ser consultado sobre cualquier cambio de cualificación que afecte a trabajadores adscritos al contrato. Todo el personal del adjudicatario que vaya a participar en actividades, bajo el objeto del presente pliego, podrá recibir formación por parte del museo sobre cuestiones que se consideren de vital importancia para el desarrollo de los trabajos con las más altas cotas de excelencia. La formación impartida por el museo o por terceras personas facilitadas por el museo se considera obligatoria, y no supondrá gasto para el adjudicatario, exceptuando la liberación del tiempo necesario para la misma a su personal.

  • SUMAS ASEGURADAS 1. El 100% de las minutas y gastos de reclamación, sin límite cuando se trate de las acreditadas por los Abogados y Procuradores designados por el Asegurador y, como máximo por siniestro, hasta 1.500,00 euros cuando se trate de los honorarios y gastos de Abogados y Procuradores libremente elegidos por el Asegurado.

  • Ofertas con valores anormales o desproporcionados Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, se dará audiencia al licitador que la presentara para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular a lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, con respeto a las disposiciones relativas a la protección del empleo y a las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en el que se va a realizar la prestación, o la posible obtención de alguna ayuda de Estado. Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y el informe emitido por el servicio técnico, estima que la oferta no puede cumplirse como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, será excluida de la clasificación, atendiendo a los criterios de adjudicación, de las proposiciones presentadas. Las proposiciones de carácter económico que presenten individualmente sociedades pertenecientes a un mismo grupo no podrán ser consideradas a los efectos de establecer el precio de referencia para valorar las ofertas económicas e identificar las que deben considerarse como desproporcionadas o temerarias. De esta forma, presentadas distintas proposiciones por estas empresas, se tomará únicamente para aplicar el régimen de ofertas desproporcionadas o anormales la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de las ofertas desproporcionadas o anormales respecto de las restantes ofertas presentadas por empresas del grupo.

  • Trabajos nocturnos 1. El personal que trabaje entre las veintidós horas y las seis de la mañana, percibirá un plus de trabajo nocturno equivalente al 25 por 100 xxx xxxxxxx base de su categoría. 2. Si el tiempo trabajado en el período nocturno fuese inferior a cuatro horas, se abonará el plus sobre el tiempo trabajado efectivamente. Si las horas nocturnas exceden de cuatro, se abonará el complemento correspondiente a toda la jornada trabajada. 3. Cuando existan dos turnos y en cualquiera de ellos se trabaje solamente una hora del período nocturno, no será abonada ésta con complemento de nocturnidad.

  • INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES Recurso Respuesta En caso afirmativo, facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III, debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades. Se incluirá también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la organización del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en la parte IV por cada una de las entidades de que se trate13.

  • Cohecho a servidores públicos extranjeros Se impondrán las penas previstas en el Artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por si o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

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